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Frónesis

versión impresa ISSN 1315-6268

Frónesis v.15 n.3 Caracas dic. 2008

 

El problema filosófico del racismo fascista desde la perspectiva de la cultura jurídica

Olindo De Napoli

Universidad de los Estudios de Nápoles Federico II Nápoles-Italia olindo-@libero.it

Resumen

El presente ensayo propone una lectura de introducción de las leyes raciales en Italia,- a partir de 1936 para las colonias y desde 1938 contra los hebreos- desde la perspectiva de la cultura jurídica italiana. Después de una sintética introducción en la que se delimita el contexto en el que nacieron las normas racistas bajo el impulso personal de Mussolini, se procede al análisis del discurso jurídico racista en sus diversas proposiciones: del racismo biológico al racismo espiritual; se subraya la importancia y la fuerza del planteamiento “filosófico” y “espiritual” del problema del racismo, dado por la cultura jurídica.

Palabras clave: Racismo, cultura jurídica, Italia, fascismo, racismo espiritual.

The Philosophical Problem of Fascist Racism from the Perspective of Legal Culture

Abstract

This essay proposes an introductory reading of the racial laws in Italy, from 1936 for the colonies and from 1938 against the Hebrews, from the perspective of Italian legal culture. After a synthetic introduction that describes the context in which the racist norms were born under the personal impulse of Mussolini, the study proceeds to analyze the racist legal discourse in its diverse propositions: from biological to spiritual racism. The importance and strength of the “philosophical” and “spiritual” expressions of the problem of racism, given by legal culture are underlined.

Key words: Racism, legal culture Italy, Fascism, spiritual racism.

Recibido: 11-01-2007 Aceptado: 25-06-2007

1. Premisa: De la conquista del imperio al “Manifesto degli scienziati razzisti”

A principios de octubre de 1935, después de una serie de intentos de mediación diplomática por parte de la ya para entonces débil Sociedad de Naciones, Italia atacó al Imperio etíope, gobernado por el negus Hailé Selassié (Collotti, 2000). Etiopía era un estado miembro de la misma Sociedad de Naciones, la cual estableció sanciones económicas contra Italia; pero tales sanciones fueron por sí mismas poco eficaces y no le impidieron a Mussolini llevar a cabo la guerra en tan sólo siete meses. El líder del fascismo había intervenido personalmente en la preparación de la guerra, estableciendo la cantidad ingente de hombres y medios que se utilizarían, tanto que se puede considerar la guerra de Etiopía de 1935 a 1936 como una “guerra nacional y moderna” (Labanca, 2002: 189), diferente del tipo de “guerra colonial”, en la que las potencias europeas empleaban una cantidad de soldados por mucho inferior a la de sus adversarios. Entre las disposiciones dadas directamente por Mussolini, estuvo la de usar gases que habían sido prohibidos por la convención de Ginebra de 1925, y a la cual Italia se había adherido. Éstos fueron utilizados sobre todo para atacar las retaguardias y su uso fue mucho más cruel que decisivo en los derroteros que siguió la guerra. El uso de gas a gran escala demostraba sobre todo que Mussolini había decidido conquistar Etiopía a cualquier precio y que no quería correr ningún riesgo. Etiopía era un “imperio” por lo que, una vez conquistada, en la retórica oficial Italia se convirtió ella misma en un “imperio” y ya no una simple potencia colonial (hasta ese momento una de las menos fuertes y más veleidosas). De la victoria, Mussolini extrajo un gran prestigio personal y la consolidación de su poder en la patria; el consenso hacia el régimen alcanzó, según una ya vieja interpretación historiográfica, su nivel máximo (De Felice, 1974). La Iglesia católica, por su parte, demostraba que apoyaba la guerra, al unir a la expansión colonial del fascismo la misión evangelizadora católica (¡pero Etiopía ya era cristiana!) (Labanca, 2002: 159-162). El 9 de mayo, Mussolini declaraba ante una multitud entusiasta que Italia tenía finalmente su Imperio: «Impero fascista, perché porta i segni indistruttibili della volontà e della potenza del Littorio romano, perché questa è la meta verso la quale durante quattordici anni furono sollecitate le energie prorompenti e disciplinate delle giovani, gagliarde generazioni italiane» (Mussolini, 1959).

Se celebraba, «dopo quindici secoli, la riapparizione dell’Impero sui colli fatali di Roma» (Mussolini, 1959).

El nacimiento del “Imperio” italiano correspondió a una fase nueva de la política italiana en todas las colonias. Se abría una fase política caracterizada por una intención racista explícita (Pankhurst, 1988: 178-183). En esta fase, Mussolini jugó el rol del protagonista: no es una casualidad que tal período coincida con la asunción directa por su parte del control del ministerio de las colonias, verificada en 1935. Fue Mussolini, como ministro de las colonias, quien inauguró una nueva política explícitamente racista hacia los súbditos y los mestizos. Esta tendencia dio origen a las primeras leyes coloniales racistas de 1936 a 1937, encaminadas a impedir relaciones “de índole conyugal” entre los italianos y las mujeres súbditas (relaciones en realidad muy frecuentes) (Sorgoni, 1998) en nombre de una nueva conciencia de raza que había que inculcar en los italianos, así como para evitar la posibilidad de que los “mestizos” pudieran convertirse en ciudadanos. La “construcción del Imperio” comportó en primera instancia un racismo institucional.

El nacimiento del Imperio estuvo siempre presente en los textos oficiales como motivación para la introducción de las leyes raciales antisemitas. Un ejemplo de ello, es el discurso de Mussolini en Trieste el 8 de septiembre de 1938, que constituye la única expresión pública del Duce a favor del racismo y del antisemitismo: “Nei riguardi della politica interna il problema di scottante attualità è quello razziale. Anche in questo campo noi adotteremo le soluzioni necessarie.[…] Il problema razziale […] è in relazione con la conquista dell’Impero; poiché la storia ci insegna che gli Imperi si conquistano con le armi, ma si tengono col prestigio. E per il prestigio occorre una chiara, severa coscienza razziale che stabilisca non soltanto delle differenze, ma delle superiorità nettissime” (Il diritto razzista, 1939: 76-7).

Por lo demás, del hecho de que Mussolini viera una relación clara entre imperio y racismo, da testimonio Galeazzo Ciano, quien en julio de 1938 escribía en su diario:

«Il duce considera la questione razziale fondamentale, dopo avvenuta la conquista dell’Impero. E’ alla impreparazione razziale degli italiani che dobbiamo l’insurrezione degli Amhara» (Ciano, 2004: 216).

Y el Duce mismo, en octubre de ese año afirmó que: «La mancanza di dignità razziale ha avuto conseguenze molto gravi nell’Amara. È stata una delle cause della rivolta degli amara. Gli amara non avevano nessuna volontà di ribellarsi al dominio italiano, nessun interesse a farlo.[…] Ma quando hanno visto gli italiani che andavano più stracciati di loro, che vivevano nei tucul, che rapivano le loro donne, ecc., hanno detto: ”Questa non è una razza che porta la civiltà”. E siccome gli amara sono la razza più aristocratica dell’Etiopia, si sono ribellati.

Queste cose probabilmente i cattolici non le sanno, ma noi le sappiamo. Ecco perché le leggi razziali dell’Impero saranno rigorosamente osservate e tutti quelli che peccano contro di esse saranno espulsi, puniti, imprigionati. Perché l’impero si conservi bisogna che gli indigeni abbiano nettissimo, predominante il concetto della nostra superiorità» (Mussolini, 1959: 190-191).

Se puede notar la actitud defensiva de Mussolini con respecto a quienes, sobre todo desde la Iglesia católica, habían acusado al régimen de copiar el régimen nazi pagano en materia de raza (Bendiscioli, 1936 e 1937); el 28 de julio de 1938, de hecho, Pío XI había afirmado: «Ci si può chiedere come mai, disgraziatamente l’Italia abbia avuto bisogno di andare a imitare la Germania» (L’Osservatore Romano: 30 luglio 1938).

El jefe del fascismo sentía la necesidad de desmarcarse ideológicamente de Alemania a los ojos del pueblo italiano buscando una motivación “propia”, original, “italiana” de alguna manera, para la introducción de la legislación racista: el problema racial se planteó “en relación con la conquista del Imperio”. La preocupación de que el racismo italiano no apareciera como una derivación del alemán, fue una preocupación fuerte y estuvo muy difundida en los aparatos del régimen, en una situación en la que la sincronía entre la alianza italo-alemana y las medidas preventivas antisemitas eran evidentes. Me parece significativo que una nota de 1938 para el Ministro de la Cultura Popular estigmatizaba la «diffusione di voci tendenziose sull’arrivo in Italia dei razzisti tedeschi»: «Si rileva che, il corrispondente da Roma della Associate ha inviato in America un telegramma annunziando l’arrivo di esperti razzisti tedeschi allo scopo di aiutare la formulazione dei provvedimenti governativi italiani.

È opportuna una smentita ufficiale o ufficiosa di tali voci nettamente tendenziose!»(1).

El documento no tiene fecha, pero por su referencia a una fase en la que se está elaborando la normativa racista italiana, se debe referir cronológicamente a 1938, tal vez a los meses de julio o agosto).

No me parece una casualidad que muy pronto haya llegado la respuesta de los científicos italianos, como la mejor manera de desmentir la intromisión de la ciencia alemana en la cuestión del racismo italiano. El 14 de julio fue publicado bajo el auspicio del Ministerio de la Cultura Popular (encabezado por Dino Alfieri) el documento titulado Il fascismo e i problemi della razza, después conocido como Manifesto degli scienziati razzisti, que pretendía representar el fundamento científico de la política racista; Ésta fue una de las cosas más mezquinas del período fascista: algunos científicos, en realidad pocos (Cuomo, 2005), avalaron un texto que era inconsistente desde el punto de vista científico y que tenía la función de mera propaganda racista. Mussolini cuidó personalmente la redacción del texto (De Felice, 1993: 279-280). El manifiesto, después de explicar que era necesario rechazar una concepción de la raza fundada en elementos históricos, lingüísticos o religiosos (a los que se refieren los conceptos de pueblo y nación), afirmaba en el punto 4: «La popolazione dell’Italia attuale è di origine ariana e la sua civiltà è ariana. Questa popolazione di civiltà ariana abita da diversi millenni la nostra Penisola; ben poco è rimasto della civiltà delle genti preariane».

Los italianos serían arios que se habrían conservado inmutables racialmente durante un milenio, por lo que sería «una leggenda l’apporto di masse ingenti di uomini in tempi storici».

La afirmación de que los italianos eran arios, destinada a resultar risible desde el punto de vista histórico y científico, era de lo más ajena posible a la cultura italiana (Poliakov, 1999; Raspanti, 2000), incluso para su parte más nacionalista. En el punto 7 se afirmaba: «la questione del razzismo in Italia deve essere trattata da un punto di vista puramente biologico, senza intenzioni filosofiche o religiose» (De Felice, 1993: 555-6).

La orientación política expresada por el Manifesto era la mera aceptación de la derivación del racismo italiano del alemán: las premisas son las mismas y también las conclusiones.

¿Se trataba de la definición de la postura oficial del régimen a favor de un racismo biológico de tipo germánico, del rechazo del llamado “racismo espiritual”? La postura del régimen en realidad fue más compleja, y acerca de la elaboración de una doctrina sobre el racismo permanecerá una ambigüedad de fondo.

La orientación antisemita oficial del gobierno italiano fue confirmada públicamente por Informazione Diplomática núm. 18 del 5 de agosto de 1938, que hacía más explícita la voluntad de aplicar una política racial basada en el principio de la proporcionalidad: «Gli ebrei in Italia, nel territorio metropolitano, sono 44.000 secondo i dati statistici ebraici, che dovranno però essere controllati da un prossimo speciale censimento. La proporzione sarebbe quindi di un ebreo su 1.000 italiani. È chiaro che, d’ora innanzi, la partecipazione degli ebrei alla vita globale dello Stato dovrà essere e sarà adeguata a tale rapporto».

Se lanzaba por primera vez el eslogan «discriminare non significa perseguitare» (De Felice, 1993: 558-9), sosteniendo que no se ponía en juego ninguna persecución. Se trata de dos tendencias ciertamente diversas. De hecho, una cosa era la política discriminatoria, del tipo del apartheid practicada en las colonias, y otra cosa era la idea de introducir el principio de proporcionalidad en algunos sectores de la economía y de las profesiones. En la misma Informazione Diplomatica núm. 18 se anunciaban, por tanto, diferentes orientaciones políticas y jurídicas. Sin embargo, en la confusión de la preparación de las leyes antisemitas, todo resultaba útil.

De aquí se dio paso a la elaboración de una compleja normativa encaminada a separar a los hebreos del resto de la población y a ponerlos en una posición de inferioridad. Desde la prohibición de “coeducación” hasta la prohibición del matrimonio “mixto”, pasando por la expulsión de los hebreos extranjeros, las limitaciones en las profesiones y en la propiedad privada (Sarfatti, 2002), los hebreos en un breve período se transformaron de ciudadanos en súbditos, para usar una expresión del jurisconsulto especialista en derecho colonial (Sertoli Salis, 1939: 24).

2. Los juristas y la “reacción espiritualista”

Sobre la cuestión racial, el régimen fascista, aún en su obstinación por seguir adelante con una propaganda antisemita a la que muchos se oponían, fue todo excepto monolítico. Sería un error considerar agotada la posición oficial en el documento de los llamados “científicos racistas”, si bien éste fuera patrocinado por el ministerio de la Cultura Popular. De la misma manera, sería equivocado pensar que toda la campaña fue orquestada desde lo alto. Lo demuestran la diversidad de posiciones de las diferentes corrientes racistas, a veces incluso en contraposición; se asiste, más que nada, a una lucha por la legitimación de la expresión de la posición oficial del régimen sobre el racismo (Raspanti, 1994). Desde siempre habían existido corrientes vivamente racistas dentro del fascismo, en contradicción con la moderación inicial que Mussolini había ostentado sobre la cuestión hebrea (Ludwig, 1932: 88-90). La explosión de propaganda antisemita del 38 y el 39 no se inventó de un momento a otro, sino que venía de tendencias anteriores que emergían entonces con mayor fuerza, cada una tratando de acreditarse como portavoz legítima del racismo de régimen. A menudo, en polémica con “los nuevos racistas” se ostentaba la prioridad cronológica de las posiciones antisemitas propias; es el caso, para el ámbito de las publicaciones no especializadas, de Giovanni Preziosi, director de la revista La vita italiana; mientras que para el campo jurídico se puede hablar de Stefano Maria Cutelli, fundador y director primero, de La nobiltà della stirpe y después, de Il diritto razzista, que se proponía como punto de referencia para la cultura jurídica racista. Los juristas participaron plenamente en esta lucha por la legitimación (Bourdieu, 1988), en la búsqueda de una concepción original del racismo, que se movió en competencia con aquellas basadas en el arianismo y concepciones naturalistas. Algunas revistas jurídicas y jurídico-políticas de gran relevancia, a veces bajo el auspicio de sectores políticos o gubernamentales, publicaron ensayos de carácter histórico-jurídico que iban en este sentido: se señalan en particular Lo Stato di Carlo Costamagna (Malgieri, 1981; Pagliuca, 1987; Staff, 2000) y Razza e civiltà, revista del Consejo Superior para la Demografía y la Raza y de la Dirección General para la Demografía y la Raza (en el Ministerio del Interior), dirigida por Antonio Le Pera. Considérese, por ejemplo, la influencia de un personaje como Giacomobo Acerbo que desde las columnas de Razza e civiltà daba voz a una ideología compatible con la ideología romana (Acerbo, 1940: 11).

Cabe subrayar la adhesión de la mayoría de los juristas a un racismo “italiano”, no biológico, en parte en la misma línea de los postulados del filósofo Julius Evola (Cassata, 2003), un racismo que representaba la reacción de muchos pensadores ante los principios expuestos en el Manifesto y ante una cierta corriente de germanismo que discriminaba el componente latino y mediterráneo. Esta última, tenía algunos ecos también en Italia, como por ejemplo en los trabajos de Guido Cogni, cuyas obras –el autor mismo se lamentaba– fueron puestas en el índice de la Iglesia católica (Cogni, 1937a: 7).

El jurista Berlindo Gianetti condujo una áspera polémica contra el ensayo sobre el racismo italiano escrito por Cogni (1937b). En síntesis, las tesis de Cogni eran las siguientes: existe una raza aria que es indogermánica y superior; ella lleva en la sangre la posibilidad de todo progreso, pensamiento y civilización; La nación italiana está constituida por una variedad del tipo nórdico, contiene los dolicocéfalos morenos mediterráneos y los dolicocéfalos rubios nórdicos; sólo de este segundo tipo vienen los que le han dado brillo y potencia a nuestra nación; nuestros meridionales, representados como toscos e ignorantes están semitizados. Además de estudiar a fondo diferentes razones de la falsedad de tales tesis, Giannetti subió el tono de la polémica hasta auspiciar la institución de una Commissione per la bonifica del libro para obtener una censura definitiva.

«Conclusioni? Il lettore può trarle da sé. Vogliamo soltanto aggiungere questo: il razzismo fascista è una cosa molto seria, che va compresa in tutta la sua portata. Con libri come questi del Cogni non si fa del vero razzismo, ma del razzismo al rovescio. Ne abbiamo dato le prove. Si vuol servire così la rivoluzione e le sue idee?» (Giannetti, 1939).

Pero la obra de Cogni, es importante subrayarlo, estaba estigmatizada no por su extremismo sobre la cuestión hebrea, ya que en cambio, el autor postulaba la inexistencia de una cuestión hebrea en Italia, en línea con algunas afirmaciones de Mussolini, cronológicamente anteriores a la conquista del Imperio. Al contrario, encontraba oposición porque el germanismo profesado era por definición incompatible con el mito romano y con la raíz cristiana de Italia (los mitos teutones son paganos); era sustancialmente una doctrina anti-italiana (De Napoli, 2006).

3. La influencia de Evola y el planteamiento filosófico del racismo italiano

Considero que a través de su colaboración en la revista Lo Stato, el filósofo Evola tuvo una gran influencia sobre Costamagna y sobre su planteamiento político-filosófico del racismo italiano. La relación comenzó con la publicación de dos artículos en 1934 (1934a y b), pero se hizo más fuerte en 1937, con una reseña muy positiva del director de Lo Stato sobre el ensayo de Evola Il mito del sangue (1937a), misma que le valió la intensificación de sus colaboraciones. En octubre de ese año, apareció en la revista un ensayo en el que el filósofo refería con satisfacción la noticia del congreso de Erfurt sobre la cuestión hebrea, en el cual había emergido el cuadro de un antisemitismo difundido en todas las latitudes. No obstante, criticaba algunos aspectos: «Certo, in più di un’occasione in chi ha assistito al convegno è sorta l’impressione, che l’Ebreo, per molti, finisca col trasformarsi in una vera e propria idea fissa. Dovunque essi vedono un’azione ebraica» (1937b).

Evola afirmaba su rechazo a afrontar la cuestión hebrea “con premisas de carácter ‘racista’”, biológico: esto en Italia (a diferencia de en Alemania) sería imposible a causa de la extrema variedad étnica del pueblo italiano, además de contraproducente, en cuanto a los caracteres de la cultura, marcados por la romanidad, que están en contradicción con tal planteamiento racista: por ello «impostare razzisticamente il problema ebraico, per l’Italia, equivarrebbe dunque ad escluderlo».

Evola, aún así, proponía el exacto tratamiento del problema hebreo de manera tal que no excluía el dato naturalista sino lo hacía derivarse del dato histórico-ideológico:«l’azione di una legge osservata ininterrottamente per secoli non si dissipa dall’oggi al domani: essa ha creato un tipo, ha dato forma a determinati istinti, ha enucleato uno specifico comportamento […].

Questo è un punto importantissimo per metter nella sua giusta luce il problema della internazionale ebraica. Per riconoscere l’esistenza di questa internazionale non è necessario ammettere che tutti gli Ebrei siano diretti da una vera e propria organizzazione mondiale di tipo massonico e che tutta la loro azione obbedisca consapevolmente ad un piano. Il collegamento esiste in gran parte già in funzione di essenza, di istinto, di ”razza” […] quand’anche la congiura ebraica non esistesse, praticamente è come se esistesse».

Entonces, no es la sangre la que ha constituido la raza hebrea, sino un dato histórico, es decir, el haber observado ininterrumpidamente en el tiempo la ley talmúdica: ello determinaba algunos comportamientos particulares, también ahí donde no existía una verdadera y propia organización secreta internacional (y aquí el autor parece desmarcarse de las tesis ligadas a la difusión de los Protocolos de los Sabios Ancianos de Sión). La raza en los hebreos era un todo con la ley: «Come lo Schiller diceva che lo spirito si forma il suo corpo, così un certo gruppo di idee han dato forma, lungo le generazioni, alla sostanza di Israele (la quale, fra l’altro, ha raccolto sangui e stirpi molto diverse) e han dato luogo, come dicevamo, ad un modo di essere, che può sussistere anche indipendentemente da ogni assunzione cosciente e riflessa di quelle idee».

El conflicto con el pueblo hebreo era considerado inevitable, porque se planteaba como enfrentamiento natural entre imperialismos opuestos; el imperialismo era, entonces, el camino italiano hacia el antisemitismo, su fundamento.

«L’antitesi non sorge a pieno, che quando si impugni l’idea di Impero e alla volontà ebraica di impero si opponga un’altra volontà di impero che lottano sullo stesso piano».

El camino italiano hacia el antisemitismo, fundado en la ideología imperial, era un camino de guerra, por tanto no menos violento ni con un espíritu de enfrentamiento menor que los demás.

Se ha hablado de “reacción espiritualista”: para entender lo que se debe aceptar como “raza del espíritu” es necesario tomar como punto de partida el pensamiento de Evola. Éste concebía el racismo no como una simple afirmación de superioridad cultural: es el espíritu de un pueblo, es decir, su fuerza creadora, la que produce la raza. Las cualidades morales de un pueblo no permanecen en el ámbito del aspecto ideal y cultural, sino que “crean” la raza, entran de alguna manera en los cromosomas del pueblo. El punto de partida es el principio voluntarista: de las acciones concretas, que son expresión de tal voluntad, de su constante repetición en el tiempo, nace la raza. El elemento biológico, entonces, no está ausente: sólo no es el prius, es decir, no es la sangre la que determina la moralidad, sino que es precisamente ésta, así como se ha expresado en el tiempo, la que determina la sangre, el elemento biológico. La moralidad de los hebreos es inferior en cuanto que ellos, a través de los siglos habrían leído, estudiado y practicado una Ley que exaltaría la falsedad, el engaño, el desprecio por el prójimo. El haber realizado esto durante innumerables años, ha “creado” la raza de los hebreos como raza inferior, influyendo en el elemento biológico de tal manera que para Evola, también un miembro no observante e incluso no creyente, que no hubiera leído nunca la Torah, por “instinto de raza”, se comportaría según las despreciables normas éticas que caracterizarían a la raza hebrea. El elemento espiritual no está determinado por el biológico, pero ya éste se encuentra presente.

En el mismo número de octubre de 1937, apareció un ensayo de Carlo Costamagna sobre L’idea dell’Impero (Costamagna, 1937) encaminado a sistematizar de manera aún más definida el “racismo italiano”. El imperio era descrito como una realidad antes “espiritual y moral” que territorial, según las palabras de Mussolini. La realidad mundial era vista como enfrentamiento entre las diferentes civilizaciones, subrayando el «carattere polemico di ogni civiltà mondiale»: en esta guerra, según Costamagna, resultaba decisivo el factor racial, que erigía como «misteriose barriere contro la possibilità di ridurre tutto il genere umano a unico consorzio di vita». Al nivel de la política mundial, el fascismo era contrario a la idea de que un organismo pudiera reagrupar todas las realidades existentes, en cuanto que negaba, absolutamente, la unidad del género humano precisamente a causa del factor racial.

Costamagna –tal vez éste sea el dato más interesante– rechazaba el prejuicio biológico, porque toda civilización (y aquí concordaba con Evola) se podía considerar como fruto, al menos en parte, de mezclas; pero ello no excluía una jerarquía entre las naciones, basada en la vocación imperial: era el imperialismo y no la sangre, el que determinaba una posible jerarquía entre los pueblos. Y el imperialismo era una actitud marcadamente europea y “romana”.

«La civiltà mondiale annunciata dal Fascismo, ha dunque il significato di un’idea tendenzialmente europea. Vuol essere una civiltà europea, stabilita sull’idea dell’Europa, la quale non può essere definita se non riferendola all’idea di Roma».

Con la intención de esquematizar, podemos decir que para entender cómo eran concebidos los conceptos de racismo biológico y de racismo espiritual en la época en la que fueron elaborados, es necesario tener presente que en el primero, el elemento biológico determina al espiritual (y psicológico), mientras que en el segundo, el proceso es inverso, pero de cualquier manera el elemento biológico está presente. El resultado, en definitiva, es bastante similar porque de cualquier manera existen razas superiores e inferiores y la manera adecuada de relacionarse con estas últimas era mediante un vigoroso enfrentamiento.

Se muestra entonces engañosa una esquematización según la cual el racismo “espiritual” o simplemente “italiano”, sería más moderado y menos opresivo: según Evola, de hecho, en la cuestión hebrea «la parola ultima non può essere la pace, bensì la guerra».

A lo largo del debate es necesario comprender, entonces, más la búsqueda y el esfuerzo de la construcción de un “racismo italiano” que la opción entre una forma más leve de racismo y una más exasperada, por más que los artífices de la “reacción espiritualista” subrayaran el extremismo de las doctrinas germánicas tratando de desmarcarse de ellas. Por otra parte, el debate era sobre los fundamentos lógicos del racismo, no tanto sobre su expresión normativa: “la reacción espiritualista” no propuso una revisión de las leyes antisemitas para transformarlas en un sentido más moderado ni tampoco un criterio cultural en la definición de “hebreo” que seguía estando inspirada en criterios raciales desde el punto de vista biológico. Ello no estaba en contradicción con el racismo esotérico de Evola , para quien el dato biológico no era inexistente, sino que estaba simplemente subordinado al dato filosófico.

Renzo Sertoli Salis, estudioso del derecho colonial, subrayaba cómo el racismo italiano tenía fines político-espirituales (Sertoli Salis, 1939), al estar la raza en función del estado y no viceversa como en Alemania: por estas razones era un fenómeno original: «il razzismo italiano […] è un movimento politico e spirituale nella causa e nel fine che si basa su dati di fatto a un tempo biologici e spirituali. Tale movimento è originale in confronto ad altri razzismi soprattutto perché si pone appunto per motivi squisitamente politici cioè in funzione dello Stato e non in funzione di un mito, vale a dire come fine a se stesso».

Entre los juristas que se ocuparon del racismo, Giuseppe Maggiore, filósofo del derecho penal, Rector de la Universidad de Palermo en el delicado bienio 1938-1939, además de presidente nacional del Instituto de Cultura Fascista, tuvo un papel especial. Se trata de una personalidad de muy alto nivel por su rol en el ambiente académico y por sus doctrinas jurídicas (Sbriccoli, 1999: 848). Maggiore fue de verdad un caso especial de fervor racista y antisemita entre los juristas operantes en los años 30. Un artículo aparecido en Critica Fascista de 1938, pretendía demostrar que las ciencias matemáticas, si eran cultivadas por un hebreo, no podían ser otra cosa que semíticas y que por ello, «Lombroso, Freud, Einstein, non possono essere che semiti» (Maggiore, 1938a) Fue autor de un significativo volumen sobre el racismo italiano (Maggiore, 1939) que Domenico Rende definió como «libro polemico, non parolaio» (Rende, 1940: 30) en el que estaba especialmente encendido el tono antisemita. Como el resto de los juristas italianos, no apoyaba un planteamiento puramente biológico del problema racial, llegando incluso a proponer una interpretación espiritualista del mismo Manifesto degli scienziati razzisti, como lo hizo en un artículo expresamente dedicado al tema en la tristemente célebre revista La difesa della razza (Maggiore, 1938b: 31-2). En él, afrontaba directamente la que era la cuestión central de todos los estudiosos de formación humanista, es decir, la formulación del séptimo punto del manifiesto, que buscaba que el racismo en Italia se preservara solamente desde el punto de vista biológico, “senza intenzioni filosofiche e religiose”. El argumento era la verdadera cuestión de escándalo para los juristas (y no sólo para ellos). Para Maggiore era obvio que “biologi, fedeli al metodo della osservazione e della esperienza, non potevano parlare altrimenti”, pero eso no significaba que el racismo no fuera una teoría válida también desde el punto de vista filosófico. «Tanto più quando si tratti di razzismo italiano che non ha, a differenza di altri, nessuna fisionomia teologicamente allarmistica».

No se perdía la ocasión para subrayar la diferencia con otros racismos, para tranquilizar a la cultura religiosa y humanista que difícilmente digería el biologismo y el paganismo racista germánico. La solución italiana era la de un racismo filosófico, también vista la incertidumbre de los resultados de las ciencias biológicas:

«senza svalutare il punto di vista biologico, dove non poche incertezze regnano, noi difendiamo la piena legittimità di una filosofia razziale. Anzichè arrossire, noi confessiamo virilmente le nostre “intenzioni”, anzi le nostre convinzioni filosofiche».

Vemos, por lo tanto, a la cultura jurídica tomar parte a título pleno en el debate sobre las características del racismo italiano e insertarse en la corriente de ideas que circulaba entre las diferentes disciplinas alrededor del debate sobre la raza, ofreciendo notables aportaciones al problema de la identificación de una doctrina “nacional” del racismo.

4. La posición italiana en el congreso de colaboración jurídica ítalo-alemán de 1939

La opción entre racismo de tipo biológico y nórdico por una parte, y racismo “espiritual”, no se podía dar por hecho entre los juristas, como tampoco al interior del régimen ni en el ámbito de las publicaciones no especializadas. El bienio 1938-1939 fue, de hecho, el periodo terrible del desencadenamiento del clamor racista, por lo que especialmente en los estudios histórico-políticos, emergieron las más diversas argumentaciones en contra de los hebreos, a menudo de manera confusa (Caffaz, 1975); para muchos, dar prueba del propio antisemitismo era una manera de atraer la simpatía de los poderosos, motivo por el cual vieron la luz las teorías más dispares, y no faltó quien patrocinara a Alfred Rosenberg (Orano, 1939), ideólogo del nazismo. En esta situación de confusión y violencia verbal, varios juristas tomaron parte en el debate sosteniendo las tesis espiritualistas.

Carlo Costamagna, que había acogido en su revista las tesis de Evola, fue llamado para representar oficialmente la postura italiana en el tema del racismo en el 2° Congreso del Comité de Colaboración Jurídica Ítalo-Germánica, que se llevó a cabo en Viena, del 7 al 12 de marzo de 1939, con la intervención del ministro italiano de Justicia Arrigo Solmi y del Reichsminister alemán G. Frank. Los trabajos del congreso tuvieron un cierto relieve en la prensa italiana especializada.

Costamagna, en su relación, comenzaba afirmando la centralidad del concepto de comunidad nacional, entendido como organismo ético integral, fundamento del nuevo estado fascista, así como quedó establecido en la Carta del Lavoro. Lo que representaba la negación más radical de los principios del 89 y de las ideologías abstractas y universalistas. En la comunidad nacional era central el elemento voluntarista: «La comunità nazionale è il risultato di un processo storico, complesso, dominato dal fattore della volontà, cioè dal fattore politico, che si esprime nella creazione di uno Stato. Un popolo tale non è se non riesce ad affermarsi come Stato e quindi come potenza politica» (Costamagna, 1939a: 135-146).

Es el factor de la voluntad el que ha hecho grande al pueblo italiano, creándolo como comunidad nacional; el primer resultado de este proceso es la afirmación del pueblo como estado. No escapan en estas expresiones acentos provenientes de la tradición del risorgimento. ¿Pero cómo se pasaba de la afirmación de la comunidad nacional como organismo ético integral, al racismo? «È nella potestà di ciascuno Stato eliminare da sé quegli elementi che, per ragioni fisiche, oltre che per ragioni morali, risultano nocivi o refrattari al nesso della coesione nazionale, il quale implica anche in misura varia requisiti di idoneità fisiologica. Tra i dati costitutivi di una comunità nazionale, rileva, infatti, pur quello di una struttura antropobiologica, cui propriamente nella lingua italiana si riferiscono i vocaboli di razza e di stirpe per designare il fenomeno genetico della trasmissione ereditaria dei caratteri».

El racismo por esta vía se mostraba para Costamagna como una fase de construcción ulterior de la identidad nacional italiana. Para tal fin, era legítimo tomar en consideración también requisitos “antropobiológicos” relacionados con la herencia de los caracteres, así como era legítimo para el estado trabajar por el mejoramiento, también físico, del pueblo. El elemento biológioco no estaba escondido. Sin embargo, en este punto el autor se apresuraba a especificar que el racismo italiano privilegiaba los elementos “espirituales”; de hecho «la concezione etologica, sintetica, della dottrina fascista dà rilievo nel processo dell’ereditarietà di preferenza ai fattori spirituali della tradizione e del costume. Se il singolo deve perpetuare la vitalità fisica e conservare la purezza della stirpe cui appartiene egli deve pure rispettare il tipo morale e materiale del suo popolo e migliorarlo fino a farne un modello umano. Così suona per la dottrina fascista quella che si suol chiamare la “legge del sangue”».

Entre los dos elementos, seguramente el predominante para la doctrina fascista es el espiritual, es decir, voluntarista; de la misma manera, el concepto de pueblo prevalece sobre el de raza.

«Nella dottrina del Fascismo, secondo le premesse suesposte ha valore decisivo il concetto di “popolo” di cui è appena un elemento il concetto di “razza”. Il fattore razziale si ritiene che operi agli effetti della determinazione nazionale in rapporto di interdipendenza cogli altri fattori, sotto l’azione predominante e decisiva dell’elemento politico della volontà […].

Se si può parlare di un “sangue italiano” non si può non metterlo in rapporto alle gesta politiche di Roma che unificò le diverse razze già stanziate nella penisola, ed impose ad esse la sua lingua e il suo carattere.

E’ dal sigillo dell’azione politica di Roma che il popolo italiano ha ricevuto l’impronta della sua individualità nazionale, quale esso ha conservato nei secoli e che oggi, attraverso la rivoluzione fascista, intende di perfezionare e di portare al più alto grado di consapevolezza».

Si se puede hablar de “sangre italiana” no es posible dejar de ponerla en relación con la gesta política de Roma, que unificó las diferentes razas ya instaladas en la península y les impuso su lengua y su carácter.

Es del sello de la acción política de Roma que el pueblo italiano recibió la impronta de su individualidad nacional, que ha conservado con el paso de los siglos y que hoy, a través de la revolución fascista, pretende perfeccionar y llevar al grado más alto de conciencia.

Una vez desarrolladas así las premisas ideológicas, Costamagna proseguía con el análisis de la influencia que el racismo había tenido en el derecho positivo en Italia:

«Nel sistema legislativo del Fascismo la considerazione del fattore razziale ha esercitato particolare influenza su due punti: la definizione del titolo di appartenenza allo Stato e conseguentemente del contenuto della personalità individuale sulla base del dato dell’origine razziale e nazionale del singolo; le misure penali dirette a tutelare la integrità e la sanità della stirpe contro gli atti che possono modificare la prima e pregiudicare la seconda».

Según lo que afirmaba Costamagna, la concepción racista del derecho no sólo había llevado a la creación de normas adecuadas para la tutela de la integridad racial, sino que había contribuido de manera decisiva a la definición de la posición del individuo en la comunidad estatal; posición mediada ya no sólo por el concepto de ciudadanía sino también por el de pertenencia racial. La evolución legislativa racista, en otros términos, había contribuido a consolidar la relación de prevalencia del estado en las relaciones con el ciudadano, en el sentido de una concepción cada vez más autoritaria del derecho público.

Después de estas observaciones de carácter jurídico, Costamagna pasaba a un excursus histórico sobre la evolución del concepto de pertenencia al estado, desde la idea de nacionalidad del risorgimiento, pasando por la ciudadanía inspirada en el principio igualitario de las doctrinas individualistas, hasta el nuevo concepto fascista de pertenencia racial, que marcaba la separación definitiva de la idea francesa de nacionalidad. La igualdad jurídica de los ciudadanos más allá de las diferencias étnicas, había sido sancionada también por el Estatuto, según el «principio dell’indifferenza dell’origine etnica e della confessione religiosa dei singoli appartenenti allo Stato»; El artículo 24 del Estatuto albertino había sancionado que «tutti i regnicoli sono uguali di fronte alla legge».

Fue la experiencia colonial la que marcó el pasaje a concepciones antiigualitarias de la ciudadanía, hasta llegar a las recientes disposiciones antihebreas: el comienzo de este proceso hacia la desigualdad jurídica fue la adopción del estatus de súbdito al interior del ordenamiento jurídico. De aquí, posteriormente se había llegado a la proclamación de la desigualdad también al interior del conjunto de los ciudadanos marcada por la pertenencia racial: «col r.d.l. 17 novembre 1938, n. 1728, in vista della lotta contro l’ebraismo, decisa dal Gran Consiglio del Fascismo nel mese precedente, vennero adottati provvedimenti “per la difesa della razza italiana”, per i quali si è introdotta una distinzione tra il cittadino metropolitano di “razza ariana” e il soggetto, cittadino o straniero, estraneo a tale razza».

Las medidas preventivas antisemitas contenidas en la ley del 17 de noviembre de 1938 confirmaban la centralidad de la nacionalidad y de la raza en la determinación del estatuto personal en relación al estado, aunque de cualquier manera resultaba difícil una definición de pertenencia a la raza aria.

El intelectual fascista, en fin, exponía las normas que el régimen había creado para la tutela del prestigio racial en las colonias, junto a aquéllas creadas para la «difesa dell’integrità e della sanità della stirpe», contenidas en el código penal de 1930. En esta exposición se buscaba marcar una línea de continuidad entre el concepto de estirpe y el de raza, subrayando cómo la atención del fascismo a la política demográfica era, de alguna manera, la predecesora de las leyes racistas antisemitas (Treves, 2001).

«Il legislatore italiano, come emerge dalla relazione al Re sul progetto del codice penale, ha voluto punire nei reati ora descritti “una offesa all’interesse della nazione come unità etnica”. Egli ha ravvisato che “ogni atto diretto a sopprimere o isterilire le fonti della procreazione sia un attentato alla vita stessa della razza nella serie delle generazioni presenti e future che la compongono, e quindi un’offesa all’esistenza stessa della società etnicamente considerata, e cioè all’esistenza stessa della nazione”».

La conclusión de la relación era, en buena sustancia, una reafirmación de la centralidad del concepto de raza al interior del contenido jurídico de pertenencia al estado, no obstante se considerara bastante arduo definir de una vez por todas a la raza aria en relación con una serie precisa de características “antropobiológicas”. La verdadera distinción que se podía marcar con seguridad no era entre las razas, sino entre las grandes civilizaciones mundiales; Italia, con el fascismo habría asumido la misión más alta, es decir, la de defender a la civilización europea, a la cual obviamente los hebreos no pertenecían. «è orgoglio della rivoluzione fascista riassumere la missione tradizionale del popolo italiano nella lotta delle razze e dei continenti che ormai si delinea sulla terra, in funzione di quella che si può propriamente chiamare la “civiltà europea”».

En síntesis, podemos decir que la posición de Costamagna como relator italiano en el congreso ítalo-alemán estaba dictada por la exigencia de afirmar con claridad la especificidad del racismo italiano, especialmente diferenciándolo del germánico. En el racismo italiano el elemento biológico estaba también presente, pero sobre él prevalecían netamente consideraciones de orden espiritualista y político.

Por otra parte, el racismo italiano no había nacido en 1938, porque todas las normas en materia demográfica que el régimen había creado desde un decenio antes estaban inspiradas en tal ideología. Además, el racismo italiano se había desarrollado y forjado en la especificidad de la experiencia colonial. Ante el colega alemán que subrayaba que todos los pueblos del mundo podían ser clasificados en razas precisas, Costamagna oponía la incertidumbre de la ciencia en esa materia; la única distinción verdaderamente clara que era posible hacer era entre las grandes civilizaciones mundiales, y el pueblo italiano sería el máximo defensor de una de ellas, la europea: el eurocentrismo era un vehículo de las posiciones racistas.

Aún más clara era la toma de distancia del racismo alemán que el mismo Costamagna manifestó al presentar los resultados del mencionado congreso: aprovechó la ocasión para criticar a los no pocos escritores italianos que, en el ímpetu racista del momento, se habían dejado llevar por afirmaciones materialistas, nordicistas y antilatinas. Por ello hacía falta realizar una Chiarificazione necessaria contra «gli eccessi, in senso materialista commessi nei due paesi, specie alla stregua di una riduzione del fenomeno dell’ereditarietà al suo significato fisiologico e di uno svisamento del valore del vocabolo ‘razza’» (Costamagna, 1939b).

Tales autores caían en un determinismo racista hijo del mecanicismo de las concepciones racionalistas; el resultado era la postulación de la irresponsabilidad moral. Por ello, se dirigía una áspera crítica contra los más desenfrenados sostenedores del «razzismo antropologico»: aceptar el mito del ‘nordicismo’ como título de superioridad racial resulta «in piena contraddizione ai caratteri storici del nostro popolo». Precisamente, inspirándose en tal mito, «uno scribacchiatore italiano non ha oggi esitato a negare la consistenza di un “mondo latino”»: Costamagna tenía la preocupación de evitar derivas antilatinas y antiimperiales. Sobre estos puntos el acento era polémico y decisivo. De hecho, si Alemania e Italia tenían una tarea común, es decir, la de la reconstrucción moral de la civilización contra la obra disolvente del judaísmo, era también verdad que «rispetto ad esso però il popolo italiano non può abbandonare la sua tipica “forma mentis”, elaboratasi attraverso tremila anni di esperienza civile». Con base en ello, se alentaba a criticar la introducción en nuestra legislación del término ‘raza aria’. La revista Razza e civiltà pudo comentar positivamente los resultados del congreso ítalo-alemán, que había aportado «un contributo di chiarificazione», ya que «si è studiato di differenziare il complesso di valori spirituali e politici che contraddistinguono le tendenze selettive odierne dai dati e dai risultati della pura indagine bio-antropologica» (Acerbo, 1940: 11).

Por otra parte, Giacomo Acerbo, autor del artículo, en un tono muy similar al usado por el director de Lo Stato, subrayaba la incertidumbre de las ciencias naturales en la materia, perfilando «tutt’altro che probabile l’accordo tra i naturalisti, gli antropologi, gli etnologi sui caratteri somatici, fisiologici, psichici che dovrebbero assumersi a criteri di distinzione dei gruppi umani» (1940: 11-12).

En conclusión, en el congreso de Viena, la defensa de la especificidad del racismo italiano resultó convincente y orgullosa, tanto que no se evitó subrayar las contradicciones en relación con la orientación alemana; la posición político-espiritualista, sin embargo, no se explicaba a través de una crítica a la legislación vigente ni en propuestas de una mayor moderación.

Conclusiones

A finales de los años 30 se perfilaba la necesidad de una concepción racista que no fuera dependiente de los mitos germánicos antilatinos, materialista ni pagana; sino que en cambio fuera compatible con la doctrina de la Iglesia católica y con una cierta idea de romanidad, a la cual el fascismo estaba indisolublemente ligado. Me parece que algunos juristas, dentro de una cierta dialéctica, le dieron una contribución decisiva a esta definición, al defender incluso en sedes oficiales –como el congreso examinado– la diversidad del racismo italiano respecto al alemán, reivindicando su autonomía histórica e ideológica. Ello chocaba con la autoridad de las proposiciones de los “científicos racistas”, expresadas bajo los auspicios del ministerio de la Cultura Popular. No es una casualidad, entonces, que quien guiara la reacción espiritualista contra las corrientes biologistas fuera un intelectual fuertemente anticonformista como Carlo Costamagna. Él, desde siempre sensible al tema del racismo, propugnaba abiertamente por un cambio significativo en el sentido “totalitario” y “revolucionario” del derecho, hasta llegar a polemizar abiertamente con aquellos que consideraba residuos ideológicos del liberalismo y de la mentalidad universalista presentes en el régimen mismo. Su posición de fuerza le permitió una lectura crítica de un capítulo importante de la política fascista: el del planteamiento del problema del racismo.

En Italia está viva actualmente la polémica en torno al llamado “racismo espiritual”, sobre cuya interpretación no existe acuerdo entre los historiadores. Se ha sostenido que el racismo espiritual sería simplemente un “razzismo irrazionale” (Caffaz, 1975), que no encontraba bases ideológicas sólidas. Según otra interpretación, éste no sería más que una sublimación del racismo biológico (Collotti, 2004): en ambos casos se termina por negar la relevancia y la autonomía de tal doctrina. El “razzismo spirituale” sería una mera invención de carácter justificador, ya que en realidad la legislación racista italiana estaba inspirada en el llamado Manifesto degli scienziati razzisti, que estaba apoyado por el Ministerio de la Cultura Popular; y sobre todo, las leyes raciales italianas establecieron un criterio meramente biológico y no cultural o religioso en la individualización del “hebreo” (Sarfatti, 2005: 80-81). Esto en contraste con las tesis de De Felice sobre la realidad del racismo italiano diverso del alemán, más suave y dictado por las conveniencias políticas del momento. La ambigüedad historiográfica de fondo consiste en querer anular la solidez del llamado “racismo espiritual” también con la justa finalidad de contrastar tesis reduccionistas sobre la responsabilidad italiana en la persecución antihebrea, ahí donde se ha entendido en parte el término espiritual como equivalente al término cultural. El análisis desarrollado demuestra cómo, aún en la diversidad de las posiciones puestas en juego y en la confusión de las publicaciones no especializadas, que en el bienio 38-39 utilizaban los argumentos más dispares y contradictorios con tal de hacerle propaganda al racismo, la formación discursiva del racismo espiritual estuvo dotada de una cierta fuerza, y de manera muy diversa a un simple racismo cultural o prejuicio religioso. La teoría no resulta en contradicción con el carácter biológico de las normas antihebreas italianas: cuando se debatía sobre el binomio racismo espiritual/racismo biológico, de hecho, no se discutía sobre las expresiones concretas (es decir, sobre la disciplina que debía emanar de ello) sino sobre los fundamentos lógicos y culturales de la normatividad racista. En fin, si se considera la doctrina de Evola (de la cual se ha intentado demostrar la influencia en la cultura jurídica italiana), el dato biológico no se elimina al interior de la doctrina espiritualista del racismo italiano: cosa que demuestra la compatibilidad con normas jurídicas que individualizaban a los hebreos a partir de la descendencia y de la sangre y no de la religión profesada. En conclusión, no hay que considerar el planteamiento espiritualista como necesariamente más moderado con respecto del biológico-ario, de acuerdo con cuanto sostenía Evola sobre la cuestión hebrea cuando preveía –como ya se ha vist– que «la parola ultima non può essere la pace, bensì la guerra».

Pero la importancia de la “reacción espiritualista” de los juristas está sobre todo en la fuerza expansiva de una formación discursiva: ella lograba hacer entrar de nuevo al racismo en el marco de los principios tradicionales y no materialistas de la cultura humanista italiana, de modo que resultaba comprensible y aceptable ahí donde el arianismo biologista y antilatino nunca habría podido lograr inculcar en Italia los principios que llevaron a la persecución antihebrea. En este sentido se puede decir que el conjunto de posiciones que se referían a las categorías “espirituales” tuvo un notable éxito, logrando imponerse también en parte del mundo católico, que no habría podido confluir en teorías que se fundaban sobre la idolatría de la raza.

Notas

1. Archivio Centrale dello Stato, da ora ACS, Ministero della Cultura Popolare, Gabinetto, b. 143, fasc. 4.

2. Período entre 1800 y 1870, de gestación de la unidad italiana.

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