INTRODUCCIÓN
En la gestión educativa se envuelve todo un plan de formación, administración y desarrollo de las competencias de los educandos, lo que implica que los planes de formación, las diferentes unidades curriculares y áreas de estudio se deben conectar con la difusión de la igualdad, en concordancia con los nuevos tiempos, por lo cual los estados están llamados a la promoción de la educación inclusiva en una sociedad equitativa. La educación inclusiva no debe ser vista como un lastre, sino como la oportunidad de construir una sociedad más justa. (Márquez Moreira et al.,2020 p.460).
Esto conlleva a la canalización formal en este particular, alineando en las buenas prácticas que favorezcan ambientes de solidaridad, respeto, cooperación, comunicación asertiva e integración de equipos de estudiantes dispuesto a la aceptación de las diferencias del otro. Al respecto, los autores Paucar Quishpe, y Martínez Vega. (2022), plantean lo siguiente:
La educación inclusiva no excluye a nadie. Considera a todas las personas porque todos poseen habilidades y potencialidades cognitivas, visuales, auditivas, motriz. Además, no se debe tomar en cuenta su condición distinta acerca del origen, cultura, raza, etnia, lengua, religión, economía, nacionalidad o género. (p.46)
Desde una visión integral, la educación inclusiva se amplía en acoger no solo las personas con discapacidad, sino a los grupos especiales; esencialmente, el campo educativo en todos los niveles de formación, está llamada a la reproducción de conocimiento desde nuevas orientaciones que favorezcan la gestión del respeto y aceptación del otro con sus diferencias y limitaciones y fuera de los ambientes educativos la intervención desde lo racional y vivencial.
En este sentido, Bermúdez Cantillo. (2022), manifiesta lo siguiente:
La integralidad de los actores sociales es fundamental cuando se trata de educar a estudiantes con limitaciones físicas o intelectuales, debido a que crecer y aprender dentro de su mismo entorno y con base en sus costumbres le dan mayor seguridad para desenvolverse con más dinamismo, esto porque reconocen su ámbito de acción pedagógico como parte de su vida, ya que allí crecen y se desenvuelven. (p.319)
Es necesario que la gestión en políticas públicas fortalezca la incorporación de la educación inclusiva en todos los niveles de formación para beneficio de la buena convivencia y sano de desarrollo de los ciudadanos, en un ambiente de enseñanza-aprendizaje, favoreciendo la inclusión desde la integralidad. Al respecto, Vásquez-Burgos. (2020), describe los siguiente:
Las visiones que consideran la Educación General y la Educación Especial como realidades separadas comenzaron a confluir, entendiendo que esta última debe ponerse al servicio del logro de los fines que se plantea la educación para todos los estudiantes, ofreciendo un conjunto de recursos de apoyos especializados para satisfacer las necesidades educativas especiales presentes en las aulas. (p.3)
Sin duda alguna los tiempos actuales requieren de personas con una formación solidad y conscientes de las realidades que se desarrollan en un mundo globalizado, en medio de conflictos y diferencias sociales cada vez más evidentes en los países en desarrollo, en este orden de ideas, Ochoa Cárdenas. (2021), cuenta lo siguiente:
En ese mismo sentido la visión de la educación inclusiva se basa en los principios de mejorar la educación y la sociedad. Aunque hoy en día la educación inclusiva incluye a todos los alumnos. Sin embargo, este enfoque comienza con la educación especial, ya que muchas iniciativas de derecho internacional la han elegido para evitar el estigma asociado a los estudiantes con discapacidades. (p.245)
En cuanto a la episteme ecuatoriana, la educación inclusiva cuenta con la normativa y leyes que permiten desarrollar las diferentes estrategias para lograr romper paradigmas en materia educativa, sin embargo, se han suscitados hechos en los cuales algunas instituciones violan o hacen caso omiso a las políticas educativas de educación inclusiva, como el caso de la Universidad Laica Vicente Rocafuerte. De acuerdo Sentencia No. 1016-20-JP/21. CASO No. 1016-20-JP. (Corte Constitucional del Ecuador,2021). La misma, se describe a continuación: La Corte Constitucional revisa la sentencia de la acción de protección presentada por María Fernanda Martínez Pico en contra de la Universidad Laica Vicente Rocafuerte por haber restringido su acceso al derecho a la educación inclusiva, configurando un trato discriminatorio al pertenecer al grupo de atención prioritaria de personas con discapacidad. Esta sentencia analiza vulneraciones al derecho a la igualdad y a la prohibición de discriminación, así como el derecho a la educación inclusiva.
Esta situación es un llamado de atención y de revisión que debe ser ejecutada en todos los niveles de educación del país, y velar por la inclusión desde una visión integral y participativa. Por ello, Villacís Ganchozo. (2019), plante lo siguiente:
La integración se ha constituido como el primer momento en el objetivo de lograr que el derecho a la educación no sea restringido para nadie. Con ese punto de partida, se abrió el debate para que sean analizados los diferentes elementos que componen los sistemas educativos, de tal forma que nadie sea privado de la educación, pero no sólo apuntando al acceso como primer paso, sino a la permanencia de las y los educandos. (p.28)
De acuerdo a las argumentaciones desarrolladas se plantea como objetivo general de la investigación describir la educación inclusiva desde la episteme ecuatoriana.
METODOLOGÍA
El presente trabajo investigativo se desarrolla desde un enfoque cuantitativo con una metodología descriptiva con diseño no experimental, la cual se apoyó en el análisis documental - bibliográfico. Se fundamenta en la exploración metódica, rigurosa y profunda de material documental de trabajos científicos en el tema de estudio, (Palella y Martins, 2012), se gestiona el análisis de los fenómenos. Se utiliza para este tipo de estudio, documentos, el investigador los recolecta, elige, examina y muestra resultados coherentes. El diseño bibliográfico se apoya en los procesos lógicos y mentales. Se organiza un proceso investigativo en donde la población de estudio se basa primordialmente en documentos escritos como tesis, estadísticas y artículos científicos, normas, para indagar los escritos con el objeto de estudiarlos y construir conclusiones que ayudan en la generación de nuevos conocimientos. Las técnicas de interpretación de la búsqueda, se considera el análisis de contenido de la información recopilada, lo que permite la formulación de resultados. Así lo analítico - sintético, radica en descomponer mentalmente el tema estudiado en diversos elementos para poder conseguir nuevos conocimientos de lo investigado, fragmentando en varios elementos de estudio, representación realizada a partir de los argumentos. (León y Toro, 2007)
RESULTADOS
Luego del desarrollo de la metodología planteada por los investigadores se muestran a continuación los resultados objetivos.
La UNESCO. (2015) en el plan de desarrollo en su número 4, se centra específicamente en la educación: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos. Sin embargo, los autores Paucar Quishpe, y Martínez Vega. (2022, p.46), describen lo siguiente:
La igualdad educativa garantiza promover equidad en las aulas, generando atención y respeto a la diversidad porque se pretende el acceso y permanencia en la institución, así como la titulación de cada persona.
Se espera que estos establecimientos implementen diversas medidas e iniciativas que permitan que grupos vulnerables o históricamente excluidos alcancen estas pretensiones.
En el caso concreto de Ecuador, Tárraga- Mínguez et al. (2021), luego de estudiar 19 escuelas (37,6% públicos y 62,4 % privados), ubicados en Cuenca, expresan su preocupación por que no solo se está lejos de consolidarse la educación inclusiva, sino porque los directores de las instituciones están satisfechos con lo alcanzado hasta ahora.
Por ello, es importante la inclusión desde la educación universitaria, así como lo manifiestan los siguientes autores Brito et al. (2019, p.160):
Desde la educación superior, el crear culturas inclusivas, requiere necesariamente reformar la universidad de acuerdo con nuevos cánones, donde se reconocen las desigualdades de base que tributan los estudiantes.
Significa, por tanto, repensar el sistema educativo comenzando por el acceso y permanencia de los estudiantes a la Educación universitaria.
Además, la construcción de políticas inclusivas emplaza a las instituciones a generar dispositivos y mecanismos que respondan contextualmente a las necesidades del entorno sociocultural de los estudiantes y el reconocimiento de las diversidades culturales.
Los grupos prioritarios deben estar atendidos en todos los aspectos sociales, educativos, económicos, que les permita su desarrollo y mejora en la calidad de vida de allí, que las políticas públicas educativas deben contribuir al logro del cumplimiento de estos requerimientos, el Estado ecuatoriano cuenta, con las leyes para la promoción del buen vivir, y la inclusión educativa.
En este sentido en el siguiente cuadro se muestra de manera resumida algunas de las leyes que respaldan el desarrollo inclusivo de la educación:
Normativa legal | Artículos |
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Ley Orgánica de Educación Intercultural.(2011) | Artículo. 2.- Principios. - La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los siguientes principios generales, que son los fundamentos filosóficos, conceptuales y constitucionales que sustentan, definen y rigen las decisiones y actividades en el ámbito educativo: l. Igualdad de género. - La educación debe garantizar la igualdad de condiciones, oportunidades y trato entre hombres y mujeres. p. Corresponsabilidad. - La educación demanda corresponsabilidad en la formación e instrucción de las niñas, niños y adolescentes y el esfuerzo compartido de estudiantes, familias, docentes, centros educativos, comunidad, instituciones del Estado, medios de comunicación y el conjunto de la sociedad, que se orientarán por los principios de esta ley; |
Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación Intercultural. (2015) | Artículo. 229.- Atención. La atención a los estudiantes con necesidades educativas especiales puede darse en un establecimiento educativo especializado o mediante su inclusión en un establecimiento de educación escolarizada ordinaria, de conformidad con la normativa específica emitida por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. |
Elaboración: Los autores.
Desde la carta magna se garantizan los derechos de los ciudadanos, al observar la normativa se determina que es de suma importancia el establecimiento de las políticas que incentiva la inclusión de los ciudadanos en todos los niveles educativos del país ecuatoriano.
A continuación, se presentan artículos arbitrados que han abordado el tema de inclusión educativa, afianzando de esta forma la importancia del tema, desarrollado en esta investigación.
Autor(es) | Trabajo de investigación | Definición |
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Villalobos Saldivia. (2021) | Inclusión educativa en contextos de educación superior. Una revisión narrativa. | La concepción de “inclusión educativa” se encuentra en directa relación con las oportunidades que ofrece cada país a sus ciudadanos. |
Varguillas, Urquizo, Bravo, y Moreno. (2021) | Experiencias en el proceso de inclusión educativa en la educación superior Iberoamericana. | La inclusión educativa en el ámbito universitario ha transitado un camino de luchas y retos, de disputas y avances por posicionar acciones y prácticas para reducir situaciones de discriminación y exclusión de estudiantes con discapacidad. |
Hurtado Chiqui, Mendoza Ureta., y Viejó Vintimilla. (2019) | Los desafíos de la formación docente inclusiva: Perspectivas desde el contexto latinoamericano. | En ciertos países, la inclusión se enmarca en la atención a las Necesidades Educativas Especiales (NEE), mientras que otras se enfocan en priorizar la igualdad y equiparación de oportunidades ante la vulnerabilidad de ciertos grupos sociales. |
Elaboración: Los autores.
CONCLUSIONES
En el país ecuatoriano mediante los órganos del Estado se han desarrollo políticas educativas y legales tendientes a la promoción de la inclusión educativa desde la integralidad e interculturalidad, respectando los diferentes grupos que conforman la nación, así como los grupos especiales. Así mismo, desde la Carta Magna se protege el derecho a la educación de los ciudadanos del Ecuador, a partir de allí se han incorporado leyes y reglamentos que garantizan la educación para todos.