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Frónesis

Print version ISSN 1315-6268

Frónesis vol.16 no.3 Caracas Dec. 2009

 

Bioética y formación ciudadana para la vida en los estudios universitarios

José Vicente Villalobos Antúnez

Universidad del Zulia Maracaibo-Venezuela jvvillalobos@gmail.com

La reciente promulgación en Venezuela de la Ley Orgánica de Educación (15 de agosto de 2009), señala entre los principios rectores de la acción universitaria, la protección bioética y jurídica de los derechos humanos (art. 33). Esta novedosa juridificación como principio educativo de esta disciplina, obedece a cierta congruencia que los Estados deben adoptar en sus documentos oficiales en virtud de las Declaraciones emanadas de la UNESCO y de otros organismos internacionales, especialmente las suscritas en 1997 y 2005, denominadas respectivamente “Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos”, y “Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos”, cuando sus miembros adoptaron una doctrina ética que marcó los inicios de los nuevos contenidos de la dignidad humana, presentes en perspectiva antropológica desde la Declaración de 1793 referida a los “derechos del hombre y del ciudadano”, permeando desde entonces y en lo sucesivo la vida democrática del ciudadano moderno en torno a los referentes constitutivos de la acción ético-política. Sin embargo, dados los derroteros actuales de la ciencia, la tesis de los Derechos Humanos abarca en estos tiempos los más complejos conceptos que se hayan esgrimido en documento alguno sobre la categoría de convivencia, derivados, de manera muy especial, de las construcciones científicas propias de la cultura moderna, y dirigidas a la protección de los seres humanos en virtud del conocimiento que se ha desplegado con relación a su estructura genética y molecular, especialmente referida al mapa de su ADN (la biología nos enseña que los genes son constitutivamente ADN). 

El conocimiento sobre el mapa del genoma humano, ha traído como consecuencia las posibilidades de su manipulación y consiguientemente la transformación de la genética de los seres vivos, cuestión que ha traído nuevas esperanzas para la vida misma pero también nuevos riesgos para la convivencia y la preservación de la especie debido a los efectos sociológicos del conocimiento profundo que la humanidad ha alcanzado sobre su estructura molecular y genética por intermedio de la experimentación biogenética. La consecuencia necesaria de ello no es otra que las serias posibilidades de discriminar personas en razón de su estructura genética, atentando así contra la dignidad que como seres humanos todos tenemos por el solo hecho de nacer, o incluso, con la sola posibilidad de nacer, según se ha establecido en algunos documentos oficiales, criterios que han emergido desde las novedosas concepciones biogenéticas de la vida; en virtud de esta ciencia, la humanidad ha puesto nuevos enfoques sobre el momento del comienzo de la vida, ampliando así la materialidad de la dignidad, con cuyo conocimiento se ha podido adelantar conceptual, material y argumentativamente el punto de inicio biológico de la vida humana; más aún, la ciencia biogenética ha retrasado real y conceptualmente el momento de la muerte del ser humano, gracias a sus avances tecnológicos para el tratamiento de enfermedades cuya cura antes no era posible, lo que también ha dado nuevos motivos para considerar cuándo está muerta una persona o cuándo ha dejado de vivir (por ejemplo, cuando literalmente “muere” su cerebro, pero fisiológicamente aún funciona como organismo vivo), o incluso retardando el proceso de envejecimiento celular, marcando nuevas líneas en la esperanza de vida humana. Ello trae desde luego nuevos dilemas al entramado ético y jurídico que afectan profundamente la convivencia humana, permeados a su vez y como siempre por referentes religiosos, políticos, sociales, culturales y científicos, en sí mismo todos ellos problemáticos y conflictivos, especialmente si se procrean seres humanos como meras herramientas para la cura de otras personas sin posibilidades de que estas tomen sus propias decisiones. 

A la protección de esta nueva forma de ver la vida, la hemos llamado Derechos Humanos de Cuarta Generación, pues asumimos la reflexión ética desde la perspectiva de la protección de los referentes genéticos de la convivencia humana, gracias a los nuevos conocimientos aportados por la biología molecular y la experimentación biogenética, cuyas elaboraciones se manifiestan a través de la manipulación del ADN recombinante. Por ello, los estudios universitarios en Venezuela, desde la reciente promulgación de la Ley Orgánica de Educación, generan nuevas expectativas gracias a que son asumidos considerando a la bioética como disciplina que aborda críticamente los derroteros éticos de la ciencia, pero también como formadora de un nuevo entramado axiológico educativo; aunque hay que decir que éste está pendiente aún por desarrollar en forma universalizada en nuestro sistema educativo, pues no es sino desde hace algunos años que se viene cumpliendo de forma particular en algunos ámbitos de la vida académica. Se destaca que en el currículo universitario estructurado en la Universidad del Zulia, algunas carreras que tienen que ver con la salud, como medicina, enfermería u odontología, se viene dictando regularmente, como unidad curricular propia del eje de Formación General, o que tienen que ver con la formación jurídica, como derecho, aunque en estos es una unidad curricular inserta en el entramado de la Formación Profesional, ya que es impartida como materia electiva (ello tiene el defecto de no dictarse cuando los estudiantes no la eligen como tal; pensamos que en la reforma curricular universitaria, debe pasar a ser asignatura obligatoria, dadas las nuevas condiciones curriculares emanadas de la LOE-2009). 

Desde la Unidad Académica de Filosofía de la Ciencia del Departamento de Ciencias Humanas, hemos diseñado un programa de docencia en bioética inserto en la sub área epistemológica del Currículo de Formación General, con una experiencia que lleva ya poco más de un lustro, desde donde hemos explorado contenidos académicos y de investigación alineados a las exigencias de los dilemas éticos provenientes de las ciencias de la salud pero también provenientes de los dilemas éticos que se vienen desplegando por el convivir propio de una época de cambios y de contradicciones, todo ello acorde con las exigencias de formación de los jóvenes universitarios “para toda la vida”, pues esta vía de acceso determina la dirección de los dilemas que se presentan en la enseñanza de la bioética, orientados siempre en procura del aprendizaje de una moral pluralista, tal como lo demandan los tiempos de cambio que vivimos. De esta manera se da cabida a las concepciones y a los criterios morales del estudiante, quienes con sus conocimientos previos logran construir sus referentes bioéticos desde la perspectiva de la responsabilidad de la presente generación para con las generaciones futuras. Durante ese breve período en fase experimental, hemos adquirido una experiencia interesante sobre la educabilidad de contenidos morales centrada en valores bioéticos, dimensionados especialmente por los Principios enarbolados en la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO de 2005, en la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, de 1997, y en el ya viejo Informe Belmont de 1979, todos ellos desde donde hemos hecho intentos parciales de sistematizar los Derechos Humanos de Cuarta Generación. La concepción de una Bioética plural en la educación universitaria, gira en torno a esos valores en la educación universitaria, especialmente en tanto se asume como disciplina que propicia una educación desde la perspectiva de las ciencias de la vida orientadas por valores, con alta incidencia en la problematización de la dignidad humana dadas sus características no ya de persona social que es el ser humano, sino como ser viviente con una carga y estructura genéticas única en el universo (al menos mientras no se constate vida no terrestre). Todo lo anterior está orientado en el camino por la profundización de la reflexión crítica en torno a los Derechos Humanos de Cuarta Generación, cuyo estatuto bioético ha sido aproximado en sus primeras líneas argumentales en Villalobos 2006 y 2009, aclarándose que su entramado epistemológico se encuentra también en proceso de análisis e interpretación en el contexto del proyecto de investigación que da origen a los criterios aquí aproximados, pero habiéndose ensayado una estructura transdisciplinaria en el período de ensayo académico.