Universidad, Ciencia y Tecnología
versión impresa ISSN 1316-4821versión On-line ISSN 2542-3401
uct v.14 n.54 Puerto Ordaz mar. 2010
EDITORIAL
La consolidación de la investigación como base del desarrollo sostenible en los países y en las empresas, requiere del apoyo en un marco de políticas públicas a largo plazo promovidas por los gobiernos. Una referencia internacional exitosa de este tipo de políticas son los Programas Marcos de I+D de la Unión Europea, instrumentos estratégicos para la aplicación de una política de ciencia, tecnología e innovación para el desarrollo sostenible de Europa. En estos programas convergen de elementos fundamentales de planificación, organización, marco legal y la asignación de los recursos necesarios para desarrollar dichas políticas. El caso venezolano, es interesante comentarlo, se cuenta con un marco legal de avanzada muy adecuado a los requerimientos tecnológicos y sociales del siglo XXI. El Articulo 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela indica "El estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país...". En la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, LOCTI, se establecen los principios fundamentales para cumplir con lo establecido en la constitución a nivel institucional, de planificación, de organización y dotación de recursos para garantizar los requerimientos de las empresas, la comunidad y el país. En 2005 se formuló el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, PNCTI, 2005-2013, cuyo propósito es proyectar el desarrollo tecnológico del país a largo plazo, estableciendo tres objetivos estratégicos, la independencia científica y tecnológica; la ciencia, la tecnología para la inclusión social y el fortalecimiento de las capacidades científicas y tecnológicas del país. Este plan fue robustecido con el lanzamiento de la Misión Ciencia en 2006, a objeto de socializar la Ciencia, es decir, la ciencia al alcance del pueblo. A partir de 2006, se comienza aplicar la LOCTI como fuente de financiamiento de las actividades CTI, a través de los aportes e inversión de las empresas de acuerdo a los criterios establecidos en la ley. Hubo entonces un movimiento de recursos financieros muy significativo para el desarrollo de la investigación, particularmente para las universidades.
En este contexto, es oportuno formular algunas interrogantes: ¿se están aprovechando todos estos instrumentos de políticas públicas, léase plan, programas y recursos orientados al fortalecimiento de la ciencia, tecnología e innovación? ¿La infraestructura para la investigación es la más adecuada para responder a los requerimientos de desarrollo de la sociedad venezolana? ¿Fueron aplicados los recursos LOCTI para mejorar la infraestructura de investigación del país? ¿Las empresas han mejorado sus capacidades tecnológicas y de innovación? ¿Cuál es el propósito de centralizar la administración de los recursos LOCTI en el FONACIT? ¿Por qué no se asignan los recursos financieros para cumplir los objetivos estratégicos establecidos en el PNCTI?.
Dra. Minerva Arzola
Directora de la Revista UCT