“…La autoridad moral de las Naciones Unidas depende de su capacidad para ayudar a las personas más necesitadas y esto debe hacerlo con los más altos estándares éticos y de profesionalismo…”. (Ban Ki-moom, 2006: 11).
Introducción
Este artículo, a manera introductoria, divulga la opinión de los autores en relación con los derechos humanos que deben ser protegidos ante la crisis compleja suscitada en la Venezuela, y tras la solicitud del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas a la OIM y ACNUR, en 2019, sobre la creación de la Oficina de Respuesta Regional a la situación venezolana, la cual coordina la asistencia humanitaria para los migrantes y refugiados venezolanos que se han desplazado alrededor de la Región, como característica de la emergencia compleja. En tal sentido, los desafíos a la respuesta humanitaria venezolana son muchos y diversos para evitar la instrumentalización política de la misma.
1. Metodología
El presente artículo tiene como base epistemológica la hermenéutica jurídica, adoptándola la posición de Gadamer (1993), que contempla la hermenéutica de comprensión dialógica según la cual, la comprensión e interpretación de los textos y contextos necesitan dirección metodológica partiendo de la conciencia histórica, lo cual implica una distancia significativa del presente.
De ahí que, la hermenéutica es la mejor alternativa metodológica cuando la acción interpretativa se despliega para comprender los distintos símbolos y signos que hablan del sentido particular de un tiempo y espacio determinado y de sus acontecimientos transcendentales. (Popper, 1945).
En tal sentido, este enfoque se concibe como producto del conocimiento las interpretaciones de los simbolismos socioculturales a través de los cuales los actores de un determinado grupo social abordan la realidad (humana y social, fundamentalmente). Más que interpretación de una realidad externa, el conocimiento es interpretación de una realidad tal como ella aparece en el interior de los espacios de conciencia subjetiva.
Por tanto, en el presente artículo se utilizó una metodología hermenéutica, tradicional positivista, mediante un diseño documental de investigación basado en la selección, organización, interpretación y cotejo de fuentes documentales escritas, que fueron seleccionadas objetivamente por los autores por su pertinencia en la materia.
2. Derecho a vivir con dignidad en crisis humanitaria
La vida y la dignidad no pueden verse aisladamente. El ser humano por el solo hecho de serlo, debe tener arraigado el valor de vivir con dignidad, incluso, bajo crisis humanitarias nacionales o internacionales. De esta manera, una existencia digna -o al menos digna del ser humano-es la que permite explotar sus capacidades y esforzarse por crecer en el mundo. Esto sólo es posible cuando ciertos elementos mínimos fundamentales están cubiertos: como el derecho a la vida, a la libertad, a tener una vivienda y a ser bien remunerado por el trabajo desempeñado, entre otros.
Lo que hoy en día comprendemos como dignidad tiene su origen en la doctrina del cristianismo, según la cual todo ser humano es creado a imagen y semejanza de Dios, sin distinciones respecto a su estatus social o su lugar de nacimiento, dotado asimismo de un libre albedrío con el cual puede hacerse el bien o hacerse el mal.
Así las cosas, la mayor parte de esos derechos fundamentales están contemplados hoy en día en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y en las Constituciones y leyes de cada uno de los Estados. En el caso de Venezuela nuestra Constitución Nacional y el Ordenamiento Jurídico Positivo tienen una extensa regulación para proteger los Derechos Fundamentales de todo individuo, además, de garantizar formalmente la defensa de estos ante cualquier posible vulneración interna o externa.
No obstante, en la práctica, vemos como la protección y el ejercicio de los Derechos Fundamentales no es más que un aspecto netamente formal, por cuanto, observamos que las condiciones de vida del ciudadano común venezolano distan mucho de la definición de vivir dignamente anteriormente expresada.
Las razones, de diversa índole, políticas en su mayoría, económicas, descomposición social, falta de ética y una mala formación de la generación de relevo. Por mencionar alguna, el pago de salarios ínfimos, que solo existen como un indicador de medición, por cuanto el trabajador formal debe ingeniárselas para “sobrevivir” buscando alternativas que se los permita. Sin mencionar la crisis migratoria que ha generado esta situación y que he conllevado a la fuga de talentos que permitieran, al menos en un futuro cercano, reconstruir la nación venezolana.
En este momento, año 2024 a escasos días de un proceso electoral para “elegir” a un Presidente de La República, con precedentes atropellos, inhabilitaciones políticas, presos políticos y un candidato a presidente prometiendo resolver los problemas del País que no ha podido resolver en el ejercicio del cargo por más de una década.
Esperanza, es lo único que tiene el pueblo venezolano, una esperanza que se ve mermada cada día más, donde se observan constantes violaciones a los Derechos Fundamentales Básicos y la única respuesta de las autoridades políticas es que tales violaciones, obviamente, sin calificarlas como tal, derivan de las sanciones económicas, impuestas a Venezuela por la comunidad internacional. Sin pretender siquiera ver la dignidad en áreas del ejercicio científico y técnico, como parte de la ética y bioética, es decir, de los comportamientos moralmente réprobos o aceptables para el ser humano, ya sea que los ejecute o que los padezca.
De tal manera, se puede decir, sin temor a equivocarse, que actualmente en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, vivir con dignidad es una utopía que solo puede ostentar una cúpula de personas, muy alejados del ciudadano común que literalmente sale a sobrevivir todos los días.
3. Derecho a recibir asistencia humanitaria
En el marco de inestabilidad política del país, aunado a la pérdida de la producción, la hiperinflación, el empobrecimiento de la población, el aumento de la corrupción en todos los niveles, entre otros, ha producido durante la última década, una situación excepcional en Venezuela, que amenaza la calidad de vida, la libertad y a la subsistencia humana, afectando las condiciones básicas a la salud, a la seguridad y a la vida misma.
Como corolario se ha producido históricamente, el más inédito desplazamiento masivo de venezolanos, que hoy día asciende a más de 7.77 millones de ciudadanos con categorías de: migrantes y refugiados alrededor del mundo. Siendo considerado el segundo mayor desplazamiento del mundo1
Esta emergencia compleja suscitada en Venezuela, desde aproximadamente más de una década (2.013-2.024), obliga a ejercer plenamente (por todos los medios existentes), el derecho de los venezolanos a solicitar y recibir protección y asistencia humanitaria según sus necesidades y en proporción a ésta, de modo imparcial y sin discriminación alguna.
En relación con el entorno sociopolítico y de protección en los países de destino y tránsito, a pesar de avances positivos en el acceso a regularización, procedimientos de asilo y otras formas de estatus legal para las personas venezolanas en muchos países, señala la plataforma de la ONU que factores como el aumento de la xenofobia, las dificultades de las economías nacionales y los limitados prospectos socioeconómicos y de empleo, especialmente para aquellas personas en situación irregular, seguirán inhibiendo las perspectivas de integración local de personas refugiadas y migrantes durante este año.
Esto continuará impulsando movimientos sucesivos y circulares. Por otro lado, en cuanto a los retornos de venezolanos a su país de origen, aunque se han observado algunos aumentos leves a finales de 2023, se espera que sigan siendo mínimos y en gran medida exploratorios, representando una pequeña fracción de los movimientos generales, con salidas del país que superan ampliamente los retornos.
En este contexto, durante la última década se han evidenciado distintas modalidades de violación en la crisis humanitaria venezolana:
Negativa a reconocer las necesidades humanitarias para sustraerse de obligaciones.
Creación de impedimentos para la entrada de asistencia internacional.
Restricción de acceso a zonas e instalaciones afectadas por una emergencia humanitaria.
Privación, exclusión o condicionamiento deliberado de la asistencia humanitaria.
Restricciones arbitrarias al movimiento interno de la asistencia internacional.
Politización de la asistencia humanitaria para sumar respaldo a uno de los entes gubernamentales.
Apropiación o desvío de fondos, suministros o medios para beneficios económico o político.
Ataques, persecución o criminalización por proporcionar o recibir asistencia humanitaria.
Retiro arbitrario de asistencia humanitaria a personas que la necesitan.
Siendo así, promover en el país el cumplimiento de los principios humanitarios es tarea de todos y muy fundamental en la respuesta humanitaria, en especial, de las organizaciones humanitarias (ONG, Cruz Roja, Caritas, entre otras), la aplicación de los principios de humanidad, neutralidad e imparcialidad previstos en la Resolución 46/182 de las Naciones Unidas de 1.991; y el principio de independencia operativa en la Resolución 58/114 de las Naciones Unidas de 2.004, para que la respuesta humanitaria sea efectiva en el país.
En suma, el derecho a recibir asistencia humanitaria en el país debe pasar por una fase de negociación humanitaria con todas las partes en conflicto, donde se coadyuve a la aplicación de los principios humanitarios en la práctica, que permita condiciones favorables de acceso, seguridad para su implementación y el respeto de los derechos de las comunidades afectadas, de acuerdo con el derecho internacional.
Por ende, se debe activar los principios de asociación en Venezuela para que los actores internacionales y los agentes nacionales participen con igualdad y respeto en la respuesta humanitaria, así como actuar con transparencia, diálogo y complementariedad en la acción humanitaria.
4. Derecho a la iniciativa a proporcionar asistencia humanitaria
Este derecho involucra a las Organizaciones Internacionales, quienes a su vez tienen derecho a ofrecer y proporcionar asistencia a todas las personas en desastres, emergencias y conflicto armado, así como a refugiados y desplazados. En este marco, en Venezuela hay muchas presiones sobre los actores humanitarios proveniente de diversas fuentes, por cuanto los autores gubernamentales no han permitido libremente la participación del Coordinador de Respuestas de Emergencias de las Naciones Unidas -siglas en inglés ERC-, a manera de ejemplo, brindar ayuda humanitaria como parte de los esfuerzos para lograr fines políticos de cara a una reelección presidencial en el año 2.024.
Pues bien, entre los distintos modos de violación de este derecho se puede destacar:
Prohibición arbitraria de operaciones humanitarias internacionales.
Negativa arbitraria de visas u otros documentos legales para personal humanitario.
Expulsión del personal internacional por ofrecer o proporcionar asistencia humanitaria.
Decomiso ilegal, destrucción o sustracción de bienes humanitarios.
Amenazas o ataques contra el personal humanitario internacional.
De ahí que, la Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela (R-4V) presentó la actualización del Plan de Respuesta Regional para Refugiados y Migrantes (RMRP) de cara al 2024, como un resultado de consultas con las 248 organizaciones asociadas, así como con gobiernos de los países de acogida, donantes, personas refugiadas, migrantes y comunidades de acogida en toda la región. Esta plataforma, que actúa como un mecanismo de coordinación regional co-liderado por la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), busca dar respuesta al desplazamiento de personas refugiadas y migrantes de Venezuela en América Latina y el Caribe.
Resulta importante destacar que dicha plataforma, tiene como objetivo complementar la respuesta de los gobiernos que acogen a personas refugiadas y migrantes. Y las consultas realizadas tienen como objetivo actualizar las suposiciones y escenarios de planificación originalmente previstos para 2024 en función de los acontecimientos actuales y los cambios en el contexto, y “ajustar la respuesta para satisfacer las necesidades de las poblaciones afectadas, según lo identificado a través del más reciente Análisis de Necesidades de refugiados y Migrantes (RMNA), publicado en septiembre de 2023”, menciona la agencia.
En cuanto a la situación dentro de Venezuela y las causas que impulsan a abandonar el país, la plataforma señala que las salidas de personas refugiadas y migrantes en 2024 serán aproximadamente un 10% mayores que en 2023, lo que representa un crecimiento positivo interanual inferior en comparación con años anteriores.
Por consiguiente, mantener los principios humanitarios en Venezuela frente a estas presiones políticas es una tarea esencial, ya que una transacción político-partidista sería mortal para que la acción humanitaria en el país sea eficaz y eficiente. Por tanto, la clave es comunicar con claridad, exactitud y precisión los principios humanitarios para asegurar que los actores gubernamentales acepten en el territorio a las agencias de ayuda humanitaria.
Por consiguiente, cabe destacar el papel de las Organizaciones No Gubernamentales de carácter civil en el país, para lograr la efectividad de la respuesta humanitaria y en procura de la paz.
5. La migración venezolana como característica de la emergencia compleja. Perspectiva Criminológica
A propósito del gran número de víctimas civiles ocasionado por la emergencia compleja del país, es por lo que se originó el deslazamiento forzado de venezolanos, por las condiciones graves existentes desde hace una década y que amenazan a la seguridad, libertad, vida y subsistencia, por ello se hizo la arquitectura para la respuesta humanitaria.
De acuerdo con la Oficina del Enviado Especial para la Respuesta Regional a la situación de Venezuela, la mayoría de los migrantes y refugiados de Venezuela residen en la región (6.59 millones en junio de 2024). Entre los mayores países de acogida están Colombia (2.9 millones), Perú (1.5 millones), Brasil, Ecuador y Chile.
A pesar de los avances en la regularización y el otorgamiento del estatus de refugiado a los venezolanos, un gran número de migrantes y refugiados no cuentan con documentos migratorios, con la consiguiente limitación de acceso a la protección social en algunos países.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU Migración), para junio de 2.024 indicó que los migrantes y refugiados venezolanos están utilizando diversas rutas migratorias, que incluyen tierra, mar y aire. Como consecuencia de la pandemia COVID-19 y la interrupción de los canales regulares, muchos venezolanos han recurrido a utilizar rutas irregulares para llegar a sus destinos. Los cruces fronterizos informales se caracterizan a menudo por sus condiciones inseguras y sus graves problemas de protección, donde las personas están cada vez más expuestas a la trata de personas y a otras formas de violencia.
Asimismo, la pandemia de la COVID-19 ha añadido otra capa de complejidad a la situación de los desplazamientos en la región. La pérdida generalizada de puestos de trabajo y de fuentes de ingresos ha supuesto una mayor incapacidad para garantizar las necesidades básicas, como la alimentación, el alojamiento y otros servicios esenciales. Hay un aumento de la xenofobia y la discriminación hacia los venezolanos, motivada por una errada percepción de mayor competencia por puestos de trabajo, criminalización y temor a la propagación del virus.
Desde el punto de vista esencialmente de carácter político criminal, estudios realizados por Human Rigtht, así como por académicos y estudiosos de la materia, han concluido que la migración en cuanto a estadísticas criminales no demuestra que los migrantes superen en número de sujetos activos de delitos a los ciudadanos nacionales, e igualmente de los resultados estadísticos se demuestra que el número de víctimas de migrantes supera al de nacionales, lo cual rompe el paradigma de que los migrantes son delincuentes o que la migración incida significativamente en el índice de la criminalidad.
En el caso latinoamericano, en una perspectiva de retrospección se crea un entramado de requisitos para obstaculizar el ingreso migratorio, barriendo deliberadamente los derechos humanos de las personas, para privilegiar los conceptos de seguridad nacional, seguridad económica, resguardando los derechos humanos de sus nacionales, y otras tantas justificaciones bajo el amparo del orden público.
Actualmente, en el ámbito migratorio venezolano, los derechos humanos se ven afectados por una crisis de violencia y seguridad en el continente, donde el crimen organizado transnacional, como es el caso del manejo mediático del llamado “Tren de Aragua”, pretende justificar que algunos Estados violen sistemáticamente los derechos humanos sin remordimientos ni ocultamientos, bajo la tesis del debate de las dos columnas de discusión de equilibrio del sistema de los derechos humanos: el garantismo de un lado y la reafirmación de la doctrina de la seguridad nacional como prioridad discursiva ante el tema de impedir la impunidad.
Ante este panorama, surge la pregunta ¿Cómo podemos abordar la gestión de los derechos humanos de los migrantes en un contexto de invisibilización de los derechos del hombre, supeditados a la preservación de los Estados? La globalización de la migración en América está echando por tierra las bases teóricas en las que las Ciencias Sociales sostenían el binomio Estado-Nación. Uno de estos presupuestos es la vinculación entre ciudadanía y territorio.
La vulnerabilidad en la que viven los migrantes y más aún los indocumentados es el principal problema de la migración en masa, sea ello producto de las realidades económicas, políticas, sociales o culturales que viven nuestros países latinoamericanos:
1. ¿Ha considerado abordar las posibles objeciones de quienes creen que el impacto de la migración desde la perspectiva de los derechos humanos va más allá de la capacidad de los estados individuales y plantea preguntas sobre el discurso de unidad y la cooperación globales?
2. ¿Qué pasa con los críticos que sostienen que las cuestiones migratorias no sólo son de naturaleza discriminatoria, sino que también exponen las limitaciones de los mecanismos internacionales de derechos humanos para abordar estos complejos desafíos?
En definitiva, podemos señalar que la integración de la masa migratoria venezolana a los países receptores se vuelve de carácter imperativo y, esa que representan los actos discriminatorios, sería determinante en el reconocimiento o no de los Derechos Humanos.
Conclusiones
Al finalizar la obtención de la información documental, puede decirse que cada participante de los que conformamos este ensayo ha ido arrojando puntos conclusivos, recogidos en esta sección:
En el contexto de emergencia compleja suscitado en el país, la arquitectura humanitaria diseñada por la Organización de las Naciones Unidas constituye un aporte valioso para el respecto y garantía de los derechos humanos de los ciudadanos venezolanos víctimas que se encuentran en el país.
En Venezuela ya basta excusas para no actuar. No se pueden seguir ignorando las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas. El hambre, la falta de hogar, salarios dignos, ya no pueden tratarse como problemas sociales sin solución son situaciones de derechos humanos verdaderamente escandalosas. La privación de estos derechos no se puede atribuir únicamente a la falta de recursos: invariablemente, también es consecuencia de la falta de voluntad política y la discriminación.
En los países más ricos, los grupos marginados sufren pobreza e injusticia.
Puede afirmarse que la Migración venezolana es una realidad tan íntimamente vinculada al tema de los Derechos Humanos, que como tal viene a establecer reglas de actuación en un sector de la sociedad, el cual es el Estado mismo, en su más amplio sentido.
La migración, sobre todo de naturaleza ilegal, se ha convertido en un problema a nivel mundial, por la influencia de la globalización y las implicaciones en lo económico, en lo social, y en lo laboral, pero, sobre todo, es un reto en la protección de los derechos humanos y en las disposiciones migratorias que todos los países emiten para regular la entrada, salida y permanencia de personas, así como las acciones en contra de la migración irregular.
La posible suscripción del Pacto Mundial sobre la Migración abre la posibilidad de crear conciencia en las Naciones del mundo de la importancia de salvaguardar los derechos humanos de todas las personas sin importar su origen ni su condición migratoria, pero sobre todo es un reto para que las legislaciones migratorias de los países contemplen la integración y observancia del derecho internacional de los derechos humanos e incluyan políticas públicas con una visión de gobernanza de fronteras.
Finalmente, para los autores de esta investigación, la crisis humanitaria en Venezuela ha desencadenado una alarmante violación de los derechos humanos, reflejando un deterioro sistemático en la calidad de vida de sus ciudadanos. A medida que la situación se agrava, más de 19 millones de personas requieren asistencia humanitaria, mientras que casi ocho millones han abandonado el país en busca de mejores condiciones de vida.
Esta situación ha sido ampliamente documentada por organismos internacionales como la ONU y Human Rights Watch. La falta de acceso a derechos básicos como la salud y la alimentación ha llevado a millones a vivir en condiciones extremas, lo que subraya la ineficacia del gobierno para mitigar esta crisis. En este contexto, las libertades democráticas han sido severamente restringidas, lo que ha incrementado la violencia institucional y la inseguridad jurídica. La comunidad internacional debe intensificar sus esfuerzos para abordar esta situación crítica y garantizar que se respeten los derechos fundamentales de todos los venezolanos.














