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versión impresa ISSN 1315-9496
Tiempo y Espacio vol.24 no.61 Caracas jun. 2014
Fiscalidad, defensa y poder local en maracaibo (1681-1793)*
Taxation, defense and power local in Maracaibo (1681-1793)
Robinzon Meza
Profesor de la Escuela de Historia de la Universidad de Los Andes, miembro del Grupo de Investigación sobre Historiografía de Venezuela. Licenciado en Historia (ULA), magíster en Historia de Venezuela (UCAB). Candidato a Doctor por la Universidad de Sevilla. Autor entre otros libros de Política y gobierno en el Estado Los Andes (1881-1899) y Las políticas del Trienio Liberal español y la independencia de Venezuela, 1820-1823.
E-mail: robinzonm@hotmail.com.
* Estudio elaborado dentro del proyecto Los planteamientos socio-económicos del reformismo borbónico en Venezuela. Limitaciones y realizaciones, 1776-1810, fi nanciado por el CDCHTA de la Universidad de Los Andes bajo el código H-1407-12-06-B.
Resumen: El artículo indaga las consecuencias para la economía de la provincia de Maracaibo del sistema impositivo de la Corona española, desde finales del siglo XVII hasta el último cuarto del siglo XVIII. Específicamente, se refiere la organización del llamado nuevo impuesto, que afectó al producto principal de la economía regional como lo era el cacao; así, es de interés esclarecer los justificativos de su establecimiento, la normativa legal, el significado para la Real Hacienda y las visiones de agricultores y comerciantes. Se trata de una temática vinculada con las relaciones de poder: de una parte la Monarquía y sus representantes en la colonia, que evidenciaban una política según la cual las provincias debían correr con los gastos para su defensa y otros asuntos relevantes de la administración; por otra parte, las elites, que representadas en el Cabildo, querían proteger beneficios derivados de sus actividades productivas y comerciales.
Palabras clave: Real Hacienda, Defensa, Maracaibo, Cabildo
Abstract: This article examines the consequences for the economy of the Province of Maracaibo due to the tax system of the Spanish crown from the end of the 17th century to the last part of the 18th century. It refers specifically to the organization of the so called new tax, that affected the principal product of the regional economy which was cacao. For that reason it is interesting to clarify the reasons behind its establishment, the legal norms, the importance for the Royal Ministry of Finance and what farmers and merchants thought of it. It touches on a theme linked with relations of power: on one hand the Monarchy and its representatives in the colony, that made evident a policy according to which the provinces should pay the expenses of their defense and other aspects related to their administration; on the other hand, the elite, represented by the town council, who wanted to protect the benefits derived from their productive and commercial activities.
Key words: Royal Ministry of Finance, Defense, Maracaibo, town council.
Recibido: 15/05/2014. Aprobado: 14/06/2014.
Introducción
El cacao fue el principal producto de exportación de los territorios coloniales venezolanos. Desde la ciudad-puerto de Maracaibo, capital a partir del último cuarto del siglo XVII de la provincia homónima, se canalizó la comercialización del fruto, cultivado en las regiones comarcanas del sur del lago de Maracaibo y en los valles andinos neogranadinos; al igual que Caracas, su mercado fundamental era Nueva España, aunque mucho también se vendió por vía del contrabando. Desde finales del siglo XVII, Maracaibo desplaza a Gibraltar, que se había configurado como una plaza de primer orden del comercio cacaotero de la región, y aparece en las cuentas fiscales aportando más de 10.000 fanegas, conducidas hacia Veracruz, paulatinamente se afianza esa situación y en la última década del siglo XVIII, se superaron las 75.000 fanegas.1 Así, se convierte en el centro de un gran circuito económico, sus élites, conscientes de ello, insisten en los temas de los negocios del cacao; las fuentes hacendísticas y las municipales refi eren las dificultades para la comercialización del fruto, los esfuerzos para sostener la producción y las fluctuaciones de los precios. No obstante, tratarse de un período de consolidación, hubo frecuentes coyunturas, observadas por los contemporáneos como crisis y decadencia, que evidenciaron las debilidades de la economía agrícola de una jurisdicción, geopolíticamente importante, pero aún al margen de los intereses relevantes del imperio. La burocracia adujo diversas causas para explicarlas: la invasión de los indios motilones a las haciendas, el azote del puerto por piratas y la competencia del cacao de Guayaquil y Caracas. Pero -sobre todo- a través del Cabildo, se denunció al excesivo sistema impositivo en Maracaibo que supuestamente no tendría comparación con ninguna otra parte de América. Por esta razón, la institución persistió en solicitudes a la Monarquía para tratar se modificaran y disminuyeran los impuestos, tarea en la cual muchas veces contó con el apoyo de los gobernadores y otros funcionarios; sin embargo, la contradicción entre la realidad de las Cajas Reales pobres y la necesidad de ingentes recursos para sostener la defensa, impidió satisfacer las aspiraciones locales, éstos son precisamente los intereses y conflictos que nosotros procuramos contextualizar.
1. Justificaciones de la organización del nuevo impuesto
De las invasiones de piratas, que desde mediados del siglo XVII asolaron a Maracaibo, destacaron las de Henry Morgan en 1669 y sobre todo las de Jean Granmont en 1678, que causaron graves daños, no sólo en la ciudad sino también en gran parte de la provincia, conllevando al planteamiento de la necesidad de fortificar las barras del lago como eran las de Barbosa, Zapara y Barra Grande.2 Para subvenir sus gastos, más los sueldos de las tropas, la Monarquía, por real cédula del 10 de junio de 1681, ordenó se cobrase medio real a cada millar del cacao que se vendiese en la provincia, debiendo cancelarlo el comerciante; también se estipuló 2 reales por cada res, 3 por cada arroba de tabaco, 2 por la arroba de azúcar y medio real en la miel, excluyéndose: harinas, carne salada, quesos, mantecas y otras menudas.3 Posteriormente, por cédula del 13 de marzo de 1696, y en consideración de un informe de la Audiencia de Santa Fe, se estipuló que también se incluía para la exigencia del impuesto al cacao que se exportase.4
Productores y comerciantes pronto notaron los impactos del impuesto, ya que al año de su establecimiento se solicitó su eliminación.5 La burocracia también dio a conocer las dificultades para invertirlo,6 a lo que se agregaría que al principio no rindió lo suficiente para satisfacer los requerimientos para la defensa.7 Sin embargo, el derecho se consolidó progresivamente y se hizo indispensable para las arcas reales, más cuando a las necesidades militares de repeler el ataque exterior de piratas y vigilancia del contrabando, se agregó la intensificación para someter a la sociedad indígena de frontera sobre todo la Barí y la Guajira, que con frecuencia incursionaban en las haciendas para apropiarse de productos agrícolas y herramientas, siendo por ello acusadas de la decadencia de la economía.8
2. Incidencias del sistema fiscal en la economía
Las graves repercusiones del nuevo impuesto fueron denunciadas en 1720 por el Cabildo ante la Corona, exponiendo que la decadencia del comercio de la provincia se debía a los excesivos derechos que gravaban su economía, más que a cualquier otra de América, sobre todo por la exigencia del nuevo impuesto y la de un 2% más sobre la alcabala. El argumento más importante de la ciudad para solicitar la extinción de esas contribuciones, era que cuando se estatuyeron la provincia estaba en tal prosperidad que un millar de cacao se cotizaba entre 14 y 16 reales, pero a la fecha había llegado a valorarse en sólo 2 reales y medio, sucediendo lo mismo con el tabaco. También aducían los ediles que para evadir las cargas impositivas se incrementó el contrabando, afectando los intereses de la provincia y los de la Real Hacienda; también se redujo la actividad comercial del puerto, pues se exponía que en los mejores momentos salían de 18 a 20 embarcaciones anuales con destino a España, México, Santo Domingo y Cartagena, pero a inicios del siglo XVIII, sólo lo hacían de dos a tres bergantines o balandras. Además consideraban como causas adicionales del decaimiento de la economía, el abandono de las haciendas de cacao en las jurisdicciones de Mérida y La Grita, por las permanentes invasiones que hacían los indios motilones.9
Solicitud de informes para comprender mejor el problema, era la respuesta de las instituciones metropolitanas, con lo cual se dilataba la toma de decisiones. En la consulta del Consejo de Indias del 2 de marzo de 1723, se revisó lo representado por el Cabildo de Maracaibo y otros comerciantes de la ciudad, decidiéndose que por no haberse justificado con suficientes pruebas lo que se exponía y pedía, se comisionase al presidente de Santa Fe para que instruido del problema averiguase los daños ocasionados por el impuesto y decidiese mantenerlo o suspenderlo, siempre y cuando informase al respecto.10 Las peticiones de cosecheros y comerciantes de Maracaibo trataron de hacer ver lo excesivo de las exacciones, señalando que de cada 100 fanegas de cacao exportadas, correspondía pagar, por valor de impuestos, 33 de ellas, razón por la cual aspiraban, como de justicia, se les cobraran los mismos derechos estipulados en otros sitios de América. Ello condujo a una nueva consulta en 1724, en la que se consideró también la opinión del virrey de Nueva Granada, Jorge Villalonga, quien propuso la moderación de los precios del cacao para evitar la decadencia de su cultivo. El Consejo era proclive a considerar el impuesto como perjudicial en razón de ser exclusivo para Maracaibo y haber cumplido los fines por los cuales se había establecido, como lo fue el de la construcción de las fortalezas. Sin embargo, la decisión real final no atendió a las sugerencias, evidenciándose en ello que pesaba la realidad de los escasos recursos de las Cajas Reales que no podían correr con los gastos de defensa.11
Cuarenta y cinco años después se replanteó el asunto, al conocerse por la Contaduría General de Indias una carta del virrey de Santa Fe, quien opinaba que el medio real de impuesto a la exportación de cacao de la provincia de Maracaibo era gravoso para su producción y comercio, lo que se constataba en la poca concurrencia de las embarcaciones al puerto y en el declive del precio del cacao de 16 a tan sólo 4 reales el millar. Pero el Contador advirtió que no se contaban con medios distintos para sostener la tropa de la guarnición y darle mantenimiento a los castillos.12 Significativo e indispensable era el monto del nuevo impuesto en el conjunto de los ingresos de la Real Hacienda y ello pesó para que las autoridades coloniales de la provincia, en la década de los setenta, se mostraran reticentes a su eliminación. Los informes del gobernador y los oficiales reales de la provincia de Maracaibo, del 21 de septiembre de 1771 -que contaban, extrañamente, con el visto bueno del Cabildo-, y el del virrey de Santa Fe, del 26 de junio de 1772, coincidían en lo fundamental sobre la explicación de los orígenes del deplorable estado de la agricultura y del comercio, al señalar como motivos la continua invasión de los motilones y la escasez de esclavos negros para los cultivos. Por tanto, propusieron como solución hacer incursiones contra los indígenas y la introducción de esclavos por la Compañía Guipuzcoana. Todos consideraron necesario continuar con el cobro del medio real sobre el cacao, al concebírsele como el principal ramo de los ingresos de las Cajas Reales, sin que se exceptuase a los eclesiásticos porque eran igualmente interesados en la defensa. Además, el virrey creyó pertinente la formación de una compañía a parte de las tres ya existentes.13 Por real cédula del 29 de junio de 1775, la Corona decidió que para proseguir con la pacificación y reducción de los indios motilones se continuase con el cobro del medio real sobre cada millar de cacao que se exportase de la provincia y que no se excluyese para ello a los eclesiásticos, disponiendo además la formación de cuatro compañías de milicias con sus respectivos reglamentos.14
3. Planteamientos de los problemas estructurales de la economía
La creación de la Intendencia de Ejército y Real Hacienda en 1776, condujo a una reestructuración del sistema fiscal de las provincias venezolanas y una manera más eficiente de cobrarse los impuestos;15 profundizando en Maracaibo las diferencias entre las autoridades coloniales y locales que pugnaban en defensa de los grandes comerciantes y cosecheros, pero también a que se estudiase las condiciones de la economía y se hiciesen propuestas para su reestructuración. Como solución a los problemas económicos de Maracaibo, se propuso se extendiera a la provincia el comercio libre, siendo el planteamiento fundamental de Ignacio Baralt, síndico procurador general y uno de los más poderosos comerciantes de Maracaibo, en junio de 1780, consideraba que era la manera de acabar con los abusos de la Guipuzcoana, rebajar los impuestos y estimular las transacciones comerciales del puerto marabino.16
Francisco de Arce, gobernador de la provincia, planteó en 1784 la situación a las instituciones metropolitanas, pretendiendo se asistiese a Maracaibo en los asuntos que consideraba de primordial interés, como eran: la construcción de un astillero para facilitar el acceso a embarcaciones de mayor tamaño; el estímulo necesario para potenciar los cultivos de algodón, azúcar y café; el establecimiento de escuelas; la reducción de los motilones por padres misioneros, con inclusión de familias labradoras de Canarias y de esclavos negros; el reparto de tierras sin engorrosas formalidades, con la anticipación de fondos y esclavos; la apertura y arreglo de los caminos y de los ríos orientados al lago y, finalmente, que Trujillo, en la provincia de Venezuela y San Faustino, en el virreinato de la Nueva Granada, fuesen agregadas a la provincia de Maracaibo.17 Las propuestas del gobernador no debieron tener mayor trascendencia, pues el Cabildo, al año siguiente, debió insistir en algunos puntos, dando origen a un voluminoso expediente con las opiniones de los gobernadores de la provincia, las autoridades de Caracas y las instituciones metropolitanas.18
El Cabildo persistió en informar a la Monarquía el atraso de la agricultura y el comercio, exponiendo que sólo arribaba al puerto de Maracaibo una embarcación anual procedente España para retornar cargada de productos de la provincia. Además dos o tres embarcaciones extraían de 6 a 7 mil fanegas de cacao para comerciarlo en Veracruz, transacción comercial de la cual Maracaibo se surtía de plata. Sin embargo, los capitulares afirmaron que debido a la competencia del cacao de Guayaquil y de Caracas, que estaba menos pechado, los comerciantes de la carrera de Veracruz ya no querían anticipar fondos a los labradores y pagaban 3 pesos menos por cada fanega. A esto se agregaba que, en la propia provincia de Maracaibo, se hallaba muy recargado el fruto, llegando a pagar por impuestos hasta 33 pesos con 92 centavos. Por estas razones la institución municipal propuso que debía declararse a Maracaibo puerto menor, igualarse en Veracruz los derechos exigidos a Caracas y Maracaibo, reducirse los derechos en tierra a similitud de lo hecho para Caracas que era del 5% y exigirse por derecho de mar sólo 6%.19 Algunas de las necesidades de Maracaibo eran entendidas, ya que el intendente de ejército y real hacienda Francisco Saavedra se manifestó de acuerdo para conceder la gracia de puerto menor y que se igualasen los derechos del cacao de Maracaibo con otros que se introducían en Veracruz, advirtiendo que la provincia no podría correr con sus gastos y posiblemente hubiese que auxiliársele desde Caracas.20
A pesar de todo esto, la Monarquía le dio largas al asunto, pues el Cabildo debió insistir en su solicitud en 1787,21 creando de nuevo otro conjunto de opiniones. En principio se pensó en las posibilidades de fomentar el comercio con las colonias de las potencias neutrales, en virtud de tener Maracaibo buena producción de arroz, maíz, papelón, carne salada, cordobanes, cueros, maderas, que eran productos muy codiciados en esas colonias, y no tenían competencia para ser transportados a Veracruz o España para donde se prefería cacao, azúcar, zarzaparrilla, café, algodón y añil. Por ello el gobernador de la provincia Joaquín Primo de Rivera solicitó, el 11 de julio de 1787, al intendente Francisco Saavedra, licencia para abrir los puertos a las colonias neutrales, pues había reformado el resguardo de mar y tierra para evitar el contrabando. Además creyó conveniente que se pudiesen exportar maderas, burros y mulas, pudiendo retornar el producto de las ventas en oro, plata, esclavos y herramientas de agricultura, más víveres y quincallerías inexistentes en la ciudad.22
Mayor autonomía para los gobernadores en materia económica, para que todos los asuntos no se manejasen desde la Intendencia en Caracas, también era una aspiración de las autoridades provinciales de Maracaibo, como la extensión de la facultad para rematar tierras y expedir títulos con la fi nalidad de ahorrar costos y evitar trámites largos y engorrosos. Además, consideraban necesario la colocación de un corsario en el saco del lago para que, obrando de acuerdo con el resguardo de tierra, impidiese el contrabando; dejar en la provincia lo ingresado por concepto del estanco del tabaco, pues al extraerse de ella había disminuido considerablemente el circulante de plata y tomar en cuenta el reclamo de los acreedores a los sueldos vencidos desde los reinados de Felipe V y Fernando VI.23
El intendente autorizó el comercio con las colonias neutrales con las prevenciones de que el resguardo debía estar correctamente establecido, las embarcaciones utilizadas debían ser de la provincia, con un cargamento superior a 600 pesos y no dándose más de 8 licencias mensuales. Se advertía la exclusión del comercio de cueros y maderas, por estar expresamente prohibido por la Monarquía, y la introducción de quincallería por ser perjudicial al comercio nacional. En lo relativo a tierras, comunicó que era una materia privativa de la Superintendencia y mientras no se estableciesen las Intendencias de provincia no podía hacerse ninguna innovación, por tanto, debían realizarse los trámites en Caracas. Prohibió también el establecimiento del corso, pues no había recursos suficientes en las Cajas Reales. El intendente advirtió al gobernador que eso era todo lo que se podía hacer.24
No eran soluciones satisfactorias para la provincia, por lo cual en 1788 el gobernador planteó de nuevo a la Monarquía el estado de crisis de la economía y solicitó se tomasen algunas medidas para poder solventar la situación. En cuanto al sistema impositivo consideraba necesario la suspensión temporal de la contribución del nuevo impuesto, para evitar la profundización de la caída del cultivo del cacao, y que se prorrogara por más de diez años la gracia concedida por el reglamento de libre comercio de exención de derechos. De igual manera, proponía la introducción de 200 a 300 esclavos a pagar a plazos por los labradores, la concesión de la libertad de comercio para el tráfico de los géneros europeos a las provincias del virreinato de Santa Fe, especialmente con los valles de Cúcuta, de donde provenía la mayoría del cacao que se exportaba por el puerto, evitando que la introducción de mercancías a esa región desde Maracaibo se viera más limitada por tener que pagar impuestos. Y, por último, que San Faustino fuese incorporado a Maracaibo para transitar de manera libre por la provincia.25
Bien fuese por lo alarmante de los diversos testimonios, o bien por creer más en ellos al proceder tanto de los poderes locales, como de los comerciantes y de sus propios funcionarios, la Monarquía, prestó mayor atención a lo solicitado por Maracaibo durante un siglo, y por ello procuró que uno de los hombres más informados, como era el ex intendente de Venezuela Francisco Saavedra, opinara exhaustivamente, tomando medidas concretas tendientes a superar la situación. En 1791, Saavedra elaboró un amplio diagnóstico sobre la provincia en el que analizó población, geografía, posibilidades económicas y las opiniones vertidas sobre las causas de su estancamiento económico y recomendó lo conveniente para impulsar y reorientar su agricultura y comercio.
Saavedra reconoció el declive de la economía y aunque consideró las incidencias que en ello tuvieron las invasiones de piratas, las rebeliones indígenas o el sistema impositivo, no las compartió como las causas fundamentales de los problemas de Maracaibo, como hasta ese momento había sido lo tradicional. Observó como más relevantes otros dos factores; primero, las limitaciones del puerto, pues sólo podían acceder a él embarcaciones de menos de 10 pies de agua, lo que era incompatible con los grandes barcos de finales del siglo XVIII y, segundo, la competencia del cacao de las provincias de Caracas, Guayaquil y Tabasco, mejor situadas para el comercio intercolonial y para las transacciones con España. El ex funcionario de Venezuela sugirió que se tomaran medidas tendentes a mejorar la navegación del lago y las comunicaciones dentro de la provincia, además de estimular la actividad de los comerciantes y propiciar el interés por otros cultivos. Para el comercio exterior, propuso colocar personas conocedoras de la navegación del lago en el castillo de San Carlos, marcar con balizas la ruta que debían seguir las embarcaciones, la construcción de un muelle de madera y reducir los trámites en la aduana. En lo concerniente al comercio interior, había que poner mayor atención a los caminos y ríos navegables, eliminar el pago de derechos y las trabas en las aduanas interiores y entre provincias. También consideró imperativo la designación de puerto menor para aminorar las contribuciones, igualar los impuestos que pagaba el cacao de Maracaibo con el de Caracas, suprimir el nuevo impuesto, extender a la provincia las franquicias de las que gozaba el azúcar de Caracas, al igual que el añil, el café y las carnes, y exacciones adecuadas para los cueros y la sal. Finalmente, le pareció necesario arreglar mejor el cálculo para los pagos a la Real Hacienda. No desconoció Saavedra que sus propuestas tendrían un impacto negativo en los ingresos del erario real, pero consideró que era necesario tomar esas políticas si se quería recuperar la provincia.26
El fiscal de Real Hacienda se manifestó conforme con la mayoría de las solicitudes de Saavedra, especialmente para que se declarara a Maracaibo como puerto menor, se le igualaran los impuestos con Caracas y se redujeran los derechos, dejando para una futura oportunidad las otras propuestas por no haber los recursos suficientes. Finalmente, en Consejo de Estado del 1 de febrero de 1793, se discutieron de nuevo las súplicas que, por casi un siglo, había hecho el Cabildo de Maracaibo apoyado por los propios funcionarios provinciales y metropolitanos, mostrándose el Consejo favorable en la aplicación de medidas tendentes a la recuperación del comercio y la agricultura. El 23 de mayo se expidió la real orden por la que se declaró puerto menor a Maracaibo. Además se suprimieron los derechos de nuevo impuesto y de aduana del comercio interior, con la advertencia de que se cobrase el 5% de alcabala en lugar del 4%, se igualaron los derechos de exportación con Caracas y se previno que los impuestos de sal fuesen modificados por Junta de Real Hacienda para que no resultaran tan gravosos.27 Lo cual agradeció el Cabildo marabino, al considerar se quitaba una de las trabas más importantes al fomento económico.28
4. Crisis fiscal y dependencia de Caracas
Indispensable para los recursos de la Real Hacienda era el nuevo impuesto sobre el cacao, que también abarcó a otros productos, por ello sus funcionarios mostraban preocupación cuando ese rubro no rendía los resultados esperados.29 Esto puede ser comprendido al analizar el monto que representaba en el conjunto de ingresos y los fines para los cuales fue destinado. Una idea clara sobre el asunto puede tenerse de la lectura del balance que se elaboró en marzo de 1792, unos cuantos meses antes de su supresión y en el que se recogieron los ingresos y egresos de la Caja Real de 1772 a 1776 y de 1786 a 1790.30
En el primer período (1772 a 1776) los ingresos de la Real Hacienda habían totalizado la cantidad de 231.481 pesos ¾ reales, de los cuales 83.593 pesos 2¾ reales, fueron producto del nuevo impuesto, es decir 36,11%. Los gastos sumaron un total de 189.338 pesos 3¾ reales, de ellos los hechos por concepto de fortificación, sueldos militares y los referentes a población motilona, que eran los ramos en los que normalmente se invertía el nuevo impuesto, habían ascendido a un total de 127.859 pesos y 3¾ reales, equivalente al 55 % de los ingresos. A su vez la Caja había dejado un sobrante de 42.142 pesos 2½ reales. Con ello se observan claramente los altos costos militares de la provincia y la dependencia que tenían respecto de la exacción denominada de nuevo impuesto. Para el segundo período (1786 a 1790) cambiarán algunos aspectos. Los ingresos de la hacienda totalizaron 462.873 pesos 2¾ reales, de los cuales 78.327 pesos eran producto del nuevo impuesto, es decir el 16.92%. Los gastos sumaron un total de 522.234 pesos 6¼ reales, de ellos los hechos por concepto de fortificación, sueldos militares y población de motilones ascendieron a 270.128 pesos, 3¼ reales, que equivalían a 58,35% de los ingresos. A su vez la Caja había dejado un déficit de 59.361 pesos 4 reales. Se observa como habían aumentado de manera significativa los costos militares, pero ahora dependían menos del nuevo impuesto.
Varias conclusiones reporta el análisis de los datos. Primero, la duplicación de los ingresos en el segundo período demuestra una recuperación de la economía, la cual muy posiblemente debió proceder de la diversificación de determinados cultivos y de las posibilidades que brindó el comercio neutral, ya que en esos años se expidieron varias licencias. Segundo, el monto por concepto de nuevo impuesto disminuyó sensiblemente, hecho explicado en el propio documento, como consecuencia de haberse dejado de cobrar el mismo al tabaco a raíz del establecimiento del estanco, pero también creemos pudo atribuirse a que el cacao posiblemente estaba siendo desplazado como producto principal de la economía, no se permitía normalmente su exportación a colonias neutrales y, seguramente, estas cifras son las que explican, como causa fundamental, la supresión de este impuesto pues ya no representaba una cuota clave en la defensa de la región. Tercero, a pesar del incremento relevante de los ingresos, la Caja Real de Maracaibo se había convertido en deficitaria, justificado ésto, como veremos seguidamente, por el excesivo aumento en los gastos burocráticos, tanto en la Real Hacienda como en la defensa, por haberse aumentado su personal. Y, por último, la Caja de Maracaibo se transformó en dependiente de la de Caracas, planteando no pocos conflictos con las autoridades centrales.
Precisamente, esta última valoración, condujo a la elaboración de las relaciones de ingresos y egresos que hemos comentado, pues la Monarquía formó un voluminoso expediente para tener las cuentas claras y estudiar la solicitud de proporcionar un situado a Maracaibo.31 El 21 de febrero de 1791, por real orden, se dispuso que se justificara el motivo por el cual habían aumentado de manera desproporcionada los gastos de la hacienda en Maracaibo y, además, se ordenó que se arreglaran de manera que resultara siempre un sobrante ostensible de remitirse a España.32 Mandato real obedecido en Junta de Real Hacienda de Maracaibo en 15 de abril de 1792, cuyos miembros, luego de hacer un diagnóstico del cuadro que antes hemos analizado, expusieron que el aumento en los gastos se debió fundamentalmente al incremento de sueldos y a la creación de nuevos cargos tanto militares como de real hacienda y eclesiásticos, a la dotación de misioneros capuchinos con destino a la reducción de los indios motilones y al hecho de que luego de suprimida la Compañía Guipuzcoana el ramo del corso empezó a correr por cuenta del Estado. Como solución se recomendó la supresión de algunos cargos militares. También se justificó la disminución de las rentas por el establecimiento del estanco del tabaco, en razón de que este producto dejó de aportar a los impuestos y por la desmembración de la ciudad de Barinas que hasta entonces había contribuido de manera notable.33
Al año siguiente, la Junta de Real Hacienda acordó que la Intendencia debía remitir a Maracaibo un situado superior a la cantidad designada de 15.000 pesos, más aún cuando se advertía que por las gracias que se habían concedido al puerto, dejaría de recaudarse una cantidad importante de dinero.34 Por otra parte, se hicieron presente a las autoridades de Caracas, el estado pésimo de la defensa de la provincia por no poderse cumplir efectivamente con el resguardo de mar, el arreglo de las fortificaciones y mantener las tropas en condiciones óptimas para garantizar la seguridad.35 En respuesta, el intendente Esteban Fernández de León comunicó al gobernador de Maracaibo, Juan Ignacio de Armada, que por repetidas órdenes estaba mandado que cada provincia debía acudir con sus productos a los gastos que le eran propios, cuidando siempre de los sobrantes que debían remitirse a España, razones por las cuales no podía aumentar el subsidio de la provincia y que le era difícil continuar enviándole los 15.000 pesos asignados. El gobernador replicó aduciendo que con la designación de puerto menor y con la eliminación del nuevo impuesto, Maracaibo había acumulado un déficit en los ingresos de 107.940 pesos, 6 reales, por lo que estimaba conveniente el socorro mientras las medidas de fomento económico, acordadas por la Monarquía, surtían su efecto. Sin embargo, no hubo acuerdo y continuaron las disputas entre ambos funcionarios al pretender el intendente disminuir las tropas militares y los oficiales de Real Hacienda y porque el gobernador aspiraba a un subsidio de 70.000 pesos, que consideraba podía costearse con los sobrantes de la renta del tabaco de Maracaibo y así evitar que éstos se trasladasen a Caracas.36
Por esta razón, el gobernador informó al rey en 1794 de las dificultades que tenían las Cajas Reales para atender a todas las obligaciones del Estado y para solventarlo solicitó que se suministrase a las rentas de Maracaibo los caudales que requería. Además se quejó de las autoridades centrales de Caracas, argumentando que el capitán general no atendía con interés a la provincia y que el intendente no le dejaba ejercer libremente sus facultades económicas. También creyó conveniente que se repusiesen las 16 personas encargadas del corso, para poder combatir el contrabando, que arbitrariamente se habían suspendido y de igual manera a los tres oficiales que se habían mandado despedir desde Caracas.37 No contamos con la respuesta que la Monarquía pudo dar a estas peticiones, lo que sí se advierte es la incomodidad de Maracaibo al manejo de sus asuntos desde las diversas instituciones instauradas en Caracas.
Conclusiones
A las provincias del Caribe hispanoamericano les tocó correr con los gastos de su defensa, además de aportar recursos para la del conjunto del imperio. Ello fue posible gracias a un oneroso sistema impositivo que pechó sus actividades agrícolas que tuvieron un despunte importante desde finales del siglo XVII. Una alcabala superior al 2 o 4 por ciento, y el sostenimiento de la Armada y Armadilla de Barlovento, fueron las exacciones más comunes, pero también otras de carácter específico para tropas, fortalezas y conquista de la sociedad indígena, como lo fue el caso de la provincia de Maracaibo, exigida con el nuevo impuesto, contribución exagerada y específica de esa región, tanto que se convirtió en un recurso indispensable para la Real Hacienda, pero que a su vez también limitó sus posibilidades de expansión que agravaron, otro tanto, las deficiencias estructurales de la economía de la provincia y algunos territorios de la Nueva Granada, vinculados estrechamente a la ciudad puerto de Maracaibo. Sólo a finales del siglo XVIII los reformadores borbónicos comprendieron que con la revitalización de la economía, extendiendo políticas de libre comercio y de mayor competitividad sería posible garantizar una hacienda real local capaz de correr, como mínimo, con sus propios gastos. El Cabildo, dominado por comerciantes se mostró como un persistente defensor de los intereses de la élite, pugnando ante las autoridades coloniales, las cuales pese a reconocer sus razonamientos, no tomaron oportunamente las decisiones pues privó siempre las limitantes hacendísticas y defensivas de la Monarquía, no queriendo arriesgarse y dilatando por un siglo las medidas adecuadas.
Notas
1 Ileana Parra Grazina: El comercio cacaotero entre Maracaibo y Veracruz en la coyuntura emancipadora, en José A. Serrano y Luis Jáuregui (eds): La Corona en llamas, conflictos económicos y sociales en las independencias iberoamericanas. Castelló de la Plana, Publicaciones de la Universitat Jaume I, 2010, pp. 228-251.
2 De la abundante bibliografía sobre la piratería y las fortificaciones, hay noticias referidas a Maracaibo en: Manuel Landaeta Rosales: Los piratas y escuadras extranjeras en las aguas y costas de Venezuela desde 1528 hasta 1903. Caracas, Empresa Washington, 1903; Marcos Courier: Piratas en Venezuela. Caracas, El Diario de Caracas, 1979; Manuel Lucena Salmoral: Piratas, bucaneros, filibusteros y corsarios en América: perros, mendigos y otros malditos del mar. Caracas, Grijalbo, 1994; Graziano Gasparini: Las fortificaciones del período hispánico en Venezuela. Caracas, Armitano Editor, 1985 y Raúl López Rivero: Fortifi caciones en Maracaibo siglos XVII y XVIII. Maracaibo, Universidad del Zulia-Dirección de Cultura, 1968.
3 Archivo General de la Nación (Caracas): Intendencia de Ejército y Real Hacienda, T. XLIX, fols. 1-4. Copia de una Real Cédula fechada en Madrid, 10 de junio de 1681, sobre incursiones de piratas a las ciudades de Maracaibo, Gibraltar y Trujillo. Maracaibo, 18 de abril de 1788 (En adelante AGN). Otra copia en Archivo General de Indias, (Sevilla): Caracas, 481. Expediente sobre la solicitud del Cabildo de Barinas de exención del nuevo impuesto. Barinas, 11 de septiembre de 1776 (En adelante AGI).
4 AGI, Santa Fe, 540. Real Cédula al gobernador de Maracaibo para que haga guardar, cumplir y ejecutar el auto que proveyó la Audiencia de Santa Fe declarando que el medio real de impuesto sobre cada millar de cacao se debía pagar no sólo del que se vende en la provincia sino también del que se exporta de ella. Madrid, 13 de marzo de 1696.
5 AGI, Santa Fe, 219. Solicitud de la ciudad de Gibraltar para que se elimine el nuevo impuesto al cacao. S.L., 27 de agosto de 1682.
6 Ibid. Jacabo de Ugaz representa los inconvenientes de los impuestos a los frutos de Maracaibo para sostener la infantería y solicita una partida fija. S.L., 5 de enero de 1683.
7 Archivo Histórico Nacional (Bogotá): Sección la Colonia. Reales Cédulas, T. IV, fols. 517-518. Real Cédula al presidente y oidores de la Audiencia de Santa Fe, en la que se reconoce lo poco que produce el nuevo impuesto y se ordena se informe sobre otros medios más adecuados. Buen Retiro, 27 de noviembre de 1683 (En adelante AHN).
8 Sobre la resistencia de los Barí, mayormente conocidos como Motilones, véase: Fray Cesáreo de Armellada: Estampas de los pueblos motilones del Zulia (a finales del siglo XVIII y principios del XIX), Revista de Historia, 16 (Caracas, 1963), pp. 35-57; Fray Buenaventura de Carrocera: Los indios motilones. En el segundo centenario de su primer contacto pacífico (1772-1972), Missionalia Hispánica, 89 (Madrid, mayo-agosto, 1973), pp. 1912-23; Stephen Beckerman: Datos etnohistóricos acerca de los Barí (Motilones), Montalbán, 8 (Caracas, 1979), pp. 255-327.
9 AGI, Santo Domingo, 659. Carta del Cabildo de Maracaibo al rey por la que informa el decaimiento del comercio y la agricultura por razón de los excesivos impuestos. Maracaibo, 18 de diciembre de 1720.
10 AGI, Santo Domingo, 645. Consulta del Consejo de Indias relativa a la eliminación del impuesto de medio real que se impuso al cacao en 1681. Madrid, 2 de marzo de 1723. 11 Ibid. Consulta del Consejo de Indias en la que se recuerda otra del 2 de marzo de 1723 sobre reducción de los impuestos que se cobran al cacao. Madrid, 28 de enero de 1724.
12 AGI, Caracas, 463. Informe de la Contaduría General sobre relevación de medio real de impuestos en cada millar de cacao que se exportan desde la provincia de Maracaibo. S.L., 24 de abril de 1769.
13 AGI, Caracas, 13. Consulta sobre el estado de decadencia de Maracaibo y medios de subsanarla. Madrid, 1 de abril de 1775.
14 AGI, Caracas, 463. Real Cédula a los oficiales reales de Maracaibo sobre continuación del impuesto de medio real sobre cada millar de cacao. Aranjuez, 29 de junio de 1775.
15 Carlos Emilio Muñoz Oráa: La sociedad venezolana frente a la Intendencia. Mérida, Universidad de Los Andes, 1964.
16 AGI, Caracas, 910. Expediente de la información solicitada por el procurador general sobre excesivos derechos en la provincia de Maracaibo. Maracaibo, 1778-1780.
17 AGI, Caracas, 146. Carta del gobernador de la provincia de Maracaibo Francisco de Arce al ministro José de Gálvez planteando la decadencia de la provincia y medios para subsanarla. Maracaibo, 1 de abril de 1784.
18 AGI, Caracas, 910. Expediente sobre la decadencia del comercio y agricultura en la provincia de Maracaibo a causa de los crecidos derechos con que se hallan gravados sus frutos. Maracaibo, 1785-1795.
19 Ibid. Carta del Cabildo de Maracaibo al rey exponiendo los males de la provincia por los excesivos derechos que pagan sus frutos. Maracaibo, 12 de enero de 1785.
20 Ibid. Carta del intendente Francisco Saavedra al ministro José de Gálvez en la que opina sobre la solicitud del Cabildo de Maracaibo. Caracas, 9 de abril de 1785.
21 Ibid. Carta del Cabildo de Maracaibo al rey reiterando la súplica del 12 de enero de 1785. Maracaibo, 16 de abril de 1787.
22 Ibid. Carta del gobernador de Maracaibo al intendente Francisco Saavedra solicitando permiso para comerciar con las colonias de los amigos y neutrales. Maracaibo, 11 de julio de 1787.
23 Ibid. Ante algunas negativas del intendente estos asuntos fueron expuestos por el gobernador en carta al ministro Antonio Valdés. S. L., 6 de abril de 1788.
24 Ibid. Carta del intendente Francisco Saavedra al gobernador de Maracaibo Joaquín Primo de Rivera. Caracas, 15 de octubre de 1787.
25 Ibid. Informe del gobernador Joaquín Primo de Rivera sobre el estado de la provincia de Maracaibo, los motivos de su decadencia y los medios para su fomento y agricultura. Maracaibo, 26 de junio de 1788.
26 Ibid. Informe de Francisco Saavedra al ministro Diego Gardoqui sobre la economía de Maracaibo. Madrid, 4 de marzo de 1791.
27 Ibid. Real orden por la que se conceden a Maracaibo algunas de las gracias solicitadas para la mejora de su comercio. Aranjuez, 25 de mayo de 1793.
28 AGI, Caracas, 322. Carta del Cabildo de Maracaibo al rey agradeciendo la eliminación al nuevo impuesto. Maracaibo, 15 de octubre de 1793.
29 AGN, Intendencia de Ejército y Real Hacienda, LIII, fols. 177-179. Oficio del ministro de Real Hacienda de Maracaibo, José de Castro, al superintendente informando sobre la decadencia de los impuestos de alcabala, nuevo impuesto y laguna. Maracaibo, 20 de septiembre de 1788.
30 AGI, Caracas, 148. Estado en que se manifiestan los ingresos y egresos de la Real Hacienda de la provincia de Maracaibo en los quinquenios de 1772 a 1776 y de 1786 a 1790. Maracaibo, 23 de marzo de 1792.
31 Ibid. Expediente sobre los caudales de las Cajas Reales de Maracaibo. Maracaibo, 1791-1794.
32 Ibid, fols. 1-6. Real orden sobre la remisión a España de los productos sobrantes de las rentas de tabaco y naipes. Madrid, 21 de febrero de 1791.
33 Ibid, fols. 6-19. Junta de Real Hacienda. Maracaibo, 15 de abril de 1792.
34 Ibid, fols. 19v.-22. Junta de Real Hacienda. Maracaibo, 26 de septiembre de 1793.
35 Ibid, fols. 22-45. Junta de Real Hacienda. Maracaibo, 31 de mayo de 1793.
36 Ibid, fols. 59-84. Comunicaciones entre el intendente Esteban Fernández de León y el gobernador de Maracaibo Juan Ignacio de Armada. Caracas-Maracaibo, 1793-1794.
37 Ibid, fols. 1-3. Carta del gobernador de Maracaibo Juan Ignacio de Armada al rey protestando la negativa del intendente para suministrar caudales. Maracaibo, 27 de junio de 1794.