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Tiempo y Espacio

versión impresa ISSN 1315-9496

Tiempo y Espacio vol.27 no.68 Caracas dic. 2017

 

Del gendarme al prestigio moral necesario: La transición en el gobierno de Eleazar López Contreras

From the gendarme to the necessary moral prestige: The transition in the government of Eleazar López Contreras

Rebeca Gerardina Padrón García

Licenciada en Artes Cinematográficas de la Universidad Central de Venezuela. Licenciada en Educación de la Universidad Central de Venezuela. Maestría en Historia de Venezuela Republicana de la Universidad Central de Venezuela. Tesista del Doctorado en Historia de la Universidad Católica Andrés Bello. E-mail: rebecaupel@gmail.com

Resumen: El presente trabajo está dedicado al estudio de la forma de gobierno del Presidente Eleazar López Contreras 1936-1941, como reflejo de un personalismo político de voluntarismo institucionalizador en un período de transición que buscó construir el progreso y sembrar las bases de una apertura democrática en el país. A partir de la visión progresista del gobernante con el cumplimiento de objetivos políticos por vías de la creación y fortalecimiento institucional evidenciaremos su forma de gobierno y proyecto global. Es importante resaltar que para la base de la investigación se tomó como punto de partida la Constitución de 1931 y 1936, el Programa de Febrero de 1936 y los diversos debates políticos, discursos y decretos encontrados en El Pensamiento Político Venezolano del Siglo XX.

Palabras clave: López Contreras, transición, voluntarismo institucionalizador.

Abstract: The present work is dedicated to the study of the form of government of President Eleazar López Contreras 1936-1941, as a reflection of a political personalism of institutionalizing voluntarism in a period of transition that sought to build progress and sow the foundations of a democratic opening in the country. From the progressive vision of the ruler with the fulfillment of political objectives through creation and institutional strengthening, we will show his form of government and global project. It is important to highlight that for the base of the research, the Constitution of 1931 and 1936, the February Program of 1936 and the various political debates, speeches and decrees found in Venezuelan Political Thought of the Twentieth Century were taken as a starting point.

Keywords: López Contreras, transition, institutionalizing voluntarism.

Recibido: 15-08-2015

Aprobado: 03-11-2016

Introducción

Los estudios sobre las formas de gobiernos constituyen un tema de suma importancia para la comprensión de diferentes procesos históricos que se han desarrollado en Venezuela, desde la Capitanía General cuando formábamos parte de una monarquía española hasta nuestros días.

Se tomó la decisión de abordar la forma de gobierno adoptada por el Presidente Eleazar López Contreras durante el proceso de transición llevado a cabo a rz de la muerte del General Juan Vicente Gomez, acontecida el 17 de diciembre de 1935, suceso que inicia un nuevo capítulo en la historia de Venezuela. Comprender la dinámica de cómo evolucionan las formas de gobiernos puede abrirnos muchas puertas para conocer y emitir juicios de valor y calificar a un gobernante por su actuación en el ejercicio del poder, qué aportes positivos o negativos tuvo determinada forma de gobierno; y comprender un poco la dicotomía dictadura-democracia, despotismo-democracia.

En Venezuela existen investigadores que se han preocupado por indagar y realizar múltiples trabajos de investigación con respecto a historicidad de las formas de gobiernos, conceptos políticos que ayudan a comprender cómo se dan los cambios, cómo se efectúan las dinámicas dentro de la sociedad y cómo se fungen unas formas con otras, Plaza (1996, 1999, 2000), Soriano (1996, 2002, 2010).

La investigación está organizada en dos partes: en la primera se expone una breve sinopsis de la teoría del personalismo político descrito por Graciela Soriano, tomando como punto central el voluntarismo institucionalizador. La segunda parte se aborda s exhaustivamente la forma en cómo ejerció el poder el gobernante, es decir, Eleazar López Contreras, en el proceso de transición de un gobierno que venía de una dictadura de veintisiete años a un gobierno que inicia una apertura democrática, progresista y fortalecedora de las instituciones. Finalmente, se ofrecen las conclusiones, en donde se reflexiona acerca de los logros y metas alcanzadas durante la investigación.

Personalismo político: Voluntarismo institucionalizador

Para poder comprender la temática es importante comprender en qué consiste el personalismo político, al respeto Soriano (2010) señala lo siguiente:

Se entiende por personalismo político el ejercicio personal del poder, bien como expresión de la pura voluntad del gobernante, únicamente sujeta a su propio arbitrario, bien como consecuencia del ejercicio del poder en el marco de los estados de excepción contemplados en las constituciones para hacer frente a problemas políticos o de cualquier índole, que afecten a la sociedad entera en épocas de crisis.1

Las expresiones del personalismo político en la historia universal han sido muchas y diversas, cada una con sus propias peculiaridades, la autora presenta en su obra (1996) una serie de tipologías de términos que aparentemente sinónimos unos de otros que hacen referencia a los gobiernos fuertes, (cesarismo, monarquía, caudillismo, príncipado, tiranía), términos que en su mayoría están relacionados con la autocracia con denominadores comunes. No obstante, existen dos tipologías que pudieran perfectamente acercarnos a la forma de gobierno de Eleazar López Contreras, voluntarismo institucionalizador y liderazgo.

El voluntarismo es la tendencia a pretender que las cosas de la realidad sean como se desea, o a que sea posible acomodarlas a la voluntad humana, sea individual o colectiva. Se aplica especialmente a la actitud de quienes sustentan utopías dirigidas a modificar la organización social y política de la sociedad y el Estado.

Graciela Soriano entiende por voluntarismo “la manifestación deliberada de la voluntad de acción, es decir, la actualización expresa de la voluntad. Ese voluntarismo puede abocarse a la realización de objetivos previamente imaginados y planificados o a la realización de cometidos inminentes dentro de una situación dada”2.

Voluntarismo es un término que describe las doctrinas filosóficas que sitúan la voluntad como la primera de las potencias espirituales del hombre frente a la razón. Tales son los casos de Jhon Duns Scotus en la Edad Media y de Arthur Schopenhauer y Ferdinand Tönnies en el siglo XIX, los cuales no abordaremos en detalles.

Voluntarismo es la idea política de que todas las formas de gobierno deben ser tan voluntarias como sea posible. Fundamentado actualmente en la teoría anarcocapitalista, voluntarismo argumenta que al ser la asociación y el acuerdo voluntario la única forma legítima de organizar una sociedad, entonces debe existir un libre mercado de sistemas legales, políticos y económicos, y debe aceptarse toda forma voluntaria de gobierno.

Soriano (1996) especifica que se está frente a un voluntarismo institucionalizador en la medida que la voluntad de los hombres se orienta deliberadamente hacia la satisfacción de las necesidades y objetivos políticos por vías de la creación institucional.3

El argumento voluntarista indica que, siempre que sea respetado el derecho individual de la propiedad de uno mismo, la no agresión y la propiedad privada, puede usarse cualquier medio encaminado a alcanzar una sociedad libre. La institucionalidad responde a la objetivación de vías para la formalización, armonización, estabilidad, conservación y rutinizacion de la convivencia de los hombres en sociedad.4

Mosca (2004) reconocía exclusivamente  dos  fórmulas  políticas,  la  que  hace  derivar el poder de la autoridad de Dios y la que lo hace derivar de la autoridad del pueblo. Aunque las consideraba como meras ficciones pensaba que correspondían a una necesidad real, a la necesidad de gobernar y de sentirse gobernados no solamente con base en la fuerza material e intelectual, sino también con base en un principio moral.5

En cuanto a la tipología señalada por Graciela Soriano sobre el liderazgo, éste estaría dentro del “personalismo cotidiano” y bajo el foco del “personalismo político”. Se vincula a los mass media y a la idea de “imagen”. Si los personalismos políticos de tiempos modernos y más recientes se fundan sobre la “reputación” y el “prestigio”, la figura del líder se asocia fuertemente con la “imagen”.6 Sin embargo, la autora aclara que es una categoría reciente la cual merece aún estudios más profundos y exhaustivos.

Ahora bien, todo gobernante ejerce el poder bajo un tipo de forma de gobierno, según Fernández Gómez (1988), la expresión formas de gobierno se suele indicar a la recíproca posición en que se encuentran las diversas instituciones constitucionales del Estado. Es pues, una noción más amplia que abarca tanto a los gobernantes como a los gobernados, es decir, a toda la sociedad política.7

La forma de gobierno alude a la estructuración orgánica de los poderes constituídos del Estado, como bien menciona Mortati (1975) “el modo en que las funciones del Estado son distribuidas y organizadas entre los diversos órganos constitucionales, con particular referencia a la actividad de orientación política”.8 Una tesis similar es formulada por Biscaretti Di Ruffia (1973), quien sostiene que es la recíproca posición en que se encuentran los diversos órganos constitucionales del Estado y particularmente los órganos legislativo y ejecutivo.9

La democracia en su concepto más antiguo es la forma de gobierno en la que el poder es ejercido por todo el pueblo, o por el mayor número, o por muchos, y en cuanto tal se distingue de la monarquía y de la aristocracia en las que el poder es ejercido, respectivamente, por uno o por pocos. Para Norberto Bobbio existen varios tipos de democracia los cuales han variado con el tiempo, la democracia de la Teoría Clásica, la democracia de la Edad Media y la democracia de la Edad Moderna, para Bobbio la democracia perfecta no puede existir, o de hecho no ha existido nunca.10

Tanto para Maquiavelo como para Weber la moral del político es la moral de los resultados: en el capitulo XVIII de El Príncipe se plantea el problema de si el Príncipe debe cumplir las promesas y llega a la conclusión de que han hecho “grandes cosas” los príncipes que han tenido poco en cuenta las promesas dadas, lo que importa, pués para el político es hacer “grandes cosas”, es decir, el resultado. Del mismo modo Weber distingue entre la ética de la convicción y la ética de la responsabilidad. La segunda es la ética de quien juzga sus propias acciones en base a sus consecuencias y es la ética en la que generalmente se inspira la conducta del político.11

Del gendarme necesario al prestigio moral necesario

Gómez accede al poder por medio de la usurpación, ejerciendo el típico régimen despótico, utilizando sagazmente sobre sus gobernados, el miedo, lo cual vale s que la virtud de la República y el poder a la voluntad del tirano. Tanto para Platón como para Aristóteles lo que corrompe una forma de gobierno, es cuando el gobernante deja de gobernar para lo público y se apropia de lo público para intereses privados, irrumpe la ley y se inicia la tiranía.

No hay duda que la Venezuela de inicios del siglo XX no es la misma de finales del mismo, pero muy parecida a la Venezuela de finales del siglo XIX, en donde el país necesitaba un cierto orden, así como una institucionalidad, Elezar López Contreras durante su gestión logrará a través de una voluntad institucionalizadora equilibrada y progresista, la apertura a la democracia.

Hemos querido abordar ésta segunda parte de la investigación tomando como referencia el planteamiento de Soriano (1996), realizándonos las siguientes interrogantes, ¿Cómo accede el gobernante al poder?, ¿bajo qué forma de gobierno se ejerce el poder?, ¿Por qué en un caso excepcional, como fue la muerte del dictador, el Congreso le entrega el cargo al General López Contreras?, ¿Por qué Eleazar López Contreras era el hombre más digno y no otro? ¿Acaso la muerte del General Gómez no propiciaba la toma al poder de un voluntarista personalista en vez de un voluntarista institucionalizador?

Sánchez Falcón (2008) señala que a partir de la muerte del General Gómez se pueden analizar los hechos desde dos vertientes, la primera desde un orden jurídico-constitucional y la segunda de orden político-social, las mismas van en líneas paralelas.

En el orden jurídico-constitucional, a partir de la muerte del Presidente y General Juan Vicente Gómez en diciembre de 1935, Eleazar López Contreras, es quien ejerce el Poder Ejecutivo, como Presidente Provisional de acuerdo a lo establecido en el Artículo 97 de la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela.

En la segunda vertiente la del orden político-social, se originó una participación ciudadana anárquica donde se desataron saqueos y manifestaciones, lo cual llevó al Presidente Provisional a suspender las garantías constitucionales en enero de 1936, tal como lo establecía la Ley Fundamental, es decir la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1931.

A partir de todos estos acontecimientos se inicia un nuevo capítulo en la historia de Venezuela, surgen nuevas formas de participación social, las cuales habían estado bajo las sombras y represión durante los veintisiete años del gobierno dictatorial del General Juan Vicente Gómez, surgiendo así organizaciones políticas, partidos políticos, asociaciones, entre otros.

El debate político sube a la palestra a esta coyuntura, muchos de estos nuevos factores o voceros discutirán sobre los cambios que deben darse en la sociedad venezolana para una apertura democrática, plantean reformas constitucionales, el derecho al sufragio universal, ampliación de libertades políticas, defensa a que los municipios tengan autonomía, entre otros.

Desde el mismo momento en que muere el General Juan Vicente Gómez,  Eleazar López Contreras asume no sólo las riendas con valentía, sino con voluntad de mantener el hilo constitucional, la paz y el orden en el país. Hemos podido identificar algunos elementos o indicadores en el gobernante que se ajustan dentro de la tipología del voluntarismo institucionalizador y algunos otros de liderazgo.

El primero de ellos y para sorpresas de los venezolanos de la época escuchar por primera vez en la radio la voz de un Presidente de la República fue muy impactante y por supuesto determinante, en su mensaje a la nación Eleazar López Contreras expresaba:

La conservación del orden y la paz será la norma inquebrantable del Gobierno que entró a presidir convencido como estoy de la adhesión del pueblo venezolano a estos principios, cuyos frutos han redundado y redundarán en ingentes beneficios para la comunidad (…) Para la conservación de la Paz y el orden legal cuento además con el Ejército…el Gobierno que presido tendrá la confianza del país, en un anhelo vivificante de consolidacion nacional.12

Sin duda, podría decirse que éste es el primer indicador o elemento que evidencia el espíritu racional de voluntarismo institucionalizador del gobernante y a través de su alocución existe la acción, la intencionalidad de la voluntad de mantener no sólo la legalidad, sino la voluntad de mantener el orden y la paz por el bienestar del país. Desde un primer momento López Contreras utiliza la radio y la prensa como instrumento no personal, sino como instrumento institucionalizador de consolidación y conservación del poder, con una visión equilibrada.

El Presidente Eleazar López Contreras era un hombre que se formó y fue parte no sólo del gobierno de Cipriano Castro, sino del General Juan Vicente Gómez, por lo que evidentemente hay una continuidad del gomecismo pero sin Gómez, no obstante, López Contreras desde el inicio de su gobierno tuvo la intención y la voluntad de una unión política en el país. En un estado de excepción donde existía una falta absoluta, un vacío de poder como era la muerte del Presidente, el Congreso nombra al Ministro de Guerra y Marina como Presidente Provisional con el fin de garantizar el orden, la paz y la cordura en el país, a pesar de que existían algunos focos, protestas, huelgas en el país, el elegido deja los personalismos a un lado.

Otro elemento que nos da indicios del voluntarismo institucionalizador y la intención del gobernante a sólo horas de estar en el poder fue la reunión que sostuvo en Maracay en diciembre de 1935 con varios dirigentes de la oposición (Andrés Eloy Blanco, Miguel Acosta Saignes, Jacinto Fombona, entre otros), allí promete entre otros asuntos liberar a los presos políticos, acto que se hizo prácticamente de inmediato, sin duda un avance para una sociedad que había estado sumergida en el miedo y la represión; los asistentes a la referida reunión publican en el diario El Universal un manifiesto, mediante el cual hacen un llamado a los venezolanos a tener fe y paciencia en el nuevo gobernante:

COMPATRIOTAS: si nuestra impaciencia se exterioriza en forma violenta, corremos el riesgo de entorpecer los actos del Nuevo Gobierno que está dispuesto a satisfacer totalmente al Pueblo Venezolano (…) tenemos fe en sus promesas que han sido hechas en el tono tranquilo y seguro de un militar que siempre cumple su palabra.13

Sin embargo, a pesar que ya desde el mismo 21 de diciembre se comenzaría a darle libertad a los presos de La Rotunda, muchos fueron los venezolanos que saquearon casas, propiedades y símbolos del gomecismo, así como también hubo partidarios y allegados al General Gómez que intentaron tomar el poder por sus propios medios, entre ellos el primo hermano del General Juan Vicente Gómez, Eustoquio Gómez, quien intenta apoderarse de la Gobernación del Distrito Federal en Caracas, sin embargo, sólo encontraría la muerte en aquel temerario intento.

Es importante señalar que en las situaciones de vacío de poder o de deficiencia institucional suele estimularse el voluntarismo personalista, pero en situaciones de transición se corre el riesgo que la situación de excepción pase a convertirse en normal o la normal en excepción, no obstante, en todo esto el gobernante juega un papel importante, ya que involucra su capacidad moral, ética y su compostura ante el ejercicio de poder y Eleazar López Contreras supo que éste debe ser llevado por la ley de mano de la razón, para que el individuo sea capaz de acatar y conservar el orden y cumplir sus propósitos de creación institucional.

Un indicador que demuestra la evasión de personalismo político de López Contreras, fue la eliminación de las oficinas públicas del retrato o busto del primer Magistrado de la República, es decir, no utilizar su imagen en dichas instalaciones así como no utilizar su nombre en obras públicas, ya que éstas prácticas debían ser correpondientes a la posteridad de la persona, para ello debía colocarse retratos, bustos de los Ilustres Próceres de la Independencia.

En enero de 1936 Eleazar López Contreras realiza un encuentro con representantes de la prensa en su casa, lo cual nos parece un elemento institucionalizador sumamente importante, debido a que no sólo existe la intención y la voluntad del gobernante de crear canales de pacificación y de unión, sino evidencia cierto liderazgo al hacer uso de los medios de comunicación para construir el prestigio y la moral necesaria para su imagen como gobernante. El mandatario se refiere a la continuidad de hombres gomecistas dentro de su gobierno y expresa que para el momento de la muerte del General Gómez, la República se encontraba en peligro, y que en el país existían dos corrientes: una Constitucionalista formada por los Ministros y algunos Presidentes de Estado y otra personalista:

Triunfó como todos saben la Constitucionalista y los hombres del antiguo régimen que hoy me acompañan hicieron en ese momento crítico un gran servicio a la patria, no me parece justo descartarlos después de haber asumido ellos, semejante actitud en la hora del peligro (…) hay cosas que no pueden transformarse de un momento a otro, se necesita una nueva organización para poder resurgir.14

Vale la pena destacar que para la fecha en el mes de enero de 1936, las garantías constitucionales habían sido suspendidas, se habían generado diversos acontecimientos y conflictos sociales a raíz de la muerte de Gómez, Eleazar López Contreras ejerció una de sus atribuciones como Presidente de los Estados Unidos de Venezuela en cuanto a la suspensión de las garantías, medida que estaba totalmente justificada según la Constitución, ya que obedecía a las múltiples manifestaciones y desórdenes públicos que acontecían en todo el país. Podemos leer en la Constitución de 1931, en el Título Sexto, Sección Tercera, de las Atribuciones del Presidente de los Estados Unidos de Venezuela, artículo 100, ordinario 25: “Decretar la suspensión de las garantías en los casos previstos en el artículo 36, y durante la guerra civil o internacional”.

Cuando consultamos la Ley Fundamental en Título Segundo, De los Venezolanos y sus Deberes y Derechos, Artículo 36:

Cuando la República se hallare envuelta en una guerra internacional o estallare en su seno la guerra civil, o exista inminente peligro de que una u otra cosa ocurran, el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, lo declarará así y suspenderá las garantías constitucionales en todo el territorio de la Nación o en la sección que en el propio Decreto determine; pero esta suspensión no tendrá sino en tanto se restablece la paz.15

Así mismo, el General Feliz Galavis, Gobernador de Caracas, había dictado una resolución en donde establecía la prohibición de propaganda comunista, y de artículos que tuvieran material político no acorde al bienestar del país, decretando así la creación de una Oficina de Censura, compuesta por un Director y dos oficiales Auxiliares16.

López Contreras fue muy audaz e inteligente en esa reunión con la prensa, sabía que el diálogo era una forma de establecer puentes hacia la apertura democrática, de escuchar al otro, de tolerar al otro, obviamente, el gobernante sin duda alguna conservó muy bien su imagen y su prestigio moral ante la prensa, sabía que las medidas tomadas por el gobierno habían provocado una reacción entre los estudiantes y dirigentes que regresaban del destierro y los observadores políticos, que veían en tales medidas una grave interrupción en el proceso de transición17.

Por consiguiente, éstas medidas, hicieron que las reacciones en la población se manifestarán en las calles; el martes de carnaval 14 de febrero de 1936, estudiantes, dirigentes, se encontraban desde tempranas horas en la Plaza Bolívar de Caracas con carteles exclamando “Queremos Prensa Libre” y “Queremos garantías”. A pesar de las manifestaciones, el día terminaría en tragedia ya que desde los balcones de la Gobernación, en donde por cierto no se encontraba Félix Galavis, (ya que se encontraba en Miraflores reunido con el Presidente Eleazar López Contreras), se iniciaron unos disparos en contra de la multitud manifestante causando muertos y heridos. Al final de la tarde muchos de los dirigentes de la Federación de Estudiantes de Venezuela, gremios y directores de periódicos se dirigieron al Palacio de Miraflores. El Presidente Eleazar López Contreras los recibió y prometió restablecer las libertades y castigar a los culpables de la masacre de la Plaza Bolívar, sin duda alguna otro elemento de voluntad institucionalizador, equilibrada y pacífica. La acción inmediata del gobernante fue que al día siguiente detuvieran al exgobernador Galavis quien había sido destituido de su cargo el día anterior, vale la pena destacar que el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela en sus atribuciones establecidas en la Constitución de 1931 en el artículo 105 se encuentra la del libre nombramiento y remoción del gobernador.

Dos elementos importantes reflejan la voluntad institucionalizadora del gobernante, el primero fue el cumplimiento de la promesa dada a los estudiantes y dirigentes que habían estado en Miraflores la tarde del 14 de febrero de 1936, el Presidente López Contreras restablece las garantías constitucionales, evidenciándose así la intención de llevar al país a un camino de la paz, del diálogo, de la calma y la cordura. El segundo elemento, podría decirse que fue la presentación ante el país un plan de Gobierno, llamado Programa de Febrero, el cual contenía su plan político y administrativo.

En el Programa de Febrero se plantean una serie de planes que eran imposibles de llevarse a cabo hasta el mes de abril de 1936, ya que hay que recordar que Eleazar López Contreras era Presidente Provisional y en el mes de abril el Poder Legislativo, a través del Congreso elegiría un nuevo Presidente. De una manera u otra el Presidente, los Senadores y Diputados (quienes eran gomecistas), sabían que el elegido iba hacer el ex Ministro de Guerra y Marina Eleazar López Contreras para el pximo período presidencial. El gobernante utiliza los medios de comunicación como instrumento de conservación y consolidación del poder, así como medio de difusión para presentar de alguna forma su postulación a la elección del cargo del Poder Ejecutivo.

Ese mismo día de presentación del Programa de Febrero, el Presidente Eleazar López Contreras expresa a los venezolanos la intención de que su gobierno tiene el firme propósito de hacer efectivo, por todos los medios que estén a su alcance, “el funcionamiento de un régimen de legalidad. La ley respetada por el magistrado y obedecida por el ciudadano, es la condición de todo pueblo libre”18. Así mismo, expresa lo siguiente en cuanto a la Constitución vigente de 1931: “La constitución es nuestra ley fundamental. En ella están previstas las garantías de los venezolanos, y el Gobierno está dispuesto a respetarlas y a hacerlas respetar”19.

Un indicador de voluntarismo institucionalizador, fue la acción que tuvo el Presidente Eleazar López Contreras al plantear la necesidad de una reforma constitucional, quien expresa:

) es necesaria para extirpar gradualmente vicios del pasado ) Una de esas reformas, que considero de lass esenciales, es la relativa a los Municipios, que casi habían dejado de existir bajo la influencia nefasta de intromisiones extrañas. Esta cuestión vital debe estudiarse sin tardanza, a fin de devolverle a los Consejos Municipales su autonomía.20

En la prensa de la época se lee lo siguiente respecto al plan de Gobierno:

El creer que López Contreras puede rectificar su política, que va a cumplir el Programa de Febrero, que será fiel a sus promesas, no son sino ganas de engañarse y de engañarnos. La suerte quedó echada y dos fuerzas se hallan frente a frente: por un lado el gobierno respaldado por las compañías petroleras y latifundistas y del otro, el pueblo con toda la fuerza que le da su número y la fe en el triunfo. 21

Sin duda alguna, muchos fueron los discursos, publicaciones, mítines, artículos y radiodifusiones que llevaron a la palestra política los lineamientos para abrir nuevos caminos que llevarían el cambio del país, quizás el planteamiento hecho por López Contreras en cuanto a la autonomía de las municipalidades se debió a que esos factores reales de poder, buscaban ser escuchados, los partidos políticos, los gremios, la sociedad, inclusive los Presidentes de Estados habían estado solicitando una reforma constitucional. Vale la pena destacar, que el término “factores reales de poder”, se ha tomado de la teoría de Ferdinand Lassalle, el mismo suele referirse no sólo a las instituciones, sino a las clases sociales o elementos de procesos productivos incluso.22

La fracción del antiguo entorno gomecista que triunfa, abre un compás de cambios. Lanza un programa de gobierno y promete un conjunto de rectificaciones destinadas a airear la cerrada atmósfera donde se movió la sociedad venezolana durante 27 años.

El 19 de abril de 1936, se da inicio a un nuevo período, 1936-1943, razón por la cual se instalan ese día las Cámaras Legislativas con Senadores y Diputados que habían sido designados en noviembre de 1935. El mismo día de la instalación del nuevo Congreso, en acto solemne, el General Eleazar López Contreras, hace entrega de la Presidencia de la República al Dr. Arminio Borjas, Presidente de la Corte Federal y de Casación, conforme a lo estipulado en la Constitución.23 Seis días más tarde, el 25 de abril de 1936, el Congreso Nacional, presidido esta vez por Ramón Parpacén, como Presidente del Senado y Francisco Vetancourt Aristiguieta, como Presidente de Diputados, designa al General López Contreras Presidente de la República para el período constitucional 1936-1943.24

Un joven venezolano llamado Rafael Caldera, quien años después sería Presidente de Venezuela, escribe en el diario El Universal, un artículo titulado “La actualidad Política”25, allí propone reformas político-institucionales, las cuales permitirían superar el personalismo caudillista que todavía persistía en el país, al respecto dice: “Personalismo es hasta ahora la base del gobierno, su afirmación, por el contrario, en una fuerza ideológica organizada, descartaría hasta la posibilidad de toda dictadura”.26

Inmediatamente a los dos días de instalado el Congreso y sus Cámaras, se asigna una comisión conformada por 21 diputados, uno por cada Estado y otro por el Distrito Federal, un mes después, es decir el 25 de mayo se inician las discusiones del proyecto de reforma constitucional, las mismas cumplieron con lo establecido en la Constitución de 1931.

Posteriormente, en la Reforma Constitucional de 1936 promovida por el mismo Eleazar López Contreras, aprobada en el mes de julio, se le devuelve la autonomía económica y administrativa a las municipalidades.

Una vez aprobada la Constitución de 1936 aunque no fueron muchos los cambios realizados a la Constitución las nuevas voces populares, gremios, dirigentes políticos, intelectuales, estudiantes, partidos políticos, en su mayoría solicitaban un cambio hacia una democracia, solicitaban una asamblea constituyente, solicitaban elecciones. Al respecto se puede leer en el diario El Popular un artículo de Ernesto Silva Tellería, cuyo artículo formó parte de un discurso dado del Partido Republicano Progresista en el Circo Metropolitano el 3 de mayo de 1936:

La soberanía reside en el pueblo, estatuye un trajinado precepto constitucional. Y mal puede ser soberano un pueblo que no haya emitido su voto, haciendo así delegación de sus derechos para ser representados, es decir, un pueblo que no haya elegido.27

Todas las organizaciones importantes de la oposición tenían planteada la reforma constitucional como uno de los instrumentos de aniquilamiento del gomecismo y de instauración de la legalidad necesaria a un Estado de derecho democrático.28

A diferencia del General Juan Vicente Gómez, quien hizo siete reformas constitucionales, y siempre las utilizó como instrumento para crear sus propias normas jurídicas que lo beneficiaran de manera personal, el Presidente Eleazar López Contreras sólo realizará una reforma constitucional en la que el Presidente se sujetara a la constitución y a las leyes, llevando al país por una a diferente a la que había estado sometido durante veintisiete años.

No puede negarse que la reforma constitucional de 1936 introdujo los derechos sociales, siendo un gran avance y progreso de creación institucional, dando pie a los futuros laborales que la legislación perfeccionó de inmediato, estos cambios se evidencian en el artículo 32, ordinal 8° la protección al trabajo:

La libertad del trabajo y de las industrias ) La Ley dispondrá lo necesario para la mayor eficacia y estímulo del trabajo, organizándolo adecuadamente y estableciendo la protección especial que deberá dispensarse a los obreros y trabajadores, para proveer al mejoramiento de su condición física, moral e intelectual, y al incremento de la población.29

Un punto negativo fue la limitación del sufragio femenino, quedando restringido a los varones mayores de 21 años, artículo 14 de la Constitución de 1936:

El derecho de sufragio en los términos que se expresan a continuación:

a) Los venezolanos varones, mayores de 21 años que sepan leer y escribir y que no están sujetos a interdicción ni a condena penal que envuelva la inhabilitación política, son aptos para elegir y ser elegidos, sin más restricciones que las establecidas en esta Constitución y las que deriven de las condiciones especiales de competencia o capacidad que para el ejercicio de determinados cargos requieran las leyes;

b) Las mujeres venezolanas que reúnan las condiciones que se requieren para el ejercicio del sufragio, según el aparte que antecede, gozan del derecho de sufragio, activo y pasivo, para la formación de los Concejos Municipales.30

Nos llamó la atención un discurso dado por el Presidente Eleazar López Contreras en julio de 1936, en el cual se demuestra claramente una ruptura con el pasado gomecista, mostarndo su voluntad de construir una democracia verdadera, lejos de gobiernos despóticos y demagogos, obviamente un indicador más de voluntarismo institucionalizador:

El Ejecutivo confía en que, inspirados como hasta ahora en el anhelo de hacer obra de patria (…) El Poder Ejecutivo está empreñado , como lo sabéis, en una labor que mira al fundamento de prácticas de eficiencia, de honradez administrativa y de respeto a los derechos ciudadanos (…) Despotismo y demagogia son fuerzas antagónicas, pero igualmente peligrosas para el provenir de Venezuela, y contra ellas debemos luchar resueltamente, para librar al país de nuevas tiranías, así sea la de un hombre como la de todo grupo que conspire para arrebatarnos el patrimonio histórico y moral que nos legaron los libertadores.31

Vale la pena destacar, como la prensa de la época reseñaba la figura del Presidente Eleazar López Contreras y la actuación del Congreso en cuanto a la Ley de Orden Público:

…es la negación de los más elementales derechos ciudadanos: el derecho de asociación, el derecho de libertad del pensamiento, la inviolabilidad de la vida, la inviolabilidad del hogar… La Ley de Orden Público es la tiranía legalizada.32

El Congreso sanciona la Ley de Orden Público, conocida también como la Ley Lara en mayo de 1936, la misma le daba el derecho permanente a las autoridades a hacer fuego sobre multitudes después de algunos toques de cornetas, esto iba en contra de los establecido por la Constitución en el artículo 1: “La inviolabilidad de la vida, sin que por ninguna ley ni por mandato de ninguna autoridad pueda establecerse ni aplicarse la pena de muerte”.

En el diario El Popular en su editorial pública: “El verdadero significado de la Ley es una maniobra de las fuerzas retardatarias para retrotraernos al gomecismo… para impedir la disolución del Congreso”.

Muchas veces se hicieron caricaturas del Presidente Eleazar López Contreras en el semanario Fantoches, si hubiese ejercido el poder como el General Juan Vicente Gómez lo más seguro hubiese metido preso al creador de la misma en La Rotunda como en una oportunidad lo hizo Gómez con un periodista del Diario La Esfera, llamado Juan José Churión, que por un error cometido en imprenta se lo llevaron a la cárcel, con la fortuna de haber salido a las pocas horas.

Eleazar López Contreras sabía que su gobierno no podía ser nunca como el de Juan Vicente Gómez, a pesar de haber formado parte no sólo de las filas gomecistas, sino de aquellos hombres que desde los Andes vendrían a Caracas junto a Cipriano Castro a la toma del poder.

En el editorial del Diario Ahora del 25 de noviembre de 1936, se puede interpretar un poco el puente de transición que pudo trazar Eleazar López Contreras:

La democracia venezolana que tanto odiaron los caciques encaramados en el poder, está marchando y consolidándose. “El gendarme Necesario”, o la fórmula con que se esclavizó un pueblo, pasó a la historia, como tiene que ser transitorio todo lo que es obra del medro y del interés personalista.33

López Contreras siempre actuó dentro del marco legal, siempre buscó la forma de dialogar, de extender los puentes hacia una democracia, en septiembre de 1936 hace un llamado de atención y de advertencia a los ciudadanos que están en contra de la forma de gobierno adoptada en el país, le advierte al país que la Constitución le da ciertas facultades en cuanto a la expulsión de individuos comunistas, al respecto expresa el mandatario:

(…) no he querido ni quiero represiones y por eso he dicho… A todo aquel que falte a la Ley, la ley será la que debe castigarlo (…) ¿Por qué no he ejercido esa autoridad?. ¿por debilidad?. ¡No señor!. Por fuerza, por la fuerza del bien, porque he creído (y lo creo) que esos individuos, mal guiados, mal encaminados, llegará un momento en que oigan la palabra patriótica y vuelvan naturalmente al camino… lo que necesitamos nosotros es vivir dentro de la Ley, unirnos para el trabajo, unirnos con honradez.34

El Presidente López Contreras desde que asumió el poder abrió las puertas a los partidos políticos, sin embargo, luego de haber advertido, tuvo que cerrar las puertas a los comunistas, el 14 de marzo de 1937, fueron expulsados 47 dirigentes políticos, embarcados en el barco Flandre, la Constitución de 1936, en el artículo 32, inciso 6° le daba las facultades necesarias al gobernante para ejercer la ley:

La libertad del pensamiento, manifestado de palabra, por escrito o por medio de la imprenta, u otros medios de publicidad, pero quedan sujetas a pena, conforme lo determine la ley, las expresiones que constituyan injuria, calumnia, difamación, ultraje o instigación a delinquir. No es permitido el anonimato, ni se permite ninguna propaganda de guerra ni encaminada a subvertir el orden político o social.

Se consideran contrarias a la independencia, a la forma política y a la paz social de la Nación, las doctrinas comunista y anarquista, y los que las proclamen, propaguen o practiquen serán considerados como traidores a la Patria y castigados conforme a las leyes.

Podrá en todo tiempo el Ejecutivo Federal, hállense o no suspendidas las garantías constitucionales, impedir la entrada al territorio de la República o expulsarlos de él, por el plazo de seis meses a un año si se tratare de nacionales o por tiempo indefinido si se tratare de extranjeros, a los individuos afiliados a cualquiera de las doctrinas antedichas, cuando considerare que su entrada al territorio de la República o su permanencia en él pueda ser peligrosa o perjudicial para el orden público o la tranquilidad social.35

Indudablemente, era una manera decente pero no democrática, de desaparecer de la palestra política a los opositores, y así poder tener calma y cordura en el país. Quizás influyó en la decisión del Decreto los resultados de las elecciones del 28 de enero de 1937 para la renovación parcial de la Cámara de Diputados en donde lograron el triunfo cuarenta candidatos de izquierda, llamados progresistas, entre ellos: Raúl Leoni, Jovito Villalba, Gonzalo Barrios, Juan Oropeza, entre otros. No obstante, la Corte Federal y de Casación anuló algunos de los nombramientos. A pesar de todas las restricciones políticas que existían, en muchas de las elecciones municipales ganaría la oposición, sin duda vientos de nuevos cambios que exigían los factores reales de poder en la sociedad venezolana. Sin embargo, podría decirse que la decisión sobre la expulsión del país de los comunistas fue netamente necesaria para poder preservar, conservar y consolidar el prestigio moral necesario del poder institucional del Estado.

Hernani Portocarrero expresa en el Diario La Esfera el 8 de febrero de 1936 lo siguiente: “La democracia es la libre expresión por medio de la prensa o la tribuna de los derechos del pueblo; los gobiernos surgidos de ella tienen el deber de acatar sus designios y protestas dentro de sus derechos y obligación”.36

En abril de 1940, Eleazar López Contreras expresa claramente su ruptura con el gomecismo

) rechazo rotundamente la teoría que sustente el cesarismo como la forma natural de gobierno que cuadra a nuestro carácter y formación étnica… rechazo dentro de la concepción de la democracia, por falsas, las ideas marxistas y totalitarias sobre la estructuración del Estado ) Sabéis crear nuevos elementos para la consolidación de la democracia y de la vida económica y social de la república (...) La historia enseña que la evolución de la sociedad, cuando ha alcanzado un alto nivel de perfeccionamiento, es el fruto de la unión, convivencia y solidaridad de todas las fuerzas vivas que la componen bajo el control liberal del Estado.37

En Venezuela se ha creído muchas veces en la llegada al poder de un hombre fuerte, valiente, que resuelva todos los problemas, Laureano Vallenilla Lanz, justificó la necesidad de un Estado Fuerte, un gendarme necesario, justificando así el gobierno de Juan Vicente Gómez.

No obstante, ese pensamiento positivista y frustrante de Laureano Vallenilla Lanz no pudo perdurar posterior a la muerte de Gómez, al contrario de López Contreras, Juan Vicente Gómez instrumentalizó las leyes para su propio beneficio; para el pensamiento positivista de la época, las constituciones sólo eran de papel, porque la real, la efectiva, estaba representada en el hombre fuerte y valiente, un caudillo: Juan Vicente Gómez.

Arturo Uslar Pietri muy bien señala la esencia y la diferencia que nos puede dar ciertas luces entre la forma de gobierno de Gómez y la forma de Gobierno de López Contreras, que responden perfectamente a la inestabilidad política e histórica de Venezuela:

La constitución efectiva nunca fue sino autocrática, las constituciones escritas afirmaban la existencia de instituciones jurídicas, la constitución efectiva reposaba sobre el hecho del mando individual y de las vinculaciones personales, la constitución escrita proclamaba la república democrática, la constitución efectiva establecía la autoridad indiscutida de un jefe.38

Durante el gobierno de Juan Vicente Gómez también hubo una institucionalización; la institucionalización del ejército y la creación de la hacienda pública dieron inicio a un Estado autónomo, pero siempre bajo un voluntarismo personalista, en beneficio del caudillo. Al respecto Soriano (2002) señala lo siguiente: “más de una vez se ha dicho que Gómez echo las bases del Estado en Venezuela. Se propuso en efecto, la creación de un ejército nacional y permanente, de “escuela”, verdadera institución al servicio de los fines del Estado, incoado aún en su persona”.39 Un indicador o elemento no menos importante pero si determinante en cuanto a la voluntad de gobernante no sólo a la creación institucional del Estado, sino a la alternabilidad, fue la reducción de temporalidad para la presidencia de la república, en la Constitución de 1931, el período constitucional presidencial era de siete años, para la Reforma Constitucional de López Contreras el período fue reducido a cinco años. Para la elección del Presidente sería a través de votaciones indirectas por medio del Congreso de los Estados Unidos de Venezuela, Artículo 100:

Dentro de los primeros quince días de cada período constitucional, las Cámaras reunidas en Congreso, elegirán Presidente de los Estados Unidos de Venezuela. La temporalidad del mandatario está establecida en el artículo El Presidente de la República durará en sus funciones cinco años, y no podrá ser reelecto para el período constitucional inmediato. Tampoco podrá ser electo quien haya desempeñado la Presidencia por todo el último o del período constitucional anterior, ni los parientes de uno y otro hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.40

Las elecciones seguirían siendo  indirectas de tercer  grado para el Presidente de  la república y de segundo y tercer grado para diputados y senadores, manteniéndose como uno de los requisitos para el elector saber leer y escribir, excluyendo así a una gran parte de la población tomando en cuenta el alto porcentaje de analfabetismo existente para la época.

Obviamente, la aceptación por parte de Eleazar López Contreras de dicha reducción evidencia su aceptación a la alternabilidad republicana plasmada en la Constitución Nacional.

En enero de 1941 Jóvito Villalba expresaba su opinión sobre la voluntad del jefe de Estado: “Los venezolanos no somos ciudadanos de una nación democrática sino los súbditos de una comunidad extraña a la decisión de su destino político”41. Según Battaglini (1993), en Venezuela lo que existía era “una legalidad formal y fingida pero no una legitimación real, autentificada por el protagonismo del pueblo”42.

López Contreras finaliza su período presidencial en 1941, su forma de gobierno si bien no era una dictadura, no logra construir un régimen democráticamente estable, seguirían los antagonismos políticos y las luchas por una democracia efectiva. Lo que si está claro es que era mejor forma de gobierno de la que se había tenido durante veintisiete años,s sin embargo, no era la mejor. El mismo Eleazar López Contreras nunca quiso que lo vieran como un presidente de la transición, sino como un presidente de evolución y no de revolución43.

Conclusiones

A la muerte del Presidente GeneraJuaVicentGómezEleazaLópeContreras, pudo haber tomado el poder desde una perspectiva de voluntarismo personal, ya que en casos de excepción es lo s propenso. No obstante, su gobierno de transición fue todo lo contrario, a partir de una visión progresista y conciliadora demostró que el país necesitaba recuperar la institucionalización del Estado a través del rescate del prestigio moral necesario, sin duda, el Congreso no se equivocó en nombrar a Eleazar López Contreras como el hombre digno de llevar los cambios necesarios de la sociedad venezolana.

El Presidente Eleazar López Contreras utilizó desde sus inicios a los medios de comunicación (impresos, radio y cine). como parte de su estrategia política para la consolidación y fortalecimiento del poder, así mismo realizó una gira a nivel nacional, mediante la cual pudo conocer e intercambiar con el pueblo los diversos problemas que existían. Evidentemente, esto permite demostrar que su imagen, su prestigio moral necesario y su reputación eran de vital importancia para afianzar su liderazgo. Sería interesante para estudios futuros analizar el liderazgo de Eleazar López Contreras y su relación directa con los medios de comunicación y el tratamiento dado por éstos.

Sin duda alguna, bien vale citar a Maquiavelo y Weber sobre la moral del político, que pondera los resultados, en el caso de Eleazar López Contreras los objetivos del gobernante los alcanzó, hizo “grandes cosas”, los resultados fueron buenos, se liberaron los presos políticos, se reformó la Constitución, el Congreso estuvo muy activo ya que fueron muchos los ordenamientos jurídicos, entre las leyes que fueron sometidas para su aprobación, Ley de Hidrocarburos, Ley del Trabajo, Ley de Inmigración y Colonización, Ley de Correos, Ley del Banco Obrero Ley de Impuestos sobre Sucesiones, para lograr así cierta estabilidad política, social y orden institucional, una verdadera intención de creación institucional del Estado, pensando en el beneficio público y no en el beneficio personal.

Por parte del gobernante siempre existió una voluntad de ir hacia una democracia, la reforma constitucional apoyó de alguna manera a que no volvieran las guerras civiles y la anarquía al país, se logró una modernización, una consolidación y una reorganización institucional del Estado, no puede negársele los avances significativos en cuanto a las políticas en salud y educación y los proyectos en obras públicas. Sin duda, una verdadera visión progresista, integradora, las bases de los cambios de una sociedad venezolana en vías hacia una democracia estaban sembradas, no obstante, pasarían muchos años para que muchas de las peticiones solicitadas por los factores reales del poder fueran plasmadas en una constitución.

Podríamos finalizar citando a Norberto Bobbio cuando señala: la democracia perfecta no puede existir, o de hecho no ha existido nunca.44

Notas

1 Soriano de García Pelayo, Graciela. (2010). El personalismo político, Pasado y presente de una recurrencia. Caracas: Fundación Manuel Garcia-Pelayo, 1era edición, p. 41.

2 Soriano de García Pelayo, Graciela. (1996). El personalismo político hispanoamericano del siglo XIX. Caracas: Monte Ávila Editores Latinoamericana, 1era edición, p. 209.

3 Ibídem, p. 203.

4 Soriano de García Pelayo Graciela. (2010). Ob. Cit…, p. 48.

5 Mosca, Gaetano. (2004). La Clase Política. Fondo de Cultura Económica, p. 10.

6 Sobre éste tema se recomienda la obra: REY, Juan Carlos. (2008). Personalismo o liderazgo democrático. El caso de Rómulo Betancourt. Caracas: Fundación Rómulo Betancourt.

7 Fernández Gómez, Lorenzo. (1988). Temas de Filosofía del Derecho. Manuales de Derecho. Caracas: Universidad Católica Andrés Bello, Facultad de Derecho, Editorial Signo Contemporáneo, p. 147.

8 Peña Solís, José. (2008). Lecciones de derechos constitucional general. Caracas: Universidad Central de Venezuela, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, Volumen I, p. 296.

9 Ídem.

10 Bobbio, Norberto. (1989). Estado, gobierno y sociedad: por una teoría general de la política. España: Fondo de Cultura Económica, p. 375.

11 Atienza, Manuel y Manero Juan. (1985). “8 Preguntas a Norberto Bobbio”. En: Revista Doxa, Nro. 2. España, Alicante, p. 246.

12 “Alocución del Encargado de la Presidencia de la República a los Venezolanos”. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político Venezolano del Siglo XX, documentos para su estudio. Eleazar López Contreras mensajes y memorias 1935-1941, Tomo 17, Caracas: Ediciones conmemorativas del Bicentenario del Natalicio del Libertador Simón Bolívar, pp. 31-32.

13 Ibídem, p. 36.

14 Ibídem, p. 56

15 Constitución de los Estados Unidos de Venezuela, (1931).

16 “El gobierno del distrito federal crea una oficina de censura”. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 14, p. 148

17 Sanín. (1982). López Contreras, de la tiranía a la libertad. Caracas: Editorial Ateneo de Caracas, p. 111.

18 “Programa de Febrero del Presidente General Eleazar López Contreras”, En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 17, p 74.

19 Ibídem, p. 75.

20 Ídem.

21 “El gobierno y el pueblo frente a frente”. En: Petróleo, Maracaibo, 11 de julio de 1936, p.1.

22 Aja, Eliseo. (1997). Ferdinand Lasalle ¿Qué es una constitución?, estudio preliminar. Barcelona: Editorial Ariel, C.A., 5ta edición, p. 71.

23 Sánchez Falcón Enrique. (2005). “La reforma Constitucional de 1936”. En: PLAZA, Elena y COMBELLAS, Ricardo. Procesos constituyentes y reformas constitucionales en la historia de Venezuela 1811-1999. Caracas: Universidad Central de Venezuela, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, tomo II, p. 541.

24 Ídem.

25 Caldera, Rafael. (1936). “Hacia una definición electoral en Venezuela”. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 14, p. 609.

26 Ídem.

27 Silva Tellería, Ernesto. (1936). “¿Por qué Venezuela quiere y pide elecciones?. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 14, p. 485.

28 Sánchez Falcón, Enrique. (2005). Ob. Cit…, p. 548.

29 Constitución de los Estados Unidos de Venezuela. (1936).

30 Ídem.

31 “Contestación del Presidente de la República a la Comisión Parlamentaria Encargada de participarle la instalación del Congreso”. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 17, p. 124.

32 Ibídem, Tomo 14, p. 660-661.

33 Ibídem, tomo 15, p. 689.

34 López Contreras, Eleazar. (1936). “Respuesta al frente de Defensa Nacional”. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 17, p. 139.

35 Constitución de los Estados Unidos de Venezuela. (1936).

36 Portocarrero, Hernani. (1936). “¿Democracia o dictadura?. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 14, p. 161.

37 “Mensaje que el General E. López Contreras, Presidente de los Estados Unidos de Venezuela, presenta al Congreso Nacional en 1940”. En: CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político…, Tomo 17, p. 333.

38 Uslar Pietri, Arturo. (1977). Obras selectas, Ediciones Edime, p. 1166.

39 Soriano de García de Pelayo Graciela. (2002). “Perspectivas históricas y actuales para entender la democracia venezolana”. En: CONCHA, Hugo. (2002). Sistema representativo y democracia semidirecta: Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional. Memoria del VII Congreso iberoamericano de Derecho Constitucional. México: Universidad Nacional Autónoma de México, p. 827.

40 Constitución de los Estados Unidos de Venezuela. (1936).

41 Bataglini, Óscar. (1993). Legitimación del poder y lucha política en Venezuela 1936-1941. Caracas: Universidad Central de Venezuela, Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico, Colección de Estudios, p. 23

42 Ibídem, p. 22.

43 Para ampliar la temática se recomienda: MOLEIRO, Rodolfo. (1993). De la dictadura a la democracia. Caracas: Urania Ediciones.

44 Bobbio Norberto. Ob. Cit…, p. 375.

Fuentes

Fuentes primarias.

I.1. Publicaciones Oficiales

Constitución de los Estados Unidos de Venezuela, (1931).

Constitución de los Estados Unidos de Venezuela. (1936).

I.2. Hemerográficas

a) Revistas Institucionales

ATIENZA, Manuel y Manero Juan. (1985). “8 Preguntas a Norberto Bobbio”. En: Revista Doxa, Nro. 2. España, Alicante.

b) Prensa

La Esfera, Caracas, 1936-1941.

El Universal, Caracas, 1936-1941.

Petróleo, Maracaibo, 1936.

Fuentes secundarias

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2. BATAGLINI, Óscar. (1993). Legitimación del poder y lucha política en Venezuela 1936-1941. Caracas: Universidad Central de Venezuela, Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico, Colección de Estudios.        [ Links ]

3. BOBBIO, Norberto. (1989). Estado, gobierno y sociedad: por una teoría general de la política. España: Fondo de Cultura Económica.        [ Links ]

4. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. (1983). Pensamiento Político Venezolano del Siglo XX, documentos para su estudio. Eleazar López Contreras mensajes y memorias 1935-1941, tomo 17, Caracas: Ediciones conmemorativas del Bicentenario del Natalicio del Libertador Simón Bolívar.        [ Links ]

5. FERNÁNDEZ GÓMEZ, Lorenzo. (1988). Temas de Filosofía del Derecho. Manuales de Derecho. Caracas: Universidad Católica Andrés Bello, Facultad de Derecho, Editorial Signo Contemporáneo.        [ Links ]

6. MOLEIRO, Rodolfo. (1993). De la dictadura a la democracia. Caracas: Urania Ediciones.        [ Links ]

7. MOSCA, Gaetano. (2004). La Clase Política. Fondo de Cultura Económica.        [ Links ]

8. PEÑA SOLÍS, José. (2008). Lecciones de derechos constitucional general. Caracas: Universidad Central de Venezuela, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, 2 Vols.        [ Links ]

9. REY, Juan Carlos. (2008). Personalismo o liderazgo democrático. El caso de Rómulo Betancourt. Caracas: Fundación Rómulo Betancourt.        [ Links ]

10. PLAZA, Elena y COMBELLAS, Ricardo. Procesos constituyentes y reformas constitucionales en la historia de Venezuela 1811-1999. Caracas: Universidad Central de Venezuela, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, 2 Vols.        [ Links ]

11. SANÍN. (1982). López Contreras, de la tiranía a la libertad. Caracas: Editorial Ateneo de Caracas.        [ Links ]

12. SORIANO DE GARCÍA PELAYO, Graciela. (1996). El personalismo político hispanoamericano del siglo XIX. Caracas: Monteávila Editores Latinoamericana, 1era edición.        [ Links ]

13. ______: (2002). “Perspectivas históricas y actuales para entender la democracia venezolana”. En: CONCHA, Hugo. (2002). Sistema representativo y democracia semidirecta: Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional. Memoria del VII Congreso iberoamericano de Derecho Constitucional. México: Universidad Nacional Autónoma de México.        [ Links ]

14. ______: (2010). El personalismo político, Pasado y presente de una recurrencia. Caracas: Fundación Manuel Garcia-Pelayo, 1era edición.        [ Links ]

15. USLAR PIETRI, Arturo. (1977). Obras selectas, Ediciones Edime.        [ Links ]