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Salud de los Trabajadores
versión impresa ISSN 1315-0138
Salud de los Trabajadores v.16 n.1 Maracay jun. 2008
EDITORIAL
Análisis de Brecha en Centros de Trabajos
Equipo Estudio de Brecha CEST-UC
Carlos Rangel
La puesta en funcionamiento del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) en el año 2002, la actualización de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) durante Julio de 2005, así como la promulgación e implementación de su Reglamento Parcial (2006), han traído como consecuencia la necesidad a los empleadores y empleadoras de conocer su nivel de cumplimiento en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo; de allí que el Centro de Estudios en Salud de los Trabajadores de la Universidad de Carabobo (CEST-UC) este ofreciendo como uno de los servicios que presta a los centros de trabajo, los Estudios o Análisis de Brecha. Este tipo de estudio consiste en comparar la gestión de un centro de trabajo en materia de Salud Ocupacional, con el contenido de la Lopcymat y su Reglamento Parcial, es decir, determinar los espacios de incumplimiento (brechas) de la referida ley orgánica y su reglamento parcial por parte del centro de trabajo.
La aplicación de un Análisis de Brecha, debe ser la primera acción que se realice en un centro laboral con el fin de preservar la salud y la vida de los trabajadores(as), ya que permite auditar todos los aspectos relacionados con la identificación, evaluación y control de los riesgos ocupacionales presentes en los procesos productivos, con la consulta y participación de trabajadores(as), supervisores(as), gerentes, integrantes del Comité de Seguridad y Salud Laboral, dirigentes sindicales e integrantes del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Esta intervención es realizada por un equipo multidisciplinario con sólida formación y experiencia en las disciplinas de: Medicina, Higiene, Seguridad y Legislación en Salud Ocupacional, entre otras. Dado a que entendemos a la salud como un derecho social y de carácter integral, según lo establece la Organización Mundial de la Salud (1946) y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (artículos 83 y 87).
El diagnóstico para la identificación de la brecha técnica y jurídica y las recomendaciones propuestas para disminuir las brechas encontradas -en orden de prioridades- persigue entregar a los empleadores(as) y a todos los actores sociales del centro de trabajo; una herramienta, que les permita mejorar su gestión en materia de salud y seguridad laboral a objeto de preservar la salud y la vida de trabajadores y trabajadoras, dando cumplimiento a los deberes establecidos jurídicamente.
Una vez acordado la aplicación del estudio con el empleador(a), es importante realizar un trabajo de sensibilización a todas las personas con las que se interactúan durante la realización del estudio de brecha, esta sensibilización consiste en informales: en qué radica el análisis y lo importante de su participación, facilitando esto el trabajo que va a realizarse.
Para ejecutar dicho estudio se debe seguir una metodología precisa diseñada por el equipo que va a intervenir, basada fundamentalmente en la aplicación de matrices de análisis que cruzan lo existente en materia de salud y seguridad laboral del centro de trabajo observado con lo establecido en el ordenamiento jurídico que rige actualmente en nuestro país esta materia.
El beneficio que ofrece la aplicación de este tipo de estudio consiste en la identificación de las debilidades, fortalezas, oportunidades y amenazas presentes en su estructura organizativa; particularmente, en la gestión de salud y seguridad laboral, como punto de partida para establecer prioridades de intervención que les permitan disminuir la brecha encontrada y cumplir su deber ser en materia de garantizar la salud y seguridad de los trabajadores(as) en el centro de trabajo.
La identificación del problema en cualquier ámbito, individual o colectivo, es el primer paso para resolverlo.