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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[In The United Nations Millenium Declarations on the Developmental Goals approved by the general assembly in 2000, the countries made a commitment to reduce the number of persons suffering from hunger by the year 2015. In 2004, FAO approved the Voluntary Guidelines on the right to adequate food in the context of national Food Security and provided a practical guidance to the states. The exercise of this right presents inequities in the socioeconomic, cultural, geographical and political levels that limit their achievement, amongst them the instability in the availability and access to food that results in a high vulnerability in food consumption and nutritional status of the poorest populations groups. Food consumption suffers the impact o high inflation and food shortage that reached 13% in 2012; milk, maize flour and oil are amongst the most critical Some laws and the policy of expropriation and invasions of food companies and productive farms have produced scarcity due to a drop in productivity with the result that most food products are imported, some deficient in quality and innocuousness. We carry the double burden of under nutrition (13-20%) and overweight (13-20%) in children and adolescents and in adults, chronic diseases are rising. Nonetheless, SISVAN does not publish data on nutritional status since 2007. The right to food presents weaknesses that should be corrected to ensure a better nutrition for the population.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[ <p ALIGN="center"><font face="Verdana"><b>El Derecho a la Alimentación en  Venezuela.</p> </b></font><font SIZE="2" face="Verdana">     <p ALIGN="center"><b>Maritza Landaeta-Jiménez<sup>1</sup>, Carla Aliaga<sup>1</sup>,  Yaritza Sifontes <sup>1,2</sup>, Marianella Herrera<sup>3</sup>, Yngrid Candel<sup>3</sup>,  Andy Delgado Blanco<sup>3</sup>, Jorge Díaz Polanco<sup>3</sup>, Coromoto  Angarita<sup>4</sup>, Yurimay Quintero<sup>4</sup> , Gladys Bastardo<sup>4</sup>  , Héctor Herrera<sup>5</sup>, Rosa Hernández<sup>5</sup>, Jennifer Bernal<sup>5</sup>  , Mariela Montilva<sup>6</sup> , Nixa Martínez<sup>7</sup></b></p> </font><font FACE="Cambria,Cambria" SIZE="1"></font> <font SIZE="1" face="Verdana">     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2">1 Fundación Bengoa; Caracas, Venezuela</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2">2 Escuela de Nutrición y Dietética-Universidad  Central de Venezuela; Caracas, Venezuela</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2">3 CENDES-Universidad Central de Venezuela;  Caracas, Venezuela</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2">4 Escuela de Nutrición y Dietética–Universidad  de los Andes; </font><font SIZE="2" face="Verdana">Mérida Venezuela.</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2">5 Universidad Simón Bolívar; Caracas,  Venezuela</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2">6 Universidad Centro Occidental Lisandro  Alvarado (UCLA); </font><font SIZE="2" face="Verdana">Barquisimeto, Venezuela.</font></p>     <p ALIGN="JUSTIFY"><font SIZE="2">7 Colegio de Nutricionistas y Dietistas. <font face="Verdana">Universidad Central de Venezuela. </font>Caracas, Venezuela</font></p> </font><font FACE="Verdana" size="2"><b>     <p align="justify">Solicitar copia a: </b>Maritza Landaeta-Jimenez: <a href="mailto:mlandaetajimenez@gmail.com">mlandaetajimenez@gmail.com</a></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p ALIGN="justify">Elaborado en atención a la solicitud de André Geissmann,  miembro del equipo del Relator Especial de las Naciones Unidas Olivier De  Schutter</p> <b>     <p ALIGN="JUSTIFY">Resumen: </p> </b>     <p ALIGN="JUSTIFY">En la Declaración del Milenio, aprobada por la Asamblea  General de las Naciones Unidas en 2000, los Estados se comprometieron a reducir  a la mitad para el año 2015 el número de personas que padecieran hambre. En 2004  la FAO aprobó las Directrices Voluntarias, del derecho a una alimentación  adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional y dio orientación  práctica a los Estados. El ejercicio del derecho, presenta inequidades de tipo  socioeconómico, cultural, geográficos y políticos, que limitan su cumplimiento,  entre ellas, desequilibrio en la disponibilidad y acceso a los alimentos que  conduce a una situación de alta vulnerabilidad alimentaria y nutricional en los  grupos con menores recursos. La alimentación sufre el impacto de la alta  inflación y del desabastecimiento que alcanzó 13% en 2012, leche, harina de maíz  y aceite están entre los alimentos más críticos. Algunas de las leyes y la  política de expropiación, confiscación e invasión de empresas de alimentos y de  fincas productivas, ha provocado una caída de la producción nacional, de modo  que los alimentos en su mayoría son importados, algunos deficientes en calidad e  inocuidad. En la nutrición, está la doble carga, desnutrición (17-31%) y  sobrepeso-obesidad (13-20%) en niños y adolescentes, en los más pobres y en los  adultos aumentan las enfermedades crónicas. Sin embargo, desde 2007 los datos  oficiales del SISVAN no se publican. El cumplimiento del Derecho a la  Alimentación, presenta debilidades que deben corregirse para darle más y mejor  alimentación a la población.<b></p>     <p ALIGN="JUSTIFY">Palabras clave: </b>Derecho a la alimentación, seguridad  alimentaria, consumo de alimentos, obesidad, desnutrición.</p> </font><b><font FACE="Verdana" SIZE="2">     <p ALIGN="center">The Right to Food.</p>     <p ALIGN="JUSTIFY">Abstract: </p> </font></b><font FACE="Verdana" SIZE="2">     <p ALIGN="JUSTIFY">In The United Nations Millenium Declarations on the  Developmental Goals approved by the general assembly in 2000, the countries made  a commitment to reduce the number of persons suffering from hunger by the year  2015. In 2004, FAO approved the Voluntary Guidelines on the right to adequate  food in the context of national Food Security and provided a practical guidance  to the states. The exercise of this right presents inequities in the  socioeconomic, cultural, geographical and political levels that limit their  achievement, amongst them the instability in the availability and access to food  that results in a high vulnerability in food consumption and nutritional status  of the poorest populations groups. Food consumption suffers the impact o high  inflation and food shortage that reached 13% in 2012; milk, maize flour and oil  are amongst the most critical Some laws and the policy of expropriation and  invasions of food companies and productive farms have produced scarcity due to a  drop in productivity with the result that most food products are imported, some  deficient in quality and innocuousness. We carry the double burden of under  nutrition (13-20%) and overweight (13-20%) in children and adolescents and in  adults, chronic diseases are rising. Nonetheless, SISVAN does not publish data  on nutritional status since 2007. The right to food presents weaknesses that  should be corrected to ensure a better nutrition for the population.</font><b><font FACE="Verdana" SIZE="2"></p>     <p align="justify">Keywords: </font></b><font FACE="Verdana" SIZE="2">food  security, food consumption, overweight, obesity, malnutrition.</p> <font SIZE="2">     <p align="justify">Recibido: 11-12-2013. Aceptado:22-04-2013.</p> </font></font>     <p align="justify"><font SIZE="2" face="Verdana"><b>Introducción</p> </b>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify">Hablar del Derecho a la Alimentación, implica remitirlo a la  Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en la cual, se establece al  mismo como parte importante del nivel de vida adecuado. Lo amparan así mismo  tratados regionales y constituciones nacionales. </p> </font>     <p align="justify"><font size="2"><font face="Verdana">Además, el Derecho a la  Alimentación de algunos grupos ha sido reconocido en varias convenciones  internacionales. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Según reflexiones de Amartya Sen (1),  los derechos sociales, donde está incluido el derecho a la alimentación, deben  estar incluidos en el sistema jurídico, de tal forma que puedan ser exigidos por  los ciudadanos dentro de concepto del metaderecho, refiriéndose al derecho que  tienen los ciudadanos a tener una política pública clara sobre el derecho que el  Estado se ha comprometido a realizar, aunque esto no signifique que el  cumplimiento de estos derechos quede subordinado al campo de las políticas  públicas para su realización.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Todos los seres humanos,  independientemente de su raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o  de otro orden, origen nacional o social, posesiones, nacimiento u otra  condición, tienen derecho a la alimentación adecuada y el derecho de vivir  libres del hambre (2). En la Declaración del milenio, aprobada por la Asamblea  General de las Naciones Unidas en 2000, los Estados se comprometieron a reducir  a la mitad para el año 2015 el número de personas que padecieran hambre. En 2004  la FAO (2) aprobó las Directrices Voluntarias en apoyo de la realización  progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la  seguridad alimentaria nacional, dando orientación práctica a los Estados en su  aplicación del Derecho a la Alimentación adecuada.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Con la creación del Comité de Seguridad  Alimentaria Mundial (CSA) (3), reformado en el 2009, se busca luchar por lograr  &quot;... un mundo libre de hambre en el que los Estados implementen las directrices  voluntarias para la realización progresiva del derecho a una alimentación  adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional&quot;.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Según la ACNUDH (4), se puede definir el  Derecho a la Alimentación de la manera siguiente:&quot; El Derecho a la Alimentación  adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea solo o en común con  otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación  adecuada o a medios para obtenerla. Comité de Derechos Económicos, Sociales y  Culturales&quot;.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">De igual manera el Relator especial de  las Naciones Unidas, Oliver De Shutter (5) define el Derecho a la Alimentación  como&quot; El derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre, sea  directamente, sea mediante compra en dinero, a una alimentación cuantitativa y  cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones  culturales de la población a que pertenece el consumidor y que garantice una  vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias,  satisfactoria y digna&quot;. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Por tanto la protección del derecho de  todos los seres humanos a alimentarse con dignidad, implica la autoproducción de  alimentos o la adquisición de estos por otros medios. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">El Derecho a la Alimentación demanda,  entonces que los Estados faciliten un entorno propicio en el que las personas  puedan desarrollar plenamente su potencial para producir o procurarse una  alimentación adecuada para sí mismas sus familias. Para comprar alimentos, una  persona necesita una base de ingresos adecuada, por esto, el Derecho a la  Alimentación requiere que los Estados garanticen, por consiguiente, políticas  salariales y redes de seguridad social que permitan a los ciudadanos poder  realizar su derecho a una alimentación adecuada. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Tal y como reconoció el Comité de  Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité de DESC) en su Comentario  General 12, para el Relator Especial, el Derecho a la Alimentación es: &quot;El  derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre, sea directamente,  sea mediante compra por dinero, a una alimentación cuantitativa y  cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones  culturales de la población a la que pertenece el consumidor y garantice una vida  psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y  digna&quot; (5). </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">Es importante mencionar los componentes  que integran el Derecho a la Alimentación, entre los cuales se encuentran: </font></p> </font> <dir> 	<font FACE="Verdana" SIZE="2"> 	    <p align="justify">• La disponibilidad alimentaria que establece que los  	alimentos estén disponibles a través de fuentes naturales, ya sea mediante  	la producción de alimentos (agricultura y ganadería) o por otros medios que  	permitan obtener alimentos: pesca, caza y recolección. Por otra parte,  	significa que los alimentos deben estar disponibles a la venta al detal.</p> 	    <p align="justify">• La accesibilidad señala que se garantice el acceso  	físico y económico a los alimentos. La accesibilidad económica significa que  	los alimentos deben ser asequibles. Toda persona debería ser capaz de  	procurarse alimento para una alimentación adecuada sin tener que comprometer  	por ello ninguna otra necesidad básica: medicamentos, alquiler, gastos  	escolares, entre otras. La accesibilidad física significa que los alimentos  	deben ser accesibles a todos, incluyendo a los grupos más vulnerables  	físicamente: los niños, los enfermos, los discapacitados o los mayores, para  	los cuales resulta difícil salir para conseguir alimento.</p> 	    <p align="justify">• El consumo implica aquello que se consume, su calidad y  	riesgos para la salud, cómo se prepara para el consumo y cómo se distribuyen  	los alimentos dentro de la familia. Responde a patrones culturales (hábitos  	alimentarios).</p> </dir>     <blockquote> 	    <p align="justify">• </font><font size="2"><font face="Verdana">El  	aprovechamiento biológico incluye las funciones de utilización del cuerpo,  	quien aprovecha los alimentos consumidos, función condicionada por aspectos  	de saneamiento del medio, como agua segura y condiciones que no contaminen  	los alimentos, así como el estado de salud de la persona, que determinará la  	conversión de alimentos en nutrientes para la vida. La alimentación también  	debe ser apta para el consumo humano, libre de sustancias adversas, como  	contaminantes procedentes de procesos industriales o agrícolas,  	especialmente residuos de pesticidas, hormonas o medicamentos veterinarios.</font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="Verdana">Los países deben hacer efectivo el  Derecho a la Alimentación a escala nacional, tal y como se menciona en el  Comentario General nº 12 sobre el Derecho a la Alimentación del Comité de  Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU y las Directrices  Voluntarias en apoyo de la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación  Adecuada en el Contexto de la Seguridad Alimentaria Nacional</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">La aplicación de la normativa relativa  al derecho a la alimentación ha tenido una gran repercusión en las  constituciones nacionales, legislaciones, sistemas judiciales, instituciones,  políticas y programas, así como para varios temas relacionados con la seguridad  alimentaria: pesca, tierras, tratamiento diferenciado de los grupos más  vulnerables y acceso a los recursos (5).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">La Directriz Voluntaria 3 de la FAO  proporciona indicaciones útiles para ayudar a los Estados a adoptar estrategias  nacionales basadas en los derechos humanos para la realización plena del derecho  a una alimentación adecuada. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Tales estrategias nacionales deberían  incluir el establecimiento de mecanismos institucionales adecuados, en  particular para: (i) identificar, lo antes posible, las amenazas emergentes al  derecho a la alimentación a través de sistemas de supervisión; (ii) mejorar la  coordinación entre los diferentes ministerios competentes, y entre los  diferentes niveles, nacional y sub-nacional, de gobierno; (iii) mejorar la  responsabilidad, esto es, establecer claramente las competencias y las  responsabilidades, y acordar plazos precisos para la realización de las  dimensiones del Derecho a la Alimentación que requieran una realización  progresiva; (iv) garantizar una participación adecuada en el proceso,  especialmente de los grupos poblacionales que viven una situación de mayor  inseguridad alimentaria; finalmente los Estados deberían (v) prestar especial  atención a la necesidad de mejorar la situación de los segmentos más vulnerables  de la sociedad, incluyendo las niñas y mujeres, cuya situación específica  debería tenerse fundamentalmente en cuenta; al principio de no discriminación,  así como a la inclusión específica del acceso a una alimentación adecuada dentro  de estrategias más amplias de reducción de la pobreza (5).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">¿Qué no es el derecho a la alimentación?</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">El Derecho a la Alimentación no es el  derecho a una mínima ración de calorías, proteínas y otros nutrientes  específicos, o el derecho de una persona a ser alimentada. Se trata de que se  garantice el derecho de todo individuo a poder alimentarse por sí mismo, lo que  supone no sólo que los alimentos estén disponibles - que la proporción </font> </p>     <p align="justify"><font face="Verdana">de la producción sea suficiente para  toda la población – sino también que sea accesible - esto es, que cada hogar  pueda contar con los medios para producir u obtener su propio alimento (5). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Sin embargo, si las personas no son  capaces de alimentarse por sus propios medios, debido, por ejemplo, a un  conflicto armado, desastres naturales o porque se encuentren en estado de  detención, el Estado tiene la obligación de proporcionarles alimento  directamente.</font></p> </font><font SIZE="3"><font FACE="Verdana" SIZE="2"><b>     <p align="justify">El Derecho a la Alimentación en Venezuela.</p> </b>     <p align="justify">En el entendido de que el Derecho a la Alimentación es un  derecho social que debe cumplir con este requisito, la Constitución de la  República Bolivariana de Venezuela reconoce el carácter normativo del Pacto  Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), el  cual en su Observación General 12 destaca dos aspectos relevantes del derecho a  la alimentación: la garantía al acceso a la alimentación adecuada de forma  directa o a través de otros medios para obtenerla (6). </p> <b>     <p align="justify">1.Áreas de investigación: </p> </b></font><font size="2">     <p align="justify"><font face="Verdana">a) ¿Cuáles son las regiones / provincias  / municipalidades / áreas urbanas-rurales donde el Derecho a la Alimentación es  relevante?</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">El cumplimiento por parte del Estado  venezolano de su obligación de respetar, proteger y realizar el Derecho a la  Alimentación de las personas es relevante en todas y cada una de las regiones,  provincias y municipalidades del Territorio Nacional, se encuentren éstas en  áreas urbanas o rurales como ejercicio efectivo del derecho de las personas,  adquiere, notable relevancia en toda la geografía nacional. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Venezuela es un país con inequidad  social, en donde las instituciones del poder público se concentran en la capital  y la principal fuente de ingreso nacional proviene de la renta petrolera, en  consecuencia, surgen grandes espacios geográficos con poblaciones muy pobres, la  mitad de esta población vive en condiciones inadecuadas con deficiencias en los  servicios básicos, desempleo, altas tasas de natalidad y malnutrición tanto por  déficit como por exceso.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">En cuanto al desempleo, el Instituto  Nacional de Estadísticas (INE) reporta para el primer semestre del 2012 que 9%  de la población económicamente activa está desempleada, mayor en mujeres (10%).  Este valor adquiere mayor importancia si lo relacionamos con la jefatura de  hogar según el reporte preliminar del CENSO 2011, entre el 35 y 40% de los  hogares tienen como jefe de hogar a la mujer. En las zonas rurales el porcentaje  de mujeres jefe de hogar supera a la cifra del promedio nacional, con el añadido  de que también en las zonas rurales la población crece por encima de la tasa de  crecimiento del país, por tanto, el número de miembros por hogar y la  dependencia económica son también mayores, lo que puede contribuir a la  perpetuación de la pobreza (7).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Según los datos presentados por el Banco  Central de Venezuela (BCV) la inflación alcanzó para el mes de octubre 1,6%, y  acumula 12,7% para el 2012. Señaló el BCV que el indicador de escasez continuó  el proceso de descenso desde 13,7% en agosto a 13,6% en septiembre, esto  significa que de 100 productos 13 no se encuentran en los anaqueles (8). </font> </p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En el acceso a acueductos, alrededor del  30% de los hogares no tiene acceso al agua potable siendo los estados más  afectados Amazonas, Apure, Bolívar, Barinas, Delta Amacuro y Lara (9). Por otra  parte la continua conflictividad política entre estados gobernados por una  tendencia política diferente al gobierno de turno, genera gran desigualdad en la  asignación de los recursos para aquellos proyectos orientados a mejorar las  condiciones y calidad de vida de las personas. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Según los indicadores señalados  anteriormente somos un país altamente vulnerable, sin embargo en las zonas  periurbanas y rurales donde se concentran las familias en pobreza, es donde se  vulnera el derecho a la alimentación. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">b) ¿Cuáles son los grupos de la  población específicamente afectada?</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Por diferentes razones, podría estarse  vulnerando el Derecho a la Alimentación de diferentes grupos socioeconómicos, a  unos por el déficit en el acceso económico y a otros por el acceso físico  restringido a algunos alimentos básicos, escasos en ciertos períodos del año (ej.  estratos socioeconómicos IV y V, población rural), población no escolarizada  (10).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En una población de pocos o elevados  recursos económicos, el Derecho a la Alimentación podría ser vulnerado. Por ej,  cuando se compran los alimentos algunos no se consiguen, por lo tanto el Derecho  a la Alimentación se vulnera. Igualmente, cuando no se dispone de alimentos de  calidad o cuando no encuentras alimentos indispensables para satisfacer las  necesidades nutricionales de alguno de los miembros del hogar (escasez de leche  y de fórmulas lácteas, así como de medicamentos específicos que permiten  garantizar el Derecho a la Alimentación y a la vida, como por ej. insulina y  hormonas tiroideas, así como de alimentos para pacientes con patologías renales,  hepáticas y de intolerancia al gluten).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En aras de la equidad, en igualdad de  condiciones, existe la necesidad de jerarquizar la atención hacia ciertos grupos  tales como: mujeres embarazadas (mortalidad materna alta, embarazo adolescente  altos, anemia y desnutrición en población vulnerable, deficiencias en el  programa materno infantil, inequidad en la suplementación de hierro y acido  fólico. Algunos de estos indicadores provienen de datos oficiales y otros de  investigaciones específicas sobre el tema), adultos mayores, población privada  de la libertad, indígenas, niños (as) menores de 15 años, población con  movilidad reducida, personas en situación de calle, población en zona  fronteriza. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Existe una población que vive en  refugios y otra que habita en viviendas recién adjudicadas, en zonas geográficas  aisladas lejanas o cercanas a los centros urbanos y a los centros laborales,  pero carentes de servicios básicos y de transporte público, lo cual limita su  posibilidad de acceder a una alimentación adecuada. Merece resaltar la población  más vulnerable con capacidades físicas reducidas, las personas  institucionalizadas que se encuentra bajo la tutela de ONGs o que tiene vida  libre y reciben apoyo de éstas, así como la población que no tiene vivienda.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Investigaciones realizadas en el país,  señalan la existencia de poblaciones donde el Derecho a la Alimentación está  comprometido, específicamente en el consumo de una dieta deficiente en  nutrientes, la ausencia de algunas comidas principales por bajos ingresos en el  hogar, situación que afecta el estado nutricional de estas poblaciones. Por  ejemplo, escolares en zonas periurbana de bajos ingresos, el porcentaje de  déficit es de 17,3% y el sobrepeso y obesidad de 13% (2010). En un estudio en  1250 niños y adolescentes en 2011 se encontró déficit de 31% y sobrepeso y  obesidad de 17% (11).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">Una investigación de la Universidad  Simón Bolívar (12) señala que el Derecho a la Alimentación no se debe  discriminar entre comunidades urbanas, barrios consolidados y zonas rurales, ya  que, en estos estudios todos los grupos presentaron problemas para el acceso a  los alimentos, unos por disponibilidad financiera y otros por cercanía a centros  de acopio y distribución de alimentos. Este grupo de investigadores desde hace  10 años vienen trabajando en comunidades de ámbitos suburbanos y rurales de los  Municipios Baruta y El Hatillo del Estado Miranda y realizaron tanto el análisis  situacional como el perfil nutricional en 1200 hogares entre 2007 y 2009, con un  seguimiento entre 2010-2011. De los 6141 sujetos registrados, solo 5,8% (n=358)  reportó ser beneficiario de algún programa de asistencia por parte del Estado  Central, Estadal, Municipal o de empresa privada. Si bien existe variabilidad en  el tipo de programa, destaca la baja participación en las comunidades evaluadas. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En esta investigación se encontraron 17  programas distintos, entre ellos, la misión Casas de la Alimentación con 39,4%  de representación, seguido de la misión Barrio Adentro 21,2% y la Misión Ribas  13,4%. Así como también, 59 de cada 100 hogares, presentaron algún grado de  inseguridad alimentaria, siendo mayor en las comunidades rurales. Para comprar  alimentos, en promedio los hogares utilizaron 35% del ingreso neto o 53% del  monto total. El porcentaje del ingreso que destinan a la compra de alimentos fue  estadísticamente menor en las comunidades rurales (13). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En cuanto a la situación del estado  nutricional, en niños de 0-5 años por el indicador P-E la prevalencia de bajo  peso (mayor en varones) fue superior al 20%. Los porcentajes de talla baja  oscilaron entre 33,9% en niños y 34,2% en niñas. El indicador P/T reflejó las  tendencias descritas anteriormente, un porcentaje importante en la categoría de  déficit, siendo ligeramente superior en los niños. El exceso fue relativamente  alto, más de 25% en niños y de 15% en niñas, que sintetiza la relación de pesos  adecuados y/o altos con estaturas bajas que también estuvo presente en el IMC  (<a href="#cua1">Cuadro 1</a>).</font></p>     <p align="center"><a name="cua1"> <img border="0" src="/img/fbpe/avn/v25n2/art04cua1.gif" width="463" height="331"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana">El promedio de estatura fue mayor en las  comunidades suburbanas en comparación a las comunidades rurales, encontrándose  una diferencia global de hasta 6 cm. Las prevalencias de déficit de estatura  estuvieron alrededor de 34% (0-5 años), 41% (5-10 años), 42% (10-15 años) y 56%  (15-19 años). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En el seguimiento 2010-2011 en  talla-edad, las prevalencias de déficit se mantienen en torno al 46,4%, siendo  mayor el porcentaje en niños (55%) que en niñas (36,5%). Estos niveles se  mantienen inclusive en hogares sin inseguridad alimentaria, variando desde 42,4%  en los hogares seguros a 50% en los severamente inseguros. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Al graficar este indicador sobre los  valores de clasificación de OMS, independientemente del sexo, las curvas se  distribuyen hacia la izquierda del patrón de referencia, siendo mayor la  prevalencia de sujetos de sexo masculino con valores Z negativos, especialmente  por debajo de 4 desviación estándar (<a href="#fig1">Figura 1</a>).</font></p>     <p align="center"><a name="fig1"> <img border="0" src="/img/fbpe/avn/v25n2/art04fig1.gif" width="477" height="396"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana">En resumen, en una muestra de 1200  hogares de dos municipios del Estado Miranda, 78,1% clasificaron en pobreza  extrema, 17,3% en pobreza crítica y 4,7% no pobres.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En la última década, el crecimiento en  talla de los niños ha disminuido el ritmo de crecimiento que había venido  experimentando en las últimas décadas del siglo XX, según señalan algunas  investigaciones realizadas entre 2005 y 2010 (Laboratorio de Bioantropología  Física y Salud, FaCES. Universidad Central de Venezuela (Distrito Capital,  Mérida n=1062), Universidad Simón Bolívar (Distrito Capital n=3070), Universidad  del Zulia (Maracaibo n=1357), Sociedad Venezolana de Obesología (Distrito  Capital y Monagas n=262) y Fundación Bengoa (Distrito Capital, Zulia, Apure,  Lara, Aragua, Táchira n=7100). </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">Se encontró que la tendencia secular en  la talla fue positiva, mayor en las niñas que en los niños (1,10 vs 0,81  cm/década), igualmente en el peso (0,78 vs 0,60 kg/década) y en la corpulencia  (0,31 vs 0,20 kg/m2). Sin embargo en la talla de los niños de siete años,  considerada un buen indicador del crecimiento y de la salud del niño, la  intensidad de la tendencia en el crecimiento en talla se desaceleró desde 1,7  cm/década entre 1963 y 1985 a 0,8 cm/década entre 1985 y 2011 y en las niñas, la  tendencia disminuyó de 1,6 a 1,1 cm/década respectivamente (14). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">La disminución en la intensidad de la  tendencia secular en talla y peso en los niños de siete años, puede estar  reflejando una historia nutricional comprometida y condiciones sociales y  ambientales deficientes que limitan el crecimiento y desarrollo, afectando en  última instancia, la expresión de su potencial genético. Todos los niños, con  independencia de dónde hayan nacido, tienen el mismo potencial de crecimiento en  talla y peso, siempre que las condiciones ambientales, sanitarias y de  alimentarios sean adecuadas. Se ha demostrado, que las diferencias en el  crecimiento hasta los cinco años dependen más de la nutrición, de prácticas  alimentarias, medioambiente y atención sanitaria que de factores genéticos o  étnicos (15, 16).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En el informe &quot;Cumpliendo las metas del  Milenio&quot; (17), se sostiene que la insuficiencia ponderal en los niños menores de  cinco años en Venezuela se ha reducido hasta 3,7% en 2009 y 2,9% en 2010. Sin  embargo, en este mismo grupo, el porcentaje de niños con retardo de crecimiento  en la talla fue de 11,2%, tres veces más alto que el déficit ponderal y que lo  esperado en poblaciones de países desarrollados (18). La presencia de esta  alteración del crecimiento a temprana edad en nuestro país, necesariamente esta  relacionada con las condiciones de pobreza, desnutrición materna, bajo peso al  nacer, la alta prevalencia del embarazo temprano en adolescentes, insuficiencia  en la alimentación de macro y micronutrientes, deficiencias en  la calidad de la atención materno infantil, esta última, viene presentando  serios problemas en la prestación del servicio, que estudiosos del tema han  calificado como una &quot;verdadera pesadilla&quot;(19). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Como se ha señalado el retardo de  crecimiento en la estatura, es el problema nutricional más importante en los  niños menores de cinco años, en Venezuela y en América Latina. En efecto, 32% de  los niños menores de cinco años en países de ingresos medios y bajos sufren de  retardo en el crecimiento como resultado de un proceso de adaptación  irreversible en muchos de sus parámetros. La talla baja por razones  nutricionales o socioeconómicas esconde una patología global del desarrollo  físico y funcional (20).</font></p> </font></font><font FACE="Verdana" SIZE="2"><b>     <p align="justify">- Temáticamente:</p> </b></font><font SIZE="2">     <p align="justify"><font face="Verdana">a) ¿Hay temas específicos que la misión  del Relator Especial debería cubrir?</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Son diversos los temas que el relator  podría cubrir, sin embargo el tema de las expropiaciones, invasiones y  adquisición forzada de empresas productoras de alimentos merece especial  atención, con esta medida se ha visto afectada la seguridad alimentaria en el  país y con ella se vulnera el derecho a la alimentación.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Apoyándose en el marco de la ley de  Seguridad y Soberanía Alimentaria (21), el Estado Venezolano ha impulsado una  serie de políticas tendientes a aumentar la producción nacional de alimentos y  con ello garantizar el abastecimiento local, de esta forma garantiza el primer  nivel de la Seguridad alimentaria, como es la sustentabilidad y el acceso físico  a los alimentos. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Entre las medidas tomadas esta la  expropiación o adquisición forzosa de tierra e industrias productoras de  alimentos que pasan a ser empresas socialistas. Sólo en el año 2008 se  expropiaron, invadieron o adquirieron en forma forzosa 14 fincas o hatos. Sin  embargo, en la práctica esto se ha traducido en la caída de la producción  nacional, desabastecimiento, desempleo rural y encarecimiento de rubros básicos  de la dieta, entre ellos el renglón de leguminosas y frutas, debido a que se  afectó la provisión de insumos para la producción agropecuaria con la  intervención de la empresa Agroisleña que suplía dichos productos y contribuía a  garantizar la seguridad alimentaria. Centro de estudios Ganaderos, 2012- (En  Apure Hato San Pablo Pinero (expropiado), Hato El Palito; en Barinas Hato La  Madera o Mazzeyero (invadido) en Cojedes y finca La Ceibita; finca Palo Bayo,  Hato El Yaure; en Cojedes Hato Paraima (expropiado), Hato El Charcote  (expropiado), Hato El Milagro (intervenido) y Hato San José (intervenido). En  Lara la hacienda Bucarito. En Guárico, finca Bajo </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Grande, finca la Rivereña y la finca La  Hidalguera que ha sido invadida por 60 familias y hasta le cambiaron el nombre  de la finca a &quot;La Perinola&quot;) (22). </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">El Ministerio de agricultura y tierra  declara haber &quot;rescatado&quot; en siete años 2.340 fincas y más de 3,67 millones de  hectáreas, suficiente superficie para abastecer a buena parte de los países de  América del Sur, incluido el nuestro; no obstante, el aporte que estos predios  ofrecían al Producto Agrícola, a todas luces se ha reducido considerablemente y  aún están pendientes ejes productivos en diferentes zonas del país en planes de  &quot;rescate&quot; (23). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Entre las fábricas o industrias  adquiridas por el estado podemos mencionar: Industrias DIANA, Lácteos los Andes  (Empresa Nacional Lácteos los Andes-Enlandes), Cargil (aceite, arroz, harina,  pasta, azúcar, café, leche, margarina, levadura), Molinos Nacionales (Monaca),  Agroisleña (Agropatria), red de supermercados CADA (Red de abastos Bicentenario)  sólo por mencionar algunos casos (24). Empresa y fincas que al pasar al Estado  han disminuido su producción en más de un 50%.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En el país se incrementó la importación  de alimentos en 70%. La Hoja de Balance de Alimentos en el año 2007, reporta que  43% de las calorías eran de origen importado, pero desde el 2008 (25), no  reporta el porcentaje de calorías disponibles de origen importado. Según afirma  Margret Vidar oficial jurídica de la FAO, &quot;La obligación del Estado de  satisfacer el derecho a los alimentos comprende dos elementos: la obligación de  facilitar y la obligación de proporcionar. La obligación de facilitar significa  que debería crear y mantener un ambiente de habilitación en el que las personas  puedan satisfacer sus necesidades de alimentos&quot;.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">El estado debería garantizar el Derecho  a la Alimentación a través de políticas que estimulen la producción agrícola y  pecuaria, al mismo tiempo la creación y mantenimiento de una infraestructura,  transporte, servicios y comunicaciones urbanas y rurales que permitan el  desarrollo agrícola y pecuario tanto de la empresa privada como estadal,  situación que en nuestro país esta muy cuestionada, pues se ha deteriorado la  infraestructura rural, vías, y los puertos se han transformado en centros de  acopio de alimentos con serias deficiencias para garantizar la calidad e  inocuidad de los alimentos y su distribución oportuna. Muchos de los alimentos  se vencen antes de ser distribuidos o se distribuyen próximos a vencerse. </font> </p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Considerando los componentes de la  seguridad alimentaria, los temas a tratar por áreas serian los siguientes:</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Disponibilidad de alimentos: Producción  nacional de alimentos versus importación; situación de la industria alimentaria;  expropiación de tierras con capacidad de producción de alimentos y su posterior  uso; relación de los sectores agropecuario-industria de alimentos-gobierno;  situación del sistema crediticio para el agricultor.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Acceso a los alimentos: Inflación  alimentaria, programas alimentarios: calidad en el diseño, ejecución,  seguimiento y evaluación de MERCAL, PDVAL, PAE, entre otros; impacto de ley de  costos y precios justos: desabastecimiento; discriminación política para el  acceso a los programas alimentarios.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Consumo de alimentos: Patrón de consumo  de alimentos del venezolano; diversidad alimentaria: se cumple el Derecho a la  Alimentación saludable?.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Aprovechamiento biológico de los  alimentos: Garantía de inocuidad de los alimentos importados en las aduanas y en  los establecimientos de MERCAL; revisión del cumplimiento de las políticas de  fortificación de alimentos; servicio de agua potable: regularidad y calidad;  servicio de recolección de desechos sólidos; relación enfermedades crónicas no  transmisibles y calidad de alimentos de los programas de subsidio de alimentos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Temas afines: Estudios científicos  institucionales relacionados con temas como: talla baja de niños venezolanos,  prevalencia de pobreza, déficit y exceso nutricional; sistema de información de  indicadores en alimentación y nutrición: cambios metodológicos; información en  nutrición a la población general y a los beneficiarios de programas  alimentarios; estudios de índole alimentario y nutricional culminados por las  instituciones públicas que aún no han salido a la luz pública (Ejemplo: Proyecto  de factores de riesgo (INN), encuesta nacional de consumo de alimentos (INE).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">b) ¿Hay presuntas violaciones al Derecho  a la Alimentación? </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">El cumplimiento de las obligaciones y  compromisos del Estado venezolano en materia de derechos humanos está lleno de  contradicciones. Muestra de ello son los resultados del Examen Periódico  Universal (EPU). Durante la sesión recientemente realizada, ante la propuesta de  la realización de un Plan Nacional de Derechos Humanos, Venezuela se negó a tal  cometido y ha recibido cuestionamientos de las organizaciones de la sociedad  civil ligadas al tema. Entre esas organizaciones se cuentan: Provea (26),  Convite, Acción Solidaria, Observatorio Venezolano de Prisiones; Foro por la  Vida, Centro Derechos Humanos UCAB, Sinergia,  Red por los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes; Una Ventana a  la libertad, Observatorio de Mujeres, Red de Apoyo por la Justicia y la Paz,  Cofavic, Paz Activa, entre otros.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Según el observatorio educativo de  Venezuela (27), de los veinticuatro estados en veintidós se han reportado  problemas en el funcionamiento del programa de alimentación escolar (PAE) en los  dos últimos periodos (2009-2010 y 2010-2011). En el mapa de la <a href="#fig2">figura 2</a>, se  puede apreciar la frecuencia con la que se han presentado, en la prensa de  circulación nacional y regional, denuncias en relación al funcionamiento del PAE  en estos dos periodos escolares, incluyendo el período vacacional. En la  asamblea nacional, el coordinador nacional del Programa de Alimentación Escolar  (PAE), reconoció que el programa está sufriendo una paralización severa como  consecuencia del incumplimiento del pago a los proveedores y, por ende, de la  falta de suministro a las madres elaboradoras de alimentos.</font></p>     <p align="center"><a name="fig2"> <img border="0" src="/img/fbpe/avn/v25n2/art04fig2.gif" width="556" height="467"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana">El programa ha pasado por una serie de  transformación en relación a los proveedores del programa, hasta el 2011 esta  actividad la ejecutaban cooperativas, que según el comentario de los usuarios no  cuidaban la calidad e inocuidad de los alimentos. Esto trajo como consecuencia  toxiinfecciones por el consumo de alimentos contaminados, además de proveer  exceso de alimentos ricos en grasas, sal y azúcar, negativos para la salud (28).  En la actualidad los principales proveedor del PAE en los colegios nacionales  son MERCAL y la Corporación Venezolana de Alimentos-CVA propuesta realizada por  el coordinador del PAE en el 2011 (29). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Mercal distribuye carnes rojas, pollo y  embutidos (mortadela) pero no hortalizas y frutas, por lo que en la mayoría de  los colegios públicos no se reporta el consumo frutas y hortalizas. En las zonas  tanto urbanas como rurales el servicio es irregular, no cubre el calendario  escolar oficial, lo que trae como consecuencia el ausentismo escolar, debido a  que muchos niños sólo reciben la alimentación en la escuela. Esto aunado a la  oferta de alimentos poco saludables vulnera el derecho a una alimentación sana e  inocua. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En un estudio realizado por Fundación  Bengoa (11) en colegios públicos donde funcionaba el PAE, muchos de los espacios  que se disponían para la preparación de alimentos no cumplían con las normas  mínimas de seguridad laboral ni de higiene, además de no contar con una  infraestructura física, ni equipos para el almacenamiento y/o conservación de  los alimentos, que asegure a estos niños una alimentación sana e inocua. </font> </p>     <p align="justify"><font face="Verdana">La lucha política entre el poder central  y el poder estadal, afecta los recursos del programa de alimentación escolar,  que no llegan a tiempo, por lo que con frecuencia el programa se interrumpe por  déficit de presupuesto o por insuficiente abastecimiento. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En el año 2010, en PDVAL MERCAL se  incautaron 130 millones de kilos de alimentos descompuestos, dispuestos en  contenedores los cuales llegan al país sin un manejo adecuado en la conservación  e higiene de los mismos (30). Además se ha reportado la presencia de alimentos  contaminados o descompuestos que son distribuidos a las escuelas, los cuales son  fuente de intoxicaciones alimentarias, que con frecuencia son reportadas por los  medios de comunicación, ya que no hay acceso a la información oficial al  respecto.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En la Red Mercal y sus operativos a  cielo abierto se observa gran inestabilidad en el suministro y operatividad  (31), por ej. un mes antes de las elecciones presidenciales no fue posible  localizar los puntos de los operativos de ventas de alimentos descritos en la  web de mercal.gob.ve, al menos por tres fines de semana consecutivos, lo que  existía en los puntos de cielo abierto eran tarimas de la campaña presidencial  del gobierno. Después de las elecciones por dos semanas consecutivas no se  observó en la página web la lista de los operativos de cielo abierto del cual  dependen muchas de las personas de estratos socioeconómicos bajos. Asimismo, en  estos operativos el expendio de carnes, pescados y pollos no cumplen con la  cadena de frio, lo cual afecta la calidad de estos productos al estar expuestos  por varias horas a la intemperie a temperaturas inadecuadas.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">La principal limitación del programa es  su distribución geográfica, por lo que no llega a los grupos sociales más  vulnerables. Según el INE (32) sólo el 15,7% de los hogares del estrato social  V, adquirían alimento en la red Mercal, 53% del estrato IV y 31% de los estratos  I-II-III (<a href="#cua2">Cuadro 2</a>).</font></p>     <p align="center"><a name="cua2"> <img border="0" src="/img/fbpe/avn/v25n2/art04cua2.gif" width="382" height="258"></a></p>     
<p align="justify"><font face="Verdana">Estos resultados reflejan que el acceso  al programa por los grupos socioeconómicamente más vulnerables es limitado. La  compra en los expendios de Mercal, se hace en oportunidades en inmensas colas y  además la adquisición se condiciona a que se compren otros alimentos que no  necesariamente son prioritarios para la alimentación en el hogar. Las continuas  denuncias en cuanto a la calidad e inocuidad de los alimentos que se expenden en  esta red, constituyen una violación a uno de los principios fundamentales al  derecho a la alimentación. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En cuanto a la disponibilidad  alimentaria como elemento fundamental en el cumplimiento del derecho a la  alimentación, se observa que en el país no se garantiza una alimentación  saludable, ya que el 70% de las calorías disponibles para consumo humano son  aportadas por cereales, grasas visibles y azúcares y miel (25).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En cuanto al acceso económico, el costo  de la Canasta Alimentaria se incrementa constantemente, alejándose del salario  mínimo, considerando además que los precios de muchos alimentos incluidos en  ésta, se calculan sobre la base de los precios de alimentos subsidiados por el  gobierno nacional, que se venden en MERCAL y PDVAL. El Índice de calidad de vida  del INE para el año 2010, señala que 52% de las personas provienen de hogares  donde el ingreso es menor al costo de la canasta normativa, en especial en  estados con un porcentaje importante de población rural, (Amazonas, Apure,  Bolívar, Barinas, Delta Amacuro, Lara, Anzoátegui y Trujillo). En Caracas, la  proporción de personas que provienen de estos hogares representa 24%. Por lo  tanto, no siempre el dato oficial refleja la realidad que viven las familias  venezolanas para alimentarse. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">c) ¿Hay programas particulares que  promueven los DDHH de manera eficiente / ineficiente? (Específicamente el  Derecho a la Alimentación)</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">El Estado Venezolano contempla una serie  de leyes que amparan el derecho a la alimentación. El país forma parte del Pacto  Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales desde el año 1978,  que en su artículo 11.2 reconoce el derecho de toda persona de estar protegida  contra el hambre. Igualmente forma parte de la Convención Americana sobre  Derechos Humanos (CADH) que en su artículo 26 se encuentra el Derecho a la  Alimentación (26). </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">En el ámbito nacional la Constitución de  la República Bolivariana de Venezuela, establece en su artículo 305 (33), la  garantía de la seguridad alimentaria para la población, otorgando carácter  constitucional a los diferentes tratados de derechos humanos suscritos por la  República. Los instrumentos legales que existen protegen a sectores muy  específicos de la población como los trabajadores y niños, a través del  establecimiento de medidas específicas para estos grupos humanos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Cabe destacar la existencia de la Ley  Orgánica de Seguridad y Soberanía Alimentaria (LOSSA) (21), quien se encarga de  la regulación de la producción, comercialización y distribución de alimentos.  Esta Ley recoge disposiciones muy importantes para la garantía del Derecho a la  Alimentación y podría homologarse a la legislación marco que propone la  Observación General Nº 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y  Culturales de Naciones Unidas. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">La ley hace referencia a un conjunto de  aspectos relacionados con el contenido del derecho tales como: la seguridad y  soberanía agroalimentaria con especial énfasis en el impulso a la producción  nacional de alimentos; la disponibilidad, acceso oportuno, inocuidad y calidad  de los mismos; igualmente hace mención a los niveles de participación de los  diferentes actores que intervienen en la producción de alimentos tales como los  organismos del Estado, el sector agroindustrial, los pequeños productores y  campesinos y la comunidad.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">Otra de las leyes que conforman el marco  normativo nacional es la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (34). Este marco  jurídico regula todo lo relativo a la tenencia de la tierra y su enfoque se  centra en la función social. De igual forma, se encuentra la Ley de Mercadeo  Agrícola (35), vigente desde el año 2002, la cual regula los aspectos  relacionados con los insumos necesarios para garantizar la producción agrícola  del país.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Para garantizar el estado nutricional de  la población, existen en el país dos leyes importantes: Ley de Alimentación para  los Trabajadores (36) promulgada en el año 2004 y la Ley de Protección y  Promoción de la Lactancia Materna (37), promulgada en 2007. Estas leyes crean  dispositivos específicos para otorgar un bono alimentario al personal que labora  en las empresas públicas y privadas; la segunda ley promueve la lactancia  materna exclusiva hasta los seis meses de edad y la complementaria hasta los dos  años de edad, mediante diferentes estrategias de promoción y protección.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Otra leyes que se deben mencionar son  las Leyes para la Defensa de las Personas al Acceso de Bienes y Servicios (38),  la cual sustituye a las anteriores leyes de protección al consumidor y cuyo  objeto es el de disminuir la especulación y el acaparamiento, factores que han  influido en el acceso y disponibilidad de alimentos de la población.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">El Gobierno Venezolano, bajo las  políticas nacionales enmarcadas en el Plan Nacional Simón Bolívar (38) y en  cumplimiento del Artículo 305 de la Constitución, que establece el Derecho a la  Alimentación, ha propuesto una serie de políticas, planes y proyectos destinados  a garantizar el suministro alimentario en el país, dirigidas por el Ministerio  del Poder Popular para la Alimentación, con la Misión Alimentación. Desde el  nacimiento de la red Mercal en el año 2.003 y a medida que se han incorporado  otras redes, tales como PDVAL y Abasto Bicentenario; hasta la fecha han atendido  16 millones 717 mil 49 habitantes, es decir, aproximadamente 58% de los  venezolanos se benefician con las redes de alimentos del Estado. De igual forma  el gobierno Venezolano viene trabajando a través del Ministerio de Agricultura y  Tierras y el Ministerio de Comercio, para brindar al pueblo el acceso de los  alimentos.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Por su parte, el fortalecimiento y  crecimiento de los niveles de organización y participación social que se ha  evidenciado en la población en los últimos años, ha favorecido la exigibilidad  de los derechos humanos en alimentación, desde la sociedad y de esta forma ha  fomentado la participación de la sociedad civil en la solución del problema  alimentario. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">También en el ámbito académico nacional,  se incluye la participación activa de las diferentes casas de estudio de nivel  Superior (Universidad Central de Venezuela, Universidad de los Andes,  Universidad Simón Bolívar y Universidad del Zulia), en la búsqueda de manera  equitativa de la preservación de los derechos humanos a la alimentación,  formando a los profesionales en el área de la nutrición y dietética,  fortaleciendo la investigación y produciendo publicaciones periódicas con sus  resultados. Cabe resaltar el trabajo realizado por algunas fundaciones privadas  que se dedican a la investigación y desarrollan iniciativas destinadas a la  atención de la nutrición en sectores vulnerables.</font></p> <b>     <p align="justify"><font face="Verdana">2. Contactos con quien el Relator  Especial podría conversar durante su misión:</font></p> </b></font><font FACE="Verdana" SIZE="2">     <p align="justify">a) ¿Cuáles son las agencias/departamentos claves del gobierno  en relación al Derecho a la Alimentación? (federales, provinciales,  municipales).</p>     <p align="justify">Ministerio del Poder Popular para la Alimentación (Instituto  Nacional de Nutrición y unidades estadales, Empresas de producción socialistas,  Red de distribución de alimentos, Centro de Balance Alimentario), Ministerio del  Poder Popular para la agricultura, Ministerio del Poder Popular para el  comercio, Ministerio del Poder Popular para la Salud, FUNDACREDESA, Alcaldías.</p>     <p align="justify">b) ¿Cuáles son los grupos/personas de la sociedad civil?  (ONGs/academia/expertos en los DDHH, específicamente en el Derecho a la  Alimentación).</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify">Entre los contactos con quien el Relator Especial podría  conversar durante su misión se encuentran: Grupos de la sociedad civil, como  Provea, Fundación Bengoa, Cania, Grupos indígenas, Una ventana para la Libertad,  Movimiento por la calidad del agua, Observatorio venezolano de prisiones,  Observatorio de la salud y el Centro Gumilla.</p>     <p align="justify">Otras individualidades o grupos a contactar antes de la  misión del Relator, serian: Investigadores de la UCAB, Investigadores Cendes-UCV,  Universidades Nacionales y centros de investigación con pregrado y postgrado en  alimentación y nutrición. (Universidades: Central de Venezuela, Simón Bolívar,  De los Andes, Zulia, Instituto de investigaciones en nutrición (INVESNUT-UC).  Universidad Centro Occidental. Asociaciones de productores agropecuarios del  país, Grupos religiosos, IESA, Colegio de Nutricionistas y Dietistas Nacional y  Estadales, Asociaciones de productores agropecuarios (Cavidea, Fedeagro,  Fedeindustria, Convecar). </p> <b>     <p align="justify">3. Documentos y reportes de antecedentes.</p> </b>     <p align="justify">a) ¿Hay algunos documentos o reportes que pueden ser  instructivos para el Relator Especial antes de su misión?</p>     <p align="justify">Proyecto de ley contra el hambre, Encuesta Nacional de  Presupuesto Familiar 2008-2009, Perfil alimentario y nutricional de Venezuela,  Perfil nutricional 2012, INE: Indicadores sociales y demográficos, Sistema de  indicadores sociales de Venezuela (SISOV). Programa Venezolano de Educación.  PROVEA, SISVAN, 2007, informe preliminar, Hojas de Balance de Alimentos, Plan  Estratégico Simón Bolívar y los informes de Provea (entre otros).</p>     <p align="justify">En nuestro país no se ha alcanzado &quot;El derecho a tener  acceso, de manera regular, permanente y libre, una alimentación cuantitativa y  cualitativamente adecuada y suficiente, de acuerdo a las tradiciones culturales  de la población…libre de angustias, satisfactoria y digna&quot; (5). En efecto, se  encuentran inequidades de tipo socioeconómico, cultural, geográfico y político,  que crean desequilibrios y alteraciones de la salud y nutrición de los grupos  más vulnerables. La inflación, la pérdida del poder adquisitivo, la  disponibilidad irregular y la escasez de alimentos de la cesta básica, son  factores determinantes de inseguridad alimentaria, en las familias pobres que  viven en barrios periurbanos y en el medio rural. Estas situaciones limitan el  cumplimiento del derecho a la alimentación para toda la población, de acuerdo a  las Directrices Voluntarias establecidas por la FAO en el 2004. </p> <b>     <p align="justify">Agradecimiento</p> </b></font><font SIZE="2">     <p align="justify"><font face="Verdana">Agradecemos la participación de la  Universidad Central de Venezuela (Escuela de Nutrición y Dietética-Universidad y  CENDES), Universidad de los Andes (Escuela de Nutrición y Dietética),  Universidad Simón Bolívar (Laboratorio de Evaluación Nutricional), Universidad  Centro Occidental Lisandro Alvarado (Unidad de Investigación en Salud Pública.  DCS–UCLA) y al Colegio de Nutricionistas y Dietistas. Estas instituciones  atendieron la invitación de la Fundación Bengoa, para responder a la solicitud  que formulara André Geissmann, miembro del equipo del Relator Especial de las  Naciones Unidas Olivier De Schutter, a RedSoc: Red Venezolana de Organizaciones  para el Desarrollo Social, en noviembre de 2012. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Agradecemos la participación de  Fundación Bengoa: Maritza Landaeta-Jiménez; Carla Aliaga; Yaritza Sifontes  (Escuela de Nutrición y Dietética-Universidad Central de Venezuela)</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">CENDES-UCV: Marianella Herrera; Yngrid  Candela; Andy Delgado Blanco; Jorge Díaz Polanco</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">Escuela de Nutrición y  Dietética–Universidad de los Andes: Coromoto Angarita; Yurimay Quintero; Gladys  Bastardo</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Universidad Simón Bolívar: Héctor  Herrera; Rosa Hernández, Jennifer Bernal</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">Universidad Centro Occidental Lisandro  Alvarado (UCLA): Mariela Montilva</font></p> </font><font FACE="Verdana" SIZE="2"><b>     <p align="justify">Referencias</p> </b></font><font SIZE="2">     <!-- ref --><p align="justify"><font face="Verdana">1. FAO. Sobre el Derecho a la  alimentación, &quot;El derecho a no tener hambre&quot; de Amartya Sen y otros Documentos.  <a href="http://www.fao.org/alc/legacy/iniciativa/pdf/DAteoria.pdf">http://www.fao.org/alc/legacy/iniciativa/pdf/DAteoria.pdf</a>.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=329599&pid=S0798-0752201200020000400001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p align="justify"><font face="Verdana">2. Organización de las naciones Unidas  para la Alimentación. Directrices voluntarias en apoyo de la realización  progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la  seguridad alimentaria nacional, adoptadas en el 127º período de sesiones del  Consejo de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la  Alimentación en noviembre de 2004, en lo sucesivo &quot;Directrices sobre el derecho  a la alimentación&quot;, (<a href="http://www.fao.org/righttofood/publi_01_es.htm">http://www.fao.org/righttofood/publi_01_es.htm</a>).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">3. Comité de seguridad Alimentaria  Mundial. Reforma del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, Versión Final, 35º  período de sesiones del CFS, 14, 15 y 17 de octubre de 2009, Tema III del  Programa, CFS: 2009/2 Rev 2.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">4. Oficina del Alto Comisionado de las  Naciones Unidas para los Derechos Humanos. ACNUDH, Folleto informativo Nº 16 (rev.  1): El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">5. Olivier De Schutter. Relator Especial  de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación. Université de Louvain  — SSH/JURI/PJTD – Collège Thomas More — Place Montesquieu, 2, bte <a href="mailto:L2.07.01—1348Louvain-la-Neuve—Belgium.srfood@ohchr.org">L2.07.01—1348Louvain-la-Neuve—Belgium.srfood@ohchr.org</a>, (<a href="http://www.srfood.org/index.php/es/derecho-a-la-alimentacion">http://www.srfood.org/index.php/es/derecho-a-la-alimentacion</a>).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">6. Red Internacional para los derechos  económicos, sociales y culturales. Observación general Nº 12: El derecho a una  alimentación adecuada (artículo 11).  <a href="http://www.escr-net.org/docs/i/425978">http://www.escr-net.org/docs/i/425978</a>.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">7.  <a href="http://www.ine.gov.ve/index.php?option=com_content&view=category&id=95&Itemid=9#">http://www.ine.gov.ve/index.php?option=com_content &amp; view=category &amp; id=95 &amp; Itemid=9#</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">8. <a href="http://www.bcv.org.ve/c4/notasprensa.asp?Codigo=10210&Operacion=2&Sec=False">http://www.bcv.org.ve/c4/notasprensa.asp?Codigo=10210&amp;Operacion=2 &amp; Sec=False</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">9.  <a href="http://www.ine.gov.ve/documentos/Social/NiveldeVida/html/ienv2010.html">http://www.ine.gov.ve/documentos/Social/NiveldeVida/html/ienv2010.html</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">10. Nota de prensa: Índice general de  escasez de alimentos.  <a href="http://cambiobolivar.com/indice-general-de-escasez-de-alimentos/">http://cambiobolivar.com/indice-general-de-escasez-de-alimentos/</a>.  Publicado por Nicolás Rombiola - 07/11/12 .</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">11. Fundación Bengoa. Proyectos  comunitarios. 2010-2011 (Documento técnico).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">12. Herrera H, Hernández R,  Hernández-Valera Y, González M, Castillo H, Arechabaleta G, Bernal J. Estado  nutricional y seguridad alimentaria en comunidades sub-urbanas de los municipios  Baruta y El Hatillo del Estado Miranda. Informe final técnico. Fondo Nacional de  Ciencia y Tecnología. Proyecto G-2005000404. 2009:120p.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">13. Hernández R, Herrera H, Pérez A,  Bernal J. Estado nutricional y seguridad alimentaria del hogar en niños y  jóvenes de zonas suburbanas de Caracas. An Venez Nutr 2011; 24 (1): 21-26.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">14. Landaeta-Jiménez M, Sifontes Y,  Aliaga C. Consumo de alimentos y tendencias en talla y peso en los venezolanos.  Cuadernos del Cendes 2012 (en prensa).</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">15. López-Contreras Blanco M,  Landaeta-Jiménez M, Méndez Castellano H. Secular trend in heigth and weigth:  Carabobo, Venezuela, 1978-1987. Auxology 88. Prespectives in the science of  growth and development. JM Tanner(Ed). 1989: 207-210.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">16. Blakc, RE, Allen, L, Bhutta, ZA,  Caulfield, LE, Onis. De M. Maternal and child undernutrition: global and  regional exposures and health consequences. The Lancet 2008; 371(1):243-260. </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">17. ONU Objetivos de Desarrollo del  Milenio. Informe 2011. Disponible en:  <a href="http://www.undp.org.cu/documentos/MDG_Report_2011_SP.pdf">http://www.undp.org.cu/documentos/MDG_Report_2011_SP.pdf</a>. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">18. INN. Informe del SISVAN. 2008. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">19. Polanco JD, Borges Guitián S.  Institucionalidad y rectoría de los sistemas de salud: el caso venezolano.  Cuadernos del Cendes 2010; 27(75): 73-94.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">20. FAO. Panorama de la Seguridad  Alimentaria y Nutricional en América Latina y el Caribe.  <a href="http://www.rlc.fao.org/es/prioridades/seguridad/pdf/panorama10.pdf">http://www.rlc.fao.org/es/prioridades/seguridad/pdf/panorama10.pdf</a>.  2010.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">21. Ley Orgánica de Seguridad y  Soberanía Alimentaria. Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.889 del 30 de julio de  2008.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">22.  <a href="http://agronotas.wordpress.com/2008/03/20/mas-fincas-privadas-invadidas-intervenidas-o-expropiadas/">http://agronotas.wordpress.com/2008/03/20/mas-fincas-privadas-invadidas-intervenidas-o-expropiadas/</a>. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">23.  <a href="http://www.fedeagro.org/comunica/Estimaciones2011.asp">http://www.fedeagro.org/comunica/Estimaciones2011.asp</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">24.  <a href="http://www.telesurtv.net/noticias/secciones/nota/44223-NN/chavez-ordena-expropiacion-de-transnacionalestadounidense/">http://www.telesurtv.net/noticias/secciones/nota/44223-NN/chavez-ordena-expropiacion-de-transnacionalestadounidense/</a> <a href="http://www.aporrea.org/desalambrar/a109574.html">http://www.aporrea.org/desalambrar/a109574.html</a></font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">25.  <a href="http://www.inn.gob.ve/pdf/sisvan/hba2010.pdf">http://www.inn.gob.ve/pdf/sisvan/hba2010.pdf</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">26. Programa Venezolano de Educación.  PROVEA. Situación del Derecho a la Alimentación en Venezuela 1999-2009. Informe  Anual.2009.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">27.  <a href="http://observatorioeducativo.wordpress.com/2011/06/20/el-pae-fallo-en-22-de-las-24-entidades-federales-del-pais/">http://observatorioeducativo.wordpress.com/2011/06/20/el-pae-fallo-en-22-de-las-24-entidades-federales-del-pais/</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">28.  <a href="http://www.correodelorinoco.gob.ve/politica/consejo-legislativo-investigara-denuncias-sobre-pae/">http://www.correodelorinoco.gob.ve/politica/consejo-legislativo-investigara-denuncias-sobre-pae/</a>. </font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">29.  <a href="http://www.Asambleanacional.gov.ve/index.php?opción=com_content&view=article&id=25135:programa-de-alimentacion-escolarpaedeberia-proveerse-de-mercal-y-corporacion-venezolana-agricola&catid=282:desarrollo-social&Itemid=225&lang=es">http://www.Asambleanacional.gov.ve/index.php?opción=com_content&amp;view=article &amp; id=25135%3Aprograma-de-alimentacion-escolarpaedeberia-proveerse-de-mercal-y-corporacion-venezolana-agricola &amp; catid=282%3Adesarrollo-social &amp; Itemid=225 &amp; lang=es</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">30.  <a href="http://globovision.com/articulo/ministro-de-alimentacion-aseguro-que-cifras-sobre-caso-pdval-fueron-manipuladas">http://globovision.com/articulo/ministro-de-alimentacion-aseguro-que-cifras-sobre-caso-pdval-fueron-manipuladas</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">31. Herrera Cuenca M. Evaluación de los  expendios de alimentos utilizados por diferentes programas de alimentos;  revisión sistemática. An Venez Nutr 2011; 24(2): 86-91.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">32. INE.  <a href="http://www.ine.gov.ve/index.php?option=com_content&id=458&Itemid=38;tmpl=component">http://www.ine.gov.ve/index.php?option=com_content&amp;id=458 &amp; Itemid=38;tmpl=component</a>.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">33. Constitución de la República  Bolivariana de Venezuela. 1999</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">34. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.  Gaceta Oficial Ordinaria Nº 37.323 del 13 de Noviembre de 2001. Reformada según  Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.771 del 18 de mayo de 2005.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">35. Ley de Mercadeo Agrícola. Gaceta  Oficial Nº 37.389 del 21 de febrero de 2002.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">36. Ley de Alimentación para los  Trabajadores. Gaceta Oficial Nº 38.094 del 27 de diciembre de 2004.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="Verdana">37. Ley de Protección y Promoción de la  Lactancia Materna. Gaceta Oficial Nº 38.763 del 6 de septiembre de 2007.</font></p>     <p align="justify"><font face="Verdana">38. MPPPP. Plan Nacional Simón  Bolívar.2007-2013.</font></p> </font>       ]]></body>
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