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Frónesis
Print version ISSN 1315-6268
Frónesis vol.16 no.2 Caracas Aug. 2009
Editorial
Dra. Flor Ávila H. de Pulitanò
El mundo actual gira en torno, por un lado, con la expansión de una cultura de derechos humanos por parte de los Estados democráticos y por el otro lado, con la defensa de dichos derechos frente a las graves violaciones de los mismos a escala global. Lo que es ineludible es que los Derechos Humanos son objeto de tutela y garantía para los individuos por parte de los estados nacionales y órganos supranacionales.
Ahora bien ante tal situación, el hombre continúa reclamando la intervención de los valores máximos y supremos para reivindicar mejores condiciones de la vida en común, con una invocación que resume alternativas posibles para la liberación de la necesidad, a través de una sola palabra: transformación; en palabras del filósofo del derecho italiano Gino Capozzi.
Claro está que esta transformación va dirigida a la generación de una renovación jurídica que se identifica irrefutablemente con los Derechos Humanos. Por ello, es prioritario encontrar razones en la conciencia con las cuales se propaguen los Derechos Humanos en las áreas del mundo entero. Por su parte, la violencia y la violación de las instituciones de la vida en común ingresa en la praxeologia de los Derechos humanos, que demanda la necesidad de nuevos y mejores instrumentos de tutela de los mismos.
Los Derechos Humanos son el reflejo de la conciencia y la auto-conciencia de individuos y comunidades, es decir, los Derechos Humanos son la medida de la emancipación del individuo y de los pueblos en la historia de la civilización.
Por otro lado, los Derechos humanos son producto del constante flujo y reflujo de la ética y la decisión política del poder, propagándose en el espacio y el tiempo, y su reconocimiento se basa en la tutela de las prescripciones, así como en la garantía de las normas ordenamentales, que son reconocidas y consagradas obligatoriamente en los ordenamientos jurídicos.












