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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Trayectoria de la nacionalización petrolera]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[In this article, the author examines the trajectory and the current situation of the Venezuelan oil industry, thirty years alter its nationalization. He starts by introducing three basic concepts he considers crucial for understanding the process and its history: the nation, the State and nationalization. At the same time he defines energy as a Social Product as it is fundamental for the organization of the society and for life itself. He indicates how the carbohydrates became, from the late nineteenth century, the primary source of energy, generating a discussion over property rights. The second part of the article broaches the outstanding features of the development of the industry, highlighting the jurisdictional framework elaborated for the activity, at the same time, arguing that from the outset, with the initial concessions, there was a desire to eventually nationalize the industry. Important steps in this direction were the 1943 legislation and the 1971 reversion law, together with the creation of institutions such as the CVP and OPEC. This process led finally to the 1975 law reserving the operation and commercialization of the carbohydrates to the State. The article concludes arguing that currently the aim is to improve the nationalization going beyond the traditional model of extraction for the export market incorporating the activity of the industry to the internal dynamics of the economy by strengthening its links to other sectors of the society.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[ <p align="center"><b> <span style="font-family: Verdana">Trayectoria de la nacionalización petrolera</span></b></p>     <p align="center"><b> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Álvaro Silva Calderón</span></b></p>     <p align="center" style="text-align: justify; text-autospace: ideograph-numeric ideograph-other"> <span style="font-family: Verdana"><font size="2">Abogado con Doctorado en Derecho de la  Universidad Central de Venezuela. Profesor en esa misma universidad, de donde es  Profesor Emérito. Fue Consultor Jurídico del Ministerio de Minas e  Hidrocarburos. Miembro de la Comisión de Energía y Minas de la Cámara de  Diputados. Formó parte de la Comisión Presidencial de Reversión que presentó el  proyecto inicial que daría lugar a la Ley que Reserva al Estado la Industria y  el Comercio de los Hidrocarburos (Ley de Nacionalización), promulgada en agosto  de 1975. Designado viceministro de Minas en 1999 y Ministro de Energía y Minas  en 2001, cargo que ocupa hasta junio de 2002. Durante su ejercicio como ministro  de Energía y Minas fue aprobada la Ley Orgánica de Hidrocarburos actualmente  vigente. En julio de 2002 asume la Secretaria General de OPEP, hasta finalizar  el período en diciembre de 2003. </font></span> <font size="2"> <span style="font-family: Verdana"> Caracas-Venezuela </span> <span lang="ES-AR" style="font-family: Verdana"> alvaro_silva@cantv.net</span></font></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; font-weight:700">Resumen</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">En este artículo se  examina la trayectoria y la situación actual de la industria petrolera nacional  a tres décadas de su nacionalización. Comienza por precisar tres conceptos  básicos para comprender el proceso y su historia: nación, Estado y  nacionalización. Se define así mismo a la energía como un bien social ya que de  ella depende la organización de la sociedad y la vida misma. Se recuerda que los  hidrocarburos, desde finales del siglo <span style="font-variant: small-caps"> xix</span>, se fueron convirtiendo en la principal fuente de energía y de allí  la relevancia de la discusión sobre la propiedad de ese recurso. En su segunda  parte el artículo aborda los rasgos esenciales de la historia del petróleo en  Venezuela, centrándose en el análisis de los regímenes jurídicos que han normado  esa actividad y argumentando que, desde el otorgamiento de las primeras  concesiones, comenzó a gestarse en el país el anhelo por la nacionalización. El  desarrollo de ese anhelo es el que lleva a la promulgación de importantes leyes,  como la de 1943 o la de reversión en 1971 y a la fundación de trascendentales  instituciones como  la CVP o la OPEP. Ese  proceso conduce a que en 1975 se promulgue la Ley que Reserva al  Estado la Industria  y el Comercio de los Hidrocarburos. Concluye el artículo afirmando que en la  actualidad se busca perfeccionar la nacionalización para superar el modelo  extractivo exportador tradicional, incorporando la actividad petrolera a la  economía interna y fortaleciendo sus vínculos con otros sectores de la sociedad.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"><b>Palabras clave</b>: Petróleo, industria  petrolera, nación, Estado, nacionalización, empresas mixtas, Venezuela.</span></p>     <p align="center"><b> <span lang="EN-US" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">The  Trajectory of the Oil Nationaization</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="EN-GB" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; font-weight:700">Abstract</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="EN-US" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">In this  article, the author examines the trajectory and the current situation of the  Venezuelan oil industry, thirty years alter its nationalization. He starts by  introducing three basic concepts he considers crucial for understanding the  process and its history: the nation, the State and nationalization. At the same  time he defines energy as a Social Product as it is fundamental for the  organization of the society and for life itself. He indicates how the  carbohydrates became, from the late nineteenth century, the primary source of  energy, generating a discussion over property rights. The second part of the  article broaches the outstanding features of the development of the industry,  highlighting the jurisdictional framework elaborated for the activity, at the  same time, arguing that from the outset, with the initial concessions, there was  a desire to eventually nationalize the industry. Important steps in this  direction were the 1943 legislation and the 1971 reversion law, together with  the creation of institutions such as the CVP and OPEC. This process led finally  to the 1975 law reserving the operation and commercialization of the  carbohydrates to the State. The article concludes arguing that currently the aim  is to improve the nationalization going beyond the traditional model of  extraction for the export market incorporating the activity of the industry to  the internal dynamics of the economy by strengthening its links to other sectors  of the society.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="EN-US" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"><b>Key Words</b>:  Oil, Oil Industry, Nation, State, Nationalization, Venezuela.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">En septiembre de 1975 se  promulgó en Venezuela la Ley Orgánica que Reserva al Estado la Industria y el  Comercio de los Hidrocarburos, conocida como Ley de Nacionalización Petrolera.  Las tres décadas transcurridas desde entonces parecen un período razonable para  examinar la trayectoria y el estado actual del proceso de nacionalización en el  país.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">A ese efecto luce  conveniente hacer algunas apuntaciones generales sobre la nacionalización y los  hidrocarburos, que puedan servir de referencia para el análisis.</span></p>     <p style="text-align: justify"><i> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La nación</span></i><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">:  Es un grupo social unido por vínculos genéticos, económicos y espirituales, con  vocación de permanencia indefinida en el tiempo. Esos vínculos son reforzados  por el propio grupo social mediante costumbres, tradiciones, modos de actuación  y cultura en general, que definen su identidad y le permite prolongarse a través  de las generaciones.</span></p>     <p style="text-align: justify"><i> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">El Estado</span></i><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">:  La nación no es una mera agrupación de personas, ni una agrupación transitoria  que aparece y desaparece y aunque en ocasiones, por diversas razones, puede  migrar de un territorio a otro, cuando se arraiga en uno, toma conciencia de  recíproca pertenencia con él y adopta una organización jurídica, pasa a tener  forma de Estado y adquiere personería internacional, es decir, es reconocido por  otros Estados con el atributo de la soberanía.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La <i>relación  nación-Estado</i> es la de fondo y forma: La nación tiene una existencia venida  de la naturaleza gregaria del hombre, que trasciende a los individuos que la  integran, que es superior a cada uno de ellos y que como tal exige sometimiento  del interés individual al colectivo, al cual da primacía en razón de que la  existencia del grupo social es indispensable para la existencia del hombre. El  Estado es la organización formal superior de la nación, mediante la adopción de  un régimen jurídico general aplicable a sus integrantes y oponible a otros  Estados.</span></p>     <p style="text-align: justify"><i> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La nacionalización</span></i><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">:  Consiste en la atribución de bienes o servicios a una nación, para que los use o  administre en su organización o buen funcionamiento y en beneficio colectivo de  sus integrantes.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Así como el hombre por  instinto se agrupa en sociedad, tiene también la tendencia a la apropiación de  bienes para su exclusivo uso o disfrute y cuando se presentan conflictos entre  esa dos maneras de actuación humana, la nacionalización es el modo mas racional,  si no el único, para resolverlos.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Desde sus inicios el grupo  social conviene en calificar ciertas categorías de bienes como indispensables  para su organización y buen funcionamiento y por tanto, no apropiables por los  particulares para su beneficio exclusivo. Son los bienes del dominio público  como los ríos, los mares, los lagos, los caminos, las fortalezas y las minas en  gran parte del mundo. Es lo que podríamos denominar una <i>nacionalización ab  initio</i>.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Además, la evolución  jurídica universal ha confirmado que los bienes susceptibles de apropiación  privada lo son a condición de que ello no sea contrario a la organización y buen  funcionamiento del grupo, es decir, al interés público o social y para resolver  los conflictos que al respecto puedan presentarse, se ha consagrado la figura de  la <i>expropiación</i>, que podríamos<b> </b>llamar<b> </b><i>nacionalización  particularizada</i>.</span></p>     <p style="text-align: justify; margin-left: 18.0pt"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La nacionalización es algo  más que una técnica o un método, gracias a los cuales el Estado asumiría  funciones puramente económicas. Ella encubre sobre todo una aspiración a  realizar la paz y la justicia sociales y a suprimir las disputas y los  conflictos sociales.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify; margin-left: 18.0pt"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Aunque esos objetivos nos  parezcan lejos de ser alcanzados y cualquiera que sea nuestra actitud frente a  este problema (...) no podemos negar que en la base de las nacionalizaciones  efectuadas en el curso de los últimos decenios se encuentra la idea de la paz y  de la igualdad sociales (...) Tampoco constituye la nacionalización un fenómeno  transitorio. Por el contrario, independiente del tiempo y del espacio, lo que  hoy concreta la nacionalización dentro del campo del derecho, está profundamente  arraigado en la naturaleza humana (Katsarov, 1963, 22).</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La nacionalización tiene  implicaciones económicas, políticas y jurídicas, y antes de institucionalizarse  pasa por la consideración de necesidades y anhelos sociales: Una fase previa que  forma parte de un proceso que no se completa por el solo hecho de haber sido la  nacionalización admitida políticamente o establecida jurídicamente, sino después  que ella se ha enraizado en el grupo social y producido por lo menos algunos de  sus efectos.</span></p>     <p style="text-align: justify"><i> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La energía como bien  social</span></i><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">: La  energía de la cual depende la organización de la sociedad y la vida misma está  en la categoría de bienes que requieren un estrecho control social.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">No se concibe hoy, y  creemos que no ha existido nunca, un grupo social, una nación o un conjunto  regional de naciones, sin una política energética, por primaria que sea, y sin  una estrategia sobre la manera de obtener la energía que requiere para su  organización y funcionamiento.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Es más, lo concerniente a  la energía se ha vuelto, y lo será cada vez con mayor énfasis, una cuestión  mundial, ya que la forma del crecimiento humano se ha basado en un acelerado  consumo de energía y en una masiva utilización de las fuentes de donde se la  obtiene, a una velocidad mayor que aquella necesaria para que la naturaleza las  restituya, lo cual, de seguir el presente modelo de desarrollo del mundo,  llevará a una merma o agotamiento de las fuentes ahora utilizadas, con riesgo no  sólo del suministro de energía, sino con peligro de trastornos del ambiente  mundial y amenaza para la existencia de la vida del hombre y de otras especies  vivas en la tierra. Esos trastornos ambientales no son deducciones con efectos  para el futuro, sino reales tragedias que ya estamos viviendo.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La energía está  inevitablemente entrelazada con la preservación del ambiente, de manera que como  un todo, junto con el modelo de desarrollo humano, viene siendo preocupación no  sólo de teóricos y científicos, sino en concreto de los políticos, de las  naciones y de las organizaciones internacionales (Protocolo de Kioto, Cumbre  Mundial Sobre Desarrollo Sustentable. </span> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Naciones  Unidas. Johannesburgo, 2.000, etc.).</span></p>     <p align="justify"><i> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; font-weight: normal">Los  hidrocarburos</span></i><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; font-weight: normal">:  Como los hidrocarburos han devenido desde finales del siglo <span style="font-variant: small-caps">xix</span> la fuente primordial de la  energía que el mundo consume, ellos han pasado a ser objeto de las más altas  preocupaciones de las naciones, de sus políticas y de sus estructuras legales.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Los hidrocarburos no son  ni pueden ser asimilados o tratados como una mercancía ordinaria, sujeta al solo  interés mercantil privado o a las reglas comunes del mercado, sino que ellos  están inevitablemente sujetos al interés colectivo y, por tanto, regulados por  el derecho público a su más alto nivel.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">En razón de  la carga energética que los hidrocarburos soportan, que los hace de consumo  indispensable, y dadas las dificultades que la búsqueda de sus yacimientos y su  extracción, transportación, transformación y distribución envuelven, se ha  requerido para ello la aplicación de grandes capitales y a su vez, por el  predominio del capitalismo en el mundo, se han formado gigantescas empresas que  han hecho del petróleo el objeto de uno de los mas lucrativos negocios  mundiales.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> Además, como los yacimientos de hidrocarburos están irregularmente distribuidos  en el mundo y es también desigual el consumo energético en razón del mayor  desarrollo y predominio económico, político y militar de algunas naciones, se ha  formado un intenso comercio internacional de hidrocarburos y, más que en ningún  otro campo, ha habido transnacionalización de actividades, que no sólo ha  traspasado fronteras para la inversión o colocación de capitales, sino que se ha  sobrepuesto a gobiernos e influido en sus decisiones, llegando incluso, cuando  ha habido resistencia de éstos, a crearles problemas de gobernabilidad, a  producir golpes de Estado, a traspasar fronteras con intenciones invasivas o de  variarlas con el propósito de formar nuevas entidades políticas.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Todo eso ha  traído como consecuencia una urdimbre de relaciones económicas, políticas y  militares, de alta y baja política, de grandísima complicación, no ayunas por  supuesto de intrigas, espionajes, traiciones y violencia, cuyo centro de  gravitación ha sido el control de los hidrocarburos. Todo esto hace inevitable  la presencia e intervención de las naciones, individual o coordinadamente.</span></p>     <p style="text-align: justify"><i> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  propiedad de los hidrocarburos</span></i><span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">:  El problema jurídico de la propiedad de tales recursos ha estado envuelto en  todo esto. Quienes no los tienen han querido verlos como una “cosa de nadie” (<i>res  nullius</i> que decía el viejo Derecho Romano), apropiables por el primero que  los hallase o pudiera dominarlos; como las cosas silvestres, las cuales todos  podían tomar, sin más costo que el del esfuerzo para hacerlo y sin ninguna  atribución de valor a la cosa apropiada. Todas estas posturas, sin embargo,  estaban basadas paradójicamente en el derecho de propiedad, que los partidarios  de ellas alegaban debía tenerse como sacrosanto, por supuesto, después que ellos  se hubieran apropiado de los recursos de hidrocarburos.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Otras tesis  han sostenido la propiedad colectiva de las minas. Los yacimientos, entre ellos  los de hidrocarburos, según ancestrales posturas, son tan altamente productivos  y constitutivos de acumulaciones no hechas por el esfuerzo humano, sino por la  naturaleza, que una razón de justicia indica que deben ser de aprovechamiento  del grupo social en conjunto y no de algunos de los particulares que lo  integran.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">A lo  anterior se añade que los recursos mineros son, en sí mismos, por su utilidad,  de tanta importancia social, incluso para la defensa y preservación de los  grupos sociales, que no es conveniente que los particulares se los apropien en  detrimento de altos intereses de todos.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.2pt"> Estas consideraciones, de una u otra manera, han estado presentes en el quehacer  petrolero venezolano y por supuesto en su proceso de nacionalización.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">El petróleo  en Venezuela</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Noticias  sobre la existencia del petróleo en Venezuela y de su utilidad se tuvieron desde  los tiempos precolombinos (menes para el calafateo de curiaras y propósitos  curanderos) y coloniales (petróleo flotando en las aguas del mar cercanas a  Cubagua y los primeros barriles exportados como remedio para los reyes).</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Además, a  comienzos de la vida republicana hubo algunas inquietudes científicas referentes  al petróleo y a fines del siglo <span style="font-variant: small-caps">xix</span>,  otorgamiento de concesiones para su explotación, sin resultados permanentes, con  excepción de los serios esfuerzos prácticos resultantes de la concesión otorgada  en 1878 por el Gran Estado de los Andes a Manuel Antonio Pulido, que sirvió de  base a la empresa Petrolia del Táchira.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Descontado  todo lo anterior, a Venezuela la sorprende la era petrolera y el conocimiento de  la existencia de enormes yacimientos de hidrocarburos en su territorio, a  comienzos del siglo xx, en situación de pobreza y de atraso económico,  tecnológico y político, una de cuyas consecuencias fue la entrega del manejo de  esos recursos a empresas privadas extranjeras.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Así, en  1900 la empresa inglesa Asphalt Paving inicia explotación de asfalto en  Pedernales y la United States and Venezuelan Co. recibe concesión para explotar  asfalto en Carrasqueo (Zulia); en 1901 la New York and Bermúdez Company comienza  a extraer asfalto en el lago de Guanoco (Sucre), empresa esta famosa por haber  apoyado la llamada Revolución Libertadora para derrocar al presidente Cipriano  Castro, quien victorioso tomó medidas contra ella (Giacopini Zárraga, 1986, 24).</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Hombres de  negocios o aprovechadores de entonces vieron al petróleo como otro renglón  económico más, que países avanzados del norte habían descubierto y utilizaban y  que Venezuela podía venderles. Esos hombres de negocios, bien relacionados con  gentes de los gobiernos o con mal fundamentadas esperanzas de capitanes de  empresa, fueron ciertamente grandes intermediarios o testaferros, que obtuvieron  inmensas porciones del territorio nacional en concesiones que, casi de  inmediato, traspasaron a empresas petroleras extranjeras.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> Se inició de esa manera la condición de Venezuela como importante país petrolero  sobre un régimen legal concesionario, que tenía como base la propiedad colectiva  de los yacimientos mineros venida de la legislación colonial, según la cual  todas la minas, incluidos los bitúmenes o jugos de la tierra pertenecían a la  real corona española, principio del cual fue sucesora la República, confirmado  por el decreto del Libertador Simón Bolívar dictado en 1829, en Quito.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">El esquema  teórico legal era el de la nación como propietaria de los yacimientos de  hidrocarburos, cuya explotación otorgaba a particulares, mediante la figura de  la concesión, que éstos pretendían y muchas veces se toleraba fuera tratada como  una relación fundamentalmente contractual.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">De lo  anterior se destacan dos hechos: Los yacimientos de hidrocarburos nacionalizados <i>ab initio</i> y la explotación de los mismos en manos privadas. Es lo que  podíamos llamar una <i>inepta</i><b> </b>o<b> </b><i>imperfecta nacionalización</i>,  porque tanto el dominio útil de los bienes nacionales (los yacimientos) como las  actividades sobre ellos estaban fundamentalmente en manos privadas.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Del tipo de  concesiones con pretensiones contractuales fueron las otorgadas en 1907 a Andrés  Jorge Vigas, por 2.000.000 de hectáreas en el estado Zulia; en el mismo año a  Antonio Aranguren por 1.000.000 de hectáreas; en 1907 a Francisco Jiménez Arráiz  por 500.000 hectáreas en Falcón y Lara; en 1907 a Bernabé Planas por 500.000  hectáreas en Falcón; en 1909 a John Halen Tregelles y N.G. Burrch, ingleses, por  27.000.000 de hectáreas; en 1910 y 1912 a Rafael Max Valladares sobre extensas  áreas de los estados Sucre, Monagas, territorio federal Delta Amacuro,  Anzoátegui, Carabobo, Táchira, Monagas, Mérida, Lara, Trujillo, Yaracuy, Zulia y  Falcón (cedidas casi de inmediato a la Caribean Petroleum Company, controlada  luego por la Royal Dutch Shell) (Giacopini Zárraga, 1986, 26).</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  concesión</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  concesión es una figura del derecho público, mediante la cual se otorga,  temporal y condicionadamente, a los particulares el derecho a realizar  determinadas actividades, que originalmente un ente público debe prestar, o  garantizar que se preste, de manera adecuada para beneficio de la colectividad;  lo que trae como lógica consecuencia que el ente público retenga la facultad de  vigilar y fiscalizar la realización de las actividades concedidas.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> Así las actividades petroleras debían realizarse bajo la vigilancia y  fiscalización del Estado, el cual además tiene siempre el poder soberano de  imposición. No obstante el poder que el Estado concedente conserva –de la  cualidad de propietario de este sobre los yacimientos otorgados en concesión y  de su capacidad de imponer, dadas las debilidades tecnológicas, económicas y  políticas del Estado venezolano al iniciarse la gran explotación petrolera– hizo  que muchas de sus facultades fueran dejadas de lado o ejercidas a medias o con  dificultades, todo lo cual facilitó a los concesionarios asumir un papel  preponderante, que llegó casi a arropar facultades esenciales del Estado, como  la de legislar. Se dice que Juan Vicente Gómez expresó alguna vez a sus  colaboradores que dejaran que las compañías petroleras hicieran una de las leyes  de hidrocarburos, porque ellas eran, a decir del dictador, quienes “sabían de  eso”.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Los  concesionarios se aprovechaban de tales circunstancias y se comportaban como  propietarios o algo más, como grandes propietarios privilegiados. Esto trajo  confusión, real por ignorancia o simulada por malicia, en algunos que no  distinguían o no querían distinguir entre los yacimientos que son bienes  nacionales desde antaño y las actividades concedidas, realizadas por los  particulares en su condición de concesionarios. Y afirmaban esos reales o  aparentes confusos que hablar de nacionalización petrolera era una inutilidad,  porque los yacimientos siempre habían estado nacionalizados, cuando en verdad el  propósito de la Ley de Nacionalización Petrolera era que la nación, representada  por el Estado, como un paso indispensable en el proceso de nacionalización,  reasumiera las actividades petroleras que había entregado a los particulares,  aunque no suficiente para la culminación del proceso.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  nacionalización como anhelo</span></b></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> Desde el momento mismo en que los gobiernos venezolanos de comienzo del siglo <span style="font-variant: small-caps">xx</span> entregaron en concesiones  inmensas porciones del territorio nacional para la búsqueda y explotación de los  hidrocarburos, surgieron tres cuestiones: Una, la de la legalidad de los actos  de otorgamiento; otra, la cuantía de los pagos que la nación recibía; y,  tercera, el anhelo de sectores nacionales de ver algún día las actividades  petroleras llevadas a cabo por los venezolanos.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Los  primeros tiempos del régimen concesionario en Venezuela se caracterizaron, de un  lado, por la lucha de las empresas extranjeras entre sí, para tratar de  apoderarse de las mejores áreas prospectivas, con la ayuda de los intermediarios  o testaferros venezolanos, y, del otro lado, por la búsqueda de la República por  darle un cauce legal a las actividades petroleras y mejorar la participación de  la nación en las ganancias producidas por tales actividades. La idea de la  nacionalización no pasaba de ser un anhelo, no establecido en los programas de  las organizaciones políticas del país.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Como los  yacimientos de hidrocarburos venían siendo tratados dentro del conjunto de los  yacimientos mineros, era la Ley de Minas la que regía los hidrocarburos. En 1918  se dictó un Reglamento de la Ley de Minas destinado a ellos, pero es sólo en  1920 cuando se promulga la primera Ley de Hidrocarburos, seguida por una  inquietud legislativa en la búsqueda de marcos jurídicos, con frecuencia  acomodaticios, como lo demuestra la promulgación de Leyes de Hidrocarburos en  1921, 1922, 1925, 1928, 1935, 1936, 1938 y 1943.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La reforma  de 1943</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Un  importante hito en este proceso fue la Ley de Hidrocarburos de1943, que tuvo  como propósito corregir y poner orden en aspectos jurídicos de las actividades  petroleras y echar las bases para mejorar la participación económica de la  nación. La llamada reforma petrolera de 1943, que contó con amplio respaldo  nacional, logró unificar el régimen legal aplicable a las concesiones otorgadas  con anterioridad; reforzó la regla de sujeción de ellas a todo el ordenamiento  jurídico nacional; descartó la pretensión de los concesionarios de tener un  régimen estatutario o contractual que suponían los hacía inmunes a cualquier  modificación legal, especialmente a las de carácter impositivo. La vieja tesis  de la contractualidad de las concesiones y de su inmutabilidad, como no fuera  con el consentimiento de los concesionarios, recibió así un duro golpe. Quedó  abierta la puerta para mejorar la participación de la nación en la explotación  petrolera, no sólo mediante la regalía o contribuciones establecidas en la  propia Ley de Hidrocarburos, sino mediante la legislación fiscal general, como  efectivamente se hizo con la Ley de Impuesto Sobre la Renta, lográndose después  no solamente el reparto mitad y mitad de lo producido por la explotación  petrolera entre concesionarios y la nación, sino mejorándose dicha meta.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Esa reforma  se anotó en las tendencia de corregir las irregularidades legales observadas en  las concesiones otorgadas a comienzos de siglo, mediante su adaptación y a una  nueva Ley de Hidrocarburos, sin proponerse recuperar de manos de los  concesionarios las actividades concedidas, como se vio con la prórroga del lapso  de las concesiones por cuarenta años más. No hubo, pues, propósito de  nacionalización en dicha ley.</span></p>     <p style="border: medium none" align="justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  participación económica</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Lograda la  unificación del régimen legal sobre los hidrocarburos aplicables a las  concesiones, dejándose clarificado que ellas estaban sujetas, como toda empresa  en el país, al sistema legal de este; saneados aspectos de la legalidad de las  concesiones y prorrogado el lapso de las mismas, las políticas se orientaron  hacia el postulado de mejorar la participación nacional. La búsqueda de la  llamada “participación razonable” en el libro <i>El pentágono petrolero</i> del  doctor Juan Pablo Pérez Alfonso (1960), lo cual requería necesariamente la  defensa de los precios del petróleo.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Precios y  reparos</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Los precios  del petróleo se encontraban bajo el control de los concesionarios, dentro de un  mercado arreglado a la conveniencia de los grandes consorcios petroleros  (recuérdese a las siete hermanas), con valores de transferencia desde empresas  filiales en el país hacia casas matrices en el extranjero, donde se hacían las  ganancias, con detrimento de la participación nacional en la renta producida.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Se  formularon reparos fiscales para tratar de corregir <i>a posteriori</i> la  situación, pero tales reparos no dieron los resultados esperados. Luego se  convinieron con los concesionarios precios fiscales de base, con el propósito de  corregir <i>a priori</i> la situación, pero tales precios resultaron más un  techo que una base y no produjeron tampoco los resultados perseguidos. Por  último, se establecieron unilateralmente precios fiscales de exportación, a fin  de ajustar las declaraciones de los concesionarios con vista a lo acontecido en  el mercado durante el respectivo año fiscal. Esto último fue un  perfeccionamiento del método de fiscalización del Estado, para tratar de mitigar  las dificultades con las cuales se tropezaba en la determinación de la verdadera  renta de las empresas concesionarias, dada la urdimbre de métodos  administrativos y contables que las caracterizan.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La OPEP</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Los  esfuerzos internos del país por defender los precios no sólo se enfrentaban a la  también resistencia interna de las empresas petroleras concesionarias, sino a  las maniobras de éstas en el exterior para tratar de establecer una competencia  entre países productores, en la cual ellas pudieran salir favorecidas. Por ello  se hizo necesaria la coordinación de las políticas de países productores  exportadores para contrarrestar esas maniobras. Fue ésa la razón fundamental  para la creación de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP).  Pero tampoco la OPEP tenía dentro de sus objetivos la nacionalización de las  actividades petroleras. Para Venezuela así lo expresó claramente Rómulo  Betancourt en su discurso ante la Segunda Conferencia de Ministros de la  Organización celebrada en Caracas, donde reiteró: “Hemos dicho, y aquí lo  ratifico, que dentro de nuestros planes inmediatos o lejanos no está el de la  nacionalización por decreto o por ley de las compañías petroleras…” (OPEP, 1960,  26).</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Sin  embargo, el anhelo de la nación por participar de forma activa en la materia  petrolera no podía estar ausente del pensamiento de Juan P. Pérez Alfonso, quien  en su discurso en la misma Segunda Conferencia de Ministros de la OPEP dijo:  “Todo ha sido posible [la creación de la OPEP] porque estamos convencidos de que  los principios que dieron origen a nuestra organización y regirán su actividad  futura, van más allá de nuestras ideas personales y aun de los planteamientos de  las agrupaciones a las que algunos de nosotros podamos pertenecer” [parece claro  que se refería a AD]. “Estos principios responden a las aspiraciones permanentes  de nuestros pueblos de participar en forma activa en las decisiones que puedan  afectar a su propio bienestar (…) A todos pedimos [se refería a quienes  aprobaban o combatían la idea de crear la OPEP] que se tome en cuenta un hecho  primordial: Se trata de una política nacional de nuestros pueblos y no de  políticas partidistas o transitorias”.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  participación operativa</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"> Conjuntamente con la predominante política por mejorar la participación  económica de la nación, se asomaba también la de mejorar la participación  operativa, que en algún momento se sugirió se realizara dentro de las  estructuras de las propias concesionarias, pero que finalmente se materializó  separadamente con la creación de la Corporación Venezolana del Petróleo (CVP) y  con la política de no otorgar más concesiones, tanto por el desprestigio de esta  figura jurídica como porque se pensaba en la participación operativa mediante la  explotación directa de los hidrocarburos prevista en la ley de la materia, pero  sin hacer cesar las viejas concesiones, sino paralelamente con ellas hasta su  extinción.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Las  empresas petroleras concesionarias, ante el cuadro existente y deseosas de  prorrogar su estatus en el país, maniobraban por conseguirlo. En vista de que el  más importante lote de concesiones debía vencer en 1983 y que no se definía para  ellas un papel a jugar después de dicho año, pusieron en práctica una política  de desinversión en las actividades petroleras y efectivamente invertían menos de  lo que extraían por depreciaciones de activos e intentaron hacer extracción  física de éstos o abandonarlos, no mantenerlos, desmantelarlos o disponerlos de  diversa manera. Y por supuesto no invertían en exploración y retenían áreas  prospectivas ociosas y campos maduros sin esfuerzos para recuperación  secundaria.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  industria petrolera iba languideciendo y ello servía a los propósitos de las  concesionarias de presionar negociaciones con el Estado para mantener el control  de las actividades petroleras en el país, si no bajo la clásica forma  concesionaria, si bajo formas semejantes.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  reversión</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">A la  conducta de las concesionarias de abandonar, no mantener o disponer de los  activos afectos a las actividades petroleras, se les opuso la reversión  establecida en la Ley de Hidrocarburos y, después de escarceos administrativos y  judiciales, se llegó al convencimiento de la necesidad de legislar al respecto y  en 1971 se aprobó la Ley Sobre Bienes Afectos a Reversión en la Concesiones de  Hidrocarburos, conocida como Ley de Reversión, mediante la cual se clarificó la  obligación de los concesionarios de mantener en eficiente estado de  funcionamiento, conforme a las mejores prácticas y adelantos técnicos, todos los  bienes, de cualquier naturaleza, muebles, inmuebles, tangibles o intangibles,  afectos a las concesiones, dentro o fuera de las áreas concedidas, y de revertir  a la nación aquellos que fueran desafectados por cualquier causa. Igualmente se  reiteró la obligación de los concesionarios de explorar las áreas concedidas, a  cuyo fin la Ley de Reversión les fijó un plazo de tres años, so pena de revertir  a la nación las áreas no exploradas en dicho plazo, así como aquellas que  exploradas no hubiesen resultado prospectivas. Además, la ley autorizó al  Ejecutivo nacional para determinar los campos petroleros inactivos o no  económicos y revertirlos anticipadamente a la nación.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Después de  la Ley de Reversión quedaron desactivadas las maniobras de los concesionarios  para amenazar al Estado con dejarlo sin la estructura de bienes necesaria para  continuar las actividades petroleras al vencimiento de las concesiones o sin la  necesaria determinación de las reservas de hidrocarburos para ello, situación  que intentaban crear para forzar al Estado a una renegociación de las  concesiones.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La Ley de  Nacionalización</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Desmontada  la maniobra de los concesionarios y dado el respaldo nacional obtenido por la  Ley de Reversión, no obstante haber sido presentada al Congreso Nacional por el  MEP, un partido minoritario de la oposición, quedaba despejado el camino de la  nacionalización, hasta entonces no asumida con seriedad por los partidos  mayoritarios del país.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La Ley de  Reversión resultó precursora de la nacionalización y en 1974 el mismo partido  minoritario que había presentado el proyecto de esa ley ante el Congreso  presentó el primer Proyecto de Ley de Nacionalización Petrolera, seguido de otro  con una pequeña variante sobre comercialización, presentado por Copei, otro  partido de oposición, pero que venía de ser gobierno. Ante la existencia de un  consenso nacional sobre la materia y la disminución de la virulenta resistencia,  que en todas las instancias: Parlamentarias, administrativas, judiciales,  políticas y publicitarias, habían manifestado los concesionarias contra la Ley  de Reversión, el Ejecutivo nacional decidió asumir la nacionalización y creó la  Comisión Presidencial de Reversión, a la cual le encomendó estudiar la mejor  manera de adelantar la reversión de los derechos de realizar actividades  petroleras otorgadas a empresas privadas, fundamentalmente extranjeras, y hacer  las recomendaciones correspondientes al Ejecutivo nacional. La comisión escogió  la vía legislativa y preparó un proyecto de ley que presentó al Presidente de la  República. Éste a su vez lo hizo revisar por un pequeño comité, que le introdujo  algunas modificaciones, por motivo de las cuales se rompió el consenso logrado  en el seno de la Comisión Presidencial y fueron el centro de la discusión dentro  y fuera del Congreso Nacional. La más polémica de esas modificaciones fue la  introducida al artículo 5º del proyecto presentado.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Con la  promulgación de la Ley de Nacionalización y la consecuente cancelación de las  concesiones, se enfrentaron tres obstáculos que los adversarios de la  nacionalización le oponían. El primero era el capital necesario para el manejo  de la industria; el segundo, la tecnología y el personal gerencial capacitado  para garantizar la continuidad de las operaciones; y, el tercero, los mercados  para la colocación del petróleo a producirse.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">El capital  provino de los propios ahorros de la actividad petrolera, que le permitió a la  industria nacionalizada no sólo atender sus requerimientos sino mantener fondos  incluso fuera del país.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> El personal fue el mismo que venía operando la industria, el cual no sólo se  quedó en ella sino que obtuvo mejores y garantizadas condiciones de trabajo,  incluida la estabilidad plena, por primera vez establecida legalmente en el  país, con cuya posible pérdida, quienes no deseaban la nacionalización, trataban  de amedrentar a los trabajadores, casi en su totalidad venezolanos.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Los  mercados por su parte estaban ansiosos de ser abastecidos y tal vez se  preocupaban más por tener asegurado el suministro de petróleo venezolano que en  abandonarlo como sanción por haber sido nacionalizado.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> Además, la nacionalización en Venezuela tuvo mucho de consenso, dentro de un  marco legal nacional e internacional, que redujo la resistencia a ella y no  produjo ningún tipo de conflicto o reclamación judicial en el país ni en el  exterior.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Se  advirtió, sin embargo, que la sola promulgación de la ley no era suficiente para  considerar terminado el proceso de nacionalización, sino que había que  profundizarlo o perfeccionarlo para implantar la nacionalización y alcanzar su  finalidad de explotar el recurso petrolero conforme a los intereses colectivos  de los venezolanos.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">El control:  Elemento esencial de la nacionalización</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Se recordó  que el propósito de la nacionalización no era sólo mejorar el ingreso que de la  industria petrolera recibe el país, porque para ello hubiera bastado con  modificar la leyes fiscales, especialmente la Ley de Impuesto Sobre la Renta,  sino que el propósito esencial inmediato de la nacionalización era la  recuperación del control sobre las actividades petroleras, del cual, además de  esperarse una mejor participación de la nación en el ingreso petrolero, debía  fundamentalmente obtenerse la incorporación y armonización de esas actividades  con el resto de las actividades económicas y sociales de la nación, para lo cual  se requería un cambio en el modelo productivo-exportador aplicado durante el  régimen concesionario, muy difícil o imposible de lograr sin contar con dicho  control.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"> Perfeccionamiento de la nacionalización</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Dos  posiciones surgieron respecto a la necesidad, por todos teóricamente aceptada,<b> </b>de profundizar o perfeccionar<b> </b>la nacionalización: Una, la de quienes  sostenemos que la nacionalización debía primero que todo mirar hacía las  necesidades internas de la nación, para satisfacerlas mediante el abastecimiento  de hidrocarburos, tanto para el consumo final como para su refinación e  industrialización. Fue lo que denominamos la “internalización” petrolera.  Condicionado a ese abastecimiento interno debe quedar la exportación, que,  aunque a la larga suponga la reducción de exportación de petróleo <i>crudo</i>,  mejoraría la de <i>productos</i>, con las ventajas de mayores ingresos,  generación de empleo y reactivación económica general, por la agregación interna  de valor.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La otra  postura sobre la profundización o perfeccionamiento de la nacionalización fue la  de la “internacionalización”,<b> </b>con la cual, se dijo, se aspiraba  reintegrar verticalmente nuestra industria petrolera, a la cual la Ley de  Nacionalización le había cercenado el mercadeo internacional y además abrir  mercados para nuestros crudos pesados.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La  “internalización” no se adoptó como una política general, no obstante un  generalizado consenso conceptual sobre ella, y sólo ha habido tímidos intentos o  ensayos puntuales, que más demuestran el arrastre del peso del viejo modelo  extractivo-exportador que la voluntad de poner en práctica una política.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> La “internacionalización” se puso en práctica mediante la compra total o parcial  de diversas empresas en el exterior, sobre bases semejantes a las del modelo  extractivo-exportador y mecanismos de descuentos sobre precios, cuyos  resultados, así como la conveniencia de mantener dichas empresas, mantienen  vivas las dudas que desde el comienzo se manifestaron sobre ellas.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"> celeramiento de la nacionalización</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">A partir de  la aprobación de la Ley de Reversión, en 1971, se aceleró repentinamente el  proceso de nacionalización y todos los partidos y personajes importantes, antes  opuestos o no decididos, querían asumirlo como bandera. Ello trajo como  consecuencia que no existiera una estructura preparada para asumir el cambio ni  un adoctrinamiento del personal que habría de manejar el nuevo esquema, porque  no se había planificado el proceso. Por el contrario, se levantó un escudo  protector de los tradicionales o antiguos modos de hacer las cosas. A la  Corporación Venezolana del Petróleo (CVP), que había intervenido en todas las  fases de las actividades petroleras (exploración, producción, transportación,  refinación y mercadeo) y que debió haber sido la plataforma lógica para asumir  las actividades petroleras, dada también su conceptuación como empresa petrolera  del Estado y su experiencia y mística como tal, se la vio como muy pequeña o  como un obstáculo de lo que la tradicional gerencia petrolera pensaba hacer.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Se habló de  no politización de las empresas nacionalizadas, de la conveniencia de preservar  las prácticas empresariales y de garantizar continuidad de lo existente.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">El manejo  de la nacionalización</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Al final el  cambio del sistema concesionario al nacionalizado se efectuó sobre las mismas  estructuras organizativas existentes y se creó a Petróleos de Venezuela para  coordinarlas como una casa matriz. Iguales prácticas y las mismas culturas de  las empresas concesionarias continuaron funcionando y modelaron el  funcionamiento de Pdvsa.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Se  propendió a aplicar en forma estricta los modos de la sociedad anónima tomada  del Código de Comercio, como si en verdad las empresas nacionalizadas fueran  meras empresas mercantiles e incluso su comportamiento tributario las llevó a  poner en práctica planificaciones fiscales que no eran otra cosa que maneras de  pagar los menores impuestos aun con artificios. Esto último, conjuntamente con  manejos de administración empresarial de molde privado, determinó una continua  disminución de los ingresos fiscales provenientes de la industria petrolera, lo  que influyó para que en la actual Ley Orgánica de Hidrocarburos se incrementara  el monto de la regalía como una manera de revertir tal tendencia.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Todo lo  anterior ocurrió con un continuo adoctrinamiento interno del personal gerencial  de las empresas, para repeler o neutralizar las acciones gubernamentales  encaminadas a lograr un comportamiento de las mismas conforme a las reglas de  derecho público que les son aplicables. Un permanente enfrentamiento se  observaba entre Pdvsa y el ministerio del ramo, el cual, además, dada la  prepotencia económica de la industria petrolera, fue perdiendo capacidad de  control y fiscalización, a la vez que Pdvsa era tenida como modelo de eficaz  gerencia, lo que impulsaba a utilizarla incluso en actividades públicas  distintas de las petroleras.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Las  diferencias de criterios entre la gerencia petrolera nacionalizada y la  administración gubernamental, a la cual aquélla por ley está sometida, se fueron  agravando hasta el extremo de pretender dicha gerencia rechazar las políticas  públicas a ella aplicables y tratar de elaborarlas por ella misma, como un ente  autónomo y autárquico.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Se deformó  de tal manera el papel de Pdvsa, que ésta asumía y de hecho muchas veces se la  tenía, incluso por órganos del Estado, como el interlocutor válido, técnica y  hasta legalmente, en materia petrolera, con prescindencia del ministerio del  ramo, a quien pretendía de hecho sustituir en la formulación de la políticas  públicas.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Esa  deformación fue llevada al extremo de envolver a las empresas petroleras  nacionalizadas en actividades netamente políticas, que en sus inicios por el  contrario ellas decían rechazar. Se las colocó en el mismo plano de una  agrupación política o de una organización sindical, con objetivos de derrotar al  gobierno y de integrar o influir en la integración de otro que se orientara por  sus ideas sobre política petrolera, entre ellas las de apertura, privatización o  desnacionalización, y de política nacional en general. En efecto provocaron un  paro petrolero, que no se limitó a la mera cesación del trabajo, ya de por sí  ilegal, sino que le añadieron actuaciones de hecho rechazadas por todos los  ordenamientos jurídicos del mundo, y pretendieron convertir tal paro en una  huelga general, que por naturaleza es un acto típicamente político, pues tiene  por objeto presionar o desestabilizar gobiernos y que, por envolver servicios  públicos y otras actividades indispensables para el funcionamiento social, se la  coloca en los bordes de la insurrección.</span></p>     <p style="text-align: justify"><b> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"> Conclusiones</span></b></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">En virtud  de la nacionalización ancestral de los yacimientos de hidrocarburos, éstos son  bienes de dominio público, inalienables e imprescriptibles, con rango  constitucional a partir de 1999. Esos yacimientos, administrados por el Estado,  vinieron siendo dados en concesión a particulares para que los explotaran, desde  mediados del siglo </span><font face="Verdana" size="2"> <span lang="ES-TRAD">xix</span></font><span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Como el  Estado conserva el derecho de explotar directamente los bienes públicos y está  obligado a hacerlo cuando las actividades de explotación por los particulares no  se realicen conforme a los intereses colectivos, y al haberse considerado  agotado el régimen concesionario por inconveniente a esos intereses, el Estado  decidió, mediante la Ley de Nacionalización, cancelar las concesiones y  recuperar los derechos de explotación otorgados, para ejercerlos por sí mismo o  bajo su control.</span></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">La Ley de  Nacionalización fue un importantísimo hito en el proceso de nacionalización,  pero no la culminación del mismo, porque se esperan acciones y resultados  económicos y sociales que indiquen su definitiva implantación.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana; letter-spacing: -.1pt"> El petróleo es objeto típico para la nacionalización, dada su inmensa  importancia energética actual, sus potencialidades para generar ingresos y su  futuro como versátil materia prima; pero la percepción de la sociedad sobre la  conveniencia de la nacionalización y su disposición de implantarla son  indispensables.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Las  condiciones mundiales y nacionales obligan todavía a vencer resistencias  conceptuales en algunos grupos y a buscar el perfeccionamiento de la  nacionalización, el cual debe pasar en Venezuela por un cambio del modelo  extractivo-exportador tradicional, con el propósito de incorporar la actividad  petrolera a la economía interna y armonizarla con ésta, a fin de que sus  beneficios integrales lleguen a la nación en su conjunto.</span></p>     <p style="text-align: justify"> <b><span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">Bibliografía</span></b></p>     <!-- ref --><p style="text-align: justify"> <span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">1. Katsarov, Kostantin  (1963): <i>Teoría de la nacionalización</i>. México D.F., Imprenta de la  Universidad Nacional Autónoma de México.</span>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2407704&pid=S1315-6411200600010000800001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p style="text-align: justify; "> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">2. OPEP  (1960): “Segunda Conferencia de Ministros de la OPEP”</span><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">.</span><span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"> Caracas, Imprenta  Nacional.</span>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2407705&pid=S1315-6411200600010000800002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p style="text-align: justify; "> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">3. Pérez  Alfonso, Juan Pablo (1960): <i>El pentágono petrolero</i></span><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">.</span><span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana"> Caracas, Ediciones  Revista Política.</span>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2407706&pid=S1315-6411200600010000800003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p style="text-align: justify; "> <span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">4.  Giacopini Zárraga, José (1986): <i>Diez años de la industria petrolera nacional</i></span><span style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">.</span><span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: Verdana">  Caracas, Gráficas Armitano.</span>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2407707&pid=S1315-6411200600010000800004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --> ]]></body>
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