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Revista de Ciencias Sociales

versión impresa ISSN 1315-9518

Revista de Ciencias Sociales v.14 n.3 Marcaibo dic. 2008

 

La Provincia de Maracaibo a fines del siglo XVIII: la visión de Francisco de Saavedra y José Domingo Rus

Maldonado Vitoria, Zulimar *

* Magister Scientiarum en Historia de Venezuela. Profesora de la Escuela de Sociología e Investigadora adscrita al Centro de Estudios Históricos de la Universidad del Zulia. Investigadora en el proyecto: “De las localidades a las regiones históricas: relaciones socioeconómicas, discurso político y constructos mentales colectivos. Siglos XVIII-XX” financiado por el CONDES. E-mail: zumalvi_26@hotmail.com

Resumen

El objetivo de este artículo es reconstruir los rasgos geográficos y socioeconómicos que caracterizaron a la Provincia de Maracaibo a fines del siglo XVIII y principios del XIX. Se sustenta en el análisis comparativo de los datos y descripciones aportados por los informes de Francisco de Saavedra, Intendente de Caracas (1783-1787) y José Domingo Rus, diputado del Real Consulado de Caracas (1796-1798) y de las Cortes de Cádiz (1812-1814). Se infiere que ambos personajes, debido a los cargos desempeñados en la administración monárquica, lograron hacerse de amplios conocimientos sobre la Provincia de Maracaibo y ofrecer una visión de unidad sociopolítica y económica de ese vasto espacio a fin de procurar para el mismo su fomento económico y progreso moral como pregonaban los principios ilustrados de la época.

Palabras clave: Consulado de Caracas, Cortes de Cádiz, diputación consular, Ilustración, Provincia de Maracaibo.

The Province of Maracaibo at end of the XVIIIth century: the vision of Francisco de Saavedra and José Domingo Rus

Abstract

The objective of this article is to reconstruct the geographical and socio-economic traits that characterized the Province of Maracaibo at the end of the XVIIIth and beginnings of the XIXth centuries. It is supported by a comparative analysis of the facts and descriptions contributed by the reports of Francisco de Saavedra, Intendent of Caracas (1783-1787) and José Domingo Rus, deputy of the Royal Consulate of Caracas (1796-1798) and of the Courts of Cádiz (1812-1814). It is inferred that both personages, due to posts held in the monarchic administration, achieved broad knowledge about the Province of Maracaibo and offered a vision of socio-political and economic unity regarding that vast space in order to procure for it the economic promotion and moral progress preached by the enlightened principles of the age.

Key words: Consulate of Caracas, Courts of Cádiz, consular deputation, enlightenment, Province of Maracaibo.

Recibido: 07-02-28 Aceptado: 08-02-14

Introducción

A mediados del siglo XVIII las reformas borbónicas no sólo fueron instrumentos para ejercer el control estatal sobre Hispanoamérica y revitalizar la economía de la monarquía; sirvieron para poner en práctica el sentido “utilitario” pregonado por la Ilustración mediante la labor desplegada por los funcionarios de la Corona española. Estos preparaban extensos informes a las autoridades monárquicas en su afán de informar sobre las características geoeconómicas, funcionamiento de la estructura política administrativa y condiciones sociales de las diferentes jurisdicciones americanas. Aunque esta tarea respondió a la política oficial de contabilizar los recursos naturales para su explotación y aprovechamiento, en algunos casos, contribuyó a que estos funcionarios apoyados en su formación ilustrada se convirtieran en observadores sagaces y promotores del fomento económico y progreso moral de las provincias que estaban a su cargo.

Para el caso de la Provincia de Maracaibo resultan valiosos los datos suministrados en los informes y representaciones de sesgo ilustrado de dos funcionarios de la Corona española como lo fueron don Francisco de Saavedra, Segundo Intendente de Caracas (1783-1788) y el Dr. José Domingo Rus, diputado del Real Consulado de Caracas (1796-1798) y de las Cortes de Cádiz (1812-1814). Desde sus altos cargos, ambos tuvieron la oportunidad de obtener amplios conocimientos de la Provincia y ofrecer una visión de unidad sociopolítica y económica de aquel espacio. De hecho los escritos “Informe de la Provincia de Maracaibo en 1791” de Saavedra y “Nota sobre la Provincia de Maracaibo” de Rus, fechada en 1794, más las comunicaciones y documentos de sus actuaciones en Cádiz, recopilados en Maracaibo representado en todos sus ramos y Agere Pro Patria, constituyen densas y sistemáticas descripciones y análisis de las características geoeconómicas, condiciones sociales y funcionamiento de la estructura político-administrativa del territorio marabino, en función de aportar y apoyar propuestas conducentes a mejorar su progreso económico y bienestar sociopolítico. El análisis histórico de estos documentos revela la visión que para la época tenían estos hombres ilustrados sobre las perspectivas futuras de ese vasto espacio del actual occidente venezolano y que Germán Cardozo Galué (1998, 2005) ha definido como “Región Histórica”.

De allí, nuestro interés en rescatar de dichas fuentes las principales características socioeconómicas de la provincia de Maracaibo a fines del siglo XVIII. A la vez, analizar hasta qué punto las nuevas corrientes del pensamiento ilustrado incidieron en la toma de conciencia de estos funcionarios respecto a la importancia de los conocimientos geográficos del espacio, los recursos naturales y señalamiento de medidas necesarias para propiciar mejoras que condujeran al buen aprovechamiento de los mismos.

Introducimos este punto con algunas referencias básicas sobre la institución del Real Consulado de Caracas por la vinculación de ambos funcionarios con ese organismo y porque se convirtió en la época en centro de discusión y difusión de modernas ideas económicas y sociales y, sin lugar a dudas, en el caso de Rus su actuación favoreció la discusión del pensamiento ilustrado que sustentaría su ideario autonómico.

1. El Real Consulado de Caracas y la diputación consular de Maracaibo

Durante la segunda mitad del siglo XVIII, la Corona española bajo la influencia del despotismo ilustrado inició un proceso de perfeccionamiento y centralización de sus estructuras de poder para impulsar la reactivación económica de la Monarquía, sobre todo, mediante la formación de un espacio económico amplio y productivo en las posesiones americanas y el establecimiento de una administración estatal efectiva en la Península y en los territorios ultramarinos. En el caso del territorio, hoy venezolano, ese proceso se evidenció con la creación de la Intendencia de Ejército y Real Hacienda (1776), la Capitanía General (1777) la Real Audiencia (1786) y el Consulado de Caracas (1793). De todas estas instituciones, fue en el Consulado donde hubo mayor participación de los grupos de poder locales en defensa de los intereses de sus respectivas provincias.

El Consulado de Caracas es el tercero en crearse en América en este marco de las reformas borbónicas y en la misma línea de acción, concebida bajo el despotismo ilustrado que había iniciado España. Su proceso de creación se inició formalmente en 1.785 cuando el Intendente Francisco de Saavedra, en correspondencia oficial enviada al gobierno español, propuso el establecimiento de la institución consular en Caracas. Según Arcila Faría (1957), éstas fueron algunas de las razones argüidas por el Intendente Saavedra para justificar la necesidad del Consulado: imposibilidad del Intendente, debido a sus múltiples funciones, para atender los requerimientos del comercio que había alcanzado una gran extensión; necesidad de conciliar los intereses de los americanos y europeos, de los mercaderes y los hacendados; solucionar en forma inmediata los pleitos mercantiles sin las dilaciones de los tribunales ordinarios; combatir el contrabando; crear un organismo que fomentara el comercio, la agricultura y la prosperidad en los territorios que comprende su jurisdicción, entre otras.

Estos argumentos expuestos por el Intendente fueron aceptados por el Rey, quien aprobó los trámites para la organización de una Junta compuesta de agricultores y comerciantes que, conjuntamente con Saavedra y una representación del Ayuntamiento, estudiaría y redactaría las respectivas Ordenanzas Consulares. El proceso culminó con la promulgación en Aranjuez, el 3 de junio de 1793, de la Real Cédula que ordenaba la instalación del Consulado de Caracas y cuyo decreto de creación se remontaba a la Real Orden de 5 de septiembre de 1785. En la sesión solemne del Cabildo el 23 de octubre de 1793, el Intendente Esteban Fernández de León dejó instalado el Consulado de Caracas, luego de haber tomado el debido juramento al personal que integraría el cuerpo consular (Arcila Faría, 1957).

En la Real Cédula de erección del Consulado de Caracas se expresaba claramente que su objetivo fundamental era: “...la más breve y fácil administración de justicia en los pleitos mercantiles, y... la protección y fomento del comercio en todos sus ramos” (Arcila Faría, 1957: 57). En consecuencia, quedó conformado por dos órganos: el Tribunal de Justicia y la Junta de Comercio o Junta de Gobierno.

El Tribunal de Justicia se componía de un Prior y dos Cónsules que se encargaban de regular la acción de la justicia en materia mercantil. En este sentido, el Consulado podía conocer y juzgar en primera instancia las controversias surgidas de los actos de comercio (1).

La Junta de Comercio le dio al Consulado su carácter de entidad de fomento, y lo diferenció de sus antecesores hispánicos que sólo habían actuado como órganos jurisdiccionales. La integraban además del Prior los dos Cónsules y sus respectivos suplentes, nueve conciliarios y un síndico con sus suplentes, un secretario, un contador y un tesorero. Actuaba fundamentalmente como órgano de protección y fomento de las actividades económicas ligadas al ramo comercial. Así lo establecía la “regla” XXII de la Real Cédula de erección del Consulado de Caracas: “La protección y fomento del comercio será el cargo principal de esta Junta y cumplirá con él procurando por todos los medios posibles el adelantamiento de la agricultura, la mejora en el cultivo y beneficio de los frutos, la introducción de las máquinas y herramientas más ventajosas , la facilidad en la circulación interior y en suma cuanto parezca conducente al mayor aumento y extensión de todos los ramos de cultivo y tráfico...” (Arcila Faría, 1957: 62).

El Consulado, aunque con sede en Caracas, tenía representación en todas las provincias que integraban la Capitanía General de Venezuela por ser ésta “el distrito de la jurisdicción” del órgano consular. Esta representación provincial se hizo efectiva, fundamentalmente, mediante los diputados consulares elegidos en los puertos y plazas comerciales de la costa marítima de la Capitanía: Puerto Cabello, Coro, Maracaibo, Cumaná, Guayana e islas de Trinidad y Margarita (Arcila Faría, 1957:59) (2). Por ser agentes consulares eran también oficiales del Rey, por lo tanto tenían las mismas facultades y privilegios -se les debía obediencia y respeto- y sus cargos eran considerados de la más alta responsabilidad y preeminencia (Arcila Faría, 1957: 61).

Para ser elegidos debían tener las mismas cualidades que se exigían a las personas propuestas para ocupar los cargos de Prior y Cónsules; esto es “… ser hombres naturales de los dominios de España, mayores de edad, de caudal conocido, de buena opinión y fama, prácticos e inteligentes en las materias de comercio, no ser parientes unos de otros hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad” (Arcila Faría, 1957: 6).

Los diputados consulares, como magistrados que eran de la Corona, estaban autorizados para administrar justicia en sus respectivas jurisdicciones, pero no podían conocer y juzgar los pleitos por sí solos. Debían hacerse acompañar de dos colegas que, por ser “hombres de caudal conocido, prácticos e inteligentes en las materias de comercio y de buena opinión y fama”, habían sido elegidos ante el escribano del pueblo (Arcila Faría, 1957: 60).

Debido a sus funciones de fomento y el hecho de estar integrado, en su mayoría, por criollos el Real Consulado de Caracas se convirtió en receptáculo de los intereses económicos de las provincias al converger dichos intereses en torno a las solicitudes que era necesario elevar a las instancias superiores de la Península para acceder a mejoras en el comercio, la agricultura, la industria y el bienestar público. El logro de estos beneficios para las jurisdicciones de la Capitanía General, como el caso de la Provincia de Maracaibo, era tarea fundamental de los diputados consulares. En este sentido, además de ser administradores de justicia, se convirtieron en promotores del fomento económico en sus respectivas jurisdicciones. Fueron portavoces y defensores, ante el Consulado, de las propuestas y peticiones hechas por comerciantes, hacendados y autoridades locales para el florecimiento económico de sus provincias e islas, según fuera el caso.

El intercambio recíproco entre los miembros del Consulado, basado fundamentalmente en las necesidades urgentes y mediatas de las distintas provincias y jurisdicciones y elevadas al seno de la institución por los diputados consulares y autoridades locales, dio lugar a la sociedad ideal como expectativa de los nuevos tiempos que vivía Europa y que involucraría tarde o temprano las posesiones ultramarinas de la Península Ibérica. En el Consulado se fue fraguando una especie de inventario venezolano que involucraba las solicitudes y sus posibles soluciones para el florecimiento de la economía en la Capitanía General.

El principal obstáculo era alcanzar el visto bueno del Rey ya que las solicitudes requerían ser estudiadas y aprobadas por el propio monarca. Indiferentemente de lo plausible que resultasen las solicitudes del Consulado a la instancia de decisión, su planteamiento fue conformando entre sus miembros una conciencia colectiva en torno a las realidades existentes en todas las provincias e islas de la Capitanía y, sobre todo, en el papel que los grupos de poder jugaban para acceder a las decisiones autónomas de cada Provincia.

De ello dan cuenta los informes detallados remitidos por los diputados consulares a la Junta de Comercio para dar a conocer la situación socioeconómica, en sus jurisdicciones, y proponer soluciones conducentes a mejorar el estado del comercio, agricultura, vías de comunicación y obras públicas.

Un ejemplo significativo lo ofrece el diputado consular del Puerto de Maracaibo José Domingo Rus (1796 - 1798) en su extensa “Nota sobre la provincia de Maracaibo” remitida al Consulado el 17 de mayo de 1794 (3). En este texto se describe, por primera vez, de modo sistemático y con profusión de datos, al territorio de la provincia. De cada una de sus jurisdicciones, partidos y cabeceras -Maracaibo, Gibraltar, Perijá, San Bartolomé de Sinamaica, Trujillo, Mérida, La Grita y San Cristóbal- Rus informa sobre población, características del medio físico, comunicaciones y distancias, recursos naturales, producción agropecuaria, comercio, proyectos de obras públicas y educación (Rus, 1969).

Rus, aprovechando su cargo como diputado consular y a similitud de los funcionarios ilustrados del momento, se sirvió de este tipo de reportes para dar a conocer su Provincia no sólo en Caracas, sino incluso en España; pues los informes y representaciones enviadas al Consulado debían pasar igualmente a la metrópolis. Al mismo tiempo, y en función de lo que más urgía a su jurisdicción, propuso una serie de medidas que, según él, “conducirían en mucha parte al fomento de esta provincia, que por sus bellas proporciones puede hacerse una de las de más importancia de Tierra Firme” (Rus, 1969:274). En este sentido, se destacan sus gestiones sobre dos importantes peticiones: ...[la primera] que se traigan a esta ciudad de 300 a 400 negros, de cuenta de S. M., y se repartan a los labradores de la Provincia y a algunos sujetos honrados que deseen trabajar y les faltaren los medios, vendiéndolos a precios moderados... [la segunda] y más principal, es que se facilite la entrada y salida de los barcos por la barra [de Maracaibo] cuyo terror pánico aparta muchos buques de este puerto... y para ello es preciso poner por el Consulado prácticos celosos, que tengan siempre dos estacas o palos clavados en la boca de la barra, el uno en el cabezo de barlovento y el otro en el de sotavento para que viendo los palos con sus banderillas, se distinga bien dicha boca de la barra y hagan fácil su embocadura... [también] debe proveerse de ocho marineros que tripulen una lancha buena... (Rus, 1969:272-273).

De la primera solicitud se intuye que no debió ser aprobada, por cuanto en una Nota de 25 artículos, fechada el 4 de septiembre de 1812 y referida a los problemas que ameritaban pronta solución, Rus insiste ante las Cortes de Cádiz sobre la introducción de negros africanos para el fomento de la agricultura (Rus, 1969:112).

En cuanto a la segunda solicitud, la respuesta fue favorable en provecho del comercio exterior e interior de la Provincia que se vio también beneficiada con la construcción de un muelle de madera como lo expresa el propio Rus: ...la barra de Maracaibo tiene hoy sus auxilios expeditos de dos lanchas muy buenas, con doce marineros, un patrón, cuatro prácticos de tablazo y tres de barra, primero, segundo auxiliar; su anclote y calabrote de auxilio y casa de habitación y pertrechos en la Isla y Castillo de San Carlos. Todo se hizo a mi diligencia, instancia y tiempo en que fui diputado [consular], concluyéndose entonces también el gran muelle, con ochenta varas sobre la laguna en pilastras de piedra que lo hacen llegar al cantil... (1969:274; negritas de la autora).

Al converger en el Consulado las iniciativas y proyectos de las élites, como las expuestas por Rus, sus miembros se convirtieron en portadores y ejecutores de los principios ilustrados tan en boga en Europa desde mediados del siglo XVIII. Por lo tanto, la creación de la institución consular significó la aparición de un nuevo centro de discusión y difusión de las ideas ilustradas y liberales que, en gran medida, permitiría el fortalecimiento de los ideales autonomistas de las élites que aspiraban ocupar un espacio más amplio dentro de la estructura de poder.

Por otro lado, la erección del Consulado implicó un mayor poder político y económico para las élites de la Capitanía General de Venezuela, representadas por las grandes familias de hacendados y comerciantes, donde algunos de sus miembros pasaron a ejercer funciones dentro del cuerpo consular. En efecto, la monarquía dotó al Consulado de autonomía gubernativa y lo invistió de amplios poderes jurisdiccionales equiparables a los del Intendente, la Audiencia y Gobernadores que conllevó a varios conflictos de jurisdicción (4). Hasta el establecimiento del Consulado, las élites sólo habían ejercido su poder político dentro de los Cabildos o Ayuntamientos que le servían de instrumento para preservar sus intereses socioeconómicos, no obstante sus limitadas facultades. A partir de 1793, la “aristocracia criolla”, como la llama Frèdèrique Langue (2000), ve ampliada su cuota de poder no sólo por el hecho de ejercer los cargos consulares sino porque sus acciones y decisiones, tanto jurisdiccionales como de fomento, repercutirían en todo el territorio de la Capitanía General de Venezuela.

El Consulado de Comercio representaba la última etapa de la integración tal como se podía idear en términos económicos en la perspectiva de las elites locales, o sea la definición de un espacio social nuevo. Punto de partida para la expresión de unas cuantas aspiraciones y reivindicaciones de tipo político, como fue el caso también en otras regiones de América del siglo XVIII, esta institución posibilitó realmente la transformación de los “actores” de la economía local (hacendados y comerciantes) en actores políticos propiamente dichos, en la medida en que los debates de temática económica llegaron por este medio a traspasar los límites del recinto capitular (Langue, 1996).

Comerciantes y hacendados encontraron en el Consulado una vía expedita para expresarse como actores políticos. Sus participaciones en la administración de justicia mercantil, así como sus propuestas y peticiones para el fomento económico de la Capitanía General de Venezuela los convirtieron en un factor esencial para la toma de decisiones dentro de la estructura de poder.

En consecuencia, las propuestas surgidas de los debates en las Juntas consulares y la ejecución de éstas aportaron a los miembros del Consulado la experiencia de gobierno y la confianza necesaria para asumir, posteriormente, proyectos autonomistas tan importantes como: la creación de la Junta Suprema de Caracas en 1810 y la solicitudes de Maracaibo ante las Cortes de Cádiz en 1812 para separarse de Caracas y erigirse como Capitanía General. En otras palabras, la experiencia de gobierno adquirida desde el organismo consular fue aprovechada por aquellos que, posteriormente, ocuparían cargos oficiales dentro de la administración monárquica o de la nueva República al romperse el nexo político con España (5).

2. La provincia de Maracaibo a fines del siglo XVIII según informes de Francisco Saavedra y José Domingo Rus.

Como la mayoría de las descripciones hechas de los territorios americanos por funcionarios ilustrados, los informes del Intendente Francisco de Saavedra y José Domingo Rus son encabezados con referencias exactas de la situación astronómica y geográfica de la Provincia de Maracaibo. En cuanto a la primera, señala Saavedra, que la Provincia “está situada entre los 6 y 10 grados de latitud y entre los 305 y 308 de longitud” (Leal, 1984: 492). Por su parte Rus, en un informe presentado a las Cortes en 1812, después de afirmar que la Provincia de Maracaibo “es una de las que comprende el reino de Tierra Firme, la que dio el de Venezuela a todas las que hoy lo llevan”, precisó su extensión y delimitación geográfica: ...[la Provincia de Maracaibo] de Norte a Sur tiene 200 leguas y del Este a Oeste 160 por la parte más angosta, terminando al Norte con el mar del saco por su barra, conocida a 7 ½ leguas distantes de su capital; [limita] al Noroeste con la Provincia de Río de Hacha, a 11 leguas hasta las alturas de los montes llamados de Oca, Sierra de Perijá y Valle Dupar, después de habérsela agregado en el año de 1790... al Wessudoeste con la de Santa Marta por la parte de Ocaña, a 60 leguas de esta capital, y con Salazar de las Palmas, jurisdicción de Pamplona, que corresponde al Virreinato Santa Fe, a 120 leguas; por el Este, a 8 leguas de la misma capital, con la jurisdicción de Casigua, que corresponde a la de Coro en el río Palmar... y al Sursureste, la jurisdicción de Barinas, que fue de esta Provincia y ahora forma la de su nombre... (Rus, 1969:82- 83).

Es de hacer notar, el uso de los conocimientos que ya se tenían en cuanto a mediciones astronómicas y geográficas exactas del territorio, extraídas seguramente, de las cartas e informes cartográficos elaborados por instrucciones de la Corona española en un esfuerzo por delimitar sus posesiones ultramarinas.

A principios del siglo XIX, la Provincia estuvo integrada por las ciudades de Maracaibo, sede de la capital provincial, Gibraltar, La Grita, Mérida, Trujillo y las Villas de San Cristóbal (6), Nuestra Señora del Rosario de Perijá y San Bartolomé de Sinamaica; en su conjunto conformaban, en el actual occidente venezolano, un amplio espacio socio-histórico “en torno al cual se desplazaban hombres, mercancías y medios de transporte, movidos por la compleja red de relaciones socioeconómicas que se tejen en torno a él” (Vázquez, 1995: 2).

Con el afán de ponderar sus potencialidades económicas, estas jurisdicciones han sido descritas pormenorizadamente por Saavedra y Rus en sus citados escritos que, a la luz actual, pueden catalogarse como verdaderas memorias para conocer el estado en que se encontraba la agricultura, el comercio, la educación y la estructura sociopolítica de la Provincia a fines del siglo XVIII y principios del XIX. En este sentido, se diferencian, por ejemplo, de las descripciones hechas por el Obispo Mariano Martí en el recorrido de la provincia de Maracaibo en 1774 durante su Visita Pastoral de la Diócesis de Caracas entre 1771 y 1784 (7). Sin descartar el valor que tienen los documentos del Obispo Martí para la reconstrucción de la situación eclesiástica y socioeconómica de la Provincia, carecen de la acuciosidad de Saavedra y Rus, sólo se limitan a una simple descripción geográfica de los asuntos atinentes a su Diócesis en correspondencia a lo establecido para realizar tales “Visitas”.

En cambio, en Saavedra y Rus, dado los cargos administrativos que desempeñaron y la formación ilustrada, prevaleció la necesidad de inventariar los recursos naturales y producciones existentes para el tráfico del comercio interior y exterior. Según ellos, estas producciones consistían básicamente en: cacao, algodón, azúcar, añil, cueros, café, palo Brasilete, zarzaparrilla, carnes y ganaderías de toda especie, palos diversos para tintes, maderas, harinas, quina, frutas tropicales y de clima templado, variedades de menestras, aves (Leal, 1984: 498; Rus, 1969: 82-97).

Pero, no se trató únicamente de mostrar las riquezas explotadas y potencialmente explotables de ese espacio económico que lo hacían merecedor de mayor atención por parte de la Monarquía española. Privaba también la necesidad de indagar en las causas y obstáculos que impedían un mayor florecimiento económico. De tal manera que Francisco de Saavedra y José Domingo Rus, a la vez que enumeraban la producción económica, diagnosticaban los males que aquejaban para entonces a las actividades agrícolas, la industria y el comercio en aquella plaza; considerados por aquellos como recíprocamente relacionados y dependientes entre sí.

Por ejemplo, el Intendente Saavedra al referirse a los estragos que sufría el comercio interior de Maracaibo señalaba: Desde el Descubrimiento del Nuevo Mundo se está tratando incesantemente de su comercio exterior; pero poco o nada se ha tratado del interior. No obstante este es el fundamento de aquél, y en la nación más traficante del universo el comercio interno importa cuatro veces más que el externo. Hállase por lo común en América este importante ramo, que hace circular la felicidad y la riqueza entre los individuos de un mismo país, en el más lastimoso estado; los caminos son intransitables, no hay puentes en los arroyos peligrosos, los ríos navegables corren infructuosamente a veces 500 leguas y mueren sin haber fecundizado un palmo de terreno... En Maracaibo son más sensibles estos daños a medida de su pobreza: las ventajas que le ha escaseado la naturaleza para el comercio exterior por los defectos de su puerto, se las ha prodigado con mano liberal para el interior en el fácil transporte por la Laguna, y los muchos ríos navegables que desaguan en ella. Sin embargo, a excepción del río de San Faustino de los demás se ha hecho muy poco uso: el Chama proporciona fácil conducción hasta muy cerca de Mérida; en mi tiempo se ensayó la navegación de este río y se manifestaron las proporciones con que brinda para un tráfico ventajoso; pero no ha tenido efecto este proyecto asequible a muy poca costa. El Motatán, se ha franqueado últimamente a expensas de un vecino generoso de Trujillo. Los demás ríos están casi del todo ignorados (Leal, 1984: 498-499).

A éstos se sumaban otros obstáculos para el normal desarrollo de la vida económica en la Provincia como: las dificultades del comercio exterior por los riesgos que presentaba la Barra de Maracaibo para la entrada y salida de buques de mayor calado y la falta de un muelle cómodo para el embarque y desembarque de mercancías (8); las numerosas aduanas que encontraba a su paso el tráfico comercial, los obstáculos y peligros que presentaban las vías de comunicación por el descuido en la limpieza y arreglo de composición de los ríos navegables y rutas terrestres, la falta de agua en las sabanas desérticas de Maracaibo, los excesivos pagos de derechos e impuestos que pesaban sobre frutos y otras mercancías exportables, la falta de brazos libres para el fomento de la agricultura, entre otros (Leal, 1984: 497-499; Rus: 1969: 83- 97).

Esta acuciosidad en la evaluación económica de la Provincia les permitió al mismo tiempo aportar las soluciones concretas en pro del mejor aprovechamiento del binomio recursos-espacio. Por ejemplo, esta cita del diputado consular José Domingo Rus es ilustrativa respecto a las providencias que debían tomarse para el progreso económico de Gibraltar:

Además del cacao, que puede dar mucho si se le meten brazos que vuelvan a cultivar las tierras y haciendas amontonadas, produce bastante melado, que se trae a esta ciudad Maracaibo para invertir en la saca de aguardiente del país, de el que hay mucho consumo, maíz, casabe y plátanos, que de todo se trae para el abasto de esta ciudad, en más de 70 embarcaciones chicas que tiene este tráfico; tomaría mucho incremento su agricultura si se procurase eficazmente limpiar los montes que llegan a las mismas poblaciones, dar corriente a los ríos, segando los anegadizos que forman muchos de los que desaguan en la laguna, en cuyas márgenes incultas y riberas de aquellos, adelantando la población con algunas familias o introducción de negros, se puede dar cuanto cacao se quiera, mucho azúcar bruto, que en España se puede reducir a bueno, mucho maíz para extraer añil, café y tabaco; a más de esto, tiene su extensión montes inagotables de maderas excelentes para tintes y construcción (Rus, 1969: 269).

Así como de la ciudad de Gibraltar, Rus hizo un estudio focalizado de la situación existente en cada una de las jurisdicciones de la Provincia determinando sus principales problemas para el desarrollo socioeconómico y al mismo tiempo recomendando las providencias que debían tomarse para solucionarlos.

La presentación de este tipo de descripción sobre la realidad existente en la Provincia de Maracaibo que degeneran en una serie de reflexiones económicas fue un medio utilizado por los hombres ilustrados como Rus para concebir y apropiarse del territorio, de hacerlo su “Patria” y, a decir de König (2004), no se trataba de España, sino del territorio más íntimamente experimentado y conocido del propio país (la provincia); esta Patria era el objeto de un sentimiento de pertenencia cada vez más profundo no sólo entre los conocedores del país sino entre muchos americanos criollos. El conocimiento de esta patria, basada en las perspectivas económicas que le ofrecía el medio geográfico, estimuló definitivamente en Rus, como miembro y representante de la elite marabina, una confianza en las posibilidades de existir su Provincia en función de un desarrollo político autónomo. Esta confianza que se verá fortalecida durante sus actuaciones como diputado a las Cortes de Cádiz, donde la mayoría de sus propuestas autonomistas se fundamentaron precisamente en las potencialidades económicas y ubicación estratégica de la Provincia.

Los escritos de Rus aportan también datos relativos al perfil demográfico y organizativo de la sociedad marabina. Desde el punto de vista demográfico, Rus después de advertir la inexistencia de un censo exacto de población “por no haberse ejecutado, aunque siempre sería vario por el tiempo y sus vicisitudes”, hizo un estimado de la población de la Provincia para el año de 1812 (9), basado en “las relaciones manuscritas por el cómputo y cálculo desde el año de 1774 hasta el de 1796:

Resulta, pues, que en lo más aproximado a lo verosímil, la totalidad de la [población de la] provincia de Maracaibo, sin las últimas agregaciones y sin las que exige de justicia de todas las jurisdicciones de Río Hacha, Valles de Cúcuta y Pamplona, San Faustino, San Cayetano y Salazar de las Palmas, es de 106.552 almas, salvas las advertencias hechas (Rus, 1969: 96; negritas de la autora).

Además, señalaba que con la agregación de las jurisdicciones mencionadas, la población de la Provincia podría llegar a 700.000 habitantes.

Por otro lado, los informes y comunicaciones de Rus permiten formarse una idea de la sociedad marabina a la que él pertenecía. En esa sociedad resulta evidente la presencia de una élite, cuya representación fue asumida por José Domingo Rus en las Cortes de Cádiz durante el lapso comprendido entre 1.812 y 1.814. Según Vázquez, Varela y Berbesí esta élite (10) estaba integrada por “aquellos grupos familiares que habían logrado concentrar riqueza y poder de decisión mediante las variadas relaciones de parentesco cimentadas en las alianzas matrimoniales” (1997: 218). Asimismo, concluyen los autores que la élite constituye un poder social reconocido como legítimo en tanto era aceptado por el colectivo; la eficacia de su autoridad era proporcional al prestigio y dependía básicamente de la ampliación de la cuota de poder político y económico (1997:219).

En el mismo sentido, Cardozo y Urdaneta al referirse a la élite maracaibera de principios del siglo XIX afirman:

Cuando se habla de elite, a fines del siglo XVIII y principios del XIX, se anticipa convencionalmente el concepto, por su pervivencia hasta mediados del XIX, para aplicarlo al selecto grupo de “notables”, como se los designaba en la época y que podríamos considerar en la actualidad como “capas altas urbanas”. Constituyen “grupos de interés” de una cúpula en diferentes actividades económicas, científicas, políticas y culturales, enlazados por vínculos y solidaridades familiares o adquiridos que les permiten conservar la riqueza, estatus social y control del poder local. Crea, como grupo social, sus propios mecanismos y normativas para fortalecerse y mantenerse como tal. Aparecen como un colectivo conservador de los valores, costumbres y estilos de vida de los antiguos linajes pero abiertos a las nuevas corrientes de pensamiento (1999:163-164).

Por tanto, no es fortuita la lucha que desde Cádiz emprendió José Domingo Rus, maracaibero, ilustrado y representante nato de esa élite, para resguardar el prestigio, el poder socioeconómico y el poder político de aquélla (11). Por ejemplo, el 10 de julio de 1812 Rus solicitó ante la Regencia el tratamiento de honor de “Excelencia” al Ayuntamiento y primer cuerpo municipal de Maracaibo “como se había concedido en América a las ciudades capitales de Guayaquil, Montevideo, Veracruz... que en nada habían excedido a Maracaibo en su lealtad, patriotismo y convencimiento de la buena causa, y que por lo mismo debía igualársela en esta especie de honor” (1969: 73). Con estos mismos argumentos, Rus solicitó el título de “Señoría” para las dignidades y prebendados del cabildo eclesiástico de Maracaibo. El diputado marabino insistió sobre estas peticiones al punto de elevarlas al propio monarca Fernando Séptimo el 29 de septiembre de 1814.

En correspondencia con las pautas y tradiciones de las sociabilidades antiguas, también Rus solicitó al rey la imposición de la Cruz de Carlos Tercero para tres miembros de la élite maracaibera que se hubiesen distinguido por su conducta y patriotismo: Y últimamente [solicitó] la gracia de tres cruces de vuestro augusto abuelo y señor don Carlos III, para tres naturales de la capital de Maracaibo que se hayan distinguido y trabajado más en conservar la fidelidad de sus habitantes y sean de las primeras familias notoriamente conocidas por su nacimiento ilustre, con dispensa de pruebas por la decadencia que han sufrido en estas últimas circunstancias sus fondos particulares, sacrificados los más para conservación del orden público. Pero que esta elección sea cometida al jefe de la Provincia de Maracaibo, a quien por sus conocimientos consten los servicios notorios que han hecho los agraciados en las desgracias padecidas, encargándosele toda imparcialidad... (Rus, 1969: 254-255).

De lo anterior se desprende que, tanto para Rus como para la élite que él representaba, la obtención de estos títulos y distinciones constituían pruebas meritorias para consolidar el prestigio social y el honor, valores básicos del poder en las sociedades del Antiguo Régimen.

En lo concerniente a la población indígena, según se desprende de los escritos de Rus, ésta ocupó un lugar marginal dentro de la Provincia. No fue objeto de preocupación por la sociedad marabina mientras no se tratara de “indios bravos” como los motilones, cuyas incursiones destruyeron numerosas plantaciones de cacao y otros cultivos (Rus, 1969).

Por su parte, los guajiros no reducidos representaban el mayor peligro; a decir de Rus la población guajira se estimaba en unas 40.000 almas, de las cuales 14.960 eran hombres armados y controlaban un vasto territorio entre la Provincia de Maracaibo y Río de Hacha. Además, los guajiros garantizaban un negocio muy atractivo para jamaiquinos, dominicanos, arubeños y curazoleños, quienes canjeaban armas por aguardiente, ron, coleta, corales, abalorios, ganado vacuno, caballar, lanar, cabras, palo brasilete, entre otros productos (Rus, 1969: 95). Pero, sobre todo, la mala reducción de los guajiros no permitía desarrollar la colonización interna de los territorios que éstos controlaban.

Por ello, bajo el argumento de que “el Estado podría aprovecharse de todas sus riquezas… de sus tierras feraces... que por la calidad de su salitre y jugo interior mantienen sus pastos en grande, sin necesidad de lluvias... con los cuales abastecen todo el número de cabezas (de ganado) que quieren, sin el menor costo” (1969: 109), Rus insistió en demandar la agregación de la Provincia de Río de Hacha a la de Maracaibo con el fin de dirigir una acción más eficaz contra los guajiros. Solicitud que le fue aprobada por la Regencia el 13 de mayo de 1.813 (Rus, 1969:147-149).

Las castas pardas constituían el sector social más numeroso dentro de la sociedad marabina. Concebidos como “españoles que por cualquier línea traen su origen de África” y despojados de los derechos de ciudadanos según el artículo 18º de la Constitución Española de 1.812, estaban supeditados a las decisiones de la élite y como tal “servían como unidad de apoyo centrífuga y dependiente” de la misma (Vázquez, 1986:14). Básicamente ocupaban plazas en las milicias de la ciudad o desempeñaban oficios de artesanos, peones, pescadores, pulperos, aguadores, marinos, carpinteros, zapateros, cargadores, lavanderas, cocineras, entre otros.

La oposición de la élite maracaibera a la integración de las castas y su movilidad social era evidente, según se infiere de una intervención de Rus en las Cortes gaditanas, el 19 de junio de 1.812, a propósito de la discusión sobre la interpretación que debía dársele a la Pragmática de 1.803; ésta fijaba una edad en la cual los individuos podían contraer matrimonio sin el consentimiento paterno y antes de la cual el consentimiento era indispensable (Rieu-Millan, 1990: 167). En virtud de lo cual el diputado Rus señaló que ésta normativa debía ser modificada en caso de aplicarse en su Provincia: “A vista de las castas de aquellas provincias, cuya consideración sólo iba a dar en tierra con las clases distintas, pues allí no faltan familias de primer orden, y hay también otras del estado llano o blancos de la última especie, que adquiere la nobleza que se llama personal y no pasa a los hijos” (Rus, 1969: 252).

Para la élite maracaibera, representada por Rus, era terrible la aplicación de la Pragmática de 1803 pues al no admitirse el consentimiento de los padres para el matrimonio de sus hijos se corría el riesgo de caer en uniones interraciales. Rus compartió estas inquietudes de las familias notables de Maracaibo frente a toda alteración del orden social, pero a decir de Rieu-Millan (1990) abogó por una “sociedad de colonos de base relativamente amplia”, pues “no defendió solamente a la élite, sino también a los blancos que carecen de riqueza y poder y, por tanto, más expuestos al mestizaje.

Finalmente, en relación con la población esclava y a tono con las actividades económicas de su Provincia, los escritos de Rus revelan los intereses de una sociedad que demandaba el uso de esclavos. El propio Rus realizaba negocios de compra-venta de esclavos; sin ser absolutamente insensible a la inhumanidad de la esclavitud y buscando siempre favorecer el progreso económico de Maracaibo solicitó la intensificación del comercio de esclavos. El artículo XVIII de su “Nota articulada” dirigida a la Regencia el 4 de septiembre de 1812 es ilustrativo al respecto: Aunque en aquella provincia hay indios en bastante número, como éstos tienen su agricultura particular, y la común se lleva allí por otros brazos sueltos... y no hay los suficientes para llevar adelante su fomento, así como ha sucedido en otras con la introducción de negros bozales de la costa de África, a quienes entre otras utilidades, resulta la de la verdadera Fe y Catolicismo, convendrá que en caso de continuar aquélla por su conveniencia, siempre que la Hacienda pública se rehaga de los fondos de que hoy carece, se le habilite para su especulación y negocio, con la calidad de repartir aquellos brazos vecinos, especialmente a los labradores honrados que estén más destituidos y merezcan más protección por sus obligaciones de familia, constancia de genio y otras circunstancias de honradez que los hagan más acreedores que a los pudientes y de alguna posibilidad... (Rus, 1969:112).

Además señalaba el diputado maracaibero, si el Estado español financiara este comercio de esclavos los habitantes de la Provincia “podrán salir del letargo de su miseria para bendecir eternamente la nueva Constitución política de la monarquía española, nunca bien aplaudida por aquellos que reciben sus altos beneficios y derechos de libertad e independencia individual” (1969: 113).

3. Consideraciones finales

El interés por indagar y dar a conocer datos relativos a los aspectos geográficos, situación socioeconómica y política de las provincias americanas constituyó un rasgo característico de los funcionarios, españoles y criollos, que desempeñaron cargos administrativos en la América hispana de mediados del siglo XVIII. La elaboración por parte de los funcionarios de numerosos y extensos Informes, Memorias, Notas, Comunicaciones y otras representaciones escritas y dirigidas al Rey u otras instancias de la monarquía española dan cuenta de ello.

Además, esta documentación cumplió con un doble propósito. Por un lado, sirvió para informar a la Corona sobre las potencialidades económicas y aspectos de la vida social y política de las diferentes jurisdicciones; por el otro, representó un verdadero diagnóstico de los principales problemas que obstaculizaron el normal desenvolvimiento socioeconómico de las provincias, así como un recetario de posibles soluciones a los mismos.

En este estudio de caso, el análisis de los Informes relativos a la Provincia de Maracaibo (1791-1814) elaborados por el Intendente Francisco de Saavedra y el diputado consular José Domingo Rus revelan claramente estos propósitos. En sus escritos, ambos funcionarios describieron de un modo sistemático y con profusión de datos a la provincia de Maracaibo; informaron sobre población, características del medio físico, comunicaciones y distancias, recursos naturales, producción agropecuaria, comercio, proyectos de obras públicas, educación, aspectos sociales, entre otros. Pero, además, incorporaron una serie de solicitudes de lo que más urgía a la Provincia en función de aportar y apoyar propuestas conducentes a mejorar su progreso económico y bienestar sociopolítico.

En definitiva, la presentación de este tipo de descripción sobre la realidad existente en la Provincia de Maracaibo que degeneraron en una serie de reflexiones económicas fue un medio utilizado por los hombres ilustrados de la época, como Rus y Saavedra, para concebir y apropiarse del territorio que representaban, de hacerlo su “patria”. Una patria que se esforzaron por conocer para remediar sus problemas y obtener un mejor aprovechamiento del binomio recursos-espacio.

Asimismo, los escritos analizados de Saavedra y Rus, en especial los de este último, revelan el interés que tenían en dar a conocer una imagen positiva y atractiva de la provincia; argumentos que sirvieron para justificar la necesidad de sus peticiones y criticar el sistema de administración monárquico por haber descuidado y subestimado el valor histórico, la belleza natural y las potencialidades económicas y humanas de la Provincia de Maracaibo.

Notas

1. Para mayor información sobre estos aspectos, véase Mercedes Álvarez (1967) El Tribunal del Real Consulado de Caracas y Manuel Nunes Días (1984) El Real Consulado de Caracas.

2. También se prevé que “...En los demás pueblos podrán suplir por el Consulado y sus Diputados los Jueces Ordinarios a quienes ocurran los demandantes si así le conviniere” (Arcila Darías, 1957: 60).

3. Según el folio 291 de la sección Real Consulado, localizado en el tomo VIII del Archivo General de la Nación, referido a la Diputación Consular de Maracaibo se hace constar que José Domingo Rus asumió el cargo de diputado consular desde el 1º de enero de 1796 hasta el 3 de febrero de 1798, período en el que debió realizar sus informes consulares. Sin embargo, esta “Nota de la Provincia de Maracaibo” firmada por Rus aparece fechada en 17 de mayo de 1794, suponemos debe ser un error, pues para el lapso comprendido entre el 8 de febrero de 1794 y el 31 de diciembre de 1795 aparece Ángel Casanova como diputado consular de Maracaibo.

4. Sobre estos conflictos véase Eduardo Arcila Faría, 1957. El Real Consulado de Caracas; Mercedes Álvarez, 1967. El Tribunal del Real Consulado de Caracas y Alí López. Los Ministros de la Real Audiencia de Caracas.

5. Para detalles véase Maldonado Zulimar “El Real Consulado de Caracas y la actitud autonomista de Caracas y Maracaibo en 1810”, Tierra Firme, Caracas, N° 67, Año 17, Vol. XVII. 1999.

6. Estas cuatro últimas, desconociendo al gobierno marabino y en apoyo a la Junta Suprema de Caracas, decidieron separarse en 1810 de la Provincia de Maracaibo despojándola de significativos ingresos económicos provenientes de los ramos de agricultura y comercio.

7. Véase Obispo Mariano Martí: Documentos relativos a su visita pastoral de la Diócesis de Caracas, 1771-1784. Caracas. Academia nacional de la Historia, 1969.

8. Estos dos problemas fueron solventados por el Real Consulado de Caracas gracias a las gestiones del diputado consular de Maracaibo José Domingo Rus.

9. Estos cálculos de la población de la Provincia presentados por Rus, en un informe de 30 de agosto de 1812 ante las Cortes de Cádiz, incluía la población de las ciudades de Mérida, La Grita, Trujillo y Villa de San Cristóbal.

10. Para profundizar en la caracterización de la élite maracaibera de finales del siglo XVIII y principios del XIX resultan imprescindibles las investigaciones y publicaciones del programa de investigación: “Representaciones sociales, familias y espacio de poder (siglos XVIII-XX)” dirigido por la Dra. Belín Vázquez de Ferrer, adscrito al Centro de Estudios Históricos de La Universidad del Zulia y financiado por su Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico

11. Véase los trabajos: Zulimar Maldonado; Germán Cardozo Galué. “José Domingo Rus: su actuación como Diputado por la Provincia de Maracaibo en las Cortes de Cádiz (1812-1814) En: Ágora, Trujillo. N° 4, Año 3. 2000; Zulimar Maldonado “La representación americana en las Cortes de Cádiz y la lucha por la autonomía provincial: casos de Maracaibo y Tabasco, 1810-1814” En: Revista de Ciencias Sociales, Maracaibo, N°3. Vol. VIII. 2002.

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