<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><article xmlns:mml="http://www.w3.org/1998/Math/MathML" xmlns:xlink="http://www.w3.org/1999/xlink" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance">
<front>
<journal-meta>
<journal-id>1315-0138</journal-id>
<journal-title><![CDATA[Salud de los Trabajadores]]></journal-title>
<abbrev-journal-title><![CDATA[Salud de los Trabajadores]]></abbrev-journal-title>
<issn>1315-0138</issn>
<publisher>
<publisher-name><![CDATA[Universidad de Carabobo]]></publisher-name>
</publisher>
</journal-meta>
<article-meta>
<article-id>S1315-01382013000100003</article-id>
<title-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Acoso Laboral en Mujeres y Hombres: Un estudio en la población española]]></article-title>
<article-title xml:lang="en"><![CDATA[Workplace harassment in women and men: A study in the Spanish population]]></article-title>
</title-group>
<contrib-group>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Matud Aznar]]></surname>
<given-names><![CDATA[María Pilar]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A01"/>
</contrib>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Velasco Portero]]></surname>
<given-names><![CDATA[Teresa]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A02"/>
</contrib>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Sánchez Tovar]]></surname>
<given-names><![CDATA[Ligia]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A03"/>
</contrib>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Espejo]]></surname>
<given-names><![CDATA[María José del Pino]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A04"/>
</contrib>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Voltes Dorta]]></surname>
<given-names><![CDATA[Dolores]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A05"/>
</contrib>
</contrib-group>
<aff id="A01">
<institution><![CDATA[,Universidad de La Laguna  ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[Tenerife ]]></addr-line>
<country>España</country>
</aff>
<aff id="A02">
<institution><![CDATA[,Universidad de Córdoba ETEA ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[ ]]></addr-line>
</aff>
<aff id="A03">
<institution><![CDATA[,Universidad de Carabobo  ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[Valencia ]]></addr-line>
<country>Venezuela</country>
</aff>
<aff id="A04">
<institution><![CDATA[,Universidad Pablo de Olavide  ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[Sevilla ]]></addr-line>
<country>España</country>
</aff>
<aff id="A05">
<institution><![CDATA[,Universidad Pablo de Olavide  ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[Sevilla ]]></addr-line>
<country>España</country>
</aff>
<pub-date pub-type="pub">
<day>00</day>
<month>06</month>
<year>2013</year>
</pub-date>
<pub-date pub-type="epub">
<day>00</day>
<month>06</month>
<year>2013</year>
</pub-date>
<volume>21</volume>
<numero>1</numero>
<fpage>19</fpage>
<lpage>30</lpage>
<copyright-statement/>
<copyright-year/>
<self-uri xlink:href="http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S1315-01382013000100003&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_abstract&amp;pid=S1315-01382013000100003&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_pdf&amp;pid=S1315-01382013000100003&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><abstract abstract-type="short" xml:lang="es"><p><![CDATA[Las principales metas del presente trabajo son dos: 1) Conocer la salud física y mental de las personas que sufren acoso laboral. 2) Analizar si existen diferencias en función del género en la asociación entre el acoso laboral y los problemas de salud. Se utilizó un diseño transversal con una muestra formada por 209 personas empleadas (el 47,4% hombres y el 52,6% mujeres) víctimas de acoso laboral y un grupo control de 209 personas de la población general que no habían sufrido acoso laboral. Los resultados mostraron que las personas que habían sufrido acoso laboral tenían más ansiedad e insomnio y más sintomatología somática y depresiva que quienes no habían sufrido acoso en su trabajo, diferencias que eran más acusadas en las mujeres que en los hombres. Además, las personas con acoso laboral reportaron sufrir mayor número de enfermedades y consumir más medicamentos, su autoestima y apoyo social eran menores y tenían mayor insatisfacción con su rol laboral. Estos resultados evidencian que el acoso laboral supone un riesgo para la salud física y mental de las personas trabajadoras.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[The principal aims of this study are two: 1) To know the mental and physical health of people suffering workplace harassment; 2) To analyze gender differences in the association between the workplace harassment and health problems. Research design was a cross-sectional survey with a sample of 209 employees (47.4 men and 52.6%) who experienced workplace harassment and a control sample of 209 general population persons who did not experienced workplace harassment. Results showed that employees who experienced workplace harassment had more anxiety and insomnia, depressive and somatic symptoms than employees who did not experienced workplace harassment, differences which were more pronounced in women than in men. Also, employees who experienced workplace harassment also had more number of illness, more medicine consumption and have less self-esteem, social support and more work role dissatisfaction. These results make clear that workplace harassment is a risk for workers’ mental and physical health.]]></p></abstract>
<kwd-group>
<kwd lng="es"><![CDATA[Salud Laboral]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[Stalking]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[Identidad de Género]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[Occupational Health]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[Stalking]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[Gender Identity]]></kwd>
</kwd-group>
</article-meta>
</front><body><![CDATA[ <p align="center"><b><font face="Verdana">Acoso Laboral en Mujeres y Hombres: Un  estudio en la población española.</font></b></p>     <p align="center"><b><font face="Verdana">Workplace harassment in women and men:  A study in the Spanish population.</font></b></p>     <p align="center"><b><font face="Verdana" size="2">María Pilar Matud Aznar<sup>1</sup>  , Teresa Velasco Portero<sup>2</sup> , Ligia Sánchez Tovar<sup>3</sup> , María  José del Pino Espejo<sup>4</sup> &amp; Dolores Voltes Dorta<sup>5</sup></font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">1 Universidad de La Laguna,  Tenerife, España. <a href="mailto:pmatud@ull.es">pmatud@ull.es</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">2 ETEA, Universidad de Córdoba, <a href="mailto:España.tvelasco@etea.com">España.tvelasco@etea.com</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">3 Universidad de Carabobo,  Valencia-Venezuela. <a href="mailto:ligia.uc@gmail.com">ligia.uc@gmail.com</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">4 Universidad Pablo de Olavide,  Sevilla, España. <a href="mailto:mjpinesp@upo.es">mjpinesp@upo.es</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">5 Universidad Pablo de Olavide,  Sevilla, España</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Resumen</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Las principales metas del  presente trabajo son dos: 1) Conocer la salud física y mental de las personas  que sufren acoso laboral. 2) Analizar si existen diferencias en función del  género en la asociación entre el acoso laboral y los problemas de salud. Se  utilizó un diseño transversal con una muestra formada por 209 personas empleadas  (el 47,4% hombres y el 52,6% mujeres) víctimas de acoso laboral y un grupo  control de 209 personas de la población general que no habían sufrido acoso  laboral. Los resultados mostraron que las personas que habían sufrido acoso  laboral tenían más ansiedad e insomnio y más sintomatología somática y depresiva  que quienes no habían sufrido acoso en su trabajo, diferencias que eran más  acusadas en las mujeres que en los hombres. Además, las personas con acoso  laboral reportaron sufrir mayor número de enfermedades y consumir más  medicamentos, su autoestima y apoyo social eran menores y tenían mayor  insatisfacción con su rol laboral. Estos resultados evidencian que el acoso  laboral supone un riesgo para la salud física y mental de las personas  trabajadoras.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2"><b>Palabras clave</b>: Salud  Laboral, Stalking, Identidad de Género</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Abstract</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">The principal aims of this  study are two: 1) To know the mental and physical health of people suffering  workplace harassment; 2) To analyze gender differences in the association  between the workplace harassment and health problems. Research design was a  cross-sectional survey with a sample of 209 employees (47.4 men and 52.6%) who  experienced workplace harassment and a control sample of 209 general population  persons who did not experienced workplace harassment. Results showed that  employees who experienced workplace harassment had more anxiety and insomnia,  depressive and somatic symptoms than employees who did not experienced workplace  harassment, differences which were more pronounced in women than in men. Also,  employees who experienced workplace harassment also had more number of illness,  more medicine consumption and have less self-esteem, social support and more  work role dissatisfaction. These results make clear that workplace harassment is  a risk for workers’ mental and physical health.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2"><b>Keywords</b>: Occupational  Health, Stalking, Gender Identity</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Fecha de recepción: 25 de mayo  de 2013 Fecha de aceptación: 29 de julio de 2013</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Introducción</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Hace ya tiempo que tanto la  sociedad como la comunidad científica son conscientes de la relevancia que tiene  el trabajo en la salud y bienestar de las personas y unos de los temas que en  las últimas décadas han generado mayor preocupación y atención han sido los  factores psicosociales en el trabajo (Feldman &amp; Blanco, 2012).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Dollard &amp; Bakker (2010) definen  el clima de seguridad psicosocial como las políticas, las prácticas y los  procedimientos para la protección de la seguridad y salud psicológica de las  personas trabajadoras.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">El estudio de la relación entre  el trabajo y la salud se ha llevado a cabo no solo desde el análisis de la  influencia de los elementos físicos, sino también desde la consideración de la  relevancia de los elementos psicosociales y emocionales que forman parte del  ambiente laboral. Entre las patologías de estos últimos elementos se encuentran  las distintas formas de violencia en el trabajo, en especial el llamado acoso  moral o laboral, así como los tipos específicos de acoso en el trabajo que  afectan más a las mujeres, como es el acoso sexual, y el acoso por razón de  sexo.Pero, aunque en la mayoría de los casos de acoso sexual en el trabajo las  víctimas han sido mujeres, también lo sufren algunos hombres, aumentando en las  últimas dos décadas los hombres que denuncian acoso (Kearney &amp; Rochlen, 2012;  Wiener, Bennett, Cheloha &amp; Nicholson, 2012), si bien en muchos casos, tanto el  acosador sexual como la víctima son hombres. Wiener, et al. (2012) reconocen  que, en muchos de estos casos, no hay evidencia de deseo homosexual y dicho  acoso puede representar una forma de castigar a otro hombre porque su conducta  no se adapta a las expectativas de género de la cultura local.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Aunque son muchas las formas de  conducta interpersonal dañina que pueden tener lugar en el trabajo tales como,  por ejemplo, intimidación, falta de educación, o supervisión abusiva (Tuckey,  Chrisopoulos &amp; Dollard, 2012), de forma genérica se considera que el acoso  laboral implica una conducta interpersonal perpetrada por una persona empleada  cuya finalidad es hacer daño a otra (Bowling &amp; Beehr, 2006).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Existe evidencia empírica de  que el acoso laboral influye de forma importante en la salud y calidad de vida  de la persona acosada, habiéndose encontrado que éstas tienen problemas de salud  física y malestar psicológico con sintomatología ansiosa, depresiva, e  irritabilidad (Law, Dollard, Tuckey &amp; Dormann, 2011; LeBlanc &amp; Kelloway, 2002;  Mikkelsen &amp; Einarsen, 2002; Tuckey, Dollard, Saebel &amp; Berry, 2010).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Además, el acoso laboral es  asociado con el comienzo de depresión y con problemas cardiovasculares (Kivimäki,  Virtanen, Vartia, Elovainio, Vahtera &amp; Keltikangas-Järvinen, 2003; Tuckey et  al., 2010). Es más probable que las personas que sufren acoso laboral utilicen  los servicios de salud mental, conducta que es aún más frecuente en las mujeres  que en los hombres que han sufrido tal acoso (Rospenda, 2002).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">El acoso laboral también tiene  efectos negativos para la organización ya que se asocia con una serie de  problemas tales como baja laboral, absentismo, baja productividad, baja moral y  mal ambiente laboral (Kivimäki, Elovainio &amp; Vahtera, 2000; LeBlanc &amp; Kellowy,  2002; Law et al., 2011; Rayner, 1997; Salin, 2003; Vartia, 1996).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">La existencia de acoso en el  trabajo no es exclusiva de ningún país ni de ninguna cultura, sino que es un  fenómeno mundial que, como se ha citado, tiene un importante impacto en la vida  de trabajadores y trabajadoras y serias consecuencias en su salud y rendimiento  laboral que, en no pocas ocasiones, tiene incluso un desenlace mortal. A pesar  de su gravedad, la persecución psicológica en que se materializa el acoso se  desarrolla frecuentemente con la aquiescencia del resto de miembros de la  organización quienes, aunque plenamente conscientes del abuso e injusticia de la  situación, se abstienen de intervenir. En el caso de compañeros y compañeras de  trabajo de la víctima el silencio se debe en algunos casos a la complicidad y en  otros al miedo. En el caso de los superiores de la víctima, el silencio y la  pasividad también puede responder a diversos motivos; en unos casos es porque  son ellos mismos los extorsionadores; en otros, por simple desidia, por no  querer asumir que su organización tiene un problema.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Dado que en el presente trabajo  se analizan los datos de trabajadores y trabajadoras españolas, a continuación,  y en un intento de contextualizar dicha información, se expone la consideración  legal de tal fenómeno en España. Ello es relevante porque, tal y como plantean  Wiener, Gervais, Allen &amp; Marquez (2013), es importante en la investigación de un  determinado fenómeno analizar las relaciones recíprocas entre la legislación y  la vida de las personas, desarrollando descripciones empíricas de asunciones  legales sobre la conducta humana. Además, se reconoce que las definiciones de  acoso deben ser interpretadas, no solo en el contexto de las diferencias de  poder, sino también en el contexto cultural en que tienen lugar (Kearney &amp;  Rochlen, 2012).</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">El acoso laboral en el  ordenamiento Español</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Por tratarse de un grave  problema de salud laboral, de manera progresiva el Derecho del Trabajo ha  empezado a ocuparse del mismo en los últimos años aunque, en el caso español, se  ha realizado de forma poco sistemática. A pesar de las grandes lagunas que  presenta y las dificultades prácticas de la reclamación por parte de la persona  afectada, sobre todo por cuestiones probatorias, los avances efectuados en la  materia han sido importantes y han dado lugar a un régimen jurídico que ofrece  protección al trabajador o trabajadora en diversos aspectos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Una de las dificultades es la  ausencia de definición legal, ya que la normativa laboral española no define el  acoso. A pesar de ello, el Estatuto de los Trabajadores, que es la norma básica  de Derecho Laboral en España, hace dos referencias expresas (Real Decreto  Legislativo 1/1995 p. 4): 1) en el artículo 4.2.e, al establecer que, en  relación con su trabajo, las personas trabajadoras tienen derecho “al respeto de  su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la  protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o  convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual  y al acoso por razón de sexo”. 2) En el artículo 54.2.g, que considera como  causa justa del despido disciplinario de trabajadores el que incurran en  determinados comportamientos contractuales. En concreto, se reconoce que se  podrá despedir a un trabajador por la comisión de conductas de “acoso por razón  de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u  orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las  personas que trabajan en la empresa” (p. 46). Esta regulación tiene dos graves  inconvenientes: que no establece definición de las modalidades de acoso que  menciona (el acoso es por distintos motivos –sexo, origen racial, etc.- y por  razón de sexo), y que no hace referencia al acoso moral o al acoso laboral.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Si se considera que dentro del  acoso laboral se engloba el acoso moral (Carbonell Navarro &amp; Mejías, 2008), los  conceptos a determinar son tres: acoso laboral -mobbing o acoso moral-, acoso  sexual y acoso por razón de sexo. Con respecto a estas dos últimas modalidades  sí existe en España el concepto legal en la Ley Orgánica para la Igualdad  Efectiva entre Mujeres y Hombres (LOI) (2007). Esta norma, en su artículo 7.1,  señala que “sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal, a los efectos de  esta Ley constituye acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de  naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra  la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno  intimidatorio, degradante u ofensivo”. (2007, p. 12641).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">El acoso sexual puede  producirse en el ámbito de trabajo tanto desde la vertiente heterosexual como  homosexual. En todo caso, el tipo de acoso mayoritario es aquél donde el  acosador es hombre –empresario o compañero de trabajo- y la víctima, una mujer  trabajadora. La incidencia del acoso sexual en el ámbito laboral es de la  magnitud suficiente como para estar recogido en el Código Penal español, donde  en su artículo 184.1, especifica que existe un delito de acoso sexual en el caso  del que “solicitare favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, en  el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios,  continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una  situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, será  castigado, como autor de acoso sexual, con la pena de prisión de tres a cinco  meses o multa de seis a 10 meses” (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del  Código Penal, p. 60).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En artículo 7.2 de la LOI (p.  12641) se define como acoso por razón de sexo “cualquier comportamiento  realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de  atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u  ofensivo”. La LOI no se ocupa del acoso moral en general, dado que es una  cuestión ajena al objeto de la ley, que es la igualdad de oportunidades. Por  tanto, se limita a los dos tipos de acoso que tienen un carácter  discriminatorio: el acoso por razón de sexo (que es una modalidad particular del  acoso laboral) y el acoso sexual (que es una conducta con características muy  específicas, que se puede producir en el ámbito laboral o fuera de él).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Dado que no existe una  definición legal del acoso laboral, reviste gran importancia la labor de los  Tribunales en este sentido. La jurisprudencia española ha tomado  tradicionalmente como referencia la definición de Leymann (1996), que llama  acoso moral a la situación en la que una persona, o grupo de personas, ejerce  una violencia psicológica extrema de forma sistemática y recurrente (media de  una vez por semana) y durante un tiempo prologando (se considera como promedio  aproximado durante seis meses) sobre otra persona o personas, respecto de las  que mantiene una relación asimétrica de poder, en el lugar de trabajo con la  finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas,  destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que,  finalmente, esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Existen varias modalidades de  acoso, en función de la posición jerárquica de acosador y acosado, y todas se  manifiestan en el entorno laboral, bien sea en el sector público o en el sector  privado (Velasco Portero, 2011). Se trata de una clasificación muy útil, que  ayuda a clarificar la situación y a visibilizar situaciones de acoso que, a  priori, podrían pasar desapercibidas. Tal y como plantea dicha autora, son las  siguientes:</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">a) Si el sujeto acosador es el  empresario o el grupo directivo de una empresa y la víctima del acoso es la  persona trabajadora, se conoce como acoso vertical.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">b) Cuando la posición de  acosador es adoptada por un compañero de trabajo (o grupo de compañeros) que  acosa a otro compañero de trabajo, con independencia de su sexo, se trata de  acoso horizontal.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">c) El acoso puede manifestarse  también con una tipología mixta, que es cuando se producen conjuntamente ambas  fórmulas de acoso, es decir, existe tanto el acoso vertical como el horizontal.  Es una modalidad que, normalmente, responde al efecto reflejo que provoca en  trabajadores y trabajadoras la conducta del empresario. Si un empresario o un  superior jerárquico incurre en comportamientos que se catalogan dentro del acoso  moral y provoca el aislamiento de un trabajador o trabajadora, es frecuente que  los compañeros y compañeras de trabajo eviten relacionarse con la persona  acosada, sobre todo en empresas o sectores económicos en los que las relaciones  de trabajo se encuentran sometidas a una gran inestabilidad, rotación y  temporalidad. Al adoptar esta posición, tales compañeros lo que persiguen es  consolidar su propia permanencia en el puesto de trabajo. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Al analizar los requisitos que  diferencian cada modalidad de acoso se encuentra que el rasgo diferenciador  esencial radica en que mientras el acoso laboral –moral- debe de ser reiterado  para que tengan repercusiones las conductas acosadoras, en el acoso sexual no lo  es, bastando un solo comportamiento para que se considere que existe acoso y  pueda solicitarse la adopción de medidas laborales por parte de la víctima como  podría ser la solicitud del cese de la conducta acosadora, la exigencia de daños  y perjuicios derivados de la conducta acosadora, la solicitud de movilidad de la  persona acosada o del acosador; incluso la solicitud de extinción del contrato  de trabajo de la persona acosada por haberse atentado contra su dignidad, junto  con la solicitud de indemnización, cuando opte por no permanecer en la empresa  (Velasco Portero, 2011).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Tal y como recoge esta autora,  existen características específicas que deberá de reunir cada tipo de acoso. En  el acoso sexual se viene aplicando en España una sólida línea jurisprudencial  que ha interpretado que: 1) Deberá de exteriorizarse a través de un  comportamiento físico o verbal, manifestado mediante actos, gestos o palabras.  2) Dicho comportamiento deberá de ser percibido como indeseado. 3) Deberá de ser  lo suficiente grave como para crear un clima odioso y reiterado. 4) Además, el  entorno negativo se deberá deducir no sólo desde la percepción subjetiva o la  sensibilidad particular de quien lo padece, sino también desde una óptica  objetivamente considerada.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Cuando se trata de acoso moral,  la doctrina (Carbonell et al., 2008) considera que sus elementos determinantes  son: 1) Que exista violencia y maltrato psicológico. 2) Que se trate de un  comportamiento persistente, sistemático y reiterado en el tiempo. 3) Que se  tenga voluntad de dañar personalmente a la víctima. 4) Que se produzca un daño  efectivo. 5) Que la conducta esté vinculada con el trabajo.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Pero, tal y como plantea  Velasco Portero (2011), dicha caracterización tiene el inconveniente de que  menciona la existencia de daños efectivos pero no los concreta ni los vincula  con el trabajo realizado, por lo que se requiere profundizar en los elementos  inherentes a esta modalidad de acoso, siendo los siguientes elementos  significativos: 1) Deberá tratarse de comportamientos negativos graves cometidos  contra trabajadores, con independencia de su sexo o su categoría laboral. 2) Las  conductas deberán de prolongarse en el tiempo. 3) Los comportamientos negativos  podrían haber sido realizados de forma colectiva o individual por superiores y/o  compañeros o compañeras de las víctimas. 4) Los comportamientos deberán de  repercutir a nivel físico, psicológico o laboral en la vida laboral y personal  de las víctimas. 5) Cuando el acosador es el empresario, la finalidad del acoso  es hacerle el vacío al trabajador acosado para que éste cese en su puesto de  trabajo y ahorrarse la indemnización por despido, o bien para que realice, o  deje de realizar, conductas en beneficio de las personas acosadas.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Se trata de elementos que han  sido confirmados reiteradamente por la jurisprudencia siendo aspectos básicos de  dicha conducta, de una parte, la intencionalidad o elemento subjetivo orientado  a conseguir el perjuicio a la integridad moral de otra persona, aunque no se  produzca un daño a la salud mental del trabajador y, de otra, la reiteración de  esa conducta de rechazo que se desarrolla de forma sistemática durante un  período de tiempo (Rojas, 2005).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En el acoso por razón de sexo,  que puede englobarse dentro del acoso laboral o moral (Velasco Portero, 2011),  el elemento determinante es que la conducta acosadora se realice en función del  sexo de la víctima. Ello permite que se considere este comportamiento como  discriminatorio, al igual que sucede con el acoso sexual, en virtud de lo  dispuesto en el artículo 7.3 de la LOI donde se establece que “se considerarán  en todo caso discriminatorios el acoso sexual y el acoso por razón de sexo” (p.  12641).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Pero, pese a la evolución  social que ha tenido España durante las últimas décadas, entre los que destaca  el acceso de la mujer al mercado laboral, dicho entorno aún sigue conllevando  una serie de riesgos psicosociales entre los que se encuentra el acoso laboral,  un fenómeno que aún sigue permaneciendo oculto en buena medida, por lo que aún  no está suficientemente analizado desde la perspectiva de la víctima y de su  impacto en la salud. Por tanto los objetivos del presente trabajo son los  siguientes: 1) Analizar las condiciones sociodemográficas en que se da el acoso  laboral en España; 2) Conocer el estado de salud, física y mental, de las  personas que sufren acoso laboral. 3) Analizar si existen diferencias en función  del género problemas de salud.</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Materiales y métodos</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">La muestra está formada por 209  personas (el 47,4% hombres y el 52,6% mujeres) de la población general española  que han sufrido acoso laboral durante el último año y por un grupo control de  209 personas que con composición muy similar respecto al género, edad, nivel de  estudios y laboral, y número de hijos/as (véase <a href="#tab1">Tabla N° 1</a>),  pero que no habían sufrido acoso ni ninguna otra forma de violencia laboral  durante el año anterior.</font></p>     <p align="center"><a name="tab1"> <img border="0" src="/img/fbpe/st/v21n1/art03tab1.gif" width="551" height="435"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Aunque, en la muestra total, se  observó una ligera diferencia entre mujeres y hombres en edad, cuya media era de  33,66 en los hombres (D. T. = 10,70) y de 35,86 en las mujeres (D. T. = 10,23),  t (413) = -2,14, p&lt;. 05; no había diferencias en función del género en el número  de hijos/as, siendo la media de 0,73 en los hombres (D. T. = 1,05) y de 0,86 en  las mujeres (D. T. = 1,01), t (413) = -1,34, p&gt; . 05. Y tampoco las había en el  nivel de estudios, X<sup>2</sup> (2 N = 414) = 2,40, p&gt;. 05; ni en el nivel  laboral, X2 (5 N = 405) = 9,13, p&gt;. 05.</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Instrumentos</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Cuestionario de Salud General  de Goldbergen su versión en escalas (GHQ-28: Goldberg &amp; Hillier, 1979). Consta  de 4 subescalas formadas cada una por 7 ítems cada una que representan las  dimensiones de síntomas somáticos, ansiedad e insomnio, disfunción social, y  depresión grave. Se utilizó la versión validada y traducida al español por  Goldberg, Williams Lobo &amp; Muñoz (1996) y se puntuó según la escala tipo Likert,  asignando pesos de 0 a 3. En la presente muestra la consistencia interna de la  escala de síntomas somáticos fue de .86, de la de ansiedad e insomnio .91, la de  disfunción social .75 y la de depresión grave .89.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Inventario de Autoestima (Self-EsteemInventory,  SEQ: Rector &amp; Roger, 1993). Se trata de una escala que realiza una evaluación  global de la autoestima, reflejando la valoración de diversas competencias,  incluidas la personal, interpersonal, familiar, de logro, atractivo físico, así  como la valoración del grado de incertidumbre en las mismas. En la validación de  la versión española se encontraron dos factores: valoración negativa de sí  mismo/a, que incluye 28 ítems, cuya consistencia interna en la presente muestra  es de .94; y autoconfianza, formado por 15 ítems, y cuya consistencia interna en  la muestra del presente trabajo es de .90.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Cuestionario de Satisfacción  con el Rol (SRO, Matud, 1998). Prueba de respuesta abierta en la que se plantean  5 cuestiones acerca de si la persona está satisfecha con su rol laboral; si es  el que eligió; si desea cambiar, y en qué medida le genera sensación de  plenitud. Dichas respuestas son transformadas a puntuaciones cuantitativas  mediante un código, habiéndose encontrado en el análisis factorial de dichos  datos cuantitativos una solución mono factorial,cuya consistencia interna en la  presente muestra es de .74.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Escala de Apoyo social (AS;  Matud, 1998). Está formada por 12 ítems que recogen información sobre la  disponibilidad de personas que pueden prestar ayuda práctica y apoyo emocional.  Se estructura en dos factores: apoyo emocional, formado por 7 ítems cuya  consistencia interna en la presente muestra es de .88; y apoyo instrumental,  formado por 5 ítems con una consistencia interna de .81.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Hoja de recogida de datos  sociodemográficos y de salud autoinformada (Matud, 2008). Formulario las  principales variables sociodemográficas (edad, número de hijos/as, estado civil,  nivel de estudios, profesión, empleo…); por las enfermedades actuales, las  sufridas anteriormente y por el consumo actual de medicamentos, así como por  algunos estilos de vida que parecen ser relevantes en la salud tales como el  fumar tabaco, el consumo de bebidas alcohólicas, y la práctica de ejercicio  físico.</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Procedimiento</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Todas las personas que  participaron en el estudio fueron voluntarias y no recibieron ninguna  compensación económica por su participación. El pase de pruebas fue  autoinformado en la mayoría de los casos, si bien en las personas con menor  nivel de estudios se hizo mediante entrevistas llevadas a cabo por alumnado de  psicología. El acceso a la muestra fue a través de centros laborales así como a  través de personas conocidas del alumnado que realizó las entrevistas. El  presente estudio forma parte de una investigación más amplia sobre género,  estrés y salud. Las personas con acoso laboral fueron seleccionadas con base a  su respuesta positiva en un inventario de sucesos acaecidos durante el último  año. El grupo control se seleccionó de forma aleatoria de la base de datos de  dicha investigación pero controlando que las personas incluidas no hubiesen  sufrido acoso, ni ninguna otra forma de violencia laboral durante el año  anterior, y que sus características sociodemográficas fuesen similares a las del  grupo de personas víctimas de acoso laboral durante el último año.</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Resultados</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Al analizar las características  sociodemográficas de las 209 personas de la muestra víctimas de acoso laboral,  se encontró que sus edades actuales se distribuían por prácticamente todo el  rango de vida laboral que se da actualmente en España, es decir, desde los 18 a  los 65 años, siendo la media de 34,67 años, la mediana de 33, la cuarta parte  tenía menos de 26 años y el otro 25% más de 42 años de edad. También su nivel de  estudios se distribuía a través de todo el rango del sistema educativo español,  dándose en personas que únicamente tenían formación básica (el 20%), en las que  tenían estudios de bachillerato (el 26,3), formación universitaria de  diplomatura (el 13,2%), de licenciatura (el 12,7%) y en las que habían cursado  formación profesional básica (el 10,2%) o superior (el 17,6%). Y, aunque casi la  mitad (el 47,6%), estaba soltero/a, también había personas casadas (el 28,8%),  con pareja de hecho (el 12,5%), separadas (el 5,3%) y divorciadas (el 5,8%).  Poco más de la mitad (el 56,7%) no tenía hijos/as, el 15,4% tenía uno/a, el  21,2% tenía dos, el 5,8% tenía tres, el 0,5% tenía cuatro y otro 0,5% tenía  cinco hijos/as. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Tal y como se muestra en la <a href="#tab1">Tabla N° 1</a>, su nivel laboral también era muy diverso y el  análisis de las profesiones concretas reflejaba la existencia de una gran  variedad de profesiones. Y, aunque era menos común, también había personas cuyos  puestos de trabajo eran de gestión y de responsabilidad en la empresa y personal  de los cuerpos y fuerzas de seguridad, así como personas empleadas en seguridad  privada. Cuando fueron entrevistadas, la mayoría de las personas (el 85,4%)  estaban activas, teniendo empleo fijo el 50,5% del total de la muestra. Casi la  quinta parte tenía contrato a tiempo completo y el 10% lo tenía a tiempo  parcial. También había personas con contratos eventuales, autónomas, y algunas  que estaban trabajando sin contrato.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Al preguntarles por su salud  actual se encontró que el 65,1% dijo que no tenía ninguna enfermedad, el 27,3%  dijo que una, el 5,7% dijo que dos, el 1% dijo que tres, una persona dijo tener  cuatro enfermedades y otra cinco. Había gran diversidad en el tipo de  enfermedades sufridas, siendo lo más frecuente que se tratase de problemas de  tipo osteomuscular (el 4,3%) o respiratorio (4,3%); el 3,3% dijo tener  depresión, el 2,9% infecciones, y el 2,4% problemas cardiocirculatorios.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Otros problemas de salud  citados, aunque con menos frecuencia (el 1,9% cada uno) fueron ansiedad,  jaquecas, Diabetes Mellitus y problemas neurológicos. Se citaron otros problemas  de tipo metabólico, renal, dermatológico, digestivo y estrés. El 64,9% no  consumía en el momento del pase de pruebas ningún medicamento, el 21,2% tomaba  uno, el 6,7% dos, el 3,8% tres, el 2,9% cuatro y una persona dijo tomar cinco  medicamentos. Los medicamentos consumidos con mayor frecuencia fueron los  ansiolíticos (el 8,2% de las personas con acoso laboral), seguido de  antidepresivos (el 6,7%), de antiinflamatorios (el 3,4%) y de calmantes (el  2,9%). Cuando se les preguntó por las enfermedades sufridas anteriormente, el  73,7% dijo no haber sufrido ninguna, el 16,7% dijo que una, el 5,3% dijo que  dos, el 3,3% dijo que tres, una persona dijo haber sufrido cuatro y otra cinco.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">El 85% de las personas que no  sufrían acoso laboral informaron no tener ninguna enfermedad cuando realizaron  las pruebas, el 12,4% dijo tener una, y el 2,4% dijo que dos. Al preguntarles  por las enfermedades anteriores, el 87,6% informó no haber tenido ninguna  enfermedad, el 10% dijo que una, el 1,9% dijo que dos y una de las personas dijo  haber sufrido tres. Lo más común es que se tratase de problemas de tipo  infeccioso (el 2,9%) u osteomusculares (el 2,4%), siendo menos común que citasen  problemas cardiocirculatorios (el 1,5%), Diabetes Mellitus (el 1,4%), o  respiratorios (el 0,5%). El 81,8% no consumía en la actualidad ningún  medicamento, el 12,4% consumía uno, el 3,8% dos y una de las personas consumía  cinco y otra seis. Lo más común es que se tratase de medicación específica de su  dolencia tal como, por ejemplo, insulina en el caso de las personas diabéticas.  El 2,4% dijo tomar calmantes, el 1,4% antiinflamatorios, el 1% ansiolíticos y  ninguna de las personas del grupo control tomaba antidepresivos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Para conocer si existían  diferencias a nivel cuantitativo entre las distintas medidas de salud en las  personas que habían sufrido acoso laboral y las que no lo habían sufrido, así  como si ello difería en función del género, se hicieron análisis de varianza. En  todos ellos se consideró como factores el sufrir acoso laboral (con acoso y sin  acoso) y el género (mujer y hombre). Y las variables dependientes fueron los  distintos indicadores de salud física y mental, los estilos de vida relacionados  con la salud, y la insatisfacción con el rol laboral.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En el MANOVA en que las  variables dependientes fueron el número de enfermedades sufridas en la época en  que cumplieron con las pruebas, el número de enfermedades anteriores, y el  número de medicamentos actuales, la interacción género X acoso laboral no fue  estadísticamente significativa, F (3, 411 = 2,73, p &gt; .05); pero sí el efecto  principal de haber sufrido acoso, F (3, 411 = 7,88, p &lt; .001). En la <a href="#tab2">Tabla Nº 2</a> se muestran los datos relativos a las medias,  desviaciones típicas y los ANOVA. Como puede observarse, las personas acosadas  en el trabajo tienen mayor número de enfermedades y consumen más medicamentos  que las que no sufren tal violencia.</font></p>     <p align="center"><a name="tab2"> <img border="0" src="/img/fbpe/st/v21n1/art03tab2.gif" width="555" height="255"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En el MANOVA en que las  variables dependientes fue la sintomatología depresiva, somática, de ansiedad e  insomnio, y de disfunción social, tal y como es evaluada por el GHQ-28, la  interacción género X acoso laboral fue estadísticamente significativa, F (4, 411  = 5,23, p &lt; .001) por lo que se hicieron los análisis de varianza de forma  independiente para cada género. En el análisis realizado en la muestra de  hombres en que se consideró como factor el sufrir o no acoso laboral se  encontraron diferencias estadísticamente significativas a nivel multivariado, F  (4, 195 = 5,60, p &lt; .001). Y también lo fueron los ANOVA en los que la variable  dependiente fue la sintomatología somática, de ansiedad e insomnio, y depresiva,  pero no lo fue el de disfunción social, tal y como se muestra en la <a href="#tab3">Tabla Nº 3</a>. Como puede observarse, los hombres víctimas de  acoso laboral tienen mayor sintomatología somática, depresiva y de ansiedad e  insomnio que los que no son víctimas de tal violencia.</font></p>     <p align="center"><a name="tab3"> <img border="0" src="/img/fbpe/st/v21n1/art03tab3.gif" width="551" height="318"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En el MANOVA realizado en la  muestra de mujeres, en que se consideró como factor el sufrir o no acoso laboral  y como variables dependientes las cuatro escalas del GHQ-28, se encontraron  diferencias estadísticas a nivel multivariado, F (4, 213 = 24,96, p &lt; .001), y  univariado (véase <a href="#tab3">Tabla N° 3</a>). Como puede observarse en  dicha tabla, las mujeres víctimas de acoso laboral tienen bastante más elevada  la sintomatología somática, depresiva, y de ansiedad e insomnio siendo también  más alta la disfunción respecto a las que no son víctimas de tal violencia.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Cuando se consideraron como  variables dependientes los dos factores de autoestima, el MANOVA evidenció que  la interacción género X acoso no era estadísticamente significativa, F (2, 411 =  0,012, p &gt; .05); pero sí el efecto principal del acoso laboral, F (2, 411 =  16,19, p &lt; .001). Y también se encontraron diferencias estadísticamente  significativas en los ANOVA en que se consideró como variable dependiente cada  uno de los factores de autoestima (véase <a href="#tab4">Tabla N°4</a>). Como  puede observarse, las personas acosadas en el trabajo se valoran de forma más  negativa y tienen menor confianza en sí mismas que las personas que no sufren  tal acoso.</font></p>     <p align="center"><a name="tab4"> <img border="0" src="/img/fbpe/st/v21n1/art03tab4.gif" width="558" height="206"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En el MANOVA en que las  variables dependientes fueron los dos factores de apoyo social la interacción  género X acoso laboral no fue estadísticamente significativa, F (2, 407 = 0,86,  p &gt; .05); pero sí lo fue el efecto principal de haber sufrido acoso, F (2, 407 =  4,97, p &lt; .05). En la <a href="#tab5">Tabla N° 5</a> se muestran los datos  relativos a las medias, desviaciones típicas y los ANOVA. Como se observa, las  personas con acoso laboral cuentan con menor apoyo social, instrumental y  emocional, que las que no sufren tal violencia.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><a name="tab5"> <img border="0" src="/img/fbpe/st/v21n1/art03tab5.gif" width="555" height="200"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En el MANOVA en que las  variables dependientes fueron las variables relativas a la conducta de fumar  tabaco (número de cigarrillos al día), el consumo semanal de bebidas alcohólicas  (número de copas) y las horas semanales dedicadas al ejercicio físico, la  interacción género X acoso laboral no fue estadísticamente significativa,  F(3,381=0,72, p&gt; .05); pero sí lo fue el efecto principal de haber sufrido acoso  laboral, F (3,381 = 5,79, p &lt; .01). En la <a href="#tab6">Tabla N° 6</a> se  muestran las medias, desviaciones típicas y los principales resultados del ANOVA.  Como puede observarse, las personas con acoso laboral fuman un mayor número de  cigarrillos al día y toman más bebidas alcohólicas, pero también dedican más  tiempo cada semana al ejercicio físico que las personas que no sufren tal  violencia.</font></p>     <p align="center"><a name="tab6"> <img border="0" src="/img/fbpe/st/v21n1/art03tab6.gif" width="555" height="237"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Finalmente, se realizó un  análisis de varianza considerando como factores el sufrir o no acoso laboral y  como variable dependiente la insatisfacción con el rol laboral. La interacción  género X acoso laboral no fue estadísticamente significativa, F (1, 397 = 3,24,  p &gt; .05); pero sí lo fue el efecto principal de haber sufrido acoso, tal y como  se muestra en la <a href="#tab7">Tabla N° 7</a>, donde se constata que las  personas víctimas de acoso laboral presentan mayor insatisfacción con su rol  laboral.</font></p>     <p align="center"><a name="tab7"> <img border="0" src="/img/fbpe/st/v21n1/art03tab7.gif" width="556" height="174"></a></p>     
<p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Discusión</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Los resultados del presente  estudio evidencian que, en España, y al igual que se ha detectado en otros  países (Acevedo, 2012; LeBlanc &amp; Kelloway, 2002; Mikkelsen &amp; Einarsen, 2002;  Tuckey et al., 2010), el acoso laboral es un riesgo importante para la salud de  las personas que lo sufren, afectando a su salud física, mental, social y  también a su satisfacción con el rol laboral.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">El análisis de las  características sociodemográficas de las víctimas que participaron en el  presente estudio evidenció la universalidad del fenómeno en España, en el  sentido de que se da en personas de todo el rango de edad laboral, y nivel  académico y laboral. Además, se da en profesiones y puestos jerárquicos y  condiciones laborales muy diversas, en empresas privadas y en el sector público.  Asi como lo sufren personas cuyo empleo incluye la defensa del orden público y  la seguridad (policías). Estos resultados coinciden con los realizados en otros  países (Tuckey et al., 2012).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En el análisis de los problemas  de salud física destaca, junto con la existencia de un mayor número y diversidad  de enfermedades que en las personas víctimas de acoso laboral. la mayor  frecuencia informa tener problemas respiratorios (4,3%) respecto a la muestra de  la población general de igual género, edad y nivel educativo y laboral, donde  solo el 0,5% informó de tener tales afecciones. Además, el riesgo de problemas  osteomusculares y cardiocirculatorios también estaba aumentado. Solamente las  personas víctimas de acoso informaron tener depresión, ansiedad o estrés, pese a  que el 6,7% de ellas estaba tomando antidepresivos, medicación que estaba  ausente en las personas de la población general que no sufrían acoso laboral.  Así mismo, el 8,2% de dichas víctimas estaban en tratamiento con ansiolíticos,  pero ello solo se daba en el 1% de las personas que no sufrían acoso laboral.  Algunos de los riesgos para la salud del acoso laboral encontrados en el  presente trabajo coinciden con los de otros países, donde se ha detectado  asociación entre acoso laboral y problemas depresivos y mayor riesgo  cardiovascular (Kivimäki et al., 2003; Tuckey et al., 2010).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Los resultados obtenidos a  través del pase de pruebas psicológicas evidenció la existencia de peor salud  mental en las personas que sufren acoso laboral, si bien el impacto fue mucho  más elevado en las mujeres, donde el porcentaje de varianza explicada en  sintomatología de ansiedad e insomnio y somática era superior al 20%. El efecto  en la sintomatología depresiva también era sensiblemente mayor que en el caso de  los hombres víctimas de acoso laboral y, mientras que éstos no mostraban mayor  disfunción social que los hombres que no sufrían tal violencia, las mujeres  víctimas de acoso laboral también informaban de mayor disfunción respecto a las  mujeres del grupo control.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Por tanto, los resultados del  presente trabajo indican que, aunque el acoso laboral influye de forma negativa  en la salud mental de todas las personas que lo sufren, su efecto es mucho más  grave en las mujeres que en los hombres. Aunque no se sabe la causa de ello,  pudiera ser que las mujeres también estuviesen sufriendo acoso sexual, el cual  sigue siendo mucho más común en el género femenino (Wienner et al. 2012) y del  que existe evidencia que su impacto en la salud mental es más elevada que las  otras formas de violencia laboral (Dionisi, Barling &amp; Dupré, 2012).Se trata de  una cuestión importante que deberá ser investigada en profundidad en posteriores  trabajos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Las víctimas de acoso laboral  también se valoraban a sí mismas de forma más negativa que las personas que no  habían sufrido tal violencia. Aunque se desconocen las causas de ello, pudiera  ser consecuencia de que se auto culpen y atribuyan alguna responsabilidad de la  violencia sufrida ya que, como se citó en la introducción, en muchos casos de  acoso laboral se da un ambiente hostil e intimidatorio contra la víctima que  puede hacer que ella misma llegue a interiorizar o creer algunas de las  características que le atribuyen quienes les acosan.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">En cuanto al apoyo social, las  victimas de acoso poseen menos apoyo social que las personas que no sufren  acoso. Esto puede ser un reflejo del ambiente hostil, aislamiento y la falta de  ayuda ofrecida por el resto de compañeras y compañeros. Además, se ha detectado  otros riesgos para la salud de la persona acosada, tales como el aumento de la  conducta de fumar y de tomar bebidas alcohólicas, aunque se ha observado que  dedican más tiempo al ejercicio físico, lo que quizá realicen en un intento de  hacer frente al elevado estrés derivado del acoso sufrido.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Pese a que esta investigación  tiene una serie de limitaciones entre la que destaca que se trata de un estudio  transversal y, por tanto, no pueden hacerse atribuciones causa-efecto entre el  acoso laboral y los problemas de salud, aumenta la evidencia que el acoso  laboral supone un riesgo para la salud y el bienestar de las personas  trabajadoras.</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Agradecimientos</font></b></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">Financiamiento: Ministerio de  Economía y Competitividad. Subdirección General de Proyectos de Investigación,  Referencia: FEM2012-34632</font></p>     <p align="justify"><b><font face="Verdana" size="2">Referencias Bibliográficas</font></b></p>     <!-- ref --><p align="justify"><font face="Verdana" size="2">1. Acevedo, D. (2012). Violencia  laboral, género y salud. Trabajadoras y trabajadores de la manufactura. Salud de  los Trabajadores, 20(2),166-177. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2891912&pid=S1315-0138201300010000300001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p align="justify"><font face="Verdana" size="2">2. Bowling, N. A. &amp; Beehr, T. A. (2006). Workplace  harassment from the victim’s perspective: A theoretical model and meta-analysis.  J ApplPsychol, 91(5), 998–1012.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">3. Carbonell, E. J., Gimeno, M. A. &amp; Mejías, A.  (2008). El acoso laboral antes llamado mobbing.Un enfoque integrador.Valencia:  Tirant lo Blanc. </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">4. Dionisi, A., Barling, J. &amp; Dupré, K. E. (2012).  Revisitingthecomparativeoutcomes of workplaceaggression and sexual harassment. J  Occup HealthPsychol, 17(4), 398-408.doi: 10.1037/a0029883.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">5. Dollard, M. F. &amp;  Bakker, A. B. (2010). Psychosocial safety climate as a precursor to conducive  work environments, psychological health problems, and employee  engagement.Journal of Occupational and Organizational Psychology,83, 579–99.doi:  10.1348/096317909X470690</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">6. España. Ley Orgánica 10/1995 delCódigo Penal (1995, 23  de Noviembre). En: BOE, núm. 281, Noviembre 24, 1995.[en línea]Recuperada de:  <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.html">http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.html</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">7. España. Ley Orgánica 3/2007  para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. (2007, 22 de Marzo). En: BOE,  núm. 71, Marzo 22, 2007. [en línea] Recuperada de:  <a href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115">http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">8. España. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. (1995,  24 de Marzo). Real Decreto Legislativo 1/1995 por el que se aprueba el texto  refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En: BOE, núm. 75, Marzo 29,  1995.(en línea). Recuperado de: <a href="http://www.boe.es/buscar/act.phpid=BOE-A-1995-7730&p=20130316&tn=2">http://www.boe.es/buscar/act.phpid=BOE-A-1995-7730 &amp; p=20130316 &amp; tn=2</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">9. Feldman, L. &amp; Blanco, G. (2012).Una aproximación al  estudio de los factores psicosociales laborales en Venezuela. Salud de los  Trabajadores, 20(1), 75-92.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">10. Goldberg, D. P. &amp; Hillier, V. F. (1979). A scaled  version of the General Health Questionnaire. Psychological Medicine,  9(1),139-45.doi: <a href="http://dx.doi.org/10.1017/S0033291700021644">http://dx.doi.org/10.1017/S0033291700021644</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">11. Goldberg, D.,  Williams, P., Lobo, A. &amp; Muñoz, P. E. (1996).General HealthQuestionnaire (Gq28).  Cuestionario de Salud General: Guía para el usuario de las distintas versiones.  Barcelona: Masson.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">12. Kearney, L. K. &amp; Rochlen, A. B.  (2012). Mexican-American anda Caucasian universitymen´sexperience of sexual  harassment: A preliminary report. Psychology of Men &amp; Masculinity, 13(3),  264-69. doi: 10.1037/a0025031</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">13. Kivimäki, M., Elovainio, M. &amp;Vahtera, J. (2000).  Workplace bullying and sickness absence in hospital staff. Occup Environ Med,  57(10),656–60. </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">14. Kivimäki, M., Virtanen, M., Vartia, M., Elovainio, M., Vahtera,  J. &amp;Keltikangas-Järvinen, L. (2003). Workplace bullying and the risk of  cardiovascular disease and depression. Occup Environ Med, 60(10),779–83.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">15. Law,  R., Dollard, M. F., Tuckey, M. R. &amp;Dormann, C. (2011).Psychosocial safety  climate as a lead indicator of workplace bullying and harassment, job resources,  psychological health and employee engagement. Accid Anal Prev. 43(5), 1782–93.  doi: 10.1016/j.aap.2011.04.010</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">16. LeBlanc, M. M. &amp; Kelloway, E. K. (2002).Predictors  and outcomes of workplace violence and aggression. JApplPsychol, 87(3), 444–453.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">17. Leymann, H. (1996). Mobbing. La persecution autraviail. París: Seuil. Matud, M.  P. (1998). Investigación del estrés y su impacto en la salud de las mujeres en  Canarias. Informe del proyecto de investigación. Instituto Canario de la Mujer.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">16. Matud, M. P. (2008). Género, estrés y salud: estudio de su asociación y del  papel de los medios de comunicación como transmisores de los roles de género  tradicionales. Proyecto de Investigación subvencionado por el Ministerio de  Educación y Ciencia de España.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">17. Mikkelsen, E. G. &amp;Einarsen, S. (2002).  Relationships between exposure to bullying at work and psychological and  psychosomatic health complaints: The role of state negative affectivity and  generalized self-efficacy. Scand J Psychol, 43(5), 397–405.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">18. Rayner, C. (1997).  Incidence of workplace bullying. Journal of Community &amp; Applied Social  Psychology, 7(3), 199 –208.doi: 10.1002/ (SICI)1099-1298(199706)7:3&lt;199::AIDCASP418&gt;  3.0.CO;2-H</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">19. Rector, N. A. y Roger, D. (1993, julio). Self-Concept and emotional-control.  Paper presented at the 3rd Annual Meeting of the European Congress of Psychology.  Helsinki. Finlandia.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">20. Rojas Rivero, G. (2005). Delimitación, prevención y tutela  del acoso laboral. Albacete: Bomarzo. Rospenda, K. M. (2002). Workplace  harassment, services utilization, and drinking outcomes. J Occup Health Psychol.,  7(2),141-55.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">21. Salin, D. (2003). Ways of explaining workplace bullying: A review  of enabling, motivating and precipitating structures and processes in the work  environment. Human Relations, 56(10),1213–32. doi: 10.1177/00187267035610003</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana" size="2">22. Tuckey, M. R., Chrisopoulos, S. &amp; Dollard, M. F. (2012). Job demands, resources,  deficiencies, and workplace harassment: Evidence for microlevel effects.  International Journal of Stress Management, 19(4), 292-310.doi: 10.1037/  a0030317</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">23. Tuckey, M. R., Dollard, M. F., Saebel, J. &amp; Berry, N. (2010). Negative  workplace behavior: Temporal associations with cardiovascular outcomes and  psychological health problems in Australian police. Stress and Health, 26(5),  372–381. <a href="http://dx.doi.org/10.1002/smi.1306">http://dx.doi.org/10.1002/smi.1306</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">24. Vartia, M. (1996). The sources of  bullying: Psychological work environment and organizational climate. European  Journal of Work and Organizational Psychology,5(2), 203–14.<a href="http://dx.doi.org/10.1080/13594329608414855">http://dx.doi.org/10.1080/13594329608414855</a> </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">25. Velasco Portero, M.T. (Dir.) (2011). Mobbing, acoso laboral y acoso por razón de  sexo. Guía para la empresa y las personas trabajadoras. Madrid: Tecnos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">26. Wiener,  R. L., Bennett, S., Cheloha, C. &amp; Nicholson, N. (2012).Genderpolicing:  harassmentjudgmentswhenmen target othermen. Psychology, PublicPolicy, and Law,  18(2), 245- 267.doi: 10.1037/a0025904</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana" size="2">27. Wiener, R. L., Gervais, S. J., Allen, J. &amp;  Marquez, A. (2013). Eye of beholder: Effects of perspective and sexual  objetification on harassment judgements. Psychology, PublicPolicy, and Law,  19(2), 206-21. doi: 10.1037/a0028497</font></p>       ]]></body>
<back>
<ref-list>
<ref id="B1">
<label>1</label><nlm-citation citation-type="">
<source><![CDATA[]]></source>
<year></year>
</nlm-citation>
</ref>
</ref-list>
</back>
</article>
