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Educere

versión impresa ISSN 1316-4910

Educere v.10 n.33 Meridad jun. 2006

 

Educación superior para sordos

Myriam Anzola, Aníbal León y Pedro Rivas

Universidad de Los Andes Mérida - Venezuela

Resumen

La propuesta es producto de la reactivación de la discusión curricular que se iniciara en la Escuela de Educación alrededor del Programa de Formación Docente para el nivel de Educación Básica, en los planteamientos de la Reforma Curricular de la Educación Básica, en las nuevas concepciones de la formación docente y en los planteamientos curriculares de la Escuela de Educación (1995). Hemos desarrollado una derivación de la mención de Educación Básica Integral hacia la educación de estudiantes sordos, orientada por los postulados que brindan la psicolingüística y la sociolingüística en torno a la problemática de la sordera. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla en su artículo 103 el derecho a la educación integral, de calidad y permanente, para toda persona sin más limitaciones que las derivadas de su aptitud, vocación y aspiraciones. En el Artículo 81 establece que el Estado garantizará el derecho a la dignidad humana y a la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidades además de reconocer a las personas sordas o mudas el derecho a comunicarse y expresarse a través de la Lengua de Señas Venezolana por lo que darle vida a esta nueva mención permitirá darle fiel cumplimiento a esta previsión constitucional. Por otra parte la Universidad de Los Andes, ha sido la universidad venezolana que desde 1986 ha realizado estudios psicolingüísticos en Lenguas de Señas, pioneros en América Latina que legitiman la Lengua de Señas Venezolana. La Facultad de Humanidades y Educación cuenta con una planta profesoral y de investigación con formación académica y pionera en el país para asumir la responsabilidad de darle concreción a esta propuesta para incorporar a población sorda venezolana a los estudios universitarios.

Palabras clave: lengua de señas venezolana, educación superior, sordos

University education for the deaf

Abstract

The proposal is the result of the reactivation of the curricular discussion which began in the School of Education, based on the Teacher Training Program for Primary Education, in the Curricular Reform statements for Basic Education, in the new concepts of teacher training and in the curricular statements from the School of Education (1995.) We have developed a sub-track from the Basic Education degree for the education of deaf students, set by the premises offered by psycholinguistics and socio-linguistics with regards to the problems that arise with deafness. The Constitution of the Bolivarian Republic of Venezuela establishes in article 103 the right to holistic, quality and permanent education, for all people without limitations less those coming from aptitude, vocations and aspirations. Article 81 establishes that the State will guarantee the right to human dignity and to equal opportunities for those with disabilities, as well as recognizing the right of deaf or mute people to communicate and express themselves using Venezuelan Sign Language. To give new life to this degree will allow the fulfillment of this constitutional provision. On the other hand, the University of Los Andes has been the Venezuelan university that since 1986 has undertaken psycholinguistic studies in Sign Language, pioneers in Latin America that legitimize Venezuelan Sign Language. The Faculty of Humanities and Education has the research personnel and professors with the academic training to take on the responsibility of making this proposal come true and incorporate the deaf Venezuelan community to university studies.

Key words: Venezuelan Sign Language, university education, deaf people

Fecha de recepción: 04-04-06  Fecha de aceptación: 18-04-06

Como parte de la reactivación de la discusión curricular que se iniciara en la Escuela de Educación de la Universidad de Los Andes alrededor del Programa de Formación Docente para el nivel de Educación Básica, enmarcada en los principios generales de la Resolución No. 1 del Ministerio de Educación (1996), en los planteamientos de la Reforma Curricular de la Educación Básica, en las nuevas concepciones de la formación docente y en los planteamientos curriculares de la Escuela de Educación de la ULA (1995), desarrollamos una mención actualizada hacia la educación de estudiantes sordos del nivel educativo básico, orientada por los postulados actuales que brindan la psicolingüística y la sociolingüística en torno a la problemática de la sordera.

En el caso de la Educación Superior para estudiantes con necesidades especiales, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla en su artículo 103 el derecho a la educación integral, de calidad y permanente, para toda persona sin más limitaciones que las derivadas de su aptitud, vocación y aspiraciones. Igualmente establece que la ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad para su incorporación y permanencia en el sistema educativo. Con relación al Capítulo de los Derechos Civiles, en el artículo 81 se establece que el Estado garantizará el derecho a la dignidad humana y a la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidades, además de reconocer a las personas sordas o mudas el derecho a comunicarse y expresarse a través de la Lengua de Señas Venezolana por lo que darle vida a esta nueva mención permitirá darle fiel cumplimiento a esta previsión constitucional. La Universidad de Los Andes, a través de su Departamento de Lingüística ha sido la universidad venezolana que desde 1986 ha realizado estudios lingüísticos en Lenguas de Señas, pioneros en América Latina. Estos estudios describen los aspectos morfológicos, sintácticos, pragmáticos y pscolingüísticos que legitiman la Lengua de Señas Venezolana. Es así que la Facultad de Humanidades y Educación de nuestra universidad cuenta con una planta profesoral docente y de investigación con calificada formación académica especializada en el área y pionera en el país para cooperar en la responsabilidad de darle concreción a una propuesta para incorporar a población sorda venezolana a los estudios universitarios.

Desde el año 2003 la Universidad de Los Andes forma parte de la Red de la Cátedra Discapacidad integrada a la Cátedra Libre Discapacidad de la UCV, ésta se crea como un espacio universitario para la información y sensibilización sobre la discapacidad, sus características, problemas y soluciones, reflejando los avances teóricos y perspectivas actuales, promoviendo su investigación y desarrollo permanente en pre y postgrado, con cursos talleres, foros y la realización de eventos científicos buscando la participación de reconocidas universidades internacionales, abriendo espacios a otras instituciones de educación superior venezolanas, centros educativos, organizaciones y grupos de padres, con un propósito común. En esta red la ULA presentó su propuesta de educación universitaria para sordos como aporte a la Educación Superior para personas discapacitadas sensoriales y continúa integrada a ella a través de la Facultad de Humanidades y Educación. Las materias nuevas desarrolladas para el currículum igualmente fueron aprobadas por la Comisión Curricular Central como una adaptación de las materias de la Mención de Lenguas Modernas desarrollada para un estudiante sordo que cursó dicha mención.

1. Un diseño especial

El diseño curricular se caracteriza por estar centrado en las disciplinas clásicas del conocimiento pedagógico, psicológico, sociológico de las áreas del conocimiento prescritas en el Currículo de la Educación Básica y en los postulados que sustentan el desarrollo de la identidad y la cultura de la comunidad sorda venezolana como representantes de una minoría lingüística condicionada por un impedimento sensorial. Su estructura está conformada por tres componentes: uno, común, de concentración disciplinaria general que contempla las áreas de ciencias sociales, ciencias naturales, lenguaje y educación, uno de formación especializada en el área de “Identidad y Cultura Sorda”, complementada por materias de formación general, y el componente de prácticas profesionales docentes. Por lo tanto el diseño curricular que se propone contiene las revisiones necesarias y adecuaciones al Diseño Curricular General de la Escuela de Educación para la formación docente, conservando sus requerimientos generales: De acuerdo con el currículo vigente los cambios están propuestos con “un espíritu académico de innovación y cambio que se manifiesta impulsando nuevas búsquedas”. Es un diseño que responde a las características contemporáneas de la sociedad venezolana, a las características y necesidades del estudiante sordo que aspira a ser parte de una sociedad educadora, a la dinámica del conocimiento en permanente crecimiento y revisión y a las exigencias mismas del trabajo docente, todo ello en atención a las reformas curriculares impulsadas por el Estado y a la concepción de la práctica pedagógica dirigida a estudiantes sordos del nivel de educación básica, en los períodos iniciales de crecimiento y formación. En esta nueva aproximación al currículum contemplamos aproximaciones a las tendencias curriculares actuales, como las que expresa Morin (1990): “el currículo debe ser visto como un proceso incierto, complejo y circular…” lo cual nos induce a presentar formatos de acción conjunta con los participantes en proceso de formación. Por otra parte y en este mismo sentido, la Comisión Nacional de Currículo propone diseños que vayan desde lo interdisciplinario y pluridisciplinario hasta llegar a lo transdisciplinario. Ademas cumple con cinco principios básicos y clásicos en la teoría curricular: pertinencia, calidad, integralidad, flexibilidad y validez.

En virtud de que trabajamos con la población sorda venezolana requerimos considerar un plan de formación profesional inédito en el país que responda a las necesidades imperantes entre la población estudiantil sorda incorporada a la educación básica de las escuelas de sordos. Estas están enmarcadas en el enfoque del bilingüismo. Bajo este enfoque, con los aportes de la lingüística, la psicolingüística y la psicogenética, se redimensionó la educación del sordo. Se empieza a promover el desarrollo lingüístico y cognoscitivo del niño mediante la aplicación de metodologías que respondan a las necesidades específicas de la población sorda. Teóricamente los fundamentos que sustentan esta propuesta pedagógica son:

- Configuración de un entorno lingüístico de señas para garantizar el desarrollo normal del lenguaje.

- Promoción del proceso de aprendizaje de la lengua escrita.

- Aprendizaje de la lengua oral como segunda lengua:

A pesar de la nueva dimensión que se pudo obtener a través de una postura pedagógica diferente adoptada desde 1989 por el Ministerio de Educación, las carencias mantenidas en el entorno de aprendizaje hacen que la condición lingüística del sordo continúe siendo un problema con grandes implicaciones en el proceso de aprendizaje en general y de la lengua escrita en particular. Estas carencias, podrían atribuirse en gran medida al hecho de obviar en la praxis dos de los fundamentos de la propuesta pedagógica, los referidos al aprendizaje de la lengua oral y escrita.

- El acceso de la población sorda a la lengua escrita:

De las reflexiones que podemos hacer ante este escenario, la más importante radica en la dificultad que posee el sordo para utilizar la lengua escrita en todas sus posibilidades con un mínimo de eficiencia. Tal limitación incide negativamente en varios aspectos, entre los cuales es definitivo el hecho de que al no poder consumar de manera eficiente la lectura y la escritura, su conocimiento general se ve necesariamente restringido, convirtiéndose en una persona culturalmente desfavorecida además de tener pocas posibilidades de comunicación e interacción social. Es por ello que la nueva mención contempla como un eje transversal e ineludible el aprendizaje de la lengua escrita como un reto fundamental y una meta impostergable para el estudiante con deficiencia auditiva.

2. El conocimiento científico sobre la Lengua de Señas Venezolana

Tal como lo presenta Pietrosémoli (1989), los sordos existieron siempre en nuestro país, pero no siempre tuvieron la oportunidad de desarrollar la lengua de señas para su comunicación. Fue recientemente cuando los sordos comenzaron a agruparse en comunidades (asociaciones, escuelas, clubes, etc.) usando la lengua de señas no sólo para cubrir las necesidades básicas, sino como mediadora para interactuar e intercambiar conocimientos. De esta forma se ha ido generando el desarrollo de esta lengua, se ha ampliado su léxico y especializado su propia morfología y sintaxis tal como lo han comprobado algunos lingüistas como Pietrosémoli (1989), Oviedo (2000), Anzola (1996) entre otros. El hecho de que la lengua de señas se encuentre en un proceso inicial de desarrollo trae como consecuencia que no exista actualmente un ambiente ni familiar, ni social, ni educativo, con un mínimo de idoneidad que permita el desarrollo natural del lenguaje.

Para Stokoe, citado por Pietrosémoli (1989) “las lenguas de señas son tan viejas como la raza humana” de hecho aparece una mención de ellas en el Cratilo de Platón (s. V a. C.) Las lenguas de sordos son recreadas y transformadas por sus hablantes a lo largo de generaciones de uso lingüístico. En el caso de la LSV Pietrosémoli, quien ha sido pionera en su estudio hay que buscar sus orígenes haciendo estudios de relación con otras lenguas de señas. Probablemente tenga parte del léxico de la Lengua de Señas Francesa, por vía de la Lengua de Señas Española y como de la Americana. La sintaxis, el verdadero corazón de la lengua, debe haberse formado hace muchos años en el ámbito del sordo venezolano. Hoy en día llamamos Lengua de Señas Venezolana a una serie de dialectos “hablados” por los sordos venezolanos con alto grado de inteligibilidad entre sí.

3. El conocimiento del bilingüismo

Los lingüistas entienden por bilingüismo la situación lingüística en que los hablantes utilizan alternativamente, de acuerdo con el contexto comunicacional, dos lenguas diferentes. Esta definición siempre es compleja por cuanto su significado no es único. Es un fenómeno multidimensional influido por variables políticas, sociales, económicas, históricas y culturales, además de la historia personal de los sujetos.

4. El bilingüismo en el sordo

La educación bilingüe en el caso del sordo se considera como un programa de inmersión en el quetoda la educación curricular se da en una lengua diferente a la materna. Un individuo es considerado bilingüe si tiene una competencia lingüística equivalente en dos lenguas. La edad de adquisición de la segunda lengua influye no sólo en el funcionamiento cognitivo de los bilingües sino en otros aspectos del desarrollo neuropsicológico y sociocultural.

De acuerdo a Linares y Anzola (1998) hablar de bilingüismo en la educación del sordo conlleva el reconocimiento de la existencia de dos lenguas. En nuestro país éstas serían el español y la LSV-Lengua de Señas Venezolana. En los sordos el bilingüismo no resulta ser una opción voluntaria sino una necesidad imperiosa de subsistencia cultural, debido a que es el único medio que tiene el sordo para apropiarse de la lectura y la escritura que le permite tener acceso al conocimiento y por ende a los diferentes niveles educativos. Es por ello, que en el sordo el bilingüismo está determinado por el dominio de la lengua escrita, más que por la competencia oral, y por el uso de la LSV. A esto se suma la importancia que tiene el momento en que se adquiere una lengua, ya que influye no sólo en el funcionamiento cognitivo, sino también en otros aspectos del desarrollo neuropsicológico y sociocultural; por ello mientras más pronto se inicie esta condición de bilingüismo, más fácil se dará el desarrollo integral del niño sordo. Es importante tener presente que si la apropiación de la segunda lengua (español) se inicia cuando la primera lengua (LSV) está ya sólidamente establecida, los aprendizajes se apoyarán en buena parte en mecanismos de traducción; mientras que si la segunda lengua se propicia en un medio escolar, los aprendizajes se apoyarán en una reflexión consciente sobre las estructuras gramaticales de las dos lenguas. El dominio de la estructura lingüística del español, no es fácil para el sordo. La interacción de dos lenguas da lugar a interferencias lingüísticas, que son la confusión entre elementos de dos sistemas lingüísticos.

5. La administración del plan de estudios

La modalidad de administración contempla un plan de estudios más flexible y de sistema de apertura temática innovador en la Universidad de Los Andes, hasta ahora el único en la Facultad de Humanidades y Educación. El Régimen Lectivo Académico se rige por los criterios establecidos en el Reglamento de Semestre, Unidades Créditos. En tal sentido, el estudiante considerará culminada su carrera de formación cuando haya cubierto un mínimo de ciento treinta unidades créditos (130 uc), y haya cumplido con las prácticas y pasantías docentes y defendido la memoria de grado. Bajo este régimen un crédito equivale a una hora teórica, a dos horas prácticas o a tres horas de laboratorio semanal. Abarca una escolaridad de 130 unidades créditos, de las cuales ciento cinco (105 uc.) se cubrirán a través de cursos, seminarios y talleres, veinticinco (25 uc.) corresponden a actividades especiales de tutoría: seminarios especiales, cursos breves, investigaciones cortas, estudios independientes tutorados, pasantías breves, ponencias en seminarios y congresos, ciclos de conferencias, etc. Los créditos que correspondan a cada una de las modalidades de las actividades especiales serán acordados por el tutor de acuerdo a la complejidad y extensión del trabajo realizado por el estudiante e informado a la Coordinación del Programa de Educación Básica, de la cual dependerá para el debido trámite a la Coordinación Docente de la Facultad. El número de créditos asignados al trabajo del estudiante en cualquiera de las modalidades no excederá de tres unidades.

El último semestre, una vez concluida la escolaridad total de la carrera y los niveles previos de las Prácticas Docentes, el estudiante se dedicará a una pasantía rural, con una duración mínima de tres meses, y a la culminación de la Memoria de Grado cuyo Proyecto ya debió haberse concluido para ese momento. Las Prácticas Docentes y la Memoria de Grado son requisitos obligatorios que no tienen créditos asignados en el Plan de Estudio.

* Aníbal León. Docente e investigador de la Escuela de Educación, Facultad de Humanidades y Educación. Universidad de Los Andes.

* Myriam Anzola es: Lingüista. Doctora en educación. Investigadora PPI-PEI. Profesora asociada. Cátedra de Sociología y Desarrollo del Lenguaje. Postgrado de Lectura. Universidad de los Andes. * Pedro Rivas. Miembro del personal docente y de investigación de la Escuela de Educación de la Facultad de Humanidades y Educación de la Universidad de Los Andes.

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