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Tiempo y Espacio

versión impresa ISSN 1315-9496

Tiempo y Espacio vol.24 no.62 Caracas dic. 2014

 

Los criterios de una obra “Difícilmente superable”: Ángel Rosenblat y “El Pensamiento gramatical de Bello”

The Criteria of a Work “Difficult to Surpass”: Ángel Rosenblat and “El Pensamiento Gramatical de Bello”

Barry L. Velleman

Profesor Emérito de la Marquette University, Milwaukee, Wisconsin, USA. Bachelor of Art, State College at Boston, Master of Art y Ph.D., University of Wisconsin-Madison. E-mail: barry.velleman@marquette.edu

Resumen: En el presente ensayo nos proponemos resumir unos aspectos importantes del pensamiento gramatical de Andrés Bello (1781-1865), utilizando los criterios analizados por el lingüista polaco-argentino-venezolano Ángel Rosenblat (1902- 1984). En dos discursos de los años 60 (Rosenblat 1965 [1961], 1966), Rosenblat investigó la contribución de Bello a los estudios gramaticales a base de cinco principios (la limitación de la semántica, la lógica y la latinización; la descripción funcional; la sincronía). Los ensayos de Rosenblat documentan no solamente el sistema y la teoría gramatical de Bello, sino también la brillantez de un eximio historiador de las ideas lingüísticas.

Palabras clave: Ángel Rosenblat, Andrés Bello, criterios gramaticales, historia de la lingüística.

Abstract: In this essay we propose to summarize some important aspects of the grammatical thought of Andrés Bello (1781-1865), utilizing the criteria analyzed by the Polish-Argentinian-Venezuelan linguist Ángel Rosenblat (1902-1984). In two papers from the 1960’s (Rosenblat 1965 [1961], 1966), Rosenblat explores Bello’s contribution to grammatical studies on the basis of five principles (limitations on semantics, logic, and Latinization; functional description; synchrony). Rosenblat’s essays document, not only Bello’s grammatical system and theory, but also the brilliance of an outstanding historian of linguistic ideas.

Key words: Ángel Rosenblat, Andrés Bello, grammatical criteria, history of linguistics.

Recibido: 01/04/2014

Aprobado: 10/05/2014

Homenaje a don Andrés Bello en el centenario de su muerte

En noviembre de 1959, el gran lingüista polaco-argentino-venezolano Ángel Rosenblat (1902-1984) presentó, en el Liceo “Andrés Bello” de Caracas, un discurso titulado “El pensamiento gramatical de Bello”.1 Dos años después se publicó este texto. La segunda edición, de 1965, añadió el sub-título “Homenaje a don Andrés Bello en el centenario de su muerte”. Rosenblat había llegado a Caracas, a invitación de Mariano Picón Salas (1901-1965), para establecer el “Instituto de Filología Andrés Bello”, institución inaugurada en 1947, año de otro centenario, el de la publicación de la Gramática de la lengua castellana de Bello. Eminente estudioso de la historia de las ideas lingüísticas ―recordemos su magistral monógrafo sobre “Las ideas ortográficas de Bello” (1981 [1951])― Rosenblat era un investigador sumamente apropiado para poner en relieve la contribución del gran humanista venezolano. Según Francisco Javier Pérez, el breve estudio de Rosenblat sobre el pensamiento gramatical del maestro, junto con otro titulado Andrés Bello a los cien años de su muerte (Rosenblat, 1966), “hacen historia en nuestros estudios sobre la reflexión lingüística” (Pérez, 2006: 104; cf. Rosenblat, 1949). En el presente ensayo nos proponemos resumir unos aspectos importantes del pensamiento gramatical de Bello, utilizando los criterios analizados por Rosenblat.

1. Cuatro criterios de Bello

Rosenblat propone cuatro criterios que, para él, constituyen los “principios fundamentales” de la Gramática de Bello (1965 [1961]: 7).

1.1. El nombre no es la cosa

“... [A]lgunas veces no innovo, sino restauro”, escribió Bello en el magnífico “Prólogo” a su Gramática (1981c [1847]: 126). Vemos ya en la tradición latina, en el Brocense, en Port-Royal la distinción entre las entidades del mundo y las formas del lenguaje que las representan. No se ha observado siempre esta diferenciación. La Gramática de la Real Academia Española, por ejemplo, definía el género nominal como “el accidente gramatical que sirve para indicar el sexo de las personas y de los animales y el que se atribuye a las cosas” (citado en Rosenblat, 1965 [1961]: 10; énfasis añadido). Esta perspectiva semántica exige explicaciones:

En [el caso de] otras [palabras] podemos imaginarnos un raciocinio más sutil, el que discierne incluso en las cosas sin sexo una lejana analogía con esa gran distinción natural [entre ‘masculino’ y ‘femenino’]... Desde esta perspectiva podemos concebir los sustantivos que se han considerado MASCULINOS, como los que eran notables por los atributos de impartir o comunicar, o que eran por su naturaleza activos, fuertes y eficaces... o los que se consideraban eminentes... Los sustantivos FEMENINOS, por el contrario, eran notables por los atributos o de recibir, de contener, o de producir; o que tenían más de lo pasivo en su naturaleza que lo activo; o que eran especialmente hermosos y amables (Harris, 1751: 44-45)2

Interesantemente, unas investigaciones recientes sugieren que el género gramatical puede influir en la percepción de los objetos inanimados, según características que los informantes mismos identificaron como ‘masculinas’ o ‘femeninas’. Por ejemplo, en un estudio (resumido en Boroditsky, Schmidt y Phillips, 2003: 69-71) los hablantes nativos del alemán describieron el concepto ‘llave’ (sustantivo masculino en alemán) con características consideradas como ‘masculinas’ (‘pesada’, ‘dura’, ‘metálica’, ‘útil’, etc.). Los hablantes nativos del español describieron ‘la llave’ con características que ellos habían identificado como ‘femeninas’ (‘dorada’, ‘intricada’, ‘pequeña’, ‘lustrosa’, ‘encantadora’). En cambio, los hispanoparlantes consideraban un ‘puente’ (masculino) como ‘grande’, ‘largo’, ‘fuerte’, ‘muy alto’, ‘peligroso’; los hablantes del alemán asociaron el referente de la palabra correspondiente, femenina, con rasgos supuestamente ‘femeninos’ como ‘hermosa’, ‘elegante’, ‘frágil’, ‘delgada’, ‘pacífica’. Según los investigadores,

Es sorprendente cómo un accidente de gramática (la designación arbitraria de un sustantivo como masculino o femenino) puede tener un efecto sobre la manera en que la gente piensa sobre las cosas del mundo. (Boroditsky, Schmidt y Phillips, 2003: 77)3

No obstante, a pesar de las asociaciones mentales potenciales y las intuiciones que puedan expresar los hablantes nativos, para Bello la conducta gramatical tiene que ser la base de la descripción gramatical. Por consiguiente, “masculino y femenino no significan clases de objetos sino clases de nombres” (1981b : 180). Estas clases se distinguen por la forma de modificación adjetival permitida: “La clase a que pertenece el sustantivo según la terminación del adjetivo con que se construye, cuando este tiene dos en cada número, se llama género” (1981c [1847]: 156; cf. Sánchez de las Brozas, 1976 [1587]: 66). Podemos comparar esta afirmación con la definición del lingüista estructuralista Charles Hockett (1916-2000): “Los géneros son clases de sustantivos reflejadas en la conducta de palabras asociadas” (1958: 231). Los hechos gramaticales, pues, se explican, “no por su adecuación a valores objetivos, sino por el comportamiento gramatical” (Rosenblat, 1965 [1961]: 15). Al mismo tiempo, Trujillo ha demostrado que el “formalismo” de Bello no obedece necesariamente al deseo de eliminar a priori toda consideración semántica si “no se corresponde con un hecho formal, o viceversa” (1981: 79): “...los procederes intelectuales que real y verdaderamente le guían [al uso], o en otros términos, el valor preciso de las inflexiones y las combinaciones de las palabras, es un objeto necesario de averiguación...” (Bello, 1981c [1847]: 127).

Por la perspectiva de la concordancia adjetival hay dos géneros en español; sin embargo, “atendiendo a la representación o reproducción de idea precedentes por medio de los demostrativos, hay tres: “masculino, femenino y neutro” (Bello, 1981c [1847]: 263, énfasis en original; Trujillo, 1981: 102-103).

1.2. La gramática no es la lógica

Bello intenta distinguir entre la lógica y la “estructura material” de las oraciones, materia prima de la descripción gramatical. Muchas gramáticas anteriores a la de Bello presuponen un “orden natural” para el lenguaje, orden que indica la secuencia en que concibe sus elementos la mente. Esta perspectiva se encuentra en numerosos autores de la tradición racionalista francesa (Beauzée, Destutt, et c.) y también en la Gramática académica (1781: 240, 1853: 86). Pero, para Bello, “en el lenguaje lo convencional y arbitrario abraza mucho más de lo que comúnmente se piensa” (1981c [1847]: 125). Por consiguiente, se opone Bello a la teoría del “verbo único” y a la noción de Mill según la cual la “existencia real” sea necesaria para el verbo ser; gramaticalmente, la “existencia imaginaria” es idéntica (1981c [1847]: 747-748). “La existencia en abstracto [expresada por la cópula] es un atributo como otro cualquiera” (Bello 1981c [1847]: 746). Anticipando la distinción lógica/estructura de ejemplos como Colorless green ideas sleep furiously ‘Las ideas incoloras verdes duermen furiosamente’ (Chomsky, 1957: 15), Bello establece que Chile es un sustantivo masculino mediante criterios formales, aunque el significado dista de ser sistemático:M[aestro]: Primeramente, .podéis ponerle artículos [a la palabra Chile]?

D[iscípulo]: Creo que no.

M: .Y podéis ponerlo en plural?

D: .Cómo es posible si no hay más de un Chile en el mundo?

M: Puede ser que os equivoquéis.

D: Pero .en qué parte del mundo hay otro Chile?

M: Yo a lo menos tengo noticia de un nuevo Chile.

D: Según eso, .hay dos Chiles? .Y dónde está el segundo Chile?

M: No hay necesidad de averiguarlo. . . [H]abéis, pues, dado un artículo a esta palabra, le habéis juntado adjetivos, los habéis concertado con ella en número y género, y la habéis puesto en plural.

D: Ya veo que Chile es sustantivo de género masculino, y que aun hay casos en que le damos plural (Bello, 1981d [1951, 1884]: 395-396).

Según Rosenblat, “Validez lógica y validez gramatical son de orden distinto” (1965 [1961]: 28).

1.3. La gramática castellana no es la latina

Si Bello intenta separar la descripción del castellano de la lógica y del universalismo, también se opone a la latinización del modelo descriptivo. Esta era, según Rosenblat, “una actitud casi temeraria” (1965 [1961]: 32). De entre muchos análisis que pueden servir de evidencia, notamos específicamente la concepción bellista del “caso nominal” (la Academia siguió declinando los sustantivos invariables del español hasta el siglo XX) y la innovadora terminología de los “tiempos de la conjugación castellana”.4 El gramático del castellano tiene como meta la descripción de las formas y usos “como si no hubiese en el mundo otra lengua que la castellana” (Bello, 1981c [1847]:124). Criticada por Miguel Antonio Caro (1845-1909), Rodolfo Lenz (1863-1938) y otros por haber aislado el español de otras lenguas, esta perspectiva representa la de la lingüística descriptiva y pedagógica del siglo XX.

Como reconoce el mismo Rosenblat, los tres primeros principios de Bello son negativos, “delimitadores”: “… no confundir lo gramatical con la significación, no superponer a lo gramatical lo lógico, no meter la gramática española en el lecho de Procustes de la gramática latina …” (1966: 41). Estos criterios representan, por lo tanto, una crítica de las falacias percebidas en la tradición gramatical. La crítica bellista de las “falacias” de la gramática tradicional (semántica, lógica, comparativa, histórica) prefigura la de los lingüistas estructuralistas del siglo XX (Levin, 1964: 47-49; Velleman, 1978: 60-62). Levin limita la postulación de la “falacia purista” a casos que “vayan más allá de la necesidad pedagógica” (1964: 48-49), aceptando el prescriptivismo como inevitable en la planificación lingüística. Bello procura evitar en su Gramática un “purismo supersticioso” (1981c [1847]: 129), y arguye que “Chile y Venezuela tienen tanto derecho como Aragón y Andalucía para que se toleren sus accidentales divergencias”, aunque estas requieren la autoridad de “la costumbre uniforme y auténtica de la gente educada” (1981c [1847]: 131). Concluimos con Rosenblat que el purismo de Bello es “moderado y conciliador” (Rosenblat, 1966: 28).

El cuarto principio de Bello, y el “fundamental” según Rosenblat (1966: 41), es afirmativo: la descripción funcional de los elementos gramaticales.

1.4. Las categorías gramaticales son categorías funcionales

En el “Prólogo” a su Gramática, Bello se refiere a la Gramática de Vicente Salvá (1786-1849), llamándola “el depósito más copioso de los modos de decir castellanos”. Sin embargo, a la obra de Salvá le faltaba “... una teoría que exhibiese el sistema de la lengua en la generación y uso de sus inflexiones y en la estructura de sus oraciones, desembarazado de ciertas tradiciones latinas que de ninguna manera le cuadran.” (1981c [1847]: 126).

Para Bello, la Gramática de Salvá sobresale como inventario y fuente de datos que describen el uso llamado “correcto” sin “abstracciones ideológicas”; pero en la obra del gramático valenciano los sistemas morfológico y sintáctico del castellano no se describen adecuadamente, sin referencias al modelo del latín. El venezolano ofrece la definición del verbo de Salvá ―citada sin identificar al autor― como ejemplo de una definición defectuosa. Esta definición de “uno de nuestros más respetados gramáticos” considera el verbo como la parte de la oración que “...significa movimiento o acciones de los seres, la impresión que estos causan en nuestros sentidos, y algunas veces el estado de estos mismos seres, o la relación abstracta entre dos ideas.” (citado en Bello, 1981c [1847]: 749).

Bello comenta que esta “no es una definición del verbo, sino una enumeración de las diferentes especies de verbos, según su significado” (749), crítica paralela a la de los lingüistas estructuralistas que descreditaban la definición semántica de las clases formales.5 La definición de las partes de la oración debe basarse, no en la semántica, sino en la función que estos elementos desempeñan en el discurso. “La clasificación de las palabras,” dice, “es propiamente una clasificación de oficios” (1981c [1847]: 744). De ahí que Bello defina el sustantivo como “palabra que puede servir para designar el sujeto de la proposición” (1981c [1847]: 152). Esta definición de funcionamiento sintáctico “potencial” ha sido criticada por muchos, entre ellos Lenz (quien adoptó una caracterización semejante: “toda palabra que sirve de sujeto activo o pasivo”: Lenz, 1944: 123; cf. Calero Vaquera, 1986: 72), Fidel Suárez (1885: 22), Gili y Gaya (1964: 206-207) y Ángel Rosenblat (1965 [1961]: 42). Esta definición se parece a las “reglas fáciles” de algunas gramáticas racionalistas francesas, reglas informales destinadas a simplificar las definiciones semánticas con motivos nemotécnicos.6

En sus “Compendios” más populares, Bello se vale de definiciones semánticas tradicionales de las partes de la oración. Según el “Compendio de gramática castellana”, “los sustantivos señalan los seres, personas y cosas en que pensamos” (1981a [1862]: 237); Bello afirma que en las definiciones de este resumen pedagógico “no se ha procurado una exactitud rigorosa” (1981a [1862]: 235). En su “Norma para los ejercicios”, apoyando otra definición semántica del sustantivo de su “Gramática castellana” inédita hasta 1937, Bello ofrece una caracterización más bien sintagmática (posición después del artículo), semejante a las de muchas gramáticas pedagógicas británicas (1981d [1951, 1884]: 391; vid. Michael, 1970: 516-517).7

2. Un quinto “criterio”: la descripción gramatical es sincrónica

En sus “Conclusiones”, al final de “El pensamiento gramatical de Bello”, Rosenblat añade un “criterio” más, como defensa de Bello contra una crítica de Cuervo (1844-1911), crítica repetida como ataque en un artículo del chileno José María Díaz (1845-1921: 1886) y más atenuada en Menéndez Pelayo (1856-1912: 1972). Para la época de Cuervo, la explicación histórica había reemplazado a la explicación filosófica, y una gramática “científica” combinaba “el método preceptivo con el histórico” (Rosenblat, 1965 [1961]: 43). Andrés Bello conocía profundamente la historia de la lengua castellana. Pero con intención la eliminó de la descripción gramatical sincrónica que se había propuesto escribir. Rechaza Bello las elipsis cuando la construcción elíptica se ha hecho habitual: “La elipsis pertenece entonces a los antecedentes históricos de la lengua, no a su estado actual” (1981c [1847]: 161, n.) Ya había escrito en 1832: “[U]na gramática no debe representar lo que fue, sino lo que es actualmente” (1981b: 181). Y en la Nota III de la Gramática, añadida en 1857, al criticar la definición del verbo de Gómez Hermosilla (1771-1837): “.Y qué diremos de una teoría que no se adapta a lo que es hoy la lengua, sino a lo que se supone que fue?” . . . “Ver en las palabras lo que bien o mal se supone que fueron, y no lo que son, no es hacer la gramática de una lengua, sino su historia” (1981c [1847]: 749-750). Por varias razones, Bello no pudo haberse familiarizado con el desarrollo de la lingüística diacrónica alemana de la primera mitad del siglo XIX.8 En todo caso, el venezolano entendió que la sincronía es “una posición del lingüista, no una realidad de la lengua. Para analizar el sistema hay que inmovilizarlo” (Manacorda de Rosetti, 1964: 91; vid. Alonso, 1972: xxii; Trujillo, 1981: 104, n. 15).

3. Una “docencia americana”: sistema y teoría

La obra de Andrés Bello, a pesar de los numerosos campos en que escribió, constituye una unidad: son materiales para un plan civilizador, un plan para el progreso social. Amado Alonso (1896-1952), el maestro de Rosenblat, escribió que

[el] apostolado idiomático [de Bello] es parte de la responsabilidad de las nuevas patrias americanas. . . Elevar cuanto antes la ilustración en las nacientes repúblicas, y para ello elevar y depurar el instrumento obligatorio de todo cultivo y propagación de las ciencias y las artes, que es la lengua nacional. (1972: xi)

Jaime Concha ha argüido que la Gramática de Bello y su Código civil obedecen a un objetivo común, en el que la “ley” trata de imponerse e incluso erradicar a la “costumbre” (Concha, 1996: 148). El paralelismo es fascinante. Como indicó David Mellinkoff , “La ley es una profesión de palabras” (1963: vi). Y las palabras, el lenguaje común, son para Bello la base de la administración de justicia, del progreso social y moral, y por ende del orden.9 Brenda Danet ha escrito sobre la ley y “el uso del lenguaje en la negociación del orden social” (Danet, 1980: 448-449; énfasis añadido). Al describir un modelo gramatical destinado a mantener la unidad del idioma para quitarles estorbos “a la difusión de las luces, a la ejecución de las leyes, a la administración del Estado, a la unidad nacional” (Bello, 1981c [1847]: 12), Bello creó “el primer gran sistema de la lengua española” (Rosenblat, 1965 [1961]: 41). Y este sistema implica, no solamente la descripción adecuada de los elementos, sino también una teoría dentro de la cual la descripción es consistente y coherente. De ahí que enfatice Rosenblat el concepto bellista de “teoría”, citando extensamente el “Prólogo” de la “Análisis ideológica de los tiempos”:

Una explicación en que cada hecho tiene su razón particular que solo sirve para él, y los diversos hechos carecen de un vínculo común que los enlace y los haga salir unos de otros, y en que por otra parte las excepciones pugnan continuamente con las reglas, no puede contentar al entendimiento. Pero cuando todos los hechos armonizan, cuando las anomalías desaparecen, y se percibe que la variedad no es otra cosa que la unidad, transformada según leyes constantes, estamos autorizados para creer que se ha resuelto el problema y que poseemos una verdadera TEORÍA [mayúscula en original], esto es, una visión intelectual de la realidad de las cosas. La verdad es esencialmente armoniosa. (citado en Rosenblat, 1966: 34-35)

Es decir, “todas las verdades se tocan” (Bello, en Jaksić, Lolas y Matus Olivier, 2013: 28). Esta preocupación bellista por encontrar el orden de los fenómenos lingüísticos ―otra manifestación del “orden” que siempre buscaba el maestro― lo lleva a sus grandes clasificaciones, como la de los significados de los tiempos según su anterioridad, coexistencia o posterioridad en relación con el momento presente, pasado o futuro (1981c [1847]: 400-432):

[L]o que a primera vista era caprichoso y complicado, aparece entonces regular y analógico, y presenta la unidad en la variedad, que el es carácter inequívoco de un verdadero sistema. (1981c [1847]: Nota XIII, 772) y la de las formas de los verbos irregulares según los “grupos de formas afines” (1981c [1847]: 359-386):

…[E]s muy notable la consecuencia que guarda la lengua, y la regularidad, como he dicho antes, de sus mismas irregularidades… [D]esentrañar el mecanismo de la lengua algo más allá de lo que puede ser necesario para la práctica, no es materia que deba considerarse como ajena de la Gramática. (1981c [1847]: Nota XI, 769)

Por el “sistema” que proviene la lengua misma, Bello intenta llegar a la “teoría” del idioma.

En 1986, María Luisa Calero Vaquera publicó una historia de la gramática española, en la que estudió unas setenta gramáticas del español escritas entre 1847 y 1920 (es decir, entre Bello y Lenz). Reveladoramente, la profesora Calero Vaquera dedica el último párrafo de su libro al primer gramático (cronológicamente) que investigó:

Mención aparte merece Bello, quien, conjugando sabiamente lo más aprovechable de la tradición (tanto grecolatina como racionalista) con sus reflexiones personales, construyó un sólido sistema gramatical difícilmente superable. . . (1986: 269)

Esperamos haber mostrado que los ensayos de Rosenblat documentan no solamente el sistema y la teoría gramatical de Bello, sino también la brillantez de un eximio historiador de las ideas lingüísticas.

Notas

1 Sobre la biografía y obra de Rosenblat, vid. Stefano (2003), Hernández (2007) y Pérez (2003).

2 Son mías todas las traducciones al español – BLV

3 Vid. la interesante discusión de “sexo” y “género” en Calero Vaquera, Lliteras Poncel y Sastre Ruano (2003: 27-34). Hasta los lingüistas participan en el sexismo pronominal: en inglés, es una convención común en la lingüística utilizar he ‘él’ para referirse al hablante genérico (productivo) y she ‘ella’ para referirse al oyente genérico (receptivo): vid. Pinker, 2007: 376- 377.

4 Los sustantivos del español carecen de “casos”, un término definido por Bello, en su descripción del pronombre yo, como “variedades de forma según las diferentes relaciones en que se halla [el pronombre] con las otras palabras de la proposición” (1981c [1847]: 238). El supuesto “caso nominal” castellano es “donde más claro se ve el prestigio falaz de la reminiscencias latinas” (1981c [1847]: Nota VI, 757).

5 “Este procedimiento de expansión [acumulando tipos semánticos en las definiciones] puede ser forzado aún más aduciendo formas adicionales, hasta que la definición se hace tan particular que ya no es una afirmación general sino solamente una lista” (Levin, 1964: 47).

6 Condillac (1715-1780), por ejemplo, ofrece una “regla fácil” para reconocer el sustantivo: “tout nom qui est le sujet d’une proposition est donc un nom substantif ” (1970 [1775]: 439). Sin embargo, su definición formal de la categoría es semántica (y etimológica): “tout nom de substance” (1970 [1775]: 460).

7 Por ejemplo, el gramático estadounidense en Inglaterra, Lindley Murray (1745-1826), después de definir el sustantivo semánticamente (“el nombre de cualquier cosa que exista, o de la que tengamos noción”), ofrece una “regla fácil”: “Un sustantivo puede distinguirse, en general, por permitir antes de sí un artículo . . .” (1809 [1795]: 41). La obra de Murray era la gramática pedagógica inglesa más popular durante los años londinenses de Bello (1810-1829), y figuraba en la biblioteca particular del maestro venezolano (ed. de 1815: Velleman, 1995: 228).

8 Los métodos de la lingüística diacrónica, durante estos años, se limitaban casi exclusivamente a Alemania, y parece seguro que Bello no leía alemán (Menéndez Pelayo 1972 [1927]: 147).

9 Cf. Jaksiæ: “El lenguaje era tal vez el pilar más importante de su concepto de república” (2001: 187); también Jaksiæ (2003), Niebles Reales (2007) y Straka (2006: 54), para quien “El Código Civil de Chile. . . es su gramática llevada hasta el extremo”.

Referencias

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