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</front><body><![CDATA[ <p align="center"><font face="Verdana"><b>Responsabilidades éticas y sociales  relativas a los derechos sexuales y reproductivos (FIGO) </b></p> </font>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2"><b><font face="Verdana">Antecedentes </font> </p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font face="Verdana">La salud sexual y reproductiva </font> </b></font><font FACE="Verdana" SIZE="2">es un asunto urgente que atañe al mundo  entero. La tremenda carga de morbilidad y mortalidad que las mujeres sufren a  causa de su papel en la reproducción, está incrementada por la inequidad social  que sufren. Esta carga, inadmisiblemente elevada, es prevenible en gran medida.  La salud reproductiva y sexual de la mujer resulta a menudo comprometida no  necesariamente a causa de falta de conocimientos médicos, sino como resultado de  violaciones básicas de los derechos humanos de la mujer. Violaciones que también  afectan las responsabilidades éticas y profesionales de los profesionales del  cuidado a la mujer.</p> <b>     <p ALIGN="JUSTIFY">La salud reproductiva y sexual </b>es también un asunto de  desarrollo humano, dado que las mujeres son esenciales para la estabilidad  social y económica y el progreso en todas las sociedades. La potencial  contribución de la mujer frecuentemente no se realiza a causa de limitaciones en  sus derechos humanos, incluyendo la falta de acceso a información y a un cuidado  seguro y adecuado. El derecho humano a la seguridad de la persona es el  fundamento de la ética médica del trato respetuoso a la mujer. En el cuidado de  la salud de la mujer, el profesionalismo es el medio por el que los médicos  proveen cuidado ético que respeta los derechos sexuales y reproductivos de la  mujer.</p>     <p ALIGN="JUSTIFY">El inherente desequilibrio de poder que existe entre las  mujeres que solicitan cuidados médicos y los médicos que los proporcionan deriva  no sólo de la desigualdad de conocimiento, sino que a menudo también es el  resultado de diferencias culturales y económicas. Los médicos tienen una  considerable responsabilidad social y un papel destacado en la sociedad a causa  de sus conocimientos y pericia. Este estatus les proporciona los medios para  influir en la formulación de políticas sociales y de salud y les permite  destacar las inequidades en el cuidado de la salud sexual y reproductiva de la  mujer y abogar por un estatus general más elevado para la mujer. </p> <b>     <p ALIGN="JUSTIFY">Ética y derechos humanos relativos a la salud sexual y  reproductiva</p> </b>     <p ALIGN="JUSTIFY">Los derechos humanos están protegidos por leyes y  constituciones nacionales y por tratados regionales e internacionales, mientras  que la ética médica está protegida por códigos controlados fundamentalmente por  la profesión médica. Los principios de ética médica que se aplican a todos los  individuos, tales como beneficencia (maximizar los mejores resultados de salud);  falta de maleficencia (no hacer daño); autonomía (asegurar los derechos de las  personas a tomar decisiones informadas sobre el cuidado de su propia salud) y  justicia, se derivan de los derechos humanos generales y son consistentes con  ellos. El propósito de los derechos humanos es promover la dignidad humana. Ello  implica la obligación de beneficiar la salud tanto física como mental del  paciente en el curso de su tratamiento y el compromiso de no hacer daño. El  derecho humano al más elevado estándar de salud alcanzable y a los beneficios  del progreso científico forma la base del compromiso profesional de beneficencia  y justicia. Los derechos humanos a la vida privada, a la libertad de conciencia  y a la libertad y seguridad de la persona, es también un elemento clave de la  autonomía, que incluye el deber de proteger la confidencialidad en los cuidados  médicos.</p>     <p align="justify">Las relaciones que son la base de la salud sexual y  reproductiva son una parte natural de la vida que hombres y mujeres deberían  asumir libremente y de forma segura, sin violencia o coerción. Los derechos  sexuales y reproductivos, que surgen de los derechos humanos en general, forman  una parte importante de la ética médica y son aplicables a todas las mujeres,  independientemente de su edad, estado civil, etnia, afiliación política, raza,  religión, estatus económico, </font><font SIZE="2"><font face="Verdana"> discapacidad o cualquier otro estatus. Estos derechos implican la necesidad de  informar a la opinión pública y de promover un dialogo público respetuoso que  incluya diferentes perspectivas éticas y religiosas, haciéndo notar que la  libertad religiosa incluye la necesidad de que ninguna religión o credo pueda  imponer sus valores sobre los demás. Por lo tanto, las sociedades miembros deben  reconocer y respetar la diversidad de religiones y culturas que pueden existir  en un país para poder proveer a todas las mujeres con cuidados que tomen en  consideración sus características culturales.</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font face="Verdana">Las sociedades miembros de la FIGO </font></font><font FACE="Verdana" SIZE="2"><u><b>adoptan </b></u>y promueven  entre sus miembros las siguientes responsabilidades profesionales, basadas en su  compromiso de asegurar los derechos humanos y principios éticos en el cuidado de  la salud reproductiva de las mujeres. </p> </font><b><font FACE="Verdana" SIZE="2">     <p ALIGN="JUSTIFY">A. Competencia profesional</p> <dir> 	<i> 	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p ALIGN="JUSTIFY">1. Lograr y mantener </i></font></b> 	<font SIZE="2" face="Verdana">los más altos niveles de competencia  	profesional en salud de la mujer, utilizando la mejor y más reciente  	evidencia médica en el contexto de los recursos disponibles. </p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">2. Asegurar </b></i>que la competencia profesional  	incluye el ofrecer sólo aquellos servicios para los que uno posee un  	estándar reconocido de capacitación o referir a profesionales adecuadamente  	capacitados según lo permitan las circunstancias.</p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">3. Asegurar </b></i>una conducta profesional respetuosa  	que promueva la dignidad y seguridad de toda mujer. </p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">4. Evitar </b></i>relaciones inapropiadas con pacientes o  	sus familias que puedan ser explotadas con fines sexuales, emocionales,  	financieros o de investigación.</p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">5. Asegurar </b></i>que el derecho del médico a preservar  	sus propios valores morales o religiosos no resulte en la imposición de esos  	valores personales en la mujer. En esas circunstancias las mujeres deberían  	ser referidas a otro proveedor de cuidados médicos que no tenga este  	problema. La objeción de conciencia a determinados procedimientos no  	absuelve a los médicos de tomar las medidas necesarias para que en caso de  	emergencia se proporcione el tratamiento necesario sin retraso. </p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">6. Negarse </b></i>a practicar o apoyar prácticas que  	violan los derechos humanos o los principios de ética médica.</p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">7. Mantener y promover </b></i>el más alto nivel de  	integridad y honestidad con los pacientes, colegas y estudiantes y en el  	curso de investigaciones.</p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">8. Adoptar modelo </b></i>de comportamiento interpersonal  	con pacientes y otros para asegurar que todos los miembros del equipo de  	salud promueven un ambiente óptimo para el aprendizaje y los cuidados  	médicos. </p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">9. Promover </b></i>el aprendizaje continuo y de por vida  	de los profesionales de la salud en cuestiones de salud sexual y  	reproductiva, derechos y ética. </p> </dir> </font><b><font FACE="Verdana" SIZE="2">     <p ALIGN="JUSTIFY">B. Autonomía de la mujer y confidencialidad</p> <dir> 	<i> 	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p ALIGN="JUSTIFY">1. Apoyar </i></font></b><font SIZE="2" face="Verdana">un  	proceso de toma de decisiones libre de prejuicios y coerción que permita a  	la mujer tomar decisiones informadas sobre su salud sexual y reproductiva.  	Ello incluye la necesidad de actuar sólo después de obtener el  	consentimiento o de sacuerdo informado, basado en el adecuado suministro de  	información y educación del paciente sobre la naturaleza, implicaciones del  	tratamiento, opciones y resultados de las diferentes alternativas  	disponibles. De esta manera los profesionales de la salud dan a las mujeres  	la oportunidad de considerar y evaluar las opciones de tratamiento en el  	contexto de sus propias circunstancias y cultura. </p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">2. Asegurar </b></i>que la confidencialidad no permitirá  	que información privilegiada y documentos se compartan de modo verbal o de  	cualquier otra manera, excepto cuando lo requiere la ley o el paciente así  	lo desea.</p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">3. Respetar </b></i>el principio de no discriminación  	para asegurar que toda mujer es tratada con respeto, independientemente de  	su edad, estado civil, etnia, filiación política, raza, religión, estatus  	económico, discapacidad o cualquier otro estado. Las mujeres deben tratarse  	con respeto por su opinión personal, y no la de su pareja o familia.</p> </dir> <i><b>     <blockquote> 	    <p align="justify">4. Asegurar </b></i>que las adolescentes son tratadas sin  	discriminación, de acuerdo con el desarrollo de sus capacidades y no  	simplemente según su edad biológica, en el proceso de facilitar su toma de  	decisiones libres e informadas sobre su salud sexual y reproductiva.</p> </blockquote> </font><b><font FACE="Verdana" SIZE="2">     <p ALIGN="JUSTIFY">C. Responsabilidad hacia la comunidad</p> <dir> 	<i> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">1. Abogar </i></font></b><font SIZE="2" face="Verdana"> 	por el derecho de la mujer a acceder a la información y educación necesaria  	que les permita determinar cuándo se reproducen, de acuerdo con el principio  	ético de autonomía y el derecho humano a elegir si se tienen niños y cuándo  	tenerlos.</p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">Abogar </b></i>por el derecho de la mujer a tomar  	decisiones sobre sus relaciones sexuales como parte natural de sus vidas,  	ayudándolas a iniciar estas relaciones de manera libre y segura. </p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">3. Abogar </b></i>por los recursos y servicios necesarios  	para que las mujeres que buscan una mejor salud sexual y reproductiva  	aseguren su derecho al estándar de salud más elevado y al derecho de  	beneficiarse del progreso científico.</p> 	<i><b> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">4. Informar </b></i>a las comunidades sobre los asuntos  	relacionados a los derechos y la salud sexual y reproductiva para promover  	un amplio y respetuoso diálogo, basado en la mejor evidencia médica, para  	influir en las prácticas de salud, las políticas y la ley.</p> </dir>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p ALIGN="JUSTIFY">Aunque este documento es específico para la mujer </font> <font SIZE="2"><font face="Verdana">los principios aquí articulados pueden ser  también aplicables al hombre.</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font face="Verdana">Este documento está diseñado para  complementar las &quot;Recomendaciones sobre temas de ética en obstetricia y  ginecología del Comité para los Aspectos Eticos de la Reproducción Humana y  Salud de la Mujer de la FIGO&quot; (Noviembre 2003).</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font face="Verdana">Agradecemos a los siguientes países  miembros de FIGO que nos enviaron sus códigos de conducta como material de  discusión: </font></p> <dir> 	</font><font FACE="Verdana" SIZE="2"> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Australia/Nueva Zelanda </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Brasil </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Etiopía </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Guatemala </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• India </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Indonesia </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Costa de Marfil </p> 	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p ALIGN="JUSTIFY">• México </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Nigeria </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Paquistán </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Filipinas </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Sudáfrica </p> 	    <p ALIGN="JUSTIFY">• Sudán</p> </dir>     <p ALIGN="JUSTIFY">Con agradecimientos al Comité de la FIGO para los Derechos  Sexuales y Reproductivos de la Mujer y al Comité de la FIGO para los Aspectos  Éticos de la Reprodución Humana y la Salud de la Mujer.</p> <b>     <p ALIGN="justify">REFERENCIAS </p> </b>     <p ALIGN="JUSTIFY">• Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos  Humanos (UNHCHR) </p>     <p ALIGN="JUSTIFY">• Página de Internet: www.unhchr.ch (Incluye acceso a los  Comités que dan seguimientos a los Tratados de Naciones Unidas, Informes de los  Países Miembros, Observaciones finales para el Pacto Económico, el Pacto  Político, la Convención de la Mujer, La Convención de Raza y la Convención de  Niños) </p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p ALIGN="JUSTIFY">• Comité contra la Tortura <a href="http://www.unhchr.ch/html/menu2/6/cat.htm"> www.unhchr.ch/html/menu2/6/cat.htm</a> </p>     <p ALIGN="JUSTIFY">• Comité para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales <a href="http://www.unhchr.ch/html/menu2/6/cescr.htm"> www.unhchr.ch/html/menu2/6/cescr.htm</a> </p>     <p ALIGN="JUSTIFY">• Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la  Mujer <a href="http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw"> www.un.org/womenwatch/daw/cedaw</a> </p>     <p ALIGN="JUSTIFY">• Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial <a href="http://www.unhchr.ch/html/menu2/6/cerd.htm"> www.unhchr.ch/html/menu2/6/cerd.htm</a> </p>     <p ALIGN="JUSTIFY">• Comité para los Derechos del Niño <a href="http://www.unhchr.ch/html/menu2/6/crc.htm"> www.unhchr.ch/html/menu2/6/crc.htm</a> </p>     <p ALIGN="JUSTIFY">• Comité para los Derechos Humanos, <a href="http://www.unhchr.ch/html/menu2/6/crc.htm"> www.unhchr.ch/html/menu2/6/crc.htm</a></p>     <p align="justify">• Reproductive Health and Human rights. Integrating Medicine,  Ethics, and Law Cook RJ, Dickens BM, Fathalla MF. Oxford University Press, 2003</p> </font>       ]]></body>

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