SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.5 número12IDENTIDAD DOCENTE COMO FACTOR EN EL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTESMODELO DE GESTIÓN POR PROCESOS EN LA MEJORA DE SERVICIOS MÉDICO LEGALES EN UN MINISTERIO DEL ESTADO PERUANO índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay articulos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Aula Virtual

versión On-line ISSN 2665-0398

Aula Virtual vol.5 no.12 Barquisimeto dic. 2024  Epub 27-Mar-2025

https://doi.org/10.5281/zenodo.14712172 

Artículo Científico

FLAGRANCIA DELICTIVA: LA NECESIDAD DE UN CONTROL EFECTIVO DE LA LEGALIDAD POR EL MINISTERIO PÚBLICO

CRIMINAL FLAGRANCE: THE NEED FOR EFFECTIVE CONTROL OF LEGALITY BY THE PUBLIC PROSECUTOR'S OFFICE

José Joel Mio López1 
http://orcid.org/0000-0002-4345-565X

1Universidad Cesar Vallejo, Lima -Perú. E-mail: jmiolo@ucvvirtual.edu.pe


Resumen

Este artículo examina el control de legalidad en las detenciones realizadas en situaciones de flagrancia en Perú, con un enfoque especial en el rol del Ministerio Público. Se discute la relevancia de validar la legalidad de dichas detenciones y su efecto sobre los derechos fundamentales de los individuos involucrados. La aplicación práctica del control de legalidad en estos casos muestra una considerable discrepancia con la teoría, lo que se evidencia en la falta de uniformidad en las acciones de los fiscales. Para llevar a cabo este estudio, se adoptó un enfoque cualitativo y fenomenológico, que incluyó entrevistas con fiscales y un análisis de documentos. Los hallazgos indican que hay una insuficiente verificación de la legalidad en las detenciones, lo que podría resultar en la violación de derechos y la anulación de procesos penales. Por lo tanto, se subraya la urgencia de fortalecer la actuación del Ministerio Público para asegurar un control efectivo de la legalidad en las detenciones en flagrancia.

Palabras Clave: Control de legalidad; detención en flagrancia; detención arbitraria.

Abstract

This article examines the legality control in detentions made in flagrant situations in Peru, with a special focus on the role of the Prosecutor's Office. It discusses the importance of validating the legality of such detentions and their impact on the fundamental rights of the individuals involved. The practical application of legality control in these cases reveals a considerable discrepancy with the theoretical framework, as evidenced by the lack of uniformity in the actions of prosecutors. To conduct this study, a qualitative and phenomenological approach was adopted, which included interviews with prosecutors and document analysis. The findings indicate that there is insufficient verification of the legality in detentions, which could lead to the violation of rights and the annulment of criminal processes. Therefore, the urgency of strengthening the actions of the Prosecutor's Office is emphasized to ensure effective legality control in flagrant detentions.

Keywords: Legality control; flagrante delicto arrest; arbitrary detention

Introducción

La flagrancia en la realización de un delito confiere a las fuerzas policiales la autorización para llevar a cabo arrestos sin la necesidad de una orden judicial. Esta estrategia tiene como objetivo frenar la ejecución de un hecho delictivo, prevenir mayores daños y evitar que el supuesto infractor escape.

Dentro del contexto latinoamericano, las normativas sobre detenciones en circunstancias de flagrancia presentan paralelismos jurídicos en diferentes naciones, según Salas (2016). Generalmente luego de la detención o arresto policial, dicha medida es comunicada al fiscal como conductor de la investigación.

La intervención de las fuerzas policiales en este tipo de situaciones se ha vuelto una práctica común (Fondevila y Quintana-Navarrete, 2020). La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha emitido resoluciones adversas contra varios Estados miembros debido a detenciones catalogadas como arbitrarias o ilegales, lo que resalta la preocupación por las acciones policiales y la necesidad de proteger los derechos de las personas afectadas. Ejemplos de estas sentencias incluyen los casos de Azul contra Perú (2020), Montesinos contra Ecuador (2020), Fernández y Tumbeiro contra Argentina (2020) y Molina y otros contra el Estado de Venezuela (2020).

En el contexto de Perú, tanto el Tribunal Constitucional (TC) como la Corte Suprema han dictado fallos relacionados con detenciones de acusados que han sido consideradas ilegales o arbitrarias. La jurisprudencia peruana ha anulado procedimientos en casos donde no se ha demostrado la flagrancia en la detención del sospechoso, subrayando la relevancia de validar la legalidad de las detenciones en estas circunstancias (Casación 692-2016/Lima Norte, 2017; Casación 1165-2018/Ancash, 2021; Recurso de Nulidad 656-2019/Lima Norte; y STC N.º 03830-2017-PHC, 2021).

Pariona (2017), apoyándose en doctrina y jurisprudencia, ha señalado situaciones en las cuales la flagrancia no se presenta. No obstante, estas circunstancias pueden llevar a detenciones arbitrarias, ya que la policía actúa bajo la presunción de que está actuando de manera correcta. Pariona sostiene que los fiscales, debido a un sentido de impunidad, a menudo no ponen en duda las decisiones de la policía.

A pesar de que la detención en casos de flagrancia es un procedimiento legalmente aceptado, su aplicación en la práctica enfrenta diversos retos que requieren atención. La diferencia entre el total de detenciones realizadas y las condenas impuestas resalta la necesidad de una evaluación exhaustiva acerca de la efectividad del sistema de justicia penal. Según el Anuario Estadístico Policial (PNP, 2024), en 2023 se documentaron 215.159 detenciones por delitos, de las que 119.463 fueron entregadas al Ministerio Público (MP). A pesar de esta cifra notable, solo se emitieron 58.895 sentencias condenatorias a nivel nacional en el mismo año, de acuerdo con las estadísticas de criminalidad del Poder Judicial del Perú (2024), lo que representa aproximadamente el 49% de las detenciones sometidas al MP. Esta información revela que, a pesar de la alta cantidad de detenciones realizadas, no todas resultan en condenas, evidenciando un significativo desfase en el proceso judicial relacionado con el crimen en el país.

Frente a esta situación, se hace necesario explorar el papel y las responsabilidades del MP al abordar una detención que se alega como flagrancia. La responsabilidad del MP de garantizar el cumplimiento de la legalidad, junto con las implicaciones de no verificar la legalidad de las detenciones en flagrancia, plantea cuestionamientos acerca de la función y los desafíos que enfrentan los fiscales en este contexto particular. Este estudio se enfoca en examinar la situación actual y los retos que enfrenta el Ministerio Público en relación con la comprobación de la legalidad de las detenciones.

Desarrollo

El tema de las detenciones practicadas por la policía, sobre todo en contextos de flagrancia delictiva, ha sido objeto de estudio a nivel internacional, revelando varias infracciones a los derechos humanos. Fondevila y Quintana-Navarrete (2020) indican que las detenciones en flagrancia son bastante comunes, mientras que Baculima-Llivisaca et al., (2020) establecen una comparación de esta práctica con el sistema inquisitivo. Asimismo, Palacios (2019) se enfoca en la detención ilegal de menores, y las investigaciones de Montange (2021), Springer (2020), Pita (2019) y Tenenbaum (2016) alertan sobre la violación de los derechos de los individuos detenidos. Kubaienko et al., (2021) subrayan que las detenciones injustificadas son frecuentes en las actividades policiales. Estos estudios resaltan la necesidad de examinar de manera rigurosa las prácticas policiales para proteger los derechos de aquellas personas afectadas por tales medidas consideradas ilegales o arbitrarias.

En otros estudios a nivel internacional, se ha destacado la cuestión de la discrecionalidad en los arrestos y detenciones realizadas por la policía. Los agentes pueden abusar de su juicio al decidir sobre las detenciones. Weissbrodt y Mitchell (2016) distinguen entre detenciones que se basan en un ejercicio legítimo y aquellas que carecen de justificación legal, apoyándose en la jurisprudencia de la ONU. Sinha (2017) enfatiza la relevancia de evitar la privación de libertad de manera arbitraria, algo que ha sido reiterado por la Corte IDH en varios casos. En este contexto, se sugiere restringir los poderes de arresto para contrarrestar efectos adversos tanto a nivel individual como social.

En Perú, el asunto de las detenciones sin justificación ha sido el foco de múltiples investigaciones. Esciso y Luna (2019) y Jimeno (2018) abordan el abuso policial de manera general, mientras que Mares (2018) se especializa en las detenciones arbitrarias vinculadas con la micro comercialización de drogas. Arpasi (2017) ha destacado la importancia de establecer un control de legalidad mediante la validación judicial de las medidas restrictivas, incluidas las detenciones en flagrancia. Los hallazgos de estas investigaciones, sumados a los trabajos de Sajami (2022) y Ortega (2024), subrayan la presencia de detenciones ilegales y la necesidad urgente de asegurar su legitimidad.

Detención en Flagrancia

La detención, como medida de coerción durante el proceso, debe adherirse al principio de legalidad, que establece que cualquier limitación del derecho a la libertad solo puede llevarse a cabo con el respaldo de una norma jurídica que lo autorice (Del Rio, 2016).

La noción de flagrancia delictiva, que proviene del término "flagrar", se entiende, según Zamora-Pierce, como el acto de brillar intensamente como una llama (San Martin, 1999). También se define como el momento de la ejecución del delito, hasta que el responsable abandona el sitio en el que se realizó el hecho delictivo (Rubio, 1999). Por lo tanto, la noción de delito flagrante se refiere etimológicamente a una acción evidente que es observable por un testigo.

En el Acuerdo Plenario Extraordinario N.º 02-2016/C.116, la Corte Suprema de Justicia del Perú (2016) se refirió a la flagrancia delictiva como una circunstancia fáctica, que implica la observación del delito en el instante de su realización o inmediatamente después de que ha ocurrido, justo cuando el delincuente es descubierto. Debido a la necesidad de evitar consecuencias mayores o la fuga del delincuente, la intervención policial se considera imprescindible.

El TC (2010), en el Expediente N.º 03691-2009-HC/T, también opinó sobre la flagrancia, definiéndola como evidencia del delito asociada a su autor. Esta se presenta cuando hay un conocimiento razonable, directo e inmediato de un delito que se está llevando a cabo o que se acaba de cometer, lo que demande la intervención policial de manera urgente. De este modo, la flagrancia se plantea como una situación que debe ser observada en el preciso momento en que se está consumando el delito o cuando ya se está cometiendo.

Respecto a los requisitos para considerar un caso como flagrancia, el TC (2004) en el Expediente N.º 2096-2004-HC/TC identifica como un requisito fundamental la atribución de un hecho punible. La doctrina nacional también considera que uno de los elementos esenciales para afirmar la flagrancia es la imputación (San Martin, 2020). Por otro lado, el delito flagrante está delimitado por tres requisitos principales: a) Inmediatez temporal, que exige que el delito esté ocurriendo o haya ocurrido momentos antes; b) Inmediatez personal, que implica que el autor esté presente en el contexto relacionado con el objeto o los instrumentos del delito, proporcionando evidencia de su participación; c) Necesidad urgente, que requiere que la policía intervenga de inmediato para poner fin a la situación y evitar que se extiendan las consecuencias del delito (San Martin, 1999). De este modo, tanto el TC como la doctrina coinciden en que la configuración de una situación de flagrancia necesita la imputación de un delito, además de los requisitos de inmediatez temporal, personal y la urgencia.

Marco Normativo sobre la Detención en Flagrancia

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, a través de su artículo 7°, inciso 2, establece claramente que ninguna persona puede ser privada de su libertad a menos que exista una justificación legal válida. En este sentido, la Corte IDH ha indicado que cualquier detención que no cumpla con este principio se considera ilegal (Caso Bulacio contra. Argentina, 2003).

Según la Constitución Política del Perú, específicamente en su artículo 2°, inciso 24, literal f, la detención únicamente está permitida cuando existe una orden judicial o en el caso de un delito flagrante. Así, nuestro marco legal comprende dos tipos de detención: la que se realiza por orden judicial y la que efectúa la policía en situaciones de flagrancia. El CPP en su artículo 259°, menciona cuatro condiciones que permiten la detención policial sin necesidad de una orden judicial:

  1. Flagrancia estricta: el delito es presenciado en el instante de su ejecución.

  2. Cuasi flagrancia: el autor es arrestado inmediatamente después de cometer el delito.

  3. Flagrancia por identificación: el delincuente ha escapado, pero ha sido reconocido durante o poco después de la comisión del delito, ya sea por la víctima, un testigo o mediante grabaciones audiovisuales, siendo detenido en un plazo de 24 horas.

  4. Flagrancia presunta: el individuo es hallado dentro de las 24 horas después del delito, llevando objetos o herramientas relacionadas con el acto ilícito, o mostrando señales en su persona o vestimenta que sugieran su involucramiento.

Tanto en la flagrancia estricta como en la cuasi flagrancia, se exige una inmediatez tanto temporal como personal, lo que implica que el autor debe estar presente en el lugar y momento del delito, y la detención debe realizarse inmediatamente después de que este ha tenido lugar (Chinchay, 2017; Torres, 2017). En contraste, la flagrancia por identificación y la flagrancia presunta permiten que el plazo de detención se extienda hasta 24 horas, lo que facilita la identificación del autor usando grabaciones audiovisuales (Chinchay, 2017).

La Corte Suprema del Perú ha indicado que esta extensión temporal puede influir en gran medida en la percepción del delito en relación con el momento de intervención policial (Acuerdo Plenario Extraordinario N.º 02-2016/CJ-116, 2016). Por lo tanto, para conciliar estas situaciones de flagrancia con lo estipulado por la Constitución, es crucial realizar una interpretación restrictiva (Casación 692-2016/Lima Norte, 2017).

Es importante señalar que la detención en flagrancia es una excepción al principio que exige autorización judicial, por lo que tanto las detenciones realizadas por identificación como las presuntas necesitan someterse a un control más riguroso para salvaguardar el derecho a la libertad de las personas afectadas.

Es relevante mencionar que la detención en flagrancia constituye una excepción al principio que exige la autorización judicial; por lo tanto, tanto las detenciones por identificación como las presuntas requieren un control más estricto para proteger el derecho a la libertad de quienes son afectados

Metodología

La presente investigación implementó un método cualitativo con el propósito de comprender la realidad desde la óptica de los fiscales que participaron (Hernández et al., 2014). El objetivo fue explorar cómo estos fiscales llevan a cabo las detenciones en situaciones de flagrancia delictiva, obteniendo información directa sobre sus experiencias y métodos de trabajo.

Se eligió una metodología fenomenológica para examinar las vivencias de los fiscales respecto a este fenómeno particular (Fuster, 2019). Este enfoque permitió una indagación profunda y la descripción de las acciones y percepciones de los fiscales ante las detenciones en flagrancia, analizando sus decisiones y criterios.

El enfoque del estudio se localizó en las fiscalías encargadas de las investigaciones penales en el Distrito Judicial de uno de los cuatro distritos judiciales de Lima. Este contexto natural ofreció un marco adecuado para la investigación (Munarriz, 1992).

Se llevaron a cabo entrevistas semiestructuradas y análisis documental como métodos para la recopilación de datos. Los principales participantes fueron fiscales penales de dichas fiscalías. Se aplicó el criterio de saturación para asegurar que la recopilación de datos fuera robusta y confiable (Hennink & Kaiser, 2022). Se entrevistó a cinco fiscales, y el análisis de los documentos fiscales proporcionó información específica sobre la actuación de estos en casos determinados (Aguirre y Pabón, 2020).

Resultados

La verificación de la legalidad de las detenciones por parte de la policía en casos de flagrancia delictiva es una responsabilidad fundamental del MP, según el consenso de los fiscales entrevistados. La detención en flagrancia, es la única justificación legal para una detención sin orden judicial. Cualquier arresto que no cumpla con esta condición se considera ilegal. Esta perspectiva se alinea con el principio de legalidad, que establece que la actuación del fiscal debe estar siempre sujeta a la ley (artículo 68° del CPP).

Los fiscales entrevistados señalaron que las actas de intervención policial que han conocido en el ejercicio de función, no suelen detallar el tipo de flagrancia involucrada. Esto sugiere que la práctica actual no siempre se ajusta a los requisitos legales. Además, el fiscal tiene el deber de garantizar el cumplimiento de la legalidad, no solo como persecutor del delito, sino también como defensor de los derechos fundamentales (artículo 159° de la Constitución Política del Perú).

El principio de interdicción de la arbitrariedad, establecido en la STC N.º 2725-2008-PHC/TC (2008), también se aplica a las detenciones, exigiendo que estas se basen en justificaciones adecuadas. La jurisprudencia de la Corte IDH, como se refleja en el Caso Bulacio contra Argentina (2003), establece que ninguna persona puede ser privada de su libertad sin una causa legal justificada.

Los entrevistados también coincidieron, que fiscal tiene la obligación de ser la primera autoridad en verificar la legalidad de la detención, asegurando que esta se realice en alguno de los contextos de flagrancia contemplados en el artículo 259° del CPP. En cuanto a las actas de los fiscales analizadas, estas fueron las siguientes:

Tabla 1 Actas fiscales analizadas 

Codificación Fecha de Acta Delito atribuido a detenido
A-01 24ENE2021 Agresiones en contexto de género o intrafamiliar
A-02 24ENE2021 Agresiones en contexto de género o intrafamiliar
A-03 10MAY2021 Agresiones en contexto de género o intrafamiliar
A-04 22OCT2021 Tocamientos, o actos de connotación sexual
A-05 03NOV2021 Hurto agravado

Al examinar las actas, se observó que en la mayoría de ellos se describen los hechos reportados, pero no se analizan las condiciones en que se realizó actuación policial parta la intervención. Además, no se verifica si la detención se llevó a cabo en un contexto de flagrancia, como lo estipula el artículo 259° del CPP. En todos los casos analizados, el fiscal optó por iniciar las diligencias preliminares manteniendo al acusado en calidad de detenido.

Discusión

Los resultados de la investigación revelan inconsistencias en la ejecución del control de legalidad en relación con las detenciones realizadas en flagrancia. Aunque los fiscales consultados reconocen su papel en esta supervisión, la realidad indica que este procedimiento no se está implementando de forma efectiva.

La ausencia de información y análisis en las actas fiscales sobre las circunstancias de la intervención policial complica la evaluación de si la detención se ajusta a lo que se define como flagrancia.

Como observa Falcone (2012), es responsabilidad de las autoridades garantizar la legalidad de la detención, no del imputado. Esta falta de una verificación adecuada puede resultar en la infracción de derechos y en la nulidad de los procedimientos judiciales. De acuerdo a Carmelo (2017), la detención calificada como flagrancia puede implicar la aplicación de medidas restrictivas adicionales y afectar otros derechos fundamentales del detenido, por lo que el fiscal tiene la obligación de ser la primera autoridad en verificar la legalidad de la detención.

En este contexto, la función del MP como garante de la legalidad se convierte en un tema crucial. La Carta de Principios Éticos de los Ministerios Públicos Iberoamericanos (AIAMP, 2022) subraya el compromiso de los fiscales con la objetividad, la legalidad y el respeto a los derechos humanos. Asimismo, las Directrices de la ONU sobre el rol de los fiscales (1990) resaltan la importancia de que los fiscales asuman un papel activo en el proceso penal, que incluye no solo la investigación de los delitos, sino también la supervisión de la legalidad de dichas indagaciones.

Conclusiones

La investigación evidencia la inconsistencia en la aplicación de la verificación de la legalidad en las detenciones realizadas en flagrancia durante la etapa preliminar del proceso penal en Perú. A pesar de que los fiscales consultados son conscientes de su deber de corroborar la legalidad de estas detenciones, la evidencia acumulada sugiere que esta responsabilidad no está siendo desempeñada de manera efectiva. Un examen de las actas fiscales muestra que, predominantemente, estas registran los acontecimientos que llevaron a la detención, pero no describen las situaciones concretas en las que se ejecutó la acción. Esta falta de detalle complica la evaluación sobre si la detención sucedió en una circunstancia de flagrancia, lo que podría dar lugar a violaciones de derechos y a la nulidad de los procedimientos judiciales.

Además, la investigación destaca la importancia del Ministerio Público como salvaguarda de la legalidad en el contexto de las detenciones efectuadas en flagrancia. Un control ineficaz sobre la legalidad puede poner en peligro la protección de los derechos fundamentales de los detenidos y generar un sistema de justicia penal inútil.

Los hallazgos de la investigación sugieren la urgencia de fortalecer las funciones del Ministerio Público relacionadas con el control de legalidad en las detenciones en flagrancia. Esto requeriría una mejor capacitación de los fiscales en la aplicación de la normativa pertinente sobre flagrancia, así como la instauración de mecanismos de control interno que aseguren la correcta implementación del procedimiento.

Referencias

Acuerdo Plenario Extraordinario N°02-2016/CIJ-116 (2016). II Pleno Jurisdiccional Extraordinario de las Salas Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia del Perú. Documento en línea. Disponible http://spijlibre.minjus.gob.pe/content/noticia/pdf/Pleno-Jurisdiccional.pdfLinks ]

Aguirre, J. y Pabón, A. (2020). Hacia una epistemología jurídica crítica: precisiones y distinciones sobre epistemología jurídica, métodos y metodología. Entramado. 16 (2), 186-201. Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.18041/1900-3803/entramado.2.6576 [ Links ]

Arpasi, A. (2017). Control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos previamente a la audiencia de prisión preventiva en contra de un detenido en flagrancia. (Tesis de pregrado, Universidad Nacional del Altiplano). Documento en línea. Disponible http://repositorio.unap.edu.pe/handle/UNAP/5885Links ]

Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (2022). Carta de Principios Éticos de los Ministerios Públicos Iberoamericanos. Documento en línea. Disponible https://www.aiamp.info/index.php/principios-eticos-36Links ]

Baculima-Llivisaca, G., Narváez-Zurita, C., Trelles-Vicuña, D., y Erazo-Álvarez, J. (2020). Derecho a la defensa en la detención con fines investigativos. Iustitia Socialis, 5(8), 333-352. Documento en línea. Disponible http://dx.doi.org/10.35381/racji.v5i8.577Links ]

Carmelo, C. (2017). Ámbitos de aplicación de flagrancia delictual en el proceso penal. Actualidad Penal, (41), 267-278. [ Links ]

Casación N.º 692-2016 Lima Norte, Corte Suprema de Justicia de la Republica del Perú (2017). Documento en línea. Disponible https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/06/Casacion-692-2016-Lima-Norte-LP.pdfLinks ]

Chinchay, A. (2017). Dos problemas de aplicación en la Casación N.º 842-2016 Sullana. Actualidad Penal, (34), 25-35. [ Links ]

Constitución Política del Perú (1993). Constitución Política del Perú. Documento en línea. Disponible https://spijweb.minjus.gob.pe/Links ]

Decreto Legislativo N.º 957. Código Procesal Penal (2024). Documento en línea. Disponible https://spijweb.minjus.gob.pe/Links ]

Del Rio, G. (2016). Prisión preventiva y medidas alternativas: Griley. [ Links ]

Esciso, J y Luna, T. (2019). Las Detenciones arbitrarias de la policial nacional del Perú y su repercusión en las investigaciones preliminares. (Tesis de pregrado, Universidad Cesar Vallejo). Documento en línea. Disponible https://hdl.handle.net/20.500.12692/43372Links ]

Falcone, D. (2012). Concepto y sistematización de la detención ilegal en el proceso penal chileno. Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, (38), 433-495. Documento en línea. Disponible https://dx.doi.org/10.4067/S0718-68512012000100011 [ Links ]

Fondevila, G. y Quintana-Navarrete, M. (2020). Determinantes de la sentencia: Detención en flagrancia y prisión preventiva en México. Latin American Law Review, (4), 49-72. Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.29263/lar04.2020.03 [ Links ]

Fuster, D. (2019). Investigación cualitativa: Método fenomenológico hermenéutico. Propósitos y Representaciones, 7(1), 201-229. Documento en línea. Disponible http://dx.doi.org/10.20511/pyr2019.v7n1.267 [ Links ]

Hennink, M., & Kaiser, B. (2022). Sample sizes for saturation in qualitative research: A systematic review of empirical tests. Social Science & Medicine, 292. Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.1016/j.socscimed.2021.114523 [ Links ]

Hernández, R., Fernández, C., Baptista, P (2014). Metodología de la investigación: Mac Graw Hill. Documento en línea. Disponible http://observatorio.epacartagena.gov.co/wp-content/uploads/2017/08/metodologia-de-la-investigacion-sexta-edicion.compressed.pdfLinks ]

Jimeno, A. (2018). Numancia inmortal. Revista Soria. ISSN 0213-9731 N.º 100, págs. 8-9 [ Links ]

Kubaienko, A., Okhrimenko, I., Kryzhanovska, O., Kislitsyna, I., & Hryshchenko, M. (2021). The police competence to ensure the rights and freedoms of citizens in modern society, Questions Politics, 39(69), 164-181. Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.46398/cuestpol.3969.09 [ Links ]

Mares, M. (2018). Despenalización del artículo 299 segundo párrafo del Código Penal sobre la posesión no punible de dos o más drogas. (Tesis de maestría. Universidad Nacional Federico Villareal). Documento en línea. Disponible http://repositorio.unfv.edu.pe/handle/UNFV/2419Links ]

Montange, L. (2021). The spatio-temporal ordering of migrant detention: Exclusion, hierarchy, and human disposal. Population, Space and Place, 27(5). Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.1002/psp.2478 [ Links ]

Munarriz, B. (1992). Técnicas y métodos en investigación cualitativa. ISBN: 84-600-8006-4 [ Links ]

Organización de las Naciones Unidas. (1990). Directrices sobre la función de los fiscales. Documento en línea. Disponible https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/guidelines-role-prosecutors Links ]

Organización de los Estados Americanos (1969), Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica” Documento en línea. Disponible https://www.refworld.org/es/leg/trat/oea/1969/es/20081Links ]

Ortega, A. (2024), Factores que contribuyen a una deficiente intervención y detención policial en flagrancia en los delitos de usurpación, Ate 2023. Tesis de grado maestro UCV. Documento en línea. Disponible https://hdl.handle.net/20.500.12692/137738Links ]

Palacios, L. (2019). Detención ilegal y libertad personal en sujetos de especial protección constitucional en Colombia. Temas Socio-Jurídicos, 38(77), 116-148. Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.29375/01208578.3733 [ Links ]

Pariona, S. (2017). La inexistencia del delito flagrante: cinco situaciones determinadas por la jurisprudencia y la doctrina que todo policía, fiscal, abogado y juez debe conocer. Actualidad Penal (39), 245 -263. [ Links ]

Pita, M (2019). Hostigamiento policial o de las formas de la violencia en barrios populares de la ciudad de buenos aires. relato de una investigación. Desacatos, Revista de Antropología Social, (60), 78-93. Documento en línea. Disponible https://www.proquest.com/scholarly-journals/hostigamiento-policial-o-de-las-formas-la/docview/2243309222/se-2?accountid=37408. [ Links ]

Poder Judicial del Perú (2024). Estadísticas de criminalidad 2020-2024. Documento en línea. Disponible https://portalestadistico.pj.gob.pe/publicacion/estadisticas-de-la-criminalidad-2024-ii/Links ]

Policía Nacional del Perú (2024). Anuario Estadístico Policial 2023. Documento en línea. Disponible https://www.policia.gob.pe/estadisticopnp/anuario-2023.htmlLinks ]

Recurso de Nulidad N.º 656-2019 Lima Norte, Corte Suprema de Justicia de la Republica del Perú (2020). Documento en línea. Disponible https://estudiocastilloalva.pe/tag/recurso-de-nulidad-n-656-2019/ Links ]

Rubio, M. (1999). Estudio de la Constitución Política de 1993: Fondo Editorial de la PUCP. [ Links ]

Sajami, J. (2022). Análisis sobre la detención arbitraria y la flagrancia delictiva en el Distrito Judicial de Puente Piedra - Ventanilla, 2022. Tesis de grado maestro UCV. Documento en línea. Disponible https://hdl.handle.net/20.500.12692/113391Links ]

Salas, L (2016), Cuestiones problemáticas del proceso inmediato según el Decreto Legislativo N.º 1194. En: P., Revilla (Eds.) El nuevo proceso penal inmediato. Flagrancia, confesión y suficiencia de elementos de convicción (pp. 35-69). Gaceta Jurídica. [ Links ]

San Martin, C. (1999). Derecho procesal penal. Griley. [ Links ]

San Martin, C. (2020). Derecho procesal penal. Lecciones: CENALES. [ Links ]

Sentencia del caso Azul Rojas Vs Perú, Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2020). Documento en línea. Disponible https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_402_esp.pdfLinks ]

Sentencia del caso Bulacio Vs. Argentina, Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2003). Documento en línea. Disponible https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_100_esp.pdfLinks ]

Sentencia del caso Fernández Prieto y Tumbeiro Vs. Argentina, Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2020). Documento en línea. Disponible https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_411_esp.pdfLinks ]

Sentencia del caso Guerrero, Molina y otros Vs. Venezuela, Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2020). Documento en línea. Disponible https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_424_esp.pdfLinks ]

Sentencia del caso Montesinos Mejida Vs. Ecuador, Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2020). Documento en línea. Disponible https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_398_esp.pdfLinks ]

Sentencia del Expediente N.º 03691-2009-HC/TC, Tribunal Constitucional del Perú. (2010). Documento en línea. Disponible https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/03691-2009-HC%20Resolucion.pdfLinks ]

Sentencia del Expediente N.º 03830-2017-PHC, Tribunal Constitucional del Perú. (2021). Documento en línea. Disponible https://www.gacetajuridica.com.pe/docs/03830-2017-HC_unlocked.pdfLinks ]

Sentencia del Expediente N.º 08815-2005-HC/TC, Tribunal Constitucional del Perú. (2006). Documento en línea. Disponible http://tc.gob.pe/jurisprudencia/2006/08815-2005-HC.pdfLinks ]

Sentencia del Expediente N.º 2096-2004-HC/TC, Tribunal Constitucional del Perú. (2004). Documento en línea. Disponible https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01871-2009-HC.pdfLinks ]

Sentencia del Expediente N.º 2725-2008-PHT/TC, Tribunal Constitucional del Perú. (2008). Documento en línea. Disponible https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2008/02725-2008-HC.pdfLinks ]

Sinha, A. (2017). Arbitrary detention. The immigration detention bed quota. Duke Journal of Constitutional Law & Public Policy, 12(2), 77-121. Documento en línea. Disponible https://scholarship.law.duke.edu/djclpp/vol12/iss2/3Links ]

Springer, S. (2020). The violence of homelessness: Exile and arbitrary detention in Cambodia’s war on the poor. Asia Pacific Viewpoint, 61(1), 3-18. Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.1111/apv.12273 [ Links ]

Tenenbaum, G. (2016). La detención policial de adolescentes en Uruguay: percepciones y experiencias.Revista de la Facultad de Derecho. (39), 227-258. Documento en línea. Disponible https://doi.org/10.22187/201529 [ Links ]

Torres, J. (2017). Implicancias de una indebida aplicación del nuevo proceso inmediato como consecuencia de una errada apreciación de la flagrancia delictiva. Actualidad Penal, (34), 31-47. [ Links ]

Weissbrodt, D. S., & Mitchell, B. (2016). The United Nations working group on arbitrary detention: Procedures and summary of jurisprudence.Human Rights Quarterly,38(3), 655-705 [ Links ]

Recibido: 02 de Noviembre de 2024; Aprobado: 02 de Diciembre de 2024; Publicado: 30 de Diciembre de 2024

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons