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Boletin de Linguistica

versión impresa ISSN 0798-9709

Boletin de lingüistica v.22 n.33 Caracas ene. 2010

 

Sobre el caso del caso.

Las construcciones del tipo ‘el caso + nominal’ en un corpus de textos periodísticos chilenos

 Guillermo Soto

Universidad de Chile

gsoto@uchile.cl

 Scott Sadowsky

Universidad de Concepción

 Ricardo Martínez

Universidad de Chile

  Resumen

 El presente trabajo investiga un tipo de construcción poco estudiado en español: "El caso + NOMINAL", frecuente en el discurso periodístico chileno referido al ámbito judicial (p. ej. El caso Pinochet). Tras analizar un corpus de textos periodísticos chilenos, se concluye que la construcción descansa en el marco semántico del evento judicial y que el nominal seleccionado refiere a un elemento de este marco. Se sugiere, además, que la selección del nominal obedece a la prominencia relativa del elemento; que dicha prominencia depende de la perspectiva con que el agente construye el evento a que hace referencia el juicio; y que la perspectiva está condicionada por factores contextuales y, eventualmente, ideológicos.

 Palabras clave: Lingüística cognitiva, lingüística del corpus, marcos semánticos, aposición nominal.

 Abstract

          The present paper studies a little explored construction, “El caso + NOMINAL” (“The NOUN + Case”) in Chilean press discourse on judicial matters (e.g. The Pinochet Case.) An analysis of a corpus of Chilean press discourse reveals that this construction depends on the semantic frame of the judicial event involved and that the nominal selected refers to one of the elements in the frame. It is also suggested that the selection of a nominal is determined by the element’s relative prominence; that this prominence depends on the perspective from which the agent constructs the event referred to in the judicial case; and that this perspective is conditioned by contextual and possibly ideological factors.

Key words: Cognitive linguistics, corpus linguistics, semantic frames, nominal appositions.

 Recibido el 19 de marzo de 2009. Aceptado el 15 de junio de 2009.

Introducción*

 En el presente trabajo se estudia un tipo de construcción frecuente en el discurso periodístico chileno referente al ámbito judicial y que responde al modelo expuesto en los siguientes sintagmas:

(1)  El caso Pinochet

(2)  El caso COPEVA

(3)  El caso MOP-Gate

(4)  El caso Anfruns

(5)  El caso coimas

(6)  El caso degollados

(7)  El caso Caravana de la Muerte

 Aunque los ejemplos actualizan el esquema general [Det + N1 + N2], en que N2 modifica a N1, sin pausa entre ambos elementos, presentan, con todo, diferencias importantes con casos típicos de aposición nominal especificativa unimembre como (8) a (10):

(8)   El príncipe Felipe

(9)   El rey sol

(10) El príncipe mendigo

 En los ejemplos (8) a (10) la aposición, como señala Suñer (1999: 525), conlleva “una predicación secundaria de carácter nominal, usada para especificar […] otra palabra de la misma especie”, tratándose siempre, en este sentido, de casos de aposición restrictiva o especificativa en que el segundo sustantivo limita el significado del primero.[1] Así, (8) es equivalente a la oración “el príncipe se llama Felipe”; (9) es semejante a una comparación: “el rey es como el sol” en que propiedades del dominio fuente (“sol”) se proyectan en el dominio meta (“rey”); y (10) significa algo así como “el príncipe es un mendigo” o “es como un mendigo”, según sea la interpretación. En todos estos casos, el segundo nominal carece de referencia independiente y desempeña una función de tipo predicativo.

(1) a (7) no permiten paráfrasis como las anteriores: en (1), ni el caso es Pinochet, ni es como Pinochet, ni se puede ser referido por el nombre propio Pinochet (cfr. El caso Pinochet no se ha fallado aún vs. *Pinochet no se ha fallado aún). Se trata, más bien, de un caso que afecta a Pinochet, más específicamente, de un caso judicial que tiene como acusado al dictador chileno Augusto Pinochet. Por su parte, (2) corresponde a un caso judicial que afecta a la constructora COPEVA Ltda.; en concreto, que tiene como acusados a miembros de dicha empresa. En (3), en el caso judicial se acusa a miembros del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y de la empresa Gate. En (4), el caso judicial investiga el secuestro y asesinato del niño Rodrigo Anfruns, víctima del delito. En (5), el caso judicial indaga sobre coimas o dádivas ilegales dadas a políticos por privados o exigidas por aquellos a estos. En (6), el caso judicial trata del secuestro y asesinato por degollamiento de dirigentes comunistas durante el período dictatorial. En (7), finalmente, el caso judicial investiga el fusilamiento ilegal, en cuarteles militares del norte de Chile, de detenidos tras el golpe de Estado de 1973 y la responsabilidad en ello de un grupo militar, conocido como la Caravana de la Muerte. Obsérvese que en todos estos ejemplos se trata de juicios penales.

Forsgren (2001) propone que los ejemplos del tipo (1)-(7) se ajustan, al igual que (8), al modelo ‘Pinochet’ es el nombre de este caso. Aunque la paráfrasis, como admite el autor, es puramente aproximativa y no resulta del todo aceptable, rescata la función identificatoria que tiene N2 en todos los ejemplos. Las diferencias entre (1)-(7) y (8) antes expuestas, sin embargo, muestran que dicha función no opera del mismo modo en los primeros ejemplos y en el último, lo que puede ilustrarse por la aceptabilidad de ‘Felipe’ es el nombre de este príncipe.

En síntesis, aunque los ejemplos (1)-(7) son semejantes a los casos de aposición especificativa unimembre (8)-(10), no se asimilan del todo a estos. De hecho, los casos en comento se aproximan a situaciones de complementación (cfr. Suñer 1999) en que, como precisa Fernández Leborans (1999), un nombre propio restringe la intensión de un nombre común (N1) de modo semejante a un adjetivo relacional, recurso, de acuerdo con este mismo autor, habitual en el periodismo (cfr. Forsgren 2001). En los ejemplos expuestos, el segundo nominal (N2) designa uno de los elementos del caso judicial referido por la construcción completa, permitiendo la identificación de un caso judicial específico, típicamente penal. N1 (caso), por su parte, se emplea en una acepción propia, como expresa DRAE (2001): “6. Suceso notorio, escandaloso o incluso delictivo, cuyas circunstancias atraen la curiosidad del público”, y, sobre todo, “7. Cada uno de los asuntos en cuya averiguación trabaja la Policía o que se dirimen en juicio ante los tribunales de justicia” (el subrayado es nuestro).

En otras palabras, ante una construcción del tipo “el caso + N2”, el receptor comprende que N1 designa un caso típicamente judicial, normalmente de naturaleza penal; que N2 designa un elemento del juicio; y que el sintagma nominal resultante refiere a un juicio específico. Por su parte, N2 es un casillero abierto que puede llenarse por un nominal que satisfaga ciertos requisitos pragmáticos. La construcción en estudio puede caracterizarse como constituida por un primer nominal genérico, categorizante, (N1), y un segundo sustantivo denominativo, que corresponde, por lo general, a un nombre propio en función de complementación (cfr. Forsgren 2001). El esquema resultante es semejante al de construcciones como El informe Rettig[2] y establece, entre N1 y N2, una relación parte-todo.

Los rasgos compartidos por los ejemplos del tipo (1)-(7) permiten proponer que estos responden a un mismo ‘esquema de construcción’, en el sentido que Langacker (2000a) da a este concepto. Para el lingüista estadounidense, el esquema de construcción es “una plantilla que refleja la complejidad simbólica de las expresiones específicas y captura cualquier rasgo común entre ellas” (Langacker 2000b: 37). Los esquemas operan en distintos niveles de abstracción, lo que permite que den cuenta tanto de regularidades de nivel bajo (como las observables en los ejemplos de la forma “el caso + N2”), como de regularidades de nivel más alto, como las comunes a la aposición nominal o, aun, al esquema [N + N] (cfr. Langacker 2000a y 2000b).

El esquema abordado en el presente estudio parece incorporar restricciones semántico-pragmáticas dependientes, en último término, del conocimiento de mundo y los procesos cognitivos que actualizan los hablantes durante el proceso de comunicación. En este sentido, es posible hipotetizar que parte de dichos constreñimientos derivan tanto de los marcos cognitivos de los hablantes como de la perspectiva con que dichos marcos son construidos en una situación comunicativa dada (Fillmore 1982, Talmy 2000).

Desde una perspectiva semántico-cognitiva, puede plantearse que la construcción “El caso + N2” designa una región esquemática correspondiente al marco semántico ‘caso judicial’.[3] Por su parte, N2 opera como el punto de referencia que permite acceder a una expresión particular de la categoría caso judicial. Al actualizar un nominal específico (p. ej. Pinochet) en el esquema “El caso + N2”, se construye una representación que refiere a una situación judicial determinada (p. ej. “El caso Pinochet”). Como puede observarse, se trata de un proceso de corte metonímico: N2 designa a un componente de la situación referida por el SN —esto es, por el conjunto “el caso + N2”—, y esa designación permite identificar el juicio específico a que se hace referencia.[4]

El proceso arriba expuesto se ilustra en la Figura 1. En ésta, los nodos representan componentes del juicio referido no especificados lingüísticamente en la construcción en estudio. El nodo en que figura la imagen de Pinochet corresponde al nodo designado por N2 y opera como el punto de referencia que permite evocar el juicio específico. Como se verá más adelante, ciertos nodos, como el correspondiente al acusado, tienen un estatus privilegiado en este proceso.

 Figura 1. Significación metonímica de la construcción “el caso + N2”

 Complementariamente, siguiendo a Talmy (2000), puede plantearse que la selección del punto de referencia N2 abre una ventana de atención sobre ese componente del juicio referido, dejando al resto en trasfondo. Aunque el concepto de ventana de atención de Talmy se ha empleado normalmente para designar la focalización de la atención en alguna fase del curso temporal interno de un evento y no en alguno de los componentes estables de un fenómeno determinado, Talmy lo aplica al estudio de los complementos obligatorios y opcionales de los eventos en un análisis más próximo al propuesto en este trabajo (cfr. Evans y Green 2006).

La productividad del esquema expuesto se describe como la integración de dos estructuras simbólicas, tal como se muestra en la Figura 2. La integración está restringida formalmente (N2 debe ser un nominal) y pragmáticamente (debe ser un componente del juicio específico). En la figura, los nodos se identifican con letras y las conexiones con números para indicar que la integración de las estructuras simbólicas permite referir a una situación judicial específica en que cada nodo corresponde a una entidad en el mundo y cada vínculo corresponde a una relación en el mundo.

 Figura 2. Integración de estructuras simbólicas

Otras construcciones, próximas a la que es objeto del presente estudio, también designan situaciones semejantes: “el caso + S[intagma]P[reposicional]” (11 y 12), que parece tener un mayor ámbito de empleo (investigación en general), y “el llamado caso + N”, “el caso llamado + N” (13), en que el participio aparentemente opera como un acotador (hedge) que disminuye la responsabilidad del hablante.[5]

 (11)                     El caso de los pasteles envenenados

(12)                     El caso por el asesinato de Jaime Guzmán

(13)                     El llamado caso coimas

 Este trabajo, en tanto que examina la distribución de un fenómeno especialmente relevante en la prensa chilena, indaga dos problemas asociados a las construcciones del tipo “el caso + N2”: qué elementos pueden seleccionarse como punto de referencia, esto es, N2, y qué factores inciden en la selección del punto de referencia. Adicionalmente, se sugieren ciertos factores que podrían incidir en el surgimiento de estas construcciones en el discurso.[6]

2.   Método

Se analizó un corpus de textos periodísticos extraídos de la versión 2004 del Corpus Dinámico del Castellano de Chile (CODICACH) (Sadowsky 2008). La muestra utilizada consiste en periódicos chilenos, tanto de circulación nacional (La Tercera, El Mercurio) como regional (El Mercurio de Valparaíso, La Estrella de Valparaíso, Crónica y El Austral de Valdivia). En total, el corpus de la investigación tuvo una extensión de 221.816.674 palabras y cubrió el período 1997 a 2004. La recolección de datos se efectuó en una primera etapa de forma automática y, con posterioridad, manualmente.

 3.   Resultados

3.1.     Datos generales

         El Cuadro 1 muestra los resultados generales, ordenados por periódico. Se encontraron 979 casos únicos (types) en todo el corpus (12.222 casos o tokens), lo que equivale a 55,10 casos por millón de palabras. El periódico con mayor cantidad de casos por millón de palabras fue La Tercera (91,77), medio de alcance nacional editado en Santiago de Chile; el que presentó una menor proporción resultó ser El Mercurio (10,38), el periódico de mayor prestigio en el país, y también de alcance nacional. Los diarios regionales se ubicaron entre estos extremos: Crónica (72,32), El Mercurio de Valparaíso (24,67), Austral de Valdivia (23,30) y La Estrella de Valparaíso (11,46).

 Cuadro 1. Resultados generales ordenados por número de casos (types) 

 

Palabras en corpus

Nº de casos (types)

Frecuencia (tokens)

Casos por millón de palabras

 

La Tercera

110.490.380

599

10.140

91,77

El Mercurio

63.308.865

134

657

10,38

El Mercurio de Valparaíso

23.553.763

115

581

24,67

Austral de Valdivia

7.168.153

48

167

23,30

Crónica

7.868.283

46

569

72,32

La Estrella de Valparaíso

9.427.230

37

108

11,46

Total

221.816.674

979

12.222

55,10

 En el Cuadro 2 se observan los 20 casos (types) más comunes, cuantificados en números de frecuencia bruta (tokens): el caso Pinochet, el caso coimas, el caso Caravana de la Muerte, el caso Matute, el caso Caravana, el caso Gate, el caso Letelier, el caso Prats, el caso Tucapel, el caso Guzmán, el caso Alto Hospicio,[7] el caso Tucapel Jiménez, el caso Degollados, el caso Lucchetti, el caso Matute Johns, el caso Codelco, el caso Chispas, el caso Indemnizaciones, el caso MOP-Gate, el caso Caravana. Las referencias a un caso judicial concreto corresponden a la suma de las variantes (el caso Matute + el caso Matute Johns = 767).[8]

 Cuadro 2. Los 20 casos (types) más frecuentes 

el caso Pinochet

1.851

el caso Alto Hospicio

160

el caso coimas

957

el caso Tucapel Jiménez

141

el caso Caravana de la Muerte

714

el caso Degollados

120

el caso Matute

675

el caso Lucchetti

108

el caso Caravana

674

el caso de Alto Hospicio

104

el caso Gate

419

el caso Matute Johns

92

el caso Letelier

399

el caso Codelco

85

el caso Prats

299

el caso Chispas

83

el caso Tucapel

257

el caso indemnizaciones

80

el caso Guzmán

219

el caso Mop-Gate

79

 3.2.     Recursos empleados en N2

         El casillero correspondiente a N2 se llenó empleando distintos recursos: nombre propio (el caso Pinochet), sintagma nominal sin modificador (el caso coimas), sintagma nominal con modificador (el caso Caravana de la Muerte). Fue común el empleo de composiciones ad hoc: el caso MOP-Gate, el caso Corfo-Inverlink, el caso carta-bomba, el caso MOP-Ciade, el caso coimas Gate, el caso Enersis-Endesa España, el caso cartas PPD, el caso Banco Central-Corfo-Inverlink, el caso pinocheques. Los nombres propios fueron muy frecuentes en N2: Alto Hospicio, Gate, Matute, Pinochet, Tucapel Jiménez, lo que probablemente se deba a que son buenos identificadores para fines periodísticos.

3.3.     Frecuencia de funciones semántico-pragmáticas de N2

Con el objeto de identificar la función semántico-pragmática desempeñada por N2, se analizaron los 150 casos (types) más frecuentes, identificando cada caso por su denominación específica y considerando cada caso (type) como unidad. En vez de emplear las nociones altamente abstractas de la gramática de casos, como agente, paciente o experimentante, las funciones se categorizaron de acuerdo con los papeles desempeñados en el marco semántico caso judicial, en consonancia con la propuesta de Fillmore (1982). Como se observa en la Figura 3, la función de “inculpado” se emplea en el 38% de los casos (n = 58); la de “acción”, en el 29% (n = 44); la de “víctima”, en el 19% (n = 28); y la de “locativo”, en el 14% (n = 21).

 Figura 3. Frecuencia de funciones semántico-pragmáticas de N2 en la situación judicial referida

 

 La figura 4 muestra el mismo análisis considerando las frecuencias (tokens) de los casos. La función “inculpado” sigue siendo la más común (51%), seguida, en este caso, por “víctima” (25%), “acción” (18%) y “locativo” (6%).

 Figura 4. Frecuencia de funciones semántico-pragmáticas de N2 por caso (token)

 

 3.4.     Esquema tipo de caso judicial

Como se advierte, la función más comúnmente desempeñada en los juicios por el argumento que actualiza N2 es la de inculpado.[9] Los resultados permiten proponer una jerarquía provisional por denominación: “inculpado” > “acción” > “víctima” o “locativo” y otra por frecuencia: “inculpado”  >  “víctima”  >  “locativo” o “acción”. Aunque menos frecuente, también hay casos en que el “instrumento” o medio del delito sirve como identificador: el caso coimas. El análisis permite sugerir el esquema tipo que ilustra la Figura 5. Como puede observarse, el esquema privilegia los componentes del evento delictivo de que trata el juicio.

 Figura 5. Esquema tipo del caso judicial

3.5.     Análisis pormenorizado de algunos casos

         El análisis pormenorizado de algunos casos emblemáticos permite observar que las denominaciones de los casos judiciales específicos compiten entre sí. En el caso Alto Hospicio, por ejemplo, pueden observarse desde formas máximamente compactas (el caso Alto Hospicio, 160 casos) hasta formas máximamente expandidas (el caso de las seis estudiantes desaparecidas de Alto Hospicio, 2 casos), situación que ilustra el Cuadro 3.

 Cuadro 3. Variantes de el caso Alto Hospicio 

El caso Alto Hospicio

160

El caso de Alto Hospicio

104

El caso de los crímenes de Alto Hospicio

8

El caso de las liceanas asesinadas en Alto Hospicio

2

el caso de las seis estudiantes desaparecidas en Alto Hospicio

2

El caso de los asesinados de Alto Hospicio

2

el caso de violaciones y muertes de jóvenes en Alto Hospicio

2

El caso del asesinato múltiple de Alto Hospicio

2

El caso del denominado sicópata de Alto Hospicio

2

          Como puede advertirse en el mismo cuadro, el núcleo de N2[10] puede designar al “locativo” (las dos variantes más frecuentes), la “acción”, la “víctima” o el “inculpado”. Con excepción de las dos variantes más frecuentes, en el resto N2 contiene nominales que designan a más de un elemento de la situación judicial: “acción” y “locativo” (el caso de las desapariciones en Alto Hospicio); “inculpado” y “locativo” (el caso del asesino múltiple de Alto Hospicio); “víctima”, “acción” y “locativo” (el caso de las liceanas asesinadas en Alto Hospicio); “acción”, “víctima” y “locativo” (el caso de violaciones y muertes de jóvenes en Alto Hospicio). Obsérvese que en estos casos se actualiza el esquema “el caso + SP”.

En el caso Matute, la situación es semejante, como se advierte en el Cuadro 4. Las tres variantes más frecuentes (el caso Matute, n=675; el caso Matute Johns, n=92; y el caso de Jorge Matute Johns, n=15) seleccionan la “víctima” como N2 o, en el último caso, SP. En los casos menos frecuentes aparecen otros componentes, pero sigue figurando la “víctima”, ya junto a la “acción” (el caso de la desaparición de Jorge Matute Johns), ya junto a la “acción” y el “locativo”[11] (el caso del desaparecido estudiante de Concepción Jorge Matute Johns). Como en la situación anterior, en estos últimos ejemplos se actualiza el esquema “el caso + SP”. Cabe destacar que, en variantes expandidas, se emplean recursos que ayudan a identificar mejor a la “víctima” (estudiante, universitario, joven universitario, joven penquista). Más adelante se volverá sobre este punto.

 Cuadro 4: Variantes de el caso Matute 

el caso Matute

675

el caso Matute Johns

92

el caso de Jorge Matute Johns

15

el caso de Jorge Matute

9

el caso de la desaparición de Jorge Matute Johns

9

el caso por la desaparición del estudiante Jorge Matute

8

el caso de la desaparición de Jorge Matute

7

el caso de la desaparición del universitario Jorge Matute Johns

6

el caso de la desaparición del estudiante Jorge Matute Johns

4

el caso del joven desaparecido Jorge Matute Johns

4

el caso por la desaparición de Jorge Matute Johns

4

el caso de la desaparición del joven Jorge Matute

3

el caso de la desaparición del joven universitario Jorge Matute

3

el caso de la desaparición del estudiante de ingeniería forestal

2

el caso de la desaparición del joven Jorge Matute Johns

2

el caso de la desaparición del joven penquista

2

el caso del desaparecido estudiante de concepción Jorge Matute Johns

2

el caso por la desaparición de Jorge Matute

2

 Los dos ejemplos expuestos apoyan el esquema tipo propuesto más arriba. Al parecer, distintos nominales que satisfacen el criterio de designar componentes del esquema tipo compiten por N2. En los ejemplos, prima un nominal que está presente en todos los casos (Alto Hospicio, Matute Johns), probablemente por ser el mejor identificador de cada caso.

         En otras situaciones, la competencia establece escenarios más complejos, como los que se observan en la Figura 6, que intenta ilustrar las relaciones entre diversas variantes de un mismo caso judicial, el caso Tucapel. En este ejemplo, aunque el papel “víctima” aparece en todas las variantes y termina siendo el N2 en que culmina la construcción, el tránsito desde las formas expandidas hasta las formas compactas afecta también al argumento que desempeña la función de “víctima”: de descripciones caracterizadoras (el ex presidente de la ANEF) se llega al nombre propio y aún al de pila (Tucapel), pasando por etapas intermedias. La Figura 6 muestra cómo el sintagma nominal que refiere al caso judicial va compactándose, proponiendo posibles trayectos de una a otra variante. En la medida en que el fenómeno se constituye durante un período, proponemos que las expresiones expandidas, necesarias al comienzo para identificar la situación, van siendo gradualmente sustituidas por las compactas en la medida en que el identificador se va constituyendo, progresivamente, en un buen punto de referencia.

 Figura 6. Relación entre las variantes de el caso Tucapel (Las líneas dobles indican una relación más estrecha que las simples entre los grupos de variantes).

          Este proceso de compactación parece obedecer, al menos en parte, a los cambios en el estatus informativo, presupuesto por el autor, del nominal que llena N2. En efecto, como ya indicaba Prince (1981), aunque con otros fines descriptivos, la familiaridad asumida de las entidades en el discurso es variable. Podemos pensar que, en la medida en que el periodista asume que el nominal que compite por llenar N2 no es familiar para los lectores, emplea estrategias lingüísticas que permiten anclarlo explícitamente en el conocimiento previo del lector (cfr. Givón 1995). A medida que, vía el uso, el caso judicial se va haciendo más conocido y su componente de mayor prominencia también, los recursos de anclaje explícito van abandonándose, lo que culmina en la forma compacta “el caso + N2”. De este modo, a partir de un sintagma nominal máximamente expandido, que describe la situación judicial referida identificando y anclando varios de sus componentes, se culmina en un sintagma nominal compacto que emplea un N2 prominente como punto de referencia para identificar el caso jurídico concreto. La ventana de atención abierta sobre la entidad designada por N2 es suficiente para que el lector active el caso judicial completo en su memoria.

El Cuadro 5 ejemplifica, con ejemplos reales, el trayecto que, idealmente, seguiría el proceso de compactación del sintagma nominal y selección de N2 en una situación judicial:

 Cuadro 5. Compactación del sintagma nominal y selección de N2 en el caso Yordan 

El caso del desaparecido escolar de la Unión, Yordan Fernández, acaecido el 22 de diciembre de 1997

El caso del escolar desaparecido en la Unión, en diciembre de 1997, Yordan Fernández Ruiz

El caso del escolar desaparecido en diciembre de 1997, Yordan Fernández

El caso del extraño desaparecimiento del escolar Yordan Fernández Ruiz

El caso más emblemático de esa comuna, el caso del escolar Yordan Fernández

El caso emblemático del escolar de La Unión, Yordan Fernández

El caso de la desaparición de Yordan Fernández

El caso del estudiante Yordan Fernández Ruiz

El caso del escolar Yordan Fernández

El caso del menor Yordan Fernández

El caso de Yordan Fernández

El caso de Yordan

El caso Yordan Fernández

El caso Yordan

          Hasta aquí, las variables que hemos considerado en el proceso de constitución del sintagma nominal compacto son la prominencia relativa de los nominales que compiten por N2, por un lado, y el aumento progresivo en la familiaridad asumida por el autor, por otro. Sin embargo, el proceso parece estar influido también por factores ideológicos. En efecto, en la medida en que la ventana de atención abierta sobre N2 destaca un determinado componente del caso judicial de que se trata, dejando los restantes como trasfondo, la construcción impone una perspectiva con respecto a dicha situación. Por ello, tanto la selección de N2 como la denominación específica escogida pueden estar influidas por las creencias, actitudes y, más ampliamente, la ideología del autor o el clima ideológico dominante. Aunque la comprobación de esta línea de pensamiento supone un análisis específico no emprendido aquí, las variantes de el caso Caravana de la Muerte son sugerentes en este sentido, toda vez que la forma compacta, cuantitativamente dominante, el caso Caravana de la Muerte, compite con variantes morigeradas que, por una parte, evitan el empleo del nominal muerte (el caso Caravana) y del sintagma Caravana de la muerte (el caso de la Comitiva Militar), y, por otra, añaden hedges que reducen el compromiso o la responsabilidad del autor respecto de la expresión (el caso de la denominada Caravana de la Muerte, el caso de la llamada Caravana de la Muerte).

 Cuadro 6. Variantes de el caso Caravana de la Muerte 

el caso Caravana de la Muerte

714

el caso Caravana

674

el caso de la Caravana

72

el caso de la Caravana de la Muerte

67

el caso de la comitiva militar

23

el caso denominado Caravana de la Muerte

23

el caso de la denominada Caravana de la Muerte

13

el caso conocido como Caravana de la Muerte

8

el caso de la llamada Caravana de la Muerte

7

el caso comitiva militar

5

el caso llamado Caravana de la Muerte

4

  4.   Conclusiones

         El estudio muestra que distintos componentes de la situación judicial referida pueden seleccionarse como punto de referencia en N2; típicamente, “inculpado”, “víctima”, “locativo” y “acción”, con preferencia, en el corpus, por el primero de estos. Del análisis se desprende que estos mismos parecieran ser los componentes privilegiados del esquema semántico de caso judicial. Como se ha observado, el punto de referencia puede corresponder a uno de los cuatro factores definitorios de las acepciones 6ª y 7ª de ‘caso’ en DRAE. Evidentemente, la fuente última de estos componentes es el evento delictual que se discute en el juicio.

El estudio muestra, además, que distintos nominales que satisfacen el criterio de designar componentes del esquema semántico suelen competir por N2. Los factores que más parecen incidir en la selección del punto de referencia son, por una parte, el estatus del componente en la representación del juicio referido y, por otra, su potencial como buen punto de referencia, lo que se liga a la facilidad con que este es identificable por el público receptor del texto periodístico. De esto último, se deriva el papel destacado de los nombres propios en los sintagmas en estudio. En síntesis, puede plantearse que el punto de referencia seleccionado corresponde al componente más saliente o destacado del caso judicial en la comunidad pertinente.

También se observa que la construcción “el caso + N2” resulta de un proceso de compactación en que expresiones expandidas van siendo gradualmente reemplazadas por otras cada vez más compactas en la medida en que el caso judicial va siendo más conocido y el identificador se vuelve un mejor punto de referencia. En otras palabras, las construcciones tienden a surgir en el discurso como expresiones nominales complejas que describen una situación y, con el uso, los elementos de la situación van compactándose en el nominal prominente. Este proceso, que requiere de un estudio adicional, parece obedecer al cambio progresivo del estatus informativo del caso judicial referido y del nominal que llena N2, los que van aumentando su familiaridad.

Toda vez que la ventana de atención abierta sobre N2 destaca un determinado componente del caso judicial, dejando el resto como trasfondo, la construcción impone una perspectiva con respecto a la situación referida. Ello sugiere que las ideologías pueden desempeñar un papel relevante en la selección y expresión de N2, tema que amerita una indagación específica.

En sus comienzos, la lingüística cognitiva privilegió el estudio del nivel léxico y oracional (Croft y Cruse 2004) con el apoyo de metodologías, en gran parte aunque no exclusivamente, “de escritorio”, centradas en la comparación de casos particulares (microanálisis) y el introspeccionismo. El presente trabajo muestra, a nuestro juicio, que técnicas de la lingüística de corpus pueden servir para contrastar empíricamente proposiciones de la lingüística cognitiva.

Referencias Bibliográficas

1.Croft, William y David Alan Cruse. 2004. Cognitive linguistics. Cambridge: Cambridge University Press.

2.Cuenca, Maria Josep y Joseph Hilferty. 1999. Introducción a la lingüística Cognitiva. Barcelona: Ariel.

3.Evans, Vyvyan y Melanie Green. 2006. Cognitive linguistics: An introduction. Edimburgo: Edinburgh University Press.

4.Fernández Leborans, María Jesús. 1999. La predicación: Las oraciones copulativas. En Ignacio Bosque y Violeta Demonte (eds.), Gramática descriptiva de la lengua española, 77-128. Madrid: Real Academia Española/Espasa-Calpe.

5.Fillmore, Charles. 1982. Frame semantics. En Sociedad Lingüística de Corea (ed.), Linguistics in the morning calm, 111-138. Seúl: Hanshin.

6.Forsgren, Mats. 2001. Le référent existe – je veux bien, mais comment? En Hans Kronning, Coco Norén, Bengt Novén, Gunilla Ransbo, Lars-Göran Sundell y Brynja Svane (eds.), Langage et référence. Mélanges offerts à Kerstin Jonasson à l’occasion de ses soixante ans, 173-185. Uppsala: Acta Universitatis Upsaliensis, Studia romanica 63.

7.Givón, Talmy. 1995. Coherence in text vs. coherence in mind. En Morton Ann Gernsbacher y Talmy Givón (eds.), Coherence in spontaneous text, 59-115. Amsterdam: John Benjamins.

8.Jiménez Cano, José Mª. 1988-1989. Aspectos pragmático-textuales de las construcciones apositivas en español. Anales de Filologia Hispánica 4. 97-111.

9.Langacker, Ronald. 2000. Grammar and conceptualization. Berlín: Mouton de Gruyter.

10.Langacker, Ronald. 2000. Estructura de la cláusula en la gramática cognoscitiva. Revista Española de Lingüística Aplicada. Volumen monográfico.19-65.

11.Markkanen, Raija y Hartmut Schröder. 1997. Hedging: A challenge for pragmatics and discourse analysis. En Raija Markkanen y Hartmut Schröeder (eds.), Hedging and discourse, 3-18. Berlín: Mouton de Gruyter.

12.Prince, Ellen. 1981. Toward a taxonomy of given-new information. En Peter Cole (ed.), Radical pragmatics, 223-255. Nueva York: Academic Press.

13.Real Academia Española. 2001. Diccionario de la lengua española. Madrid: Espasa-Calpe.

14.Sadowsky, Scott. 2008. [En línea]. Corpus dinámico del castellano de Chile (CODICACH), Concepción (Chile), Universidad de Concepción. Disponible en  www2.udec.cl/~ssadowsky/codicach.html   [Consulta: 18 diciembre 2008].

15.Suñer, Avel×lina. 1999. La aposición y otras relaciones de predicación en el SN. En Ignacio Bosque y Violeta Demonte (eds.), Gramática descriptiva de la lengua española, 523-564. Madrid: Real Academia Española/Espasa-Calpe.

16.Talmy, Leonard. 2000. Toward a cognitive semantics, Vol. 1. Cambridge: MIT Press, 2000.

Guillermo Soto

 Profesor asistente en la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile, donde trabaja en las áreas de análisis del discurso y discurso y cognición, con especial atención a la relación entre gramática, pragmática y discurso. Posee un magíster en Lingüística por la Universidad Católica de Chile y un DEA por la Universidad de Valladolid.

 Scott Sadowsky

 Doctor en Lingüística de la Universidad de Concepción, donde se dedica a la investigación de los aspectos sociolingüísticos del sistema fonético-fonológico del español. Sus áreas de interés también incluyen la lingüística de corpus y computacional.

Ricardo Martínez

Licenciado en Lengua y Literatura Hispánicas, mención Lingüística,  por la Universidad de Chile. Investigador del Centro de  Estudios  Cognitivos de  esta Universidad.  Ha sido Coordinador del Equipo de Escritura SIMCE y miembro del Equipo de Lenguaje SERCE-UNESCO. Candidato a Magíster en Estudios Cognitivos. Sus campos de interés son la ciencia cognitiva aplicada a la educación, la psicolingüística, la lingüística cognitiva y la lingüística computacional.

* Los autores agradecen las observaciones de dos evaluadores anónimos del trabajo.

[1] Para una síntesis de las orientaciones que ha tenido la indagación en estructuras apositivas en español, cfr. Jiménez Cano (1988-1989).

[2] Informe elaborado en Chile por la Comisión de Verdad y Reconciliación sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el régimen militar de 1973 a 1990. El informe debe su nombre a Raúl Rettig, presidente de la comisión.

[3] Siguiendo a Evans y Green (2006), entenderemos por marco semántico una estructura de conocimiento de carácter esquemático, conformada por atributos relacionados sistemáticamente que constituyen, por lo mismo, invariantes estructurales.

[4] De acuerdo, entre otros, con Cuenca y Hilferty (1999), Langacker (2000a) y Croft y Cruse (2004), entendemos por proceso metonímico aquellos casos en que una entidad es referida indirectamente por medio de un término asociado en un mismo dominio. En el caso en estudio, la explicitación de un constituyente de la situación judicial (parte) permite la referencia a la situación completa (todo). Más específicamente, la entidad que sirve de punto de referencia, N2, forma parte de la entidad referida.

[5] Aunque circunscrita en su origen a la semántica, la noción de hedge se ha extendido al plano discursivo-pragmático haciendo referencia a diversas estrategias que emplea el hablante para indicar la relación con la indeterminación de un aspecto del proceso comunicativo. En particular, este caso parece ajustarse a lo que la literatura denomina “escudo” (shield), acotadores cuyo papel no radica en difuminar las fronteras de una categoría sino en disminuir el compromiso del autor con lo que dice (Markkanen y Schröder 1997).  La verificación de la interpretación sugerida, y sus alcances en el ámbito de la comunicación periodística, requiere de una indagación específica que no se lleva a cabo en el presente trabajo.

[6] El trabajo pretende, en consecuencia, dar cuenta de aspectos que, desde otras perspectivas, quedan en el componente de interpretación contextual indirecta e inferencial (cfr. Forsgren 2001).

[7] También frecuente es la variante el caso de Alto Hospicio, que actualiza el esquema “el caso + SP”. Como se advierte en el Cuadro 2, hay variantes en otros casos: el caso Caravana de la Muerte, el caso Caravana, el caso de la Caravana de la Muerte; el caso Matute, el caso Matute Johns;  el caso Tucapel, el caso Tucapel Jiménez.

[8] La mayoría de los casos más frecuentes son de corte político. La mayor parte de ellos tiene que ver con crímenes cometidos durante el régimen militar que imperó en Chile entre 1973 y 1989. Así, el caso Pinochet designa el juicio al dictador chileno durante el período democrático; el caso Letelier y el caso Prats se refieren a juicios por asesinatos de opositores ejecutados por funcionarios de la dictadura en Estados Unidos y en Argentina; el caso Tucapel designa el juicio por el asesinato perpetrado por la policía secreta chilena de un líder sindical. Como ya se señaló, el caso Caravana de la Muerte y el caso Degollados se refieren también a juicios por crímenes cometidos en ese período. Cabe destacar que el sintagma el caso de la Caravana de la Muerte se ubica en la posición 21 con 72 casos. El caso Guzmán corresponde al juicio por el asesinato, en democracia, de un senador de la oposición por un grupo subversivo. También son frecuentes los casos judiciales relacionados con actos de corrupción política en democracia, como ocurre con el caso Coimas, el caso Gate y el caso Indemnizaciones. Sólo tres casos designan juicios sin connotación política: el caso Matute, el caso Alto Hospicio y el caso Lucchetti.

[9] Los inculpados pueden corresponder a individuos (39% de los casos por denominación; 45%, por frecuencia) o a colectivos (61% de los casos por denominación; 55%, por frecuencia).

[10] Núcleo del SN que llena N2, esté o no regido por preposición.

[11] Puede discutirse este último análisis, planteando que el locativo Concepción no corresponde explícitamente al lugar del hecho sino a la ciudad en que vivía la víctima, pero de todas maneras el elemento sirve para orientar al receptor respecto de uno de los aspectos geográficos salientes del caso judicial.