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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Agua potable y saneamiento en Argentina: Privatizaciones, crisis, inequidades e incertidumbre futura]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[Based on the analysis of the main privatization experiences in drinkable water and sanitation services in Argentina, this article addresses the study of the lessons derived from the concession of the world largest integrated system, that of the Buenos Aires Metropolitan Area, to private capital: A concern controlled by the French transnational Suez. From the examination of the political-institutional and economic-financial dimensions of this peculiar concession, we conclude that the objectives stated at the privatization incept are largely unfulfilled and that the access to service difficulties and inequities faced by the underprivileged sectors of society have intensified.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[ <p align="center"><b><font size="4">Agua potable y saneamiento en Argentina.    <br> Privatizaciones, crisis, inequidades e incertidumbre futura*</font></b>    <br>     <br> DANIEL AZPIAZU, MARTIN SCHORR, EMILIO CRENZEL, GUSTAVO FORTE, JUAN CARLOS MARÍN    <br>     <br> * Este artículo se basa en la investigación desarrollada en el marco del  proyecto Prinwass «Barriers to and conditions for the involvement of private  capital and enterprise in water supply and sanitation in Latin America and  Africa: Seeking economic, social, and environmental sustainability» European  Commission-5th Framework Programme (INCO-DEV), Contract: PL ICA4-2001-10041, <a href="http://www.geog.ox.ac.uk/~prinwass/">http://www.geog.ox.ac.uk/~prinwass/</a></p>      <p align="justify">     <br> <b>Resumen </b></p>      <p align="justify"> A partir del análisis de las principales experiencias de privatizaciones de la  provisión de agua potable y saneamiento en Argentina, se encara el estudio de  las enseñanzas que se desprenden de la concesión al capital privado del mayor  sistema integrado del mundo: el correspondiente al Área Metropolitana de Buenos  Aires (AMBA). Un consorcio controlado por la transnacional francesa Suez.  Después de analizar esta peculiar concesión en sus dimensiones  político-institucional y económico-financiera concluimos que se ha incumplido la  mayor parte de los objetivos planteados al momento de privatizar y se agudizaron  los problemas de inequidad y accesibilidad al servicio por parte de los sectores  más necesitados de la sociedad.    <br>     ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <b>Palabras clave</b></p>      <p align="justify"> Privatización / Agua / Inequidades / Argentina    <br>     <br> <b>Abstract</b></p>      <p align="justify"> Based on the analysis of the main privatization experiences in drinkable water  and sanitation services in Argentina, this article addresses the study of the  lessons derived from the concession of the world largest integrated system, that  of the Buenos Aires Metropolitan Area, to private capital: A concern controlled  by the French transnational Suez. From the examination of the political-institutional  and economic-financial dimensions of this peculiar concession, we conclude that  the objectives stated at the privatization incept are largely unfulfilled and  that the access to service difficulties and inequities faced by the  underprivileged sectors of society have intensified.    <br>     <br> <b>Key words</b></p>      <p align="justify"> Privatization / Water / Inequities / Argentina</p>      <p align="justify"> RECIBIDO: MAYO 2005&nbsp;&nbsp; ACEPTADO: JULIO 2005    <br>     ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <b>Introducción</b></p>      <p align="justify"> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En la primera mitad de la década de los noventa, Argentina encaró un vasto y  acelerado proceso de privatización de la casi totalidad de sus empresas  públicas. Las telecomunicaciones, el petróleo, la aerolínea estatal, la  electricidad, el gas, los puertos, la petroquímica, áreas de la defensa militar,  las empresas siderúrgicas y los servicios de agua y saneamiento, pasaron a manos  privadas, con una celeridad que no reconoce antecedentes, excepto lo acaecido en  buena parte de los países del ex bloque soviético.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Este programa privatizador se desplegó impulsado por diversos  factores, básicamente de carácter macroeconómico y político. Esto fue así tanto  por la filosofía económica dominante durante ese período, como por el tipo de  problemas a los que ésta pretendía dar respuesta (Solanes, 1995). En 1980, bajo  la última dictadura militar, la antigua Obras Sanitarias de la Nación, empresa  estatal de jurisdicción nacional desde 1870, quedó limitada como proveedora de  los servicios de agua potable y desagües cloacales a la Capital Federal y 13  partidos del Gran Buenos Aires. En el resto del país, el suministro fue  transferido a los gobiernos provinciales. Esto dio lugar a la conformación de  161 sistemas de aguas y saneamiento ambiental en el país. Desde entonces se  adoptaron diversos regímenes de gestión del servicio (municipalización, empresas  públicas provinciales, cooperativas regionales, etc.).     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En ese marco, durante la década pasada buena parte de las  provincias del país decidió privatizar las firmas públicas responsables de los  principales sistemas en sus respectivas jurisdicciones. El proceso se inició en  1991 con la transferencia de los servicios de agua y saneamiento en la provincia  de Corrientes (en su ciudad capital y otras nueve ciudades y pueblos de la  provincia). En la actualidad, alrededor del 65 por ciento de la población de  Argentina está provista por empresas privadas<sup>1</sup> y el 35 por ciento  restante por el sector público.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Al evaluar los resultados de la participación privada en el  sector durante los años noventa en Argentina es posible extraer algunas  consideraciones a modo de lecciones a partir de algunos rasgos sustantivos y  comunes. En general, puede afirmarse que los marcos legales e institucionales de  control del desenvolvimiento de las prestaciones además de revelarse precarios,  improvisados y carentes de transparencia, debilitaron el papel del Estado como  garante último del acceso ciudadano a estos servicios y lo transformaron en el  garante de la ganancia empresarial. Ello estuvo asociado a la ausencia de  participación ciudadana en la toma de decisiones y el control de la prestación.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Asimismo, y siempre desde una perspectiva agregada, la  gestión privada no se tradujo en la expansión del acceso a estos servicios (de  acuerdo con las metas establecidas en los contratos de concesión) hacia los  grupos sociales más empobrecidos. El argumento favorable a la intervención  privada en el sector, que aseguraba que tal gestión implicaría la extensión de  la provisión de agua y saneamiento a los más pobres se reveló falaz. Al mismo  tiempo, en varios de los escenarios donde hubo prestación privada, las empresas  procuraron obtener ganancias instantáneas y superlativas lejanas a las  posibilidades reales de pago de los servicios por amplias capas de la sociedad,  en un contexto en el que la polarización social, según ingresos y condiciones de  vida, tornaba evidente que esa estrategia no podía ser sustentable ni sostenible  en términos sociales.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Algunas de estas iniciativas derivaron en fracasos por parte  de la gestión privada y en la posterior rescisión de los respectivos contratos  de concesión luego de agudos conflictos sociales y políticos. Se destacan, en  este sentido, las experiencias de Aguas del Aconquija S.A. (controlada por la  francesa Vivendi, en Tucumán); la de Azurix S.A. (en manos de la estadounidense  Enron, en la provincia de Buenos Aires) y la de Aguas del Valle S.A.  (perteneciente al grupo español FCC, en la provincia de Catamarca). En estos  casos, a los rasgos mencionados se añadieron notables imprevisiones de control  de calidad del servicio por parte de las prestatarias e inadecuadas o  inexistentes medidas preventivas acerca de las condiciones infraestructurales,  tecnológicas o medioambientales directamente vinculadas al área de concesión.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Pese al alcance de la privatización de los servicios en el  sector, en el país se conjugan tipos de gestión por demás heterogéneos, tanto en  lo relativo al carácter del prestatario como, en especial, en lo atinente a las  posibilidades reales de consecución de los objetivos planteados por las Naciones  Unidas para el año 2015.<sup>2 </sup>    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Por ello, los posibles escenarios futuros se ven mediatizados  por las imprevisibles derivaciones asociadas a tan disímiles y fragmentadas  gestiones, y por los resultados emergentes de la renegociación de los contratos  de concesión con la mayor parte de las empresas privadas prestatarias del  servicio (como se señala, más adelante, en el marco de lo dispuesto en la Ley de  Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario Nº 25.561, de enero de 2002).     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; La atomización de los sistemas de agua y saneamiento obliga,  en tal sentido, a recurrir a un «caso testigo» a partir del cual puedan  extraerse inferencias en torno a los posibles e inciertos escenarios y desafíos  futuros.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> Al respecto, se ha optado por centrar el análisis en el ejemplo que brinda la  concesión del servicio en el Área Metropolitana de Buenos Aires (en adelante,  AMBA) al consorcio Aguas Argentinas S.A. (en adelante, AASA), cuyo principal  accionista es el grupo económico francés Suez-Ondeo.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Diversas son las razones que justifican tal decisión. En  primer lugar, la cobertura de este sistema integrado de agua y saneamiento que  involucra a poco más de 9,2 millones de habitantes (el mayor del país y uno de  los más grandes del mundo), casi una tercera parte de la población total. En  segundo término, se trata de la renegociación contractual que, en gran medida,  es considerada como un <i>leading </i>case para los restantes procesos abiertos  en otras jurisdicciones. En tercer lugar, el <i>holding</i> internacional que  controla la mayoría del capital social de AASA también lo hace en dos de las más  importantes concesiones al capital privado en el país (Aguas Cordobesas S.A.  –1,4 millones de habitantes–, y Aguas Provinciales de Santa Fe S.A. –1,8  millones de habitantes–).     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Por ello, no obstante las referencias a importantes  concesiones del servicio en otras ciudades, es indudable que los futuros  senderos del sector se verán condicionados por las formas que adopte la dilatada  renegociación contractual en el AMBA.     <br>     <br> <b>Dimensión político-institucional </b></p>      <p align="justify"> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Las políticas institucionales que facilitaron el proceso de privatización de los  servicios públicos en Argentina, entre ellas las de agua y saneamiento,  devinieron en una nueva relación entre el Estado, las empresas privadas y la  ciudadanía, al tiempo que conformaron un nuevo entramado de articulaciones entre  las distintas instancias del Estado nacional. En efecto, su desenvolvimiento  implicó una verdadera torsión de la presencia estatal en la economía nacional,  vigente durante aproximadamente sesenta años a través de políticas  predominantemente redistributivas y de contenidos intervencionistas.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; A partir de las reformas de los años noventa (particularmente  la Ley de Reforma del Estado Nº 23.696, por la que quedaron sujetas a su  transferencia al capital privado todas las empresas públicas), el Estado dejó de  ocuparse, con la concesión a la iniciativa privada o la venta de sus empresas,  de la provisión de los llamados «servicios públicos básicos» y quedó relegado a  la regulación y el control de los compromisos de las empresas privatizadas a  través de, fundamentalmente, entes de control.<sup>3 </sup>    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; La rapidez con que se desarrolló el programa privatizador  determinó la concurrencia de tres procesos íntimamente entrelazados y  contradictorios, por lo menos en apariencia, con la intención enunciada de  «liberalización de los mercados», que se tradujeron en un nuevo escenario  institucional. Por un lado, las privatizaciones supusieron una creciente  concentración de poder en la toma de decisiones por parte del Poder Ejecutivo en  detrimento del Legislativo y de las autonomías provinciales. Por ejemplo, esto  se manifestó en reiteradas decisiones tomadas por el Ejecutivo bajo la forma de  decretos de «necesidad y urgencia» y resoluciones presidenciales que, en su  mayoría, se sancionaron durante el período ordinario de sesiones del Congreso,  provocando el consecuente daño institucional y restringiendo la posibilidad de  debate y control públicos de estas determinaciones.<sup>4 </sup>    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En el caso de las provincias, el Ejecutivo impuso la reforma  y la «racionalización» administrativas de los estados provinciales, y la  privatización de buena parte de las áreas que habían quedado bajo la esfera de  tales jurisdicciones, condicionando la obtención de beneficios económicos  marginales por parte de los respectivos sectores públicos (participación en  programas de crédito a cargo de organismos del Estado nacional, fondos  especiales del Tesoro nacional, etc.). Por caso, a la provincia del Chaco, donde  la voluntad ciudadana rechazó el programa de privatización de los servicios de  agua potable y saneamiento, se la castigó con la restricción del acceso a  créditos especiales (Rozé, 2004).    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Sistemáticamente, estas decisiones presidenciales hicieron  del Estado, como actor, un soporte del proceso de valorización del capital  privado. En el caso del AMBA, el poder público accedió a los innumerables  pedidos de AASA (Azpiazu y Forcinito, 2003) en pos de prorrogar inversiones,  postergar las metas comprometidas en materia de obras de infraestructura, al  tiempo que le garantizó la internalización de ganancias extraordinarias (de las  más altas de la economía nacional e, incluso, del mundo en el sector).    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En segundo término, la concesión a la iniciativa privada de  los servicios de agua y saneamiento, como ocurrió en múltiples áreas de la  economía, significó la sustitución del monopolio estatal por el privado. En  contrapartida, se instaló una creciente debilidad del Estado como actor  nivelador o conciliador de intereses encontrados, a partir de la precariedad,  improvisación y oportunidad con que se establecieron los marcos regulatorios  para la prestación privada de los servicios. Por ejemplo, en el AMBA este modelo  institucional potenció la indefensión de los usuarios que quedaron bajo la  condición de «mercado cautivo» de AASA, dado el carácter unitario y monopólico  de la concesión de los servicios de agua y saneamiento, así como la inexistencia  de legislación o regulación anti-monopólica.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Esta indefensión se agudizó por el carácter del prestador que  tomó a su cargo la concesión del servicio: un consorcio original integrado por  empresas del sector de capital transnacional y grandes grupos económicos  nacionales.<sup>5</sup>    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; El resultado fue la conformación de un modelo de gestión de  características excluyentes en el plano político-institucional que supuso una  suerte de «doble captura» del regulador: por parte del interés privado y del  poder político. Esto último se puso en evidencia cuando los mecanismos técnicos  y burocráticos en la conformación del personal de dirección del Etoss fueron  suplantados por designaciones de carácter político que hicieron presa al  organismo de la correlación de las fuerzas políticas en cada coyuntura y de las  redes clientelares articuladas en los partidos mayoritarios, conformando un  mecanismo de selección de los cuadros de conducción cuya probidad técnica quedó  relegada por la determinación política (Solanes, 1999).<sup>6 </sup>    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Por otra parte, este modelo supuso la ausencia casi total de  participación de los usuarios en el control de los servicios (Azpiazu y  Forcinito, 2004). Cuando esta participación se institucionalizó, la muy reducida  autonomía financiera de la «comisión de usuarios» con respecto al regulador y el  carácter no vinculante de sus dictámenes restringieron a la formalidad su  presencia en el entramado del sector. En el mismo sentido, por diferentes  mecanismos, la participación de las asociaciones de consumidores fue  sistemáticamente bloqueada en las sucesivas renegociaciones del contrato de  concesión de AASA (discusiones que involucraron las tarifas, la redefinición de  los plazos de concreción de obras, etc., entre otras cuestiones que afectaban  directamente los derechos y las condiciones de vida de los usuarios).<sup>7</sup>    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Este modelo de gestión institucional y de regulación de la  prestación del servicio se reprodujo prácticamente a lo largo del país. De los  análisis realizados en varias localizaciones urbanas de Argentina se concluye  que este esquema institucional con características opacas y de cónclave no fue  un elemento circunstancial de una trama institucional o política particular,  sino que fue la manera orgánica y sistemática a través de la cual se expresó un  proceso social que en otros planos también supuso la exclusión de amplios  sectores de la sociedad (Crenzel, 2004; Rozé, 2004; y Roitman y Ferro, 2003).    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En el mismo sentido, la falta de atención a los reclamos de  las organizaciones de usuarios, así como a sus planteamientos en audiencias  públicas, potenciaron la distancia de la mayoría de la población con la  tendencia que asumía el proceso mismo, y reforzaron la imagen de que el modo en  que se ejercía la toma de decisiones era de exclusiva competencia de  funcionarios políticos alejados de las necesidades de la población y dispuestos,  en cambio, a acceder a las presiones empresariales.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En el caso de Tucumán, el Ente Regulador del Servicio de Agua  y Cloacas de Tucumán (Ersact) tuvo una alta dependencia del poder político que  lo intervino en sucesivas oportunidades pese a su carácter «autónomo».  Específicamente, esto se manifestó cuando el conflicto en torno a la calidad de  la prestación se agudizó y alcanzó un carácter público a partir de enero de  1996. Por otra parte, la misma conformación del ente regulador provincial, según  el marco regulatorio aprobado, descargó sobre los usuarios el costo de su  financiamiento operativo que representó un 6 por ciento de incremento en la  tarifa, dentro de un incremento global del servicio del 106 por ciento.<sup>8</sup>  Tampoco en este caso fueron oídas las voces de las asociaciones de usuarios,  cuya integración al órgano de control fue visualizada por el poder político como  una fuente de futuros conflictos.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Los reclamos de estas organizaciones comenzaron a ser tenidos  en cuenta cuando se articularon con una protesta masiva de la población frente a  un importante aumento tarifario y a las inocultables deficiencias del servicio;  proceso que derivó en la rescisión del contrato con la prestataria por decreto  2270/1 del 18 de septiembre de 1998.<sup>9</sup> El nuevo concesionario,  conformado por el Estado provincial y el sindicato del sector, intentó promover  un aumento tarifario del 250 por ciento, similar a la proporción en que se  devaluó la moneda local luego del abandono de la convertibilidad (250 por  ciento) en enero de 2002.<sup>10</sup> Esta iniciativa fue rechazada por las  organizaciones de consumidores, quienes lograron paralizarla en la legislatura  provincial.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Estos señalamientos advierten hasta qué punto el proceso de  conformación de los marcos político-institucionales de las privatizaciones, como  el proceso mismo, no fueron el mero resultado de la voluntad estatal o de la  iniciativa privada, sino que contaron con el apoyo de amplios sectores de la  sociedad civil. Es decir, que se trató de un proceso que involucró y dividió  verticalmente a la sociedad argentina.    <br>     ]]></body>
<body><![CDATA[<br> <b>Dimensión económico-financiera</b></p>      <p align="justify"> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Según estimaciones realizadas por el Banco Interamericano de Desarrollo, el  cumplimiento de las metas planteadas por las Naciones Unidas para el año 2015  demandaría una inversión media anual, hasta ese año, ligeramente superior a los  350 millones de dólares (BID, 2003). En ese contexto, en Argentina las dilatadas  y complejas negociaciones en el sector luego de la profunda crisis  político-económica que estalló en diciembre de 2001 alteraron profundamente el  escenario, tornando muy difícil la identificación de tendencias a futuro.     <br> Las condiciones impuestas a partir de la sanción en enero de 2002 de la Ley Nº  25.561, el abandono de la convertibilidad, la devaluación del peso, la  «desindexación», la «pesificación» y el congelamiento de las tarifas,<sup>11</sup>  y el inicio de un prolongado proceso de renegociación del contrato de concesión  con AASA, alteraron radicalmente los contextos normativo y operativo en los que,  hasta ese momento, se había venido inscribiendo el desempeño de la firma desde  mayo de 1993.     <br> Entre los aspectos que, en ese marco, se presentan como de más difícil  resolución por parte de la firma, aparece su endeudamiento externo (al tipo de  cambio vigente, a fines de 2004, resulta equiparable a más de tres años de  facturación). Si bien en julio de 2004 la empresa consiguió recomprar parte de  sus obligaciones accediendo a una quita del 35 por ciento promedio sobre el  capital adeudado y a una cierta reducción en los intereses; por un lado, el tema  no deja de condicionar seriamente su desenvolvimiento económico-financiero, aun  en la conflictiva y dilatada fase de transición hasta la renegociación  definitiva del contrato o su rescisión (cuestión que luego será abordada) y, por  otro, ser el resultado esperable de un emprendimiento que, por la propia  estrategia desplegada por AASA al cabo de casi diez años de concesión, adoptó  características de un <i>project finance </i>(Lentini, 2002).<sup>12</sup> En  efecto, en el período mayo 1993-diciembre 2001, previo a la sanción de la Ley de  Emergencia, el peso relativo del incremento neto de financiamiento de terceros  alcanzaba a superar el 15 por ciento del total de las fuentes de fondos; al  tiempo que los ingresos por facturación ascendían a 78,1 por ciento, y el aporte  de capital de los socios significaba apenas el 2,6 por ciento del total  (Ministerio de Economía, 2002).     <br> Se trató de una estrategia de financiamiento focalizada casi excluyentemente en  el acceso a fuentes internacionales a tasas de interés (en torno al 7 por  ciento) mucho más reducidas que las vigentes en Argentina y equivalentes a la  tercera parte de la rentabilidad sobre patrimonio de la concesionaria  (desatendiendo el riesgo devaluatorio implícito). Ello derivó a principios del  2002, depreciación de la moneda nacional mediante, en una situación financiera  insostenible que llevó a la empresa a declararse en <i>default</i>. Para ese  entonces su deuda externa ascendía a alrededor de 650 millones de dólares (casi  veinte veces su patrimonio neto), con compromisos de pagos en dólares por 215  millones en 2002 y por 109 millones en 2003; cuando sus ingresos totales  posteriores a la devaluación se ubicaban en cerca de 220 millones de dólares.<sup>13</sup>    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Dada la importancia económica y política de la situación  mencionada, vale indagar acerca de los principales factores que concurren en la  explicación del porqué fue posible que una empresa monopólica sujeta a  regulación pública llegara a una situación económico-financiera tan complicada.  Ello genera, naturalmente, serios interrogantes en cuanto a si estará en  condiciones –incluso a corto plazo– de prestar los servicios de agua y  saneamiento en forma eficiente desde una perspectiva social, lo cual no sólo se  vincula con la calidad de los servicios brindados sino también, y  fundamentalmente, con su capacidad para expandir las redes de distribución y de  desagües cloacales –los déficit actuales se focalizan en los sectores de menores  ingresos de la población–.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Al respecto, se realiza un somero análisis del derrotero  seguido por ciertas variables económico-financieras desde el inicio de la  concesión (tarifas, rentabilidad, inversiones, financiamiento de éstas, impactos  de la prestación privada de los servicios sobre la ocupación y la competitividad  de la economía, etc.).     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En materia tarifaria, a favor de múltiples y poco  transparentes revisiones contractuales, AASA resultó favorecida por numerosos  aumentos en las tarifas: desde el inicio de la concesión (mayo de 1993) hasta  enero de 2002, la tarifa media residencial se incrementó un 88 por ciento (en  idéntico período los precios minoristas aumentaron un 7 por ciento).<sup>14</sup>  Esto reviste suma trascendencia por dos razones básicas. Primera, porque el  contrato original establecía taxativamente que las tarifas no podrían aumentarse  durante diez años. Segunda, por el impacto regresivo que en materia distributiva  se ha derivado de la dinámica tarifaria (Azpiazu y Forcinito, 2004).    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Asimismo, cabe destacar que en el área de AASA coexisten dos  sistemas de facturación. Para quienes no tienen micromedición (la mayor parte de  los usuarios), la tarifa básica surge de ponderar un factor «K» (sobre el que se  aplicaron los diversos ajustes, hasta el instrumentado el 1º de enero de 2002)  y, con diferente ponderación, los coeficientes según zona de edificación,  superficie cubierta, dimensión del terreno y calidad de la construcción. Por su  parte, los usuarios con micromedición –apenas el 22 por ciento del total– deben  pagar el 50 por ciento de la tarifa básica y un cargo variable según consumo.  Además, se reconocen dos categorías de usuarios: residenciales y no  residenciales, con idénticos criterios en la determinación de las tarifas. Ambos  sistemas suponen la presencia de subsidios cruzados entre zonas y tipos de  edificación (involucrando antigüedad, calidad y zona geográfica de la  construcción) orientados a favorecer, en teoría, la universalización del  servicio.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En relación con la mencionada evolución tarifaria, el Etoss  destaca que buena parte de los incrementos registrados en las tarifas fue  autorizada oficialmente con el argumento de que sería utilizada para financiar  inversiones vinculadas a la expansión de la red de agua potable y desagües  cloacales; sin embargo, al decir del propio órgano de control, «durante el  transcurso del primer quinquenio (1993-1998) Aguas Argentinas S.A. incurrió en  numerosos incumplimientos respecto de las metas y obligaciones del Plan de  Mejoras y Expansión del Servicio (PMES), destacándose en materia de inversiones  la no-ejecución de la Cuarta Cloaca Máxima y del Tratamiento Primario en  Berazategui. Todo ello da como resultado un grado de ejecución del 58 por ciento  de las inversiones previstas para el período. Durante el transcurso del segundo  quinquenio (1999-2003), Aguas Argentinas S.A. realizó inversiones en los años  1999 y 2000 que fueron aprobadas ex post en la Primera Revisión Quinquenal de  Tarifas que finalizó en enero de 2001, dado que este proceso tuvo dos años de  retraso. Para el año 2001 el Etoss calculó un grado de ejecución del 62 por  ciento, mientras que para el 2002 esta cifra alcanza sólo el 19 por ciento,  resultando para el período 2001-2002 una ejecución del 37 por ciento de las  inversiones comprometidas». Y concluye: «La voluntad de facilitar la  recomposición de la ecuación económico-financiera del contrato de concesión por  parte de las autoridades oficiales quedó manifiesta en reiteradas oportunidades  mediante los procesos de revisión tarifaria y renegociación contractual que se  habilitaron durante el primer quinquenio en los cuales se admitió parte de estos  incumplimientos por Aguas Argentinas S.A. En general, estas modificaciones  respondieron a solicitudes del Concesionario y la recomposición de la Concesión  se concretó mediante el mecanismo de comprometer mayores inversiones que  justificaran aumentos tarifarios, para luego incumplirlas» (Etoss, 2003:I-II).     ]]></body>
<body><![CDATA[<br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; A tal punto alcanzaron los incumplimientos contractuales en  materia de inversiones que en el año 2003 se registraban importantes déficit en  materia de expansión de los servicios con respecto a las metas comprometidas.  Por caso, la cobertura del servicio de agua potable era del 79 por ciento de los  habitantes del área concesionada frente a un 88 por ciento estipulado en el  Contrato de Concesión (supone un déficit de alrededor de 800 mil habitantes), y  la de desagües cloacales era el 63 por ciento contra una previsión inicial del  74 por ciento (déficit de más de un millón de habitantes).    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; La conjunción de recurrentes renegociaciones contractuales  (con su consiguiente impacto sobre las tarifas) y los importantes  incumplimientos de la empresa le permitieron internalizar muy elevadas tasas de  rentabilidad: entre 1994 y 2001 AASA obtuvo una rentabilidad promedio sobre  facturación del 13 por ciento; porcentual que se incrementa a más del 20 por  ciento en caso de considerar la relación utilidades/patrimonio neto.<sup>15</sup>  Sin duda, mientras los parámetros sectoriales para una rentabilidad «razonable»  se encuentran entre el 6,5 y el 12,5 por ciento en Estados Unidos, y entre el 6  y 7 por ciento en Gran Bretaña (Azpiazu y Forcinito, 2004, y Philips, 1993), en  Argentina tales tasas se vieron holgadamente superadas.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Durante este período, la empresa parece haber tenido una  actitud bastante reticente a financiar las inversiones mediante el aporte de  recursos propios: desenvolvió una estrategia de fuerte «apalancamiento» a partir  de la utilización de capital de terceros.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Al respecto, en el informe precitado el Etoss destaca que  «Aguas Argentinas S.A. optó por una estructura de capital con un nivel de  endeudamiento superior a la prevista en la oferta así como a los admisibles para  este tipo de compañías en el ámbito internacional. En este sentido, si bien esta  estructura implicó un menor costo de capital de la compañía resultaba en una  composición distinta a la de la oferta, en la cual el aporte de capital vía  acumulación de resultados era muy superior a la efectivamente verificada y  además los niveles de deuda muy inferiores a los registrados durante la vigencia  del contrato. La normativa específica fue nuevamente flexible en favor de la  empresa en la renegociación de 1997-99 al aceptar niveles de endeudamiento  superiores a la oferta por solicitud expresa de la compañía y así poder evitar  el aporte de capital propio para cubrir las exigencias financieras de la  concesión, lo que derivó en una situación crítica de endeudamiento a partir del  año 2002» (Etoss, 2003:V).     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En cuanto a los principales impactos económico-sociales de la  concesión, cabría resaltar los siguientes: un marcado desplazamiento de mano de  obra ocupada (pre y post transferencia del servicio a AASA)<sup>16</sup> con su  correlato en importantes incrementos en la productividad media del trabajo;<sup>17</sup>  un impacto regresivo de la evolución de las tarifas medias de los servicios <i> vis-à-vis</i> el comportamiento de los índices de precios locales y/o de los  salarios promedio; implicaciones negativas sobre la competitividad de la  economía doméstica (Banco Mundial, 1999); un positivo impacto fiscal asociado al  pago del impuesto a las ganancias empresarias –por cierto, considerables–; y,  por último, sin que puedan realizarse estimaciones precisas, a juicio de muchos  ex proveedores de la empresa estatal, el grado de integración local de las  compras de la concesionaria ha sido muy bajo, contraponiéndose al hecho de que  buena parte de sus compras de equipos se ha canalizado a firmas vinculadas con  los integrantes del consorcio (en total, alrededor de 550 millones de  pesos/dólares, hasta fines de 2001).    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Finalmente, vale incorporar unos breves comentarios  relacionados con la evolución de la renegociación del contrato de AASA a partir  de la sanción de la Ley Nº 25.561. Como se señaló, el abandono del régimen de  convertibilidad a comienzos del año 2002 derivó en un cambio significativo en  los entornos normativo y operativo en los que se desenvuelven en el país las  empresas privatizadas en general, y AASA en particular, y, en ese marco, en el  inicio de un proceso de revisión contractual.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; El caso de AASA revestía particular importancia por cuanto  los numerosos incumplimientos en los que había incurrido hacían de la rescisión  del contrato una posibilidad concreta. En este sentido, durante el gobierno de  transición del Dr. Duhalde (enero-2002 a mayo-2003), y en buena medida como  resultado de las presiones desplegadas por múltiples actores (la propia empresa,  sus accionistas, el FMI, los miembros del Grupo de los Siete, el Gobierno  francés y diversos <i>think tanks</i> ligados al <i>establishment </i>local), el  proceso renegociador estipulado por la Ley Nº 25.561 y varias normas sancionadas  posteriormente se fue dilatando, a tal punto que, en los hechos, terminó por  quedar como una muy compleja «asignatura pendiente» a encarar por la gestión  presidencial iniciada en mayo de 2003 (Azpiazu y Schorr, 2003).    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Tras un año de marchas y contramarchas (no ajenas a la  fenomenal capacidad de lobby de los actores mencionados), en mayo de 2004 la  administración Kirchner y AASA rubricaron un Acta-Acuerdo que resultó funcional  para la empresa,18 sobre todo si se considera que, dados los múltiples  incumplimientos en los que había incurrido, existirían causales suficientes para  al menos evaluar la revocación del contrato de concesión (Ministerio de  Economía, 2003). Entre las principales características de esta Acta-Acuerdo, con  vigencia hasta fines de 2004, figuran las siguientes:     <br> · mantener el nivel de las tarifas y los cargos vigentes a diciembre de 2003;    <br> · la firma se comprometió a suspender el trámite y el ejercicio de las  «cuestiones de fondo» en el juicio que mantiene con el Estado argentino en el  Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi),  tribunal dependiente del Banco Mundial –accionista de AASA a través de su «brazo  inversor»: la Corporación Financiera Internacional–;    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> · suspender «la ejecución de penalidades pecuniarias, el devengamiento de sus  recargos e intereses... y la ejecución de la garantía del Contrato por razones  regulatorias, por causa o título anterior al inicio del Plazo de Vigencia [del  Acta-Acuerdo]»;     <br> · el compromiso de AASA de concretar un plan de inversiones (en muchos casos,  obras que debería haber realizado en los años anteriores) por un monto estimado  de 240 millones de pesos financiado a través de un fideicomiso cuyos recursos  provienen, en buena medida, de ingresos generados por tarifas; y    <br> · el compromiso de AASA de presentar un plan de recomposición de su estructura  de financiamiento (deuda/patrimonio), al tiempo que el Estado nacional hace lo  propio respecto a «honrar» un préstamo de AASA con el Banco Interamericano de  Desarrollo (lo cual derivará en un pasivo de la empresa con aquél) y a dar  inicio a un proceso de conciliación de la deuda reclamada por la firma por  prestación de servicios al sector público.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; El dilatado y conflictivo proceso de renegociación con AASA  encontró un nuevo hito a mediados de octubre de 2004 (faltando poco más de dos  meses para que concluyera la vigencia del Acta-Acuerdo), cuando la concesionaria  presentó una propuesta o «hipótesis de trabajo»<sup>19</sup> que, en última  instancia, denota el carácter confrontativo de su actitud «renegociadora». Allí  se plantean tres escenarios y una serie de acciones tendentes a reconstituir el  equilibrio económico-financiero de la concesión: aumento en sus ingresos –no  sólo vía facturación– del 60 por ciento a partir del 1/1/05; intervención  estatal para la obtención de un préstamo –equivalente a 250 millones de dólares–  en pesos, a 18 años –con tres de gracia–, a una tasa de interés anual fija del 3  por ciento; transferencia al Estado nacional de buena parte de su abultada deuda  externa; compromisos de inversión que en un 48,2 por ciento deberían quedar a  cargo del Estado nacional; exoneración del pago del impuesto a las ganancias;  etc. En ese marco, resultando inadmisibles las propuestas de una empresa que,  como se señaló, ha incumplido sistemáticamente sus compromisos contractuales, la  renegociación se trasladó a París, al encuentro del 20 de enero de 2005 entre  los presidentes Chirac y Kirchner.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En los días previos a esta reunión, la aplicación de nuevas  multas –casi 700 mil dólares– a AASA por deficiencias en la prestación del  servicio de agua potable y la intimación al pago de las que fueran suspendidas  por el último Acta-Acuerdo –más de 20 millones de dólares–, evidenciaron la  decisión oficial de rechazar la propuesta empresaria y replantear por completo  la propia agenda de la renegociación contractual.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Según las declaraciones de los más altos funcionarios del  Gobierno argentino que asistieron a las reuniones en París, de la anunciada  prescindencia oficial francesa así como, incluso, las de algunos de los  directivos del grupo Suez, sólo quedaría descartado el primero de los posibles  escenarios esbozados: la continuidad de la concesión en los términos en que se  ha venido desarrollando desde mayo de 1993. La rescisión del contrato,  acompañada de la re-estatización total del servicio o, en su defecto, limitar la  participación privada a su gerenciamiento emergen como las grandes opciones de  un final abierto que, a mediados de 2005, continúa por demás incierto.    <br>     <br> <b>Posibles escenarios futuros</b></p>      <p align="justify"> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En Argentina, el panorama futuro (a corto, mediano y largo plazos) en el campo  de los servicios públicos privatizados durante los años noventa se presenta, a  la fecha (enero 2005) por demás incierto. La dilatada renegociación de los  contratos con las empresas responsables de su prestación, dispuesta por la Ley  Nº 25.561, plantea serios interrogantes, incluso, en cuanto al tipo de gestión  sobre el que se estructurará tal prestación en los años venideros. Al respecto,  la fuerte presión ejercida por las firmas prestatarias (la participación  generalizada en los respectivos consorcios de empresas extranjeras que  mayoritariamente han interpuesto demandas en el Ciadi<sup>20</sup>), sumada a la  que ejercen los gobiernos de los países de origen de tales capitales y, a la  vez, la ejercida por éstos a través del FMI (en el marco del <i>default</i>  declarado a fines de 2001 y de los permanentes y crecientes condicionantes que  éste impone21 ), al tiempo que se escriben estas líneas tornan dificultosa  cualquier prognosis certera.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; El ejemplo del sistema de aguas y saneamiento no escapa a ese  contexto general. Por el contrario, emerge como uno de los más conflictivos y,  en ciertos aspectos, como un caso «testigo».    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En ese panorama, estilizando el análisis y haciendo  abstracción de los resultados que se derivarían de las demandas interpuestas  ante el Ciadi por la mayoría de las firmas integrantes del consorcio AASA,  podrían delinearse tres posibles escenarios que, según sea la forma de  resolución, condicionarán sobremanera, por un lado, las restantes  renegociaciones contractuales en otras jurisdicciones del país y, por otro, las  posibilidades ciertas de acceder a las metas planteadas por las Naciones Unidas,  tanto las referidas al 2015 como, más aún, las establecidas para el 2025  (universalización):    <br> · la continuidad de la actual gestión privada, bajo la figura de la concesión  con, probablemente, una mayor injerencia estatal (por ejemplo, como se ha  incluido en el Acta-Acuerdo analizada, a través de la constitución de fondos  fiduciarios específicos) en materia de planificación de las obras (expansión,  tratamiento, rehabilitación, etc.), grado de ejecución de éstas y consecución  efectiva de las que fueran, en su momento, metas acordadas en el contrato de  concesión original;    <br> · la readecuación del actual contrato de concesión en un sistema de  gerenciamiento privado, quedando a cargo del Estado el mantenimiento de las  instalaciones y, fundamentalmente, la formulación y ejecución de los planes de  expansión del servicio; y     <br> · la rescisión del actual contrato de concesión y, decisión política mediante,  el replanteamiento del tipo de gestión (pública, privada y/o mixta) e, incluso,  la eventual segmentación horizontal y/o vertical del actual sistema de agua y  saneamiento del AMBA.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Estos distintos escenarios plantean una amplia gama de  interrogantes y, a la vez, remiten a posibilidades más o menos ciertas en cuanto  a la consecución de los objetivos trazados por las Naciones Unidas. El primero  presenta, en principio, algunas dificultades de no fácil resolución. Por un  lado, si bien AASA ha logrado renegociar –con quita– buena parte de su  endeudamiento externo, su situación futura en el plano financiero no deja de ser  sumamente complicada. Por otro, los señalados retrasos en cuanto al grado de  cobertura de los servicios (respecto a lo convenido en el contrato original de  concesión), demandan para los próximos años la realización de inversiones muy  superiores a las previstas que difícilmente puedan ser financiadas a través de  incrementos tarifarios generalizados por sus impactos socio-económicos.  Asimismo, el deterioro medio-ambiental en el área de concesión demanda el  desarrollo de planes específicos de saneamiento que, incluso, superan las  previsiones originales. Finalmente, aun cuando el Estado asuma una mayor  injerencia (por caso, a través de la constitución de fondos fiduciarios  específicos para las inversiones requeridas) en el planeamiento y realización de  las obras, su financiamiento, en un marco social donde casi el 50 por ciento de  la población es pobre –siendo, a la vez, el segmento más afectado en cuanto al  acceso a los servicios–, el financiamiento emerge como una de las problemáticas  más difíciles de resolver.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; El segundo de los posibles escenarios también plantea  dificultades de diversa índole. Si bien la decisión política de la  administración Kirchner parecería inclinarse hacia tal opción,<sup>22</sup> las  problemáticas a resolver no son despreciables. Así, por ejemplo, en el plano  jurídico-formal, muy difícilmente ello podría plantearse como una readecuación  del contrato vigente ya que de acuerdo con la normativa vigente demandaría la  realización de un nuevo concurso o licitación.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Se trataría de la delegación de los servicios bajo la figura  del «gerenciamiento», por un tiempo determinado, quedando a cargo del Estado el  mantenimiento de las instalaciones y, fundamentalmente, el diseño y la ejecución  de los planes de expansión de los servicios (se trataría, en última instancia,  de acortar los plazos de concesión y, fundamentalmente, de evitar la libre  disponibilidad de los recursos por parte del concesionario). También podría  estar contemplado, como en el Decreto 878/03 de la Provincia de Buenos Aires,  que entre las actividades a desarrollar por el concesionario quede involucrado  el mantenimiento de las instalaciones; en ese marco, los recursos percibidos por  éste, previa deducción de sus costos operativos y de una rentabilidad «justa» y  «razonable», serían depositados en un fondo fiduciario para el financiamiento de  las obras a ejecutar bajo responsabilidad estatal.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Más allá del tema tarifario y de la estructura de las tarifas  (ver más abajo), así como también los vinculados a una posible desintegración  vertical y/u horizontal del sistema, en este caso quedarían planteados nuevos  desafíos.    <br> Desde el punto de vista regulatorio, las obligaciones del concesionario privado,  así como el consiguiente «riesgo» empresario resultarían ínfimos frente a los  que le correspondería asumir al Estado. Es más, en muchos casos la propia  ineficiencia empresaria terminaría siendo adjudicada al incumplimiento estatal  –en tiempo y/o lugar– en materia de inversiones, metas de expansión, etc.,  (como, por ejemplo, una menor recaudación de la prevista podría adjudicarse al  retraso de las obras a cargo del Estado).    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En consonancia con lo anterior, todas las previsiones  regulatorias (incluyendo las medioambientales, fundamentales en el actual  escenario) recaerían sobre el Estado que, atento al desmantelamiento y/o  vaciamiento de sus cuadros técnicos,<sup>23</sup> plantearían problemas tan o  más complejos que los que podrían derivarse del primero de los escenarios  delineados (en tanto, su responsabilidad resulta muy superior a la que se  desprende de aquél); a lo cual cabe añadir la ostensible e histórica  permeabilidad estatal a los intereses del poder económico local.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Dado el estado de situación en estos momentos, asociado a los  múltiples incumplimientos de AASA, la reformulación del plan de inversiones bajo  una perspectiva social demandará un muy prolijo diagnóstico en todos los ámbitos  y, en ese marco, la definición de obras de diversa naturaleza (desde lo  medio-ambiental, hasta las áreas a priorizar en la necesaria expansión del  servicio) que seguramente diferirán de los Planes de Mejora y Expansión  previstos originalmente por la actual concesionaria.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Esto último demandaría, por un lado, una planificación muy  precisa en términos de obras y costos, con su correlato en los ingresos al fondo  fiduciario y, por ende (más allá del tema tarifario y de la configuración que  adopte), en los ingresos totales del sistema. Por otro, en la medida en que la  casi totalidad de la responsabilidad por la expansión de los servicios recaerá  sobre el Estado, se plantean dos riesgos. El primero se relaciona con su  capacidad real para asumir tal desafío atento al acelerado proceso de  desmantelamiento de sus cuadros técnicos. El segundo con el hecho de que, como  sucediera históricamente en muy diversos ámbitos, ante la necesidad de atender  determinadas urgencias fiscales ajenas a los compromisos específicos sectoriales  se termine por derivar tales recursos a otras «partidas presupuestarias».     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; El tercero de los escenarios que en los inicios de la  administración Kirchner aparecía como uno de los más probables, pero que  paulatinamente ha languidecido frente a las dificultades que deberían  enfrentarse especialmente en el plano internacional, es el que se vincula con la  posible rescisión del contrato de AASA y la posterior <i>decisión política</i>  sobre el tipo de gestión a adoptarse.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Si bien de acuerdo con distintas instancias oficiales  (Defensor del Pueblo de la Nación, Auditoría General de la Nación, la propia  Comisión de Renegociación de los Contratos) existirían causales suficientes para  proceder a la rescisión del contrato, todo indicaría que tal opción ha perdido  cierta fuerza dentro de la agenda gubernamental, condicionada por las presiones  de los organismos multilaterales de crédito y las propias demandas frente a  tribunales arbitrales internacionales. No obstante, persiste la incertidumbre en  cuanto a la actitud final que adoptará el gobierno del presidente Kirchner.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; De todas maneras, la cada vez más estrecha vinculación entre  las formas sobre las que han evolucionado las renegociaciones contractuales con  la mayor parte de las empresas privatizadas y la negociación de la deuda externa  pública –tanto con los organismos multilaterales de crédito como con los  acreedores privados–, en el marco del <i>default</i> declarado a fines de 2001,  llegaría a derivar en un cambio radical de la actual posición negociadora del  Gobierno argentino ante las crecientes hostilidades externas.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; A partir de una decisión de esta naturaleza quedarían  planteadas diversas alternativas que en sus extremos tendrían a la  re-estatización del servicio o a un nuevo llamado a licitación bajo condiciones  no muy disímiles de las que en su momento derivaron en la concesión del servicio  por treinta años. En ese amplio espectro de posibilidades respecto al tipo de  gestión se inscribe, asimismo, la decisión de segmentar horizontal y/o  verticalmente el actual sistema integrado de agua y saneamiento en el ámbito del  AMBA, así como también la jerarquización de la problemática medio-ambiental.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En función de lo que antecede, y cualquiera sea el escenario  que se configure, cabe introducir unas breves consideraciones relacionadas con  una cuestión estrechamente ligada a los objetivos fijados por las Naciones  Unidas para los años 2015 y 2025: la de la necesaria expansión de los servicios  a la actualmente elevada población del AMBA que no tiene la posibilidad de  acceder a este servicio público esencial, sea porque carece de recursos  suficientes para hacer frente a su pago y/o porque, por diferentes razones, bajo  una prestación privada no constituiría una «franja de mercado rentable» en  términos microeconómicos.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Es indudable que la ampliación de las redes, la introducción  de mejoras en el tratamiento de los efluentes cloacales, la construcción de  nuevas plantas de potabilización, un eficiente y racional manejo de los recursos  hídricos, etc., no sólo son objetivos deseables, si a lo que se aspira es a  expandir los servicios en términos cuantitativos y cualitativos –y, por esa vía,  a reducir los déficit señalados–, sino también por sus impactos directos y  positivos en materia de equidad distributiva y de solidaridad social, presente e  intergeneracional.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Lo anterior se encuentra estrechamente relacionado con la  problemática del financiamiento o, más específicamente, con las respuestas que  demanda el siguiente interrogante válido, igualmente, para cualquiera de los  tres escenarios planteados: ¿De qué recursos se dispone para hacer frente a las  inversiones requeridas? Al respecto, y en forma simplificada, existirían cinco  grandes instrumentos no necesariamente excluyentes entre sí para financiar el  crecimiento y el desarrollo de la infraestructura necesaria para prestar  eficientemente, desde una perspectiva social, los servicios de agua potable y  saneamiento ambiental: aportes privados, fondos provenientes de organismos  internacionales, recursos estatales, algún mecanismo de subsidios cruzados entre  usuarios y/o alguna modalidad de tarifa de interés social.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; De los análisis previos surge que en el caso argentino, las  primeras tres herramientas mencionadas no condujeron a los resultados esperados  y/o no resultarían recomendables por diversos motivos (la instrumentación de una  estrategia privada de priorización de la distribución de dividendos entre los  accionistas, asociada a una muy discrecional política de endeudamiento, en  detrimento de la reinversión de utilidades; la ostensible dependencia externa de  la economía argentina; la pronunciada debilidad frente a un escenario  internacional por demás conflictivo a partir de la declaración del <i>default</i>;  las recurrentes crisis fiscales, etc.). No obstante, dada la actual situación de  emergencia –en particular, en lo medioambiental–, y más allá de las formas que  adopte la resolución definitiva del futuro de la gestión operativa del servicio,<sup>24</sup>  la asignación transitoria de recursos fiscales puede contribuir a paliar la  demanda apremiante e insatisfecha de servicios por parte de la ciudadanía (de  forma de no agravar las restricciones estructurales que tienden a alejar cada  vez más la posible consecución de las metas fijadas por las Naciones Unidas).     ]]></body>
<body><![CDATA[<br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En vista de ello, los dos mecanismos que presentan mayores  potencialidades en su relación con los requerimientos de inversión, resultando a  la vez los más equitativos en materia económico-social y financiera para  expandir los servicios y mejorar la calidad de prestación, serían la  implementación de subsidios cruzados y/o de tarifas solidarias para los  consumidores actuales y potenciales de menores ingresos.     <br> Si bien la formulación y la puesta en práctica de un sistema de subsidios  cruzados a favor de los usuarios de menores ingresos podría devenir en un  importante paliativo para muchos de los hogares que no pueden hacer frente al  pago de sus facturas, es indudable que difícilmente tal medida resulte  suficiente para propender a la universalización en el acceso al agua potable y  el saneamiento y/o para evitar o reducir considerablemente la morosidad y/o la  incobrabilidad en el pago de éstos que puede terminar derivando en el corte de  la prestación. De allí que esta política de subsidios cruzados debería  articularse necesariamente con un régimen de tarifa solidaria.<sup>25</sup> La  conjunción de ambas medidas enmarcadas naturalmente en un plan orgánico,  sostenido y sustentable de desarrollo y manejo de los recursos hídricos –hoy  ausente en el país– permitiría que los usuarios del AMBA de mayor poder  adquisitivo y consumo sean los que financien la expansión del servicio hacia los  de bajos ingresos.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; De todas maneras, en los escenarios futuros delineados, la  recuperación de los atrasos en materia de inversión y, con ello, de las  posibilidades de consecución de las metas originales del contrato, así como de  las fijadas por las Naciones Unidas estarán supeditados, en gran medida, a la  intensidad y calidad que asuma el papel estatal y, en ese marco, al desarrollo y  la consolidación de la solvencia requerida de los cuadros técnicos del (hoy)  casi desmantelado sector público argentino.</p>     <p align="justify"><b>Conclusiones</b></p>      <p align="justify">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; La visión neoliberal acerca del costoso y deficitario papel del Estado en el  cumplimiento de las responsabilidades y metas que le otorgaba la ciudadanía  –acerca de sus demandas y derechos naturales al suministro de agua potable y  saneamiento ambiental– no se convirtió en un importante esfuerzo por cambiar  cualitativamente el papel del Estado para desarrollar positivamente esta  función. Por el contrario, para responder y mejorar positivamente el  cumplimiento de las demandas de esos derechos, el Estado comenzó a perder y  delegar funciones para, finalmente, dar intervención directa de las grandes  corporaciones privadas. A partir de la década de los cincuenta, se inicia un  proceso donde el Estado deja de sostener los niveles de expansión en agua y  saneamiento –generado en parte por el rápido y masivo crecimiento de los  asentamientos poblacionales sin estructuración urbana–, dando lugar a una  asincronía creciente de la cobertura en los servicios. De esta manera, dejó a la  resolución individual de los hogares las formas de provisión de esos servicios,  lo que involucraba también la intervención de empresas privadas encargadas de  proveer estas formas de resolución. A partir de los años ochenta, la  transferencia de los servicios de agua y saneamiento a la órbita de los  gobiernos provinciales, la generalización de programas de apoyo financiero  externo para el sector, el endeudamiento y déficit fiscal del Estado, se  constituyeron en factores que -en el contexto de las disputas entre los grupos  económicos locales más importantes vinculados a grupos económicos del exterior y  los acreedores externos- fueron creando las condiciones para el proceso  desencadenado a inicios de los años noventa, caracterizado por una rápida y  masiva transferencia de estos servicios a la empresa privada con participación  de grandes conglomerados transnacionales.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; La emergencia del nuevo carácter de la tarifa tendió a  reestructurar el derecho de la ciudadanía a un servicio público y lo instaló  como un deber del usuario a un servicio privado, transformándolo en un mero  cliente. Dejaba de sustentarse en criterios de universalidad y de prevención  sanitaria y ambiental como política social, auxiliado por el Estado (a través de  subsidios cruzados), para asentarse sobre la base de un bien por el cual se paga  para tener acceso a él. La lógica propia de la empresa tendió hacia las  expansiones de mayor rentabilidad, para finalmente construirse una nueva  diferenciación e integración: los sectores de bajos ingresos, no rentables para  la empresa, serían un problema de política social a cargo del Estado.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; En el esquema de tres polaridades (Estado, empresas y  ciudadanía) sugerido como una manera de instalar una representación de los  actores fundamentales del problema, es necesario enfatizar cuál fue y es en cada  uno de esos polos la presencia y la intensidad con que las diferentes fracciones  sociales participaron en el logro de sus necesidades e identidad social. La  resultante dominante en las referidas polaridades es que la presencia  socialmente determinante se focalizó en los estratos del poder socio-económico  más concentrado.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Los sectores más afectados en cuanto a la provisión de agua  potable y saneamiento son simultáneamente los más carentes de participación en  las diversas dimensiones de los procesos de redistribución del poder social  presentes en esos tres actores. Por lo tanto, ampliar al conjunto de la  ciudadanía los beneficios de un eficiente servicio de prestación de agua y  desagües cloacales exige trascender a las actuales representaciones sociales y  políticas que se hacen presentes de manera restrictiva y dominante, excluyendo  de hecho a los sectores sociales más pauperizados.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; La experiencia analizada en el caso argentino muestra que  tanto el Estado como las alternativas de participación privada se presentan con  serias dificultades estructurales y financieras para enfrentar las metas y  demandas que las Naciones Unidas le señalan como deseables e imperativas. De  mantenerse inamovible los modos dominantes en que se desenvuelven los  emprendimientos de la provisión de agua potable y saneamiento, nada hace prever  que estas metas puedan ser cumplidas.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Las relaciones entre el Estado nacional y los emprendimientos  privados están fuertemente dominadas por enfrentamientos judiciales y políticos  al más alto nivel del orden internacional. Es una confrontación que tiende a  instalarse y encerrarse en el terreno del poder concentrado.     ]]></body>
<body><![CDATA[<br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Paralelamente han comenzado a producirse, aunque no a  generalizarse, importantes críticas a las políticas de privatización y el  desempeño de las empresas privadas responsables de los servicios. Si bien es  cierto que se han producido casos de confrontaciones sociales muy importantes  (ejemplos de Chaco, Tucumán, Buenos Aires y Santa Fe), la larga situación de  carencia e indefensión ciudadana de los sectores sociales más urgidos y  demandantes en relación con la provisión de agua potable y saneamiento no  constituyen aún un factor sustantivo de presión social generalizada. Interesa  aclarar aquí los términos de los señalamientos que se hacen presentes. En  realidad, desde comienzos de los años noventa, se asiste a la conformación y  acumulación de una situación social contradictoria, cuyo desenlace es  impredecible, aunque es predecible el grado de conflictualidad que acumula y que  podrá generar.     <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Inicialmente, gran parte de la ciudadanía correspondiente a  los sectores de mayores ingresos fue participante y dominada favorablemente por  un consenso que buscó transferir las responsabilidades tradicionales del Estado  como servidor público a la deseada y supuesta eficiencia de los emprendimientos  privados. El resto de la ciudadanía vivió la experiencia de privatización como  un proceso de ciudadanos expropiados de lo que consideraban constituía parte de  sus derechos naturales. Pero, por otro lado, el costo de los servicios y su  calidad fueron constituyendo, en gran parte de esos mismos sectores sociales,  una ciudadanía a la defensiva en sus demandas. En los sectores sociales de  ingresos intermedios la amenaza de los costos del saneamiento de aguas  constituyó una ciudadanía autolimitada en sus demandas como modo de protegerse  económicamente. El análisis de los conflictos en el período de estudio muestra  que las disputas por la búsqueda de extensión de las redes tuvo una baja  magnitud, consecuencia en parte del carácter inhibitorio de toda demanda que  implicaba los altos cargos de extensión y conexión para los hogares de estos  sectores de ingresos.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Las bases de la pasividad relativa e indefensión actuales de  la ciudadanía están constituidas por estas diferentes resultantes; comprensibles  en el contexto de las crisis económica, política y social por las que ha  atravesado el país. En este contexto, tienden a desarrollarse en las  representaciones políticas iniciativas que buscan instrumentar una legislación  protectora que inhiba el corte de los suministros de agua –por ejemplo–, como se  dispuso en la Provincia de Buenos Aires (al mismo tiempo que crece la convicción  acerca de la ilegitimidad del corte de suministro de agua) y simultáneamente se  desencadena la búsqueda por crear tarifas sociales.    <br> &nbsp;&nbsp;&nbsp; Asimismo, la mayoría de la ciudadanía carece de un  conocimiento riguroso y un diagnóstico adecuado de la complejidad que encierra  la realización de las metas propuestas por las Naciones Unidas para 2015/25. La  experiencia analizada en el caso argentino ha mostrado que ni las condiciones  financieras actuales del mercado mundial ni las políticas del Estado nacional  parecieran estar en situación y disposición de enfrentar estas metas sin la  creación y presencia de una fuerza ciudadana adicional que intervenga  racionalmente en esa dirección (aun en un escenario de prestación estatal del  servicio).     <br>     <br> <b>Referencias bibliográficas</b></p>      <!-- ref --><p align="justify">1.<b>Aguas Argentinas S.A.</b> (varios años). «Memorias y balances».    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782005&pid=S1012-2508200500020000400001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 2.<b>Aguas Argentinas S.A.</b> (2004). «Presentación a la Unidad de Renegociación  y Análisis de Contratos de Servicios Públicos según Nota Uniren Nº 444/04».    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782006&pid=S1012-2508200500020000400002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 3.<b>Azpiazu, Daniel </b>y <b>Martín Schorr</b> (2003). «Crónica de una sumisión  anunciada. La renegociación de los contratos con las privatizadas durante la  Administración Duhalde», Buenos Aires, Ed. Siglo XXI.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782007&pid=S1012-2508200500020000400003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 4.<b>Azpiazu, Daniel</b> y <b>Karina Forcinito</b> (2003). «Estudio de Caso Buenos  Aires. Dimensiones Económico-Financiera e Institucional», Prinwass Project,  Oxford.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782008&pid=S1012-2508200500020000400004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 5.<b>Azpiazu, Daniel </b>y <b>Karina Forcinito</b> (2004). «Historia de un  fracaso: la privatización del sistema de saneamiento en el Área Metropolitana de  Buenos Aires», en Azpiazu, Daniel, Andrea Catenazzi y Karina Forcinito. <i> Recursos públicos, negocios privados. Agua potable y saneamiento ambiental en el  AMBA</i>, Buenos Aires, Universidad Nacional de General Sarmiento.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782009&pid=S1012-2508200500020000400005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 6.<b>Banco Interamericano de Desarrollo (BID)</b> (2003). «Las metas del milenio y  las necesidades de inversión en América Latina y el Caribe», documento  presentado en la Conferencia Internacional «Financiación de los servicios de  agua y saneamiento: opciones y condicionantes», Washington.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782010&pid=S1012-2508200500020000400006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 7.<b>Banco Mundial </b>(1999). «Manejo de los recursos hídricos en la Argentina.  Aspectos económicos y financieros», Washington.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782011&pid=S1012-2508200500020000400007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 8.<b>Crenzel, Emilio</b> (2004). «From the promise of service universalisation to  the universalisation of protest: the privatization of water and sanitation  services in Tucumán, Argentina», Prinwass Project, Oxford.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782012&pid=S1012-2508200500020000400008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 9.<b>Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (Etoss) </b>(2003). «Informe  sobre el grado de cumplimiento alcanzado por el contrato de concesión de Aguas  Argentinas S.A», Buenos Aires.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782013&pid=S1012-2508200500020000400009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 10.<b>Lentini, Emilio</b> (2002). «El impacto en la concesión de agua y saneamiento  del Área Metropolitana. Un análisis preliminar», Buenos Aires, Ente Tripartito  de Obras y Servicios Sanitarios (Etoss).    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782014&pid=S1012-2508200500020000400010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 11.<b>Ministerio de Economía-Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y  Servicios Públicos</b> (2002). «Informe Final, Fase II, Sector Agua y  Saneamiento», Buenos Aires.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782015&pid=S1012-2508200500020000400011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 12.<b>Ministerio de Economía-Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y  Servicios Públicos </b>(2003). «Informe del Equipo Técnico y Análisis. Sector  Agua y Saneamiento sobre el Procedimiento de Documento de Consulta de Aguas  Argentinas S.A.», Buenos Aires.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782016&pid=S1012-2508200500020000400012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 13.<b>Phillips, C.</b> (1993). «The regulation of Public Utilities», Londres,  Public Utilities Reports.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782017&pid=S1012-2508200500020000400013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 14.<b>Roitman, Mauricio</b> y <b>Gustavo Ferro</b> (2003). «La concesión de Aguas  Provinciales de Santa Fe», Buenos Aires, CEER-UADE.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782018&pid=S1012-2508200500020000400014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 15.<b>Rozé, Jorge</b> (2004). «El Caso del Servicio de Agua y Mantenimiento Empresa  del Estado Provincial-Sammep-Chaco», Prinwass Project, Oxford.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782019&pid=S1012-2508200500020000400015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 16.<b>Solanes, Miguel</b> (1995). «La privatización de los servicios públicos de  agua», <i>Revista de la Cepal,</i> Nº 56, pp. 149-162, Santiago de Chile.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782020&pid=S1012-2508200500020000400016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><br> 17.<b>Solanes, Miguel</b> (1999). «Servicios públicos y regulación. Consecuencias  legales de las fallas de mercado», Documento de trabajo Nº 2, Santiago de Chile,  Cepal, División Recursos Naturales e Infraestructura.    &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=782021&pid=S1012-2508200500020000400017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><br>     <br> <b>NOTAS:</b></p>      <p align="justify"> 1 Dentro del sector privado, casi un 14 por ciento corresponde a la forma  cooperativa.    <br> 2 En su Comentario General Nº 15, relacionado con los postulados de los  artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y  Culturales, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la  Organización de las Naciones Unidas destacó: «el derecho humano al agua es  indispensable para llevar una vida en dignidad humana. Es un prerequisito para  la realización de otros derechos humanos». En ese orden, pocos días después la  Organización Mundial de la Salud (OMS) consideró tal declaración como «un paso  sin precedentes» que contribuiría a acceder al objetivo, planteado para el año  2015 por las propias Naciones Unidas, de reducir a la mitad la cantidad de  habitantes que, en el plano internacional, no cuenta con la provisión de  servicios de agua potable y saneamiento.     <br> 3 En el caso del sector de provisión de agua y cloacas en el AMBA, se creó por  Ley Nº 23.696 el Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (en adelante, <i>Etoss</i>), cuyo directorio está integrado por dos representantes del  Gobierno Nacional, del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y de la gobernación  de la Provincia de Buenos Aires.     <br> 4 Entre 1989 y 1996 el presidente Menem dictó 398 decretos de este tipo. El 38  por ciento de éstos durante el período de sesiones ordinarias y el 62 por ciento  restante durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso Nacional y  ninguno fuera del período de sesiones del parlamento. En contraste el presidente  Alfonsín dictó diez entre 1983 y 1989 y 25 fueron dictados entre 1853 y 1983. «Menem:  en siete años 398 decretos», La Nación, 24 de noviembre de 1996, Buenos Aires.    <br> 5 Originalmente, con mayoría de la Suez Lyonnaise des Eaux-Dúmez, el consorcio  estaba integrado por empresas transnacionales (como la Sociedad General de Aguas  de Barcelona, la Compagnie Generale des Eaux y la Anglian Water Plc), grupos  económicos locales (Sociedad Comercial del Plata –grupo Soldati–, Meller y el  Banco de Galicia y Buenos Aires). El 10 por ciento de las tenencias accionarias  del consorcio quedó para el Programa de Propiedad Participada (los trabajadores  de la empresa). Con posterioridad, el grupo Soldati se desprendió de sus  tenencias (a manos de la Suez) y el grupo Meller hizo lo propio parcialmente. En  la actualidad, la Suez controla directamente el 34,7 por ciento de las tenencias  accionarias. Cabe resaltar, asimismo, la incorporación (5 por ciento de las  tenencias accionarias) de la Corporación Financiera Internacional (Banco  Mundial).    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> 6 Por ejemplo, existieron decisiones encontradas entre el Departamento de  Asuntos Jurídicos del Etoss y su directorio. Estas surgieron cuando el  departamento –de carácter técnico-legal– produjo un dictamen mediante el cual  declaró ilegítima la facturación del consumo en caso de corte del servicio; sin  embargo, el cuerpo de directores del ente no lo consideró procedente y autorizó  la facturación después del corte. Otro ejemplo, tan o más significativo, es el  de la marginación del Etoss en la renegociación iniciada en 1997 por la  Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable (Srnds). Una vez  concluida, en 1999, el ente recuperó su carácter de autoridad regulatoria que,  de hecho, había sido «obligadamente» delegada en la Srnds.     <br> 7 Recién en junio de 2000, más de siete años después de la firma del contrato de  concesión, las organizaciones de usuarios tuvieron participación en la audiencia  pública convocada –con varios años de retraso– por el Etoss para la revisión del  Plan de Mejoras y Expansión correspondiente al segundo quinquenio.    <br> 8 El 20 de junio de 1995, por decreto provincial 1543-3 fue modificado el  contrato original de concesión, aumentándose la tarifa en un 67 por ciento, el 6  por ciento mencionado para financiar al ente regulador, un 21 por ciento de IVA  y un 12 por ciento de impuestos provinciales y municipales no cobrados por la  anterior prestataria provincial, totalizando un aumento tarifario de 106 por  ciento.    <br> 9 El 27 de agosto de 1997 la empresa rechazó el nuevo contrato con los cambios  propuestos por la legislatura y lo rescindió «por culpa del Estado concedente» y  dio aviso de abandono de la prestación en 90 días.    <br> 10 La Ley de Convertibilidad sancionada en 1991 igualó el valor del peso local  al del dólar estadounidense.    <br> 11 En medio de un estallido social que derivó, entre otros, en la renuncia del  presidente De la Rúa, a principios de 2002 se abandonó el sistema de  convertibilidad 1 peso = 1 dólar (caja de conversión) y se replanteó, a partir  de la renegociación de los contratos, la relación Estado-empresas privatizadas (Azpiazu  y Schorr, 2003).     <br> 12 En última instancia se trata de un «negocio» financiero, más que de un  emprendimiento de producción y servicios, con un casi nulo aporte de capitales  propios, y endeudamiento externo a tasas de interés tres veces más reducidas que  la rentabilidad de la empresa.    <br> 13 En ese contexto, como derivación de la política de endeudamiento externo de  la empresa, en el ejercicio contable correspondiente al año 2002, las pérdidas  ascendieron a más de 800 millones de pesos (un 13 por ciento superior a lo  facturado en ese ejercicio).     <br> 14 Incluso, a pesar del congelamiento de las tarifas que rige desde que se  inició el proceso de renegociación del contrato de concesión (enero de 2002), la  intensidad de los incrementos previos ha sido tal que, de compararse con la  evolución del Índice de Precios al Consumidor hasta diciembre de 2004 (aumentó  un 64,7 por ciento desde abril de 1993), se manifiesta un alza real de la tarifa  media residencial del 14,5 por ciento.     <br> 15 A los efectos de captar el carácter extraordinario de tales niveles de  rentabilidad, vale señalar que en esos años el conjunto de las doscientas  empresas más grandes de la economía argentina registró una tasa media de  beneficio del orden del 3,5 por ciento en términos de sus ventas anuales.    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> 16 En 1992, el año previo a la transferencia del servicio a manos privadas, la  ocupación de OSN era de 8.100 personas, a fines de 1993 decreció a 6.400, para  luego estabilizarse en torno a las 4.300/4.400 ocupadas (Aguas Argentinas, S.A,  Memorias y Balances, varios años).    <br> 17 Entre 1994 y 2001, la productividad (miles de metros cúbicos por ocupado) se  incrementó de 254,8 a 401,29 (Azpiazu y Forcinito, 2004).    <br> 18 En torno a las presiones que la contextualizaron, cabe destacar que en el  acto de firma del Acta-Acuerdo, el presidente Kirchner agradeció «la actitud  solidaria del Gobierno francés» (que, en principio, no parecería estar disociada  de la nueva fase de transición en la renegociación del contrato con la  Suez/Ondeo), «en los momentos más difíciles, más álgidos, de la discusión con el  FMI».     <br> 19 «Dado que esta documentación y la propuesta que contiene es una mera  hipótesis de trabajo de carácter preliminar en el estricto ámbito de la  renegociación, ni la misma ni parte alguna de su contenido podrá ser invocada o  utilizada fuera del ámbito de la renegociación, y en particular en ningún  procedimiento judicial o arbitral» (AASA, 2004: s/p).     <br> 20 En el caso de los principales accionistas de AASA, tanto la Suez/Ondeo, como  Vivendi y Aguas de Barcelona iniciaron su demanda en este tribunal arbitral,  mientras que la Anglian Water Limited lo hizo ante el Uncitral (en el marco de  la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional).    <br> 21 Entre éstos se incluyen, precisamente, la conclusión de las renegociaciones  con las empresas privatizadas y el incremento de las tarifas de los servicios  públicos.    <br> 22 A fines de octubre de 2003, vencidos los plazos contractuales con los  concesionarios de 17 corredores viales, se adoptó el sistema de gerenciamiento a  partir de la reagrupación de las consiguientes rutas nacionales en seis nuevos  corredores.    <br> 23 Durante la década de los noventa, en el marco de la «retirada» del Estado (en  realidad, subrogación frente al capital concentrado), los «retiros voluntarios»,  las jubilaciones anticipadas y la expulsión de cuadros técnicos han sido una  constante; consistente con la propia conceptualización del papel «subordinado»  del Estado.    <br> 24 Si, eventualmente, se opta por la rescisión del contrato de concesión y la  re-estatización del servicio, la asignación de recursos públicos sería  ineludible pero, también, resultaría deseable que adquiera el carácter de  temporaría, tendiendo al posterior autofinanciamiento –sostenible y sustentable–  del sistema.     <br> 25 En pos de la consecución de los mencionados objetivos de equidad distributiva  y de expansión de las redes de distribución de agua y desagües cloacales, así  como de la utilización racional del recurso hídrico, el incremento en los  niveles de micromedición se presenta como otro importante e imperioso desafío a  resolver.</p>      ]]></body>
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