Introducción
El cuestionamiento del resultado de la investigación jurídica ha sido un elemento de discernimiento histórico entre juristas, autoridades encargadas de administrar justicia. Aunque la investigación jurídica es rigurosa, pues comparte semejanza metodológica con la investigación, requiere de diversas mejoras, con la finalidad de encausar la teorización del conocimiento, así como verificar y comparar resultados (García et al., 2023). La investigación jurídica, busca la realidad de los hechos, por lo que urge del análisis epistemológico, que amerita de una revisión sincrónica que entrelace los constructos de conocimientos, derivados de los resultados y la reafirmación de preceptos sobre la concepción gnoseológica y epistemológica del derecho (Vélez, 2023), para dar elementos concordantes con la norma de aplicación, que otorguen criticidad y reflexión.
La investigación jurídica es un fenómeno complejo; presenta diferentes tipologías de acuerdo a cada contexto jurídico. Por esta razón, requiere de una alta precisión y sistematicidad en el proceso para lograr el objeto indagatorio. Cuando se trabaja en lo intrínseco de una rama del saber jurídico, se aspiran formas específicas de abordaje y conocimiento del tipo de investigación que mejor se adapte al objeto de estudio (Tantaleán, 2016). Por ello, en esta investigación se aborda una clasificación de investigación jurídica de acuerdo con el contexto normativo, histórico, social, filosófico y comparativo, las cuales serán dependientes de la situación a estudiar, siempre dentro del marco del derecho como ciencia fáctica, teórica y praxiológica.
La metodología jurídica es un orden que se soporta en la interdisciplinariedad y la transversalidad del conocimiento, que pretende gestionar procesos que conduzcan a resultados y conclusiones verificables (García, 2015). Requiere del método de la investigación científica, dado que del conocimiento científico se deriva de la metodicidad y la verificabilidad de los datos de entrada, procesos y resultados obtenidos, que deben estar vinculados a la objetividad, rigurosidad, racionalidad y la criticidad desde el enfoque científico. Sin embargo, en la práctica jurídica no toda investigación es rigurosa o aplica una tipología con elementos del método científico, Bajo este marco conceptual, el derecho demanda contrastación y verificabilidad de la realidad social.
La literatura del derecho y la praxis jurídica entra en contradicciones al no tratar este conocimiento dentro del marco científico (Díaz, 2008). Muchas veces ha sido considerado como algo distinto a la ciencia, más bien como una técnica. Debido a tal inexorable aseveración, en esta investigación, se comparte las ideas de Mora y Sayritupac (2023), que consideran el derecho vinculado a una lógica deóntica, capaz de estudiar, no solamente objetos jurídicos, sino otros objetos sociales. En atención a lo anterior, esta investigación reflexiona, bajo la metodología hermenéutico-documental, las implicaciones epistemológicas de la investigación jurídica, su naturaleza tipológica y la esencia vinculante con el método científico, expresando las ideas referidas al uso de tecnología emergente para acelerar y efectivizar la investigación jurídica.
1. Fundamentos teóricos y epistemológicos de la investigación jurídica
Muchos sistemas jurídicos en países con trayectorias democráticas no permiten romper paradigmas para generar nuevos conocimientos, inhibiendo innovación en métodos y protocolos que asumen una función de los procesos en el marco legal establecido, permaneciendo con poca flexibilidad en la evolución epistemológica en el accionar social (Contreras, 2013). La investigación jurídica, inmersa en la investigación científica, requiere de articulación de los procesos de re-significación social, como parte de la semiótica que conduce al análisis de la realidad jurídica (Bandura et al., 2022), contribuyendo así a resolver problemas determinantes de la filosofía del derecho.
En el ejercicio del derecho como bien común que evoluciona, el término epistemología es intratable, reduciendo así el avance en materia jurídica, desde los tiempos de aplicación hasta en la obtención de constructos de conocimientos rigurosos. Por tanto, es oportuno la epistemología como disciplina filosófica que estudia los problemas del conocimiento, efectivizando la producción intelectual, desde varios enfoques de valor y límites, siendo su función primigenia, el estudio del conocimiento crítico generado a partir de procesos regulados por la rigurosidad y el pensamiento científico (Contreras, 2013).
La investigación jurídica aborda las relaciones de sus procesos y resultados entre lo subjetivo y lo objetivo, desde una visión gnoseológica. De la misma manera, aborda esta acción desde sus fundamentos epistemológicos, pues desde la sistematicidad se da la obtención de pautas que marcan el conocimiento, presentado los fundamentos, procedimientos, limitaciones y validez de estos (García et al., 2023). La epistemología jurídica es fundamental para realizar investigaciones eficaces en el ámbito del derecho, ofreciendo una visión general para aplicar conocimientos en cada protocolo de las investigaciones y, desde una visión gnoseológica, analiza la naturaleza, origen y límites del conocimiento en el ámbito del derecho.
La epistemología se ocupa de problemas filosóficos que se presentan en el curso de la investigación científica, reflexiona aportando métodos y teorías concretas, proponiendo soluciones consistentes de carácter riguroso e inteligibles (Nizama y Nizama, 2020). Por ello, se requieren estos principios en la investigación jurídica, como parte del mismo proceso indagativo y científico. La investigación jurídica no soporta teorías confusas o inadecuadas; representa una acción que se aproxima a lo demostrativo de la realidad. De acuerdo con Núñez (2021), el derecho y todos sus procesos descansan sobre valores jurídicos que requieren protección: la justicia, el bien común y la seguridad jurídica; por lo tanto, sus acciones necesitan apoyarse en la investigación científica.
En el desarrollo histórico evolutivo de la epistemología, se ha posicionado con un legado esencial, puesto que, se debate entre la visión especulativa de la investigación y el enfoque empírico, considerando distinciones entre la naturaleza del ser, buscando determinar categorías de la realidad en la investigación y la sistematicidad con evidencia científica para lograr los objetivos; es decir, diferencias entre en lo ontológico y lo metodológico. En el mundo moderno y posmoderno, la epistemología se ha convertido en una ciencia cognitiva (Padrón-Guillen, 2013), que estudia los fenómenos desde sus procesos, de una manera integrada y multidisciplinar.
Por otra parte, desde una posición geopolítica, la investigación jurídica en Latinoamérica ha sido desviada del beneficio que ofrece la epistemología, así como del desarrollo actual de la ciencia en teoría jurídica. Tampoco la tecnología, pues en la actualidad, la tecnología emergente y disruptiva, ha sido clara en cuanto al desarrollo de los textos académicos en investigación jurídica y en el propio accionar de la realidad actuante en la jurisprudencia (Sarlo, 2003). Por ello, es necesario que la academia y el ejercicio del derecho, avancen en un conocimiento que otorga el pensamiento reflexivo y crítico frente al objeto de estudio o de investigación jurídica, como el acto descubridor ajustado a las normas y leyes establecidas en la materia (Vélez, 2023).
En este sentido, Aguirre y Pabón (2021), resaltan que, en la enseñanza de la investigación jurídica la epistemología jurídica debe potenciar la formación, asumiendo un rol para los constructos jurídicos clave, los procesos y métodos requeridos en una sociedad democrática, plena de justicia, puesto que, las comunidades resaltan la relevancia de la justicia y el derecho como elemento del ejercicio democrático igualitario. Por ende, la epistemología de la investigación jurídica aporta la percepción de lo bueno y de lo malo según el pensamiento y su comportamiento, esto implica una concepción ética del derecho (Alba y Proaño, 2021), que subyace en un cambio de nivel con respecto a la moral de los administradores de justicia.
Ahora bien, la epistemología indagativa jurídica, se emplaza en el campo del estudio de la investigación a través del método científico. Para ello, usa el enfoque gnoseológico y epistemológico, permitiendo así, adoptar en el proceso, la orientación metodológica con herramientas para seleccionar formas y vertientes adecuadas, dando claridad conceptual a la acción, pues define con precisión los conceptos jurídicos que utiliza durante la investigación, evitando ambigüedades. La epistemología realiza una valoración crítica de la calidad de las fuentes de información y la jurisprudencia con argumentos jurídicos que se posicionan de lo relevante. Todo este accionar sistémico lleva a constructos sólidos, en teoría jurídica, que orientan el camino en lo socio-fundamental.
Mediante la epistemología y una selección clara del método de investigación jurídica se viabiliza el objeto de investigación, debiendo considerar la naturaleza, recursos y la formulación para luego construir los propios argumentos críticos con mayor objetividad en el derecho. Pues, esta ciencia plantea el ejercicio de la palabra y reconoce la del otro, como garantía de la posibilidad de coexistir en una relación intersubjetiva, que constituye la función existencial de la legislación y normas en cada país. Así, un enfoque epistemológico de la investigación jurídica evalúa la calidad del conocimiento jurídico logrado, obtenido en los sumarios judiciales, el carácter indagativo, los soportes y ayuda para diferenciar entre normas, opiniones y conocimientos fundamentados.
2. Tipología de los métodos de investigación jurídica
El derecho, visto como fenómeno jurídico, es complejo; se entrelazan aspectos históricos, normativos, sociales y filosóficos. Según Witker (1995), el derecho se perpetua en cuatro variables que pueden discernir entre el aspecto normativo, el factico-social, el hecho histórico y el aspecto axiológico. El normativo o dogmático, se centra en el análisis de las normas jurídicas y su interpretación; el social, porque se estudian la relación entre el derecho y la sociedad; en el histórico, se analiza la evolución en el tiempo las transformaciones del derecho y el axiológico, está referido al derecho como valor de la justicia.
A partir de este abordaje y de las diferentes tipologías, se define a la investigación jurídica como la praxiología del derecho Aplicado, de acuerdo con la propuesta estudiada por Tantaleán (2016), quien clasifica a la investigación jurídica en dogmática-jurídica, histórica-jurídica, socio-jurídica y filosófico jurídica. No obstante, se puede clasificar la investigación jurídica desde diferentes enfoques. En el derecho como ciencia es poco esclarecedor el hecho investigativo, presentado confusiones históricas. Sin embargo, los actores que se encuentran ligados a ella, tanto el profesional del derecho sobre todo el campo penal y los fiscales que representan al Estado, ejecutan investigaciones junto a los cuerpos de seguridad (Soto, 2013). En ambos casos, la falta de precisión subyace al proceso.
La investigación jurídica se presenta con dificultad para afianzarse como una disciplina de las ciencias políticas y sociales, debido -en gran parte- a que la metodología y la delimitación del enfoque tipológico ha estado ausente en el proceso del derecho, recreando un marco metodológico poco explicito, donde los objetos se eclipsan durante la jurisprudencia (Kestemont, 2014). Empero, desde una visión cosmogónica, la tipología y la aplicación de un método de investigación, amplía el horizonte de consecución de objetivos, haciendo de la investigación un acto inequívoco, en curso factible, de viabilidad clara y usualmente el objeto de estudio jurídico se aproxima a la meta, mediante el trabajo sistémico.
La investigación jurídica se caracteriza en su tipología desde es el punto de vista de su aplicación. Según Álvarez (2018), puede ser investigación de tipo doctrinal, aquella que analiza la evolución de la jurisprudencia sobre un determinado delito, identificando las tendencias y las principales divergencias interpretativas; investigación empírica, es la que aplica una estrategia o método de búsqueda de información mediante un instrumento de recolección de información para conocer la opinión de los ciudadanos y la investigación histórica, que estudia la influencia del Derecho Romano en el sistema jurídico de los países donde la doctrina legal ha sido influenciada por la cultura occidental.
Existen otras clasificaciones de investigación jurídica de acuerdo con el enfoque derivado de su alcance. En este sentido, Sánchez (2007) menciona en su investigación dos tipologías, investigación jurídica básica, aquella que genera conocimiento teórico sobre el derecho e investigación jurídica aplicada, la que busca resolver problemas prácticos del derecho. Mientras que Kunz y Cardinaux (2017), se refieren a las tipologías de investigación jurídica derivadas de la consecución de objetivos, siendo estas: investigación jurídica descriptiva, aquella que busca describir fenómenos jurídicos tal como se presentan en la realidad; investigación jurídica descriptiva explicativa, trata de explicar las causas y consecuencias de los fenómenos e investigación jurídicos predictiva, intenta predecir futuros acontecimientos jurídicos.
Se debatirán puntualmente en este artículo las tipologías discutidas por Tantaleán (2016), consistentes en investigaciones dogmáticas, históricas, sociales y filosóficas., adicionando una quinta tipología, la investigación jurídica comparada. De acuerdo con García (2015), la investigación jurídica dogmática, denominada documental o teórica, hace uso de fuentes documentales, como leyes, normas, manuales, tratados, folletos, enciclopedias, conferencias y otros documentos bajo una perspectiva fáctica y formalista para hacer uso del derecho.
De acuerdo con Tantaleán (2016), la investigación dogmática es pluridenominada investigación formal-jurídica, formalista-jurídica, conceptual-jurídica, teórica-jurídica, o simplemente dogmática. Como método, procura estudiar las estructuras vinculadas al objetivo del derecho, fundamentándose en el ordenamiento jurídico, basándose formalmente en las fuentes del derecho objetivo. Esta doctrina, examina las metodologías de las diversas corrientes jurídicas, bajo el precepto del conceptualismo jurídico y la jurisprudencia de intereses normados, fundamentándose en el realismo del derecho (Rojas, 2024), estudiando a la vez las diversas corrientes históricas del pensamiento jurídico.
La investigación histórica jurídica, se fundamenta en la interpretación histórica como forma deductiva basada en el conocimiento del contenido de las normas jurídicas a partir del estudio de las condiciones específicas en las que se adoptaron tales normas en ese período de tiempo (Merdova et al., 2023). Se puede decir entonces, que la investigación histórica-jurídica estudia el desenvolvimiento del derecho a través del tiempo. Esta tipología es referida al seguimiento histórico de la institución jurídica desde las situaciones legales de la familia, el contrato, las patentes, la bioseguridad, el Estado, entre otros (Clavijo et al., 2014). Representa la trascendencia temporal del ente jurídico como argumento que sirve a la jurisprudencia.
La investigación histórica-jurídica, se relaciona con un enfoque asincrónico del ordenamiento jurídico, estableciendo pautas al derecho, considerándolo como hecho histórico, procurando reconstruir cronológicamente un evento causal relevante para el derecho (Delgado, 2023). En términos praxiológicos, este tipo de investigación trata de estudiar un tema jurídico del pasado para poder entender la realidad presente y proyectarla hacia el futuro, haciendo uso del manejo normativo de los tiempos (Tantaleán, 2016). Desde el contexto temporal, Witker (2008) opina que la investigación histórica-jurídica se encamina a anteponer la interpretación histórica y teleológica dejando atrás el formalismo sistémico.
Por otra parte, la investigación socio-jurídica es una forma tipológica de indagación que se ha convertido en un método jurídico controvertido, pues antepone la realidad social ante la ciencia jurídica Este enfoque plantea la posibilidad de desvincular el análisis técnico y normativo del derecho para implementar acciones que se orienten a crear y modificar situaciones, cuya finalidad sea beneficiar un caso jurídico particular (Giraldo, 2012). Por ende, la dimensión sociológica del derecho contribuye a resaltar lo real en la normativa positivista del derecho comparado.
Un hecho resaltante que soporta la validez de la investigación socio-jurídica, es que la investigación, en todos los ámbitos del saber, busca la verdad, como requisito obligatorio de demostración de resultados, siendo la realidad social una situación fáctica presente, que debe ser tratada como un fenómeno jurídico específico. La investigación socio-jurídica, de acuerdo con las consideraciones de Guano et al. (2024), no prevalece, centra su atención en lo dogmático y en las precisiones del acto del derecho. Toma en cuenta las determinantes económicas, políticas, socioculturales, las cuales son propias de la investigación socio-jurídica, es decir, no se consideran las percepciones de los grupos sociales.
En cuanto a la doctrina filosófica del derecho, esta favorece valores o fines conductuales como la ética en los diferentes sistemas normativos jurídicos. Esta consideración ha ido desvaneciéndose en la realidad social globalizada, puesto que los problemas centrados en la doctrina moralista y pluralista para fomento de la democracia, han ido perdiendo representación real en el escenario político-legal de los Estados-Nación y la sociedad en general (Luban y Wendel, 2017). La investigación filosófica-jurídica se encarga del estudio de los fundamentos del conocimiento jurídico, ella hace crítica a la investigación dogmática-jurídica, puesto que, este tipo de modelo de investigación sugiere construir conocimientos nuevos en base a criterios racionales más decisivos para la valoración crítica y ética del derecho positivo (Díaz, 2008)
De acuerdo con Castro et al. (2024), la investigación filosófica-jurídica, dentro de las tipologías de investigación, ha generado indagaciones en contextos epistemológicos y gnoseológicos. La identidad del método se fundamenta en la esencia del saber filosófico como ámbito cognitivo que estudia las esencias del ser, saber y saber ser, elementos asociados al fenómeno jurídico, el fenómeno del saber jurídico y al fenómeno de la crítica del saber o gnoseología jurídicos (Macia, 1975). Dicho en otras palabras, se basa en hechos culturales, históricos, éticos y cognitivos que sustentan la realidad social, por ello es parte importante de la investigación integrativa-jurídica, pues se fusiona y actúa junto con varias tipologías.
Finalmente, se tiene la investigación jurídica-comparada, instrumento valioso en el Derecho Comparado, el cual tiene una larga tradición en el mundo jurídico. Implica confrontar -mediante métodos rigurosos- elementos para discernir mejor las similitudes y diferencias entre ellos, analizando los resultados para obtener conclusiones significativas (Escobar y Bilbao, 2020). La metodología de la investigación jurídica-comparada se sustenta en los métodos ya descritos, para proyectar similitudes en el mismo sistema jurídico, aunque muchas veces se ejecutan macro comparaciones, que incluye las hechas con otros sistemas jurídicos (Morán, 2002). En todo caso, este método investigativo introduce cuestiones, normas o instituciones que concretamente amplia el horizonte del indagador.
Conocer las diferentes tipologías de investigación jurídica, revela una importancia trascendental, pues permite alcanzar el conocimiento específico para ilustrar al investigador en cuestiones como: elegir la metodología que mejor se adapte al caso de investigación, así como, al objetivo del caso en estudio. Asimismo, conduce a la evaluación de la rigurosidad y validez de los resultados de una investigación, facilita la comunicación y colaboración entre investigadores jurídicos, así como también, se pueden identificar nuevas áreas de investigación y abordar problemas jurídicos desde ángulos innovadores. Por otro lado, las tipologías de investigación jurídica pueden presentar limitaciones y desventajas, por ello el profesional del derecho, debe ser consciente de los sesgos inherentes a cada tipología, ejerciendo la interpretación de manera crítica.
3. Esencia del método científico en la investigación jurídica
Los fines de la investigación jurídica son ampliar, corregir, verificar o aplicar los conocimientos adquiridos, siendo de gran de importancia, dar soluciones válidas a los problemas que afectan al derecho o, en todo caso, visibiliza herramientas para comprender mejor el hecho jurídico tratado (Fernández, 2015). Su esencia radica en la aplicación del método científico, que, si bien representa un giro paradigmático y praxeológico para muchos profesionales del derecho, por la sistematicidad al abordar los problemas legales, proporciona un método verificable, pues es propio de las ciencias empíricas, enriqueciendo notablemente el estudio y análisis de las ciencias jurídicas.
Desde un marco conceptual, el método científico es una herramienta para lograr una aproximación casi total a la verdad, mediante el uso de diferentes técnicas y procedimientos rigurosos de orden clásico, como lo son: la mayéutica, el inductivo, el deductivo, experimental y observacional, siendo la mayéutica el procedimiento que emplea el análisis, la síntesis, la comparación, la refutación, el ensayo y el error (Sáenz, 2017:24). Po ello, es recomendable que la investigación jurídica, utilice las estructuras del método científico caracterizada por la observación, la formulación de hipótesis, verificación y explicación de esta, para conducir el hecho jurídico con sustentabilidad comprobatoria.
La investigación jurídica acierta de cierto modo con el método científico, pues plantea el uso de instrumentos eficaces y eficientes para lograr resultados verificables. Al respecto, Barahona et al. (2023) asegura que el método científico procura la validación de datos, procesando información que confirmen o rechacen la hipótesis, al objeto de sacar resultados y conclusiones. La investigación jurídica se diferencia, en algunas ocasiones, de la investigación científica, puesto que la primera es propia del sentido común y de las normas que la arropan. Por ello, en opinión de Fernández (2015), el sentido común se caracteriza por basar sus conclusiones en impresiones, prejuicios o ideas subjetivas que derivan del razonamiento riguroso.
En el mismo marco conceptual, la investigación jurídica, propia del derecho y las ciencias jurídicas, proyecta un amplio espectro metodológico, pues existen apreciaciones que van desde el resultado extraído de la técnica jurídica como fenómeno investigativo de su filosofía del derecho, hasta la concepción de afirmar que la investigación es el producto de la indagación exploratoria, basada exclusivamente en el método científico (Díaz, 2008). Para este estudio no se puede descartar que la investigación jurídica, debido a su rigurosidad metodológica, se sumerja en el campo del método científico de las ciencias sociales, puesto que sus resultados conducen a constructos epistemológicos nuevos, obtenidos a través de la aplicación sistemática de una metodología.
En fin, la multiplicidad conceptual comparativa conduce a que la investigación jurídica -sea de cualquier tipología- una verdadera investigación científica, que precisa de la rigurosidad metodológica para la construcción de un nuevo conocimiento. Por ello, la metodología jurídica, al utilizar métodos jurídicos para la investigación, se sumerge en el método investigativo científico. En otro orden de ideas, las ciencias jurídicas y sus métodos, siendo una disciplina de corte teórico-racional, pueden abordar otros métodos propios de otras ciencias, según lo requiera la necesidad de la investigación (Martínez, 2023). Se apoya en la concepción multidisciplinar para encausar su proceso indagatorio, dependiendo de la generalidad propia en la que acontece el fenómeno jurídico investigado.
De manera coincidente, la investigación jurídica conduce al descubrimiento de alguna situación de la realidad social con la producción de un nuevo conocimiento mediante el uso de epistemes propios de la transdisciplinariedad, al igual que la investigación científica (Mila et al., 2021). Ambas persiguen la identificación de problemas al objeto de buscar la potencial solución. Sumado a sus tipologías, la investigación jurídica recurre a técnicas de aplicación, al igual que el método científico. En este sentido, Zenteno (2020), define la técnica como conjunto de instrumentos y medios a través de los cuales se efectúa el método seleccionado, según su enfoque se clasifican en técnicas de consenso, de investigación cualitativa, cuantitativa y técnicas de evaluación económica.
La investigación científica, con el aumento de saberes disciplinarios, se ha especializado en diferentes ramas, siendo la investigación jurídica una de ellas, a pesar de que existen posturas que indican lo contrario. Investigar, como término general, promueve los constructos de conocimientos que generan una mayor comprensión de los fenómenos, siendo el campo del derecho una disciplina que cobra auge, en especial la investigación jurídica social (García y Cantero, 2023). A pesar de la vinculación mostrada y las observaciones directas a la luz de la jurisprudencia, se demuestra la importancia del derecho para la ciencia, siendo que aún se mantiene el debate entre aquellos que creen que la investigación jurídica no es investigación científica (Fernández et al., 2015). Siendo el derecho una ciencia social fáctica, requiere de la metodología científica para resolver problemas de la realidad social.
Un elemento importante para la aplicación eficiente de la investigación jurídica es el uso de tecnologías emergentes para agilizar la metodología científica usada en la investigación jurídica. En esta materia, los profesionales del derecho poseen carencias de competencias en tecnologías específicas para llevar cabo los procedimientos indagatorios del campo de la investigación jurídica, en especial en tecnologías disruptivas y emergentes, debido a la surgencia acelerada de estas tecnologías, generando rápidos avances que han superado las regulaciones y el mismo manejo por los juristas investigadores, los Estados-Nación como entidades oficiales tienen una gran cuota de responsabilidad en este asunto. Los responsables de las políticas pueden desarrollar programas al respecto para apoyar el uso responsable de las tecnologías emergentes, para asuntos jurídicos (Fahimeh et al., 2024), como la inteligencia artificial-IA, que en la actualidad está desarrollada para manejo de grandes volúmenes de datos e información.
La transformación digital de la justicia y la investigación jurídica es una necesidad en los sistemas de administración de justicia de cada Nación, puesto que la optimización de recursos y tiempo, son vehículos expeditos para lograr una justicia verdadera que fortalezca la democracia, pues se da lectura social al marco constitucional (Valle y Lobo, 2022). El uso de la tecnología por profesionales del derecho en la investigación jurídica representa una habilidad y competencia que es útil tanto para el abogado, como para el sistema en sí. Un ejemplo de ello es considerado por Biresaw y Abhijit (2022), que admite que el uso de la inteligencia artificial en la investigación jurídica permite mediar subjetividades, aliviando la inmunidad del sistema de administración de justicia a las disrupciones tecnológicas.
Ultimando en este segmento, la esencia del método científico coincide con la investigación jurídica porque requiere en su aplicación alejarse de interpretaciones subjetivas y dogmáticas, privilegiando la búsqueda de explicaciones basadas en evidencias empíricas y razonamientos lógicos, con objetividad y racionalidad. La investigación jurídica se estructura siguiendo un proceso ordenado que incluye la formulación de hipótesis, la recolección de datos, el análisis y la interpretación de resultados. A la vez, las conclusiones a las que se llega deben ser susceptibles de ser contrastadas y verificadas por otros investigadores, por lo que resulta en una investigación con mayor rigor y precisión. De este modo, se aproxima al fortalecimiento del Estado de Derecho (Saavedra y Huaccha, 2024), contribuyendo a la construcción de un sistema jurídico más racional, igualitario y transparente.
Las tecnologías emergentes y disruptivas están revolucionando la investigación jurídica, ofreciendo herramientas poderosas para agilizar procesos y mejorar la calidad de los resultados, como: acceso a información, algoritmos avanzados que realizan búsquedas precisas y rápidas en vastas bases de datos legales, identificando jurisprudencia relevante, en legislación y en doctrina. La inteligencia artificial analiza grandes volúmenes de datos, interpretando grandes cantidades de texto legal, extraer información clave y detectar patrones, agilizando el proceso de descubrimiento de pruebas. En lo praxiológico del sistema de justicia, las herramientas tecnológicas disruptivas agilizan acciones de predicción de resultados, analizando datos históricos para inferir los resultados probables de un caso, ayudando a los abogados litigantes y fiscales a tomar decisiones estratégicas.
Conclusiones
La investigación jurídica, basada en teorías integradoras del derecho, promueve la diversidad de enfoques para comprender la experiencia a través de la explicación de constructos de conocimientos nuevos. Observa el derecho como un fenómeno social multifacético, que incluye características objetivas y subjetivas, encerrándolo como un fenómeno complejo, que incluye características multidimensionales. En este aparte, la gnoseología y la epistemología del derecho intentan establecer un diálogo entre lo complejo y el devenir del nuevo conocimiento proveniente de la investigación jurídica, a fin de replantear la posición conceptual en relación con la experiencia jurídica. La epistemología jurídica analiza el conocimiento para realizar investigaciones eficaces, ofreciendo una visión general en la aplicación de conocimientos en cada protocolo investigativo y se complementa con la gnoseológica, que analiza la naturaleza, origen y límites del conocimiento en el contexto jurídico.
Siendo que la epistemología reflexiona en el ámbito de la investigación jurídica aportando métodos y teorías para generar soluciones verificables, requiere del tipo de investigación jurídica que se aplica. Aunque al desarrollar una tipología de los métodos de investigación se puede enfrentar a varias dificultades, entre ellas, es evidente que no existe un esquema de clasificación único y que son posibles varios enfoques para dicha acción. Por ello, en este estudio se siguió el esquema clasificatorio clásico desde la postura que entrelaza los aspectos históricos, normativos, sociales y filosóficos de la investigación jurídica. No obstante, las tipologías abordadas, como las investigaciones dogmáticas, históricas, sociales, filosóficas y comparadas en su marco de aplicación ofrecen un horizonte que procura el objetivo con la construcción del conocimiento.
La investigación jurídica implica utilizar el método científico, independientemente de su tipología, pues mediante este, se considera como un proceso muy útil para validar las observaciones y minimizar el sesgo del observador, mediante un enfoque sistémico y riguroso, que incluye, la validación de datos, procesamiento de información, verificación de hipótesis, a objeto de sacar resultados y conclusiones, para lograr su objetivo de investigación, concluyendo de manera justa, imparcial y repetible. En la actualidad, el uso del método científico en la investigación jurídica exige herramientas y sistemas tecnológicos emergentes para tratar grandes volúmenes de información, pues el derecho, considerado hoy día como e-Ciencia, requiere transformación a medida que se avanza desde una sociedad de medios impresos hacia una sociedad de internet basada en tecnologías emergentes.














