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Comunidad y Salud

versión impresa ISSN 1690-3293

Comunidad y Salud vol.11 no.1 Maracay jun. 2013

 

Sexo, género y ciudadania.

Fernando Bianco Colmenares 1, Edison Pazmiño Jaramillo 2, Silvia Guevara Castro 3, Hernando Restrepo Payán 4, Mónica Ortiz Mata5, Jesús Rivero Martínez 6

1 Médico Especialista en Sexología Médica. Doctor en Medicina. Fundador, y Presidente del Centro de Investigaciones Psiquiátricas Psicológicas y Sexológicas de Venezuela. Instituto de Investigación y Postgrado.

2 Médico Especialista en Sexología Médica. Coordinador Científico del Posgrado de Sexología Médica. Centro de Investigaciones Psiquiátricas Psicológicas y Sexológicas de Venezuela. Instituto de Investigación y Postgrado.

3 Médica Especialista en Sexología Médica. Profesor Asistente del Postgrado de Sexología Médica. Centro de Investigaciones Psiquiátricas Psicológicas y Sexológicas de Venezuela. Instituto de Investigación y Postgrado.

4 Médico - Residente de 2do año del Postgrado de Sexología Médica. Centro de Investigaciones Psiquiátricas Psicológicas y Sexológicas de Venezuela. Instituto de Investigación y Postgrado. Especialista en Gerencia de Servicios de Salud de la Universidad Cooperativa de Colombia

5 Médico - Residente de 2do año del Postgrado de Sexología Médica. Centro de Investigaciones Psiquiátricas Psicológicas y Sexológicas de Venezuela. Instituto de Investigación y Postgrado.

6 Comunicador Social - Candidato a Magister en Orientación en Sexología. Centro de Investigaciones Psiquiátricas Psicológicas y Sexológicas de Venezuela. Instituto de Investigación y Postgrado. Correspondencia: fjbianco@gmail.com

RESUMEN

La Sexología es definida operacionalmente como la rama del conocimiento que estudia el Sexo, su proceso de desarrollo y alteraciones y la Función Sexual, su proceso, y alteraciones. El Proceso de Desarrollo del Sexo o Sexogénero como hemos propuesto, tiene tres fases, Programación, Diferenciación y Expresión, al principio es dicotómico luego es variable, ello explica la Sexogénero Diversidad existente. Cuando se identifica legalmente a un ciudadano como varón o hembra (masculino o femenino) se ignora la característica variable del Proceso de Desarrollo del Sexogénero. La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela ofrece la posibilidad de corregir esta situación, la cual es injusta para el ciudadano o ciudadana, permitiendo que durante el proceso de identificación legal se utilice el constructo Sexogénero en sustitución de la palabra Sexo como habitualmente se observa y usa.

PALABRAS CLAVE: Sexo-género diversidad, componentes de formación, atención en salud.

Sex, gender and citizenship

ABSTRACT

Sexology is operationally defined as the branch of knowledge that studies sex, its process of development and alterations and Sexual function, its process, and alterations. The process of development of sex or Sexogenero as we have proposed, has three phases, programming, differentiation and expression, at the beginning is dicotomico then it is variable, this explains the Sexogenero diversity. It identifies legally to a male or female citizen (male or female) is ignored when the variable feature of the process of development of the Sexogenero. The Constitution of the Bolivarian Republic of Venezuela offers the possibility to remedy this situation, which is unfair to the citizen or citizen, allowing that during the process of identifying legal construct Sexogenero is used instead of the word sex as commonly seen and used.

KEY WORDS: Sex-gender diversity, formation components, attention in health.

Recibido: Febrero, 2013  Aprobado: Abril, 2013

INTRODUCCIÓN

A los fines del desarrollo de esta revisión debemos, primero que todo, ubicar el campo y las áreas que intentamos presentar, fundamentos básicos para las posibilidades del ejercicio autónomo de la ciudadanía en el marco del actual proceso que vive Venezuela.

El campo de estudio es la Sexología y el área a revisar es el Proceso de Desarrollo del Sexo.

• Sexología: Etimológicamente, viene del Latín SEXUS que significa SEXO y del griego LOGOS que significa TRATADO o ESTUDIO. Se define operativamente como Estudio/Tratado del Sexo.1 Tabla 1.

Tabla 1. Definición de Sexología

a. Estructura anatómica caracterizada por par cromosómico 23 con cariotipos xy, la presencia de testiculos, vías espermaticas, escrotos, pene mecanismos espermaticos cerebrales.

b. Estructura anatómica caracterizada por par cromosómico 23 con cariotipo xx, presencia de ovarios, trompas de falopio, útero, vagina y vulva, líneas mamarias, mamas, mecanismos ovulatorios cerebrales.

c. Sus componentes son: cromosómicos, gonadal, genital y cerebral.

• Sexo: Define la condición orgánica,2 la cual distingue al varóna de la hembrab.

• Condición alude a índole, naturaleza o propiedad de las cosas.1

• Orgánica/o se refiere a cuerpo dispuesto o apto para vivir.1

En consecuencia, la palabra SEXO, indica la existencia de una estructura anatómica, que permite distinguir al varón de la hembra.

• Estructura por la distribución y orden de las partes de un todo.

• Anatómica que es la rama del conocimiento que trata de la estructura y demás disposiciones de las diferentes partes de los cuerpos orgánicos, animales o vegetales.

Toda estructura anatómica posee una FUNCIÓN; entiéndase: una actividad que le es propia. Figura 1. Las actividades propias del SEXO se definen con la palabra SEXUAL.

En consecuencia, el constructo FUNCIÓN SEXUAL se refiere a las actividades propias del SEXO.

En resumen, el SEXO es una estructura que posee una FUNCIÓN.3 Figura 2

La Federación Latinoamericana de Sociedades en Sexología y Educación Sexual (FLASSES), la Asociación Mundial de Sexología Médica (WAMS) y la Academia Internacional de Sexología Médica (AISM) han propuesto como definición operativa de Sexología: el Tratado/Estudio del Sexo y su Función.2 (Figura 2).

La observación clínica permite concluir que la condición orgánicac que distingue al varón de la hembra -SEXO- es producto de un proceso de desarrollo que se inicia cuando el espermatozoide se une al óvulo formando un huevo o cigoto.4,5,6 Mientras que las actividades propias del Sexo -FUNCIÓN SEXUAL- son producto de un proceso que se inicia con la activación de la estimulación sexual. 7

Así mismo, la clínica ha permitido establecer actividades fisiológicas propias del sexo en los seres humanos, así como la existencia de alteraciones, es decir, cambios en la esencia o forma de los procesos previamente mencionados; ello ha motivado a FLASSES, WAMS y AISM a conceptualizar la SEXOLOGÍA como la rama del conocimiento científico que estudia el SEXO y la FUNCIÓN SEXUAL y como concepto operativo la rama del conocimiento científico que estudia el SEXO, su proceso de desarrollo y alteraciones; y la FUNCIÓN SEXUAL, su proceso y alteraciones.3 Tabla 2.

Tabla 2. Concepto de Sexología

Sexo/Género

Una vez establecido el campo de la Sexología, enfocaremos nuestra atención en la área a revisar, vale decir en el PROCESOd DE DESARROLLO DEL SEXO, el cual es conceptualizado,2 como: El conjunto de fases sucesivas que conllevan a una serie progresiva de diferencias, de complejidad gradual, en el desarrollo de la condición orgánica del varón o de la hembra y de las expresiones fenotípicas que se observan en el transcurso de la vida, conocidas como "Género", todo el proceso con sus fases dependen de la conjunción de factores ambientales, biológicos, psicológicos y sociales.6,8

El Proceso de Desarrollo del Sexo se inicia con la unión del espermatozoide con el óvulo, y termina con la muerte. Tiene tres fases: Programación, Diferenciación y Expresión.3,4,6 Figura 3

a) Fase de Programación:

Es el estado inicial del Proceso de Desarrollo del Sexo, que se caracteriza por la unión del espermatozoide con el óvulo, la formación del cigoto, su división, anidación, formación de la gónada indiferenciada y su posterior diferenciación. Concluye a la octava semana del desarrollo fetal. Dos factores la determinan:

1. Factor cromosómico: El ser humano posee 23 pares de cromosomas; 22 de ellos son denominados autosomas - por ser iguales - el par 23 está constituido de dos maneras XY o XX. Es denominado Par Cromosómico del Sexo.

2. Factor genético: Constituido por genes, siendo los más importantes para la determinación del sexo los siguientes: SRY, WT1, SF1, SOX 9, SOX 3, LIM1, DAX1, MIS, DMRT1, ellos dirigen el desarrollo de las gónadas indiferenciadas que culmina en la formación de los ovarios y/o testículos.

Estos cambios se inician en la segunda semana de la gestación y terminan en la octava semana con la diferenciación gonadal.6,9

Cuando la configuración del par cromosómico 23 es XX, se desarrollarán ovarios.10 y cuando la configuración es XY, se desarrollarán testículos.11 Sin embargo, esto no es un absoluto, puesto que se ha comprobado que personas con par cromosómico 23 XX tienen testículos y con par cromosómico XY tienen ovarios,12 debido a una variacion en la ubicación cromosómica de los distintos genes que constituyen la cascada genética. Estas excepciones suelen ser diagnosticadas generalmente durante una consulta médica por algún tipo de enfermedad no relacionada con los cromosomas, como ocurre en casos de infertilidad.

Es necesario recordar la clasificación del proceso del Desarrollo Humano Intrauterino: Pre Embrionario, Embrionario y Fetal. En el Período Embrionario que va de la tercera a la octava semana de gestación, sucede la organogénesis y coincide con esta fase.5,10,13

b) Fase de Diferenciación:

Estado intermedio del Proceso del Desarrollo del Sexo, se inicia posterior a la diferenciación de las gónadas y se caracteriza por d. Todo proceso tiene fases y toda fase tiene factores que lo determinan los cambios que ocurren en los conductos de Wolf y/o Müller, en el tubérculo genital y en el cerebro. Termina en el momento del nacimiento.

Su desarrollo depende de factores hormonales (tanto maternos como fetales) y de transcripción. Entre los hormonales se encuentran: Los andrógenos, el factor inhibidor de Müller (FIM), el estradiol y la progesterona. Los factores de transcripción actúan como genes maestros que codifican enzimas, proteínas estructurales, proteínas motoras o RNA ribosómico, para controlar movimientos de crecimiento en el desarrollo.14,15

Las células presentes en la gónada testicular son de dos tipos:

1. Células de Leyding: Liberan testosterona, que por acción de la 5 alfa reductasa se convierte en dehidrotestosterona (DHT), la cual actúa sobre el tubérculo genital provocando la formación del pene, escroto, rafe y uretra. El resto de la testosterona activará el desarrollo del conducto de Wolf formándose el epidídimo, conductos deferentes, vesículas seminales y próstata.10

2. Células de Sertoli: Liberan el factor inhibidor de Müller (FIM), impidiendo el desarrollo del conducto de Müller.16

Las células presentes en la gónada ovárica secretarán estradiol y progesterona, las cuales actuarán:

1. Sobre el tubérculo genital provocando la formación del clítoris, labios mayores y menores, el tercio inferior de la vagina y el rafe.

2. Sobre el conducto de Müller provocando la formación de las trompas de Falopio, útero y el tercio superior de la vagina.

La ausencia de testosterona impide el desarrollo del conducto de Wolf. 5,17

El Período Fetal se caracteriza por la maduración de los tejidos y órganos y el rápido crecimiento del cuerpo, va desde la novena semana hasta el nacimiento y sucede dentro de esta fase.18

c) Fase de Expresión:

Es el estado final del Proceso de Desarrollo del Sexo, va desde el nacimiento hasta la muerte y se caracteriza por las manifestaciones físicas, psicológicas, sociales y culturales que conforman el Patrón de Expresión Fenotípico de la persona.19

Consideraciones fundamentales

• El recién nacido es identificado por su entorno social como varón o hembra, niño o niña ya que es incapaz de hacerlo por sí mismo.

• El entorno, vale decir, el proceso de civilización, tendrá como objetivo enseñar al recién nacido conceptos, valores, actitudes y conductas propias de la identificación que se realizó, la cual está vinculada con la morfología presente a nivel genital. Al discriminarlo como varón o como hembra, niño o niña, le indicará el aprendizaje progresivo de conductas "de hombre o de mujer", "masculinas" o "femeninas" (estereotipos) tanto universales como aquellas propias de cada país y región.2, 20

Tabla 3. Proceso de Desarrollo del Sexo

• El individuo manifestará por medio de palabras, miradas, gestos y/o conductas lo aprendido y ello constituye el Patrón de Expresión Fenotípico.

La hipótesis de trabajo para explicar lo precedente es la siguiente:

Los seres humanos desde su nacimiento interactúan con el medio ambiente y poseen la capacidad de ordenar esta interacción. Esta capacidad se ha denominado Construcción.21 Figura 3

El resultado de esta Construcción es el Patrón de Expresión Fenotípico, propio de cada individuo, el cual es relativamente permanente, ya que puede cambiar a través del tiempo y no siempre coincide con lo esperado en el entorno sociocultural.

En conclusión, el Patrón de Expresión Fenotípico es el resultado de la capacidad de ordenar la continua interacción entre "el ser", "como soy", vale decir lo Fisiológico y "el deber ser", "cómo debo ser", o sea, lo Sociocultural.

Las expresiones fenotípicas (palabras, miradas, gestos y/o conductas) observadas en hombres, mujeres, hombres afeminados, mujeres hombrunas (tomboys), transexuales, she-males, he-females, ladyboys, Hijras de la India, hombres no hombres de Brasil, Kathoey de Tailandia, Fafafines de Samoa, Bishus y Chalalai de Indonesia, Muxhes de Méjico, Vírgenes Juradas de Albania o cualquier otra variedad (Figura 4), son la comprobación de la existencia de la capacidad de ordenar la continua interacción antes descrita.21-26

El uso del vocablo Género se ha popularizado para señalar las manifestaciones conductuales que se observan en los seres humanos, que están vinculadas con el sexo y que permiten diferenciar lo masculino de lo femenino; en este sentido, el patrón de expresión fenotípico coincide con lo que comúnmente se conoce como género.

Cabe entender que la sociedad espera un patrón de expresión fenotípico determinado en el niño o en la niña, mientras que éstos a la larga pueden mostrar patrones que no se corresponde a la expectativa social y ello ha dado lugar a las luchas de personas por la igualdad de sus derechos. Al entender los ideales y objetivos de estas luchas, los autores asumen la expresión SEXOGÉNERODIVERSO debido a que se correlaciona con el continuum de los periodos que conforman el Proceso del Desarrollo del Sexo y proponen se denomine Proceso del Desarrollo del Sexogénero. Es necesario puntualizar a los fines de la transparencia que cuando hablamos de homosexualidad,

Tabla 4. Patrones de Expresión Fenotípica

Fuente: Tomado del Manual Diagnóstico de Sexología III Avance. 2012

heterosexualidad, bisexualidad, trasvestismo, sado masoquismo, masturbación, entre otras actividades propias del sexo, se está hablando del funcionamiento sexual el cual es sumamente variable, de allí que se propone utilizar el término función sexual diversa para ser coherente con el concepto de Sexología y sus áreas de estudio, dejando claramente establecido que el movimiento de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Intersexuales (LGBTI) agrupa tanto los Sexo Diversos como los Función Sexual Diversos. Es de hacer notar que dentro de este movimiento existen tendencias que proponen la separación de la sexogénero diversidad (hombre, mujeres, transexuales e intersexuales y variedades), de la función sexual diversa (homosexualidad, heterosexualidad, bisexualidad, trasvestismo, sado masoquismo, masturbación, entre otras).

Sexo-género Diversidad y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

En el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 27 se afirma…"Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolida los valores de libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la Ley para ésta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna…"

El Artículo 19 de la misma, a la letra reza: "El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratos sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen".

El Artículo 20 señala: "Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de los demás, y del orden público y social".

Por último y no lo último, el Artículo 21 enfatiza: “No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona”.

En virtud de lo establecido en la Carta Magna Venezolana y de lo señalado relativo al Proceso de Desarrollo del Sexo o Sexogénero habría que preguntarse si limitar el proceso de identificación del ciudadano a una posibilidad binaria (hombre o mujer) viola los valores de la libertad, independencia, bien común, convivencia, así como el derecho al trabajo, cultura, educación, justicia social e igualdad por ser discriminatorio y subordinado.

El libre desenvolvimiento de la personalidad está íntimamente ligado al ejercicio de los derechos humanos que requieren condiciones de igualdad de derechos.

En consecuencia la cualidad y derecho del ciudadano, vale decir la ciudadanía, obliga a plantear la necesidad de revisar la dicotomía que se ofrece durante el proceso de identificación, donde se plantea: Sexo: varón/hembra o masculino/femenino, porque viola las disposiciones constitucionales previamente señaladas. En conclusión y por lo antes planteado los autores proponen, sustituir la expresión Sexo por la de Sexogénero la cual se adapta a los objetivos constitucionales y a las distintas posibilidades observadas en el patrón fenotípico de expresión, siendo un término inclusivo no excluyente y no subordinado.

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