INTRODUCCIÓN
La Convención sobre los Derechos del Niño y Adolescente. (1989) con aplicación y compromiso internacional sobre derechos humanos, precisó que los infantes, por su edad, se encuentran en pleno desarrollo social, mental y físico. Apell, et al. (2019) manifiesta que es de aplicación obligatoria para los Estados partes, sirvió para promover medidas de protección y respeto a los infantes en su derecho a la educación, sobrevivencia, salud. Asimismo, se propuso la creación de instituciones de protección para la defensa del infante en los casos de violencia, explotación, venta de niños, pornografía, prostitución, participación en conflictos bélicos, sin importar su raza, sexo, condición social, etc. (Beitchman, J.H., et al. 1991).
La Organización Mundial de la Salud. (2020) informó que, aproximadamente, uno de cada cinco damas y uno por cada 13 varones, sufrió abusos sexuales en la infancia; así también, la Organización Panamericana de la Salud.(2020) Informó que: a nivel del mundo, un infante por cada dos de los 2 a 17 años sufrió actos de violencia anualmente en su vida, por esta investigación mundial se estimó que el 58% de los infantes de ambos sexos en América Latina, y el 61% en América del Norte sufrieron abuso físico, sexual o emocional en el último año.
En este orden de ideas, Mendoza-Caro. (2022) plantea lo siguiente:
En nuestro país, se tienen muy en cuenta los derechos de las personas, así como la Convención sobre los Derechos del Niño y del Adolescente, comprometiéndose a reconocer sus derechos como tener una vida conveniente para lograr su mejora física, mental y socialmente, para ello los padres encargados deben cumplir responsabilidades dentro de sus medios a fin de lograr las circunstancias de vida necesarios para lograr el progreso del niño, e incluirlo en la sociedad para su desarrollo. (p.6)
Al respecto, Gil (2017) en sus escritos en México, indicó que la gravedad de violencia sexual hacia los infantes de menos de 18 años está en la clandestinidad, no denunciaron por miedo, las autoridades no emitieron confianza, no se tuvo conocimiento de la gravedad de los daños y consecuencias negativas físicas y psicológicas para el menor. Asimismo, García y Huamán (2020) indicaron que los programas son procesos metódicos destinados a lograr un objetivo específico, prevención, donde los esfuerzos de las personas deben sumarse, así como de las familias y colectividades, con el fin de brindar protección adecuada a la realidad en los lugares donde se dirige el plan, emitir información y capacitación, en los padres de familia ayudó a identificar los casos de acoso y, denunciarlos, les proporcionó herramientas para poder superar el problema.
Por ello, el autor, Arrunátegui Bayona. (2019) plantea lo siguiente:
La indemnidad sexual debe ser entendida como una manifestación de la dignidad de la persona y el derecho de todo ser humano, en el caso de los menores, a un libre desarrollo de su personalidad sin intervenciones traumáticas en su esfera íntima por parte de terceras personas, las cuales pueden generar huellas indelebles en el psiquismo de la persona de por vida. (p.67)
Por otro lado, según la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nuevo Chimbote un investigado de 57 años tocó, acosó y abusó sexualmente de un hombre con discapacidad intelectual moderada; así también, en este mismo distrito la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nuevo Chimbote, logró que se imponga cadena perpetua al sujeto, que realizó tocamientos y luego abusó sexualmente de su hijastra, por siete años, todos estos casos se iniciaron con tocamientos que no fueron identificados por ellos ni denunciados y llevaron a una violación sexual hechos publicados por el (Ministerio Público, 2019).
Consecuentemente, lo dicen Gurung, Priyadarshini & Margaret, (2016) que hay casos de acosos que por desconocimiento no se denunciaron; siendo esta situación preocupante y a la fecha existen ciudadanos que no saben dónde acudir. Para ello necesitan ser instruidos de los actos que configuran este delito, los peligros, para saber tomar medidas en el caso de ser víctimas (Ministerio de Educación de Ecuador, 2020).
De acuerdo al desarrollo argumentativo se plantea como objetivo general determinar el impacto del programa indemnidad en la protección de los derechos del menor, Perú.
MÉTODO
La investigación se desarrolla desde el paradigma positivista y desde la perspectiva cuantitativa, mediante la búsqueda, recolección y análisis crítico documental, referencial bibliográfico y estudios de investigación, en este sentido, desde un diseño bibliográfico de tipo documental, el investigador realizó un proceso investigativo en donde la población de estudio se fundamentó, básicamente, en documentos escritos como trabajos arbitrados, revistas científicas entre otros, para indagar los escritos relacionados con el tema tratado, se consideró el análisis de contenido de la información recopilada, lo que permitió la formulación de resultados. Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes, extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más, para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Además, se emplea un estimador de promedio como la media, considerada como el punto de equilibro de una base de datos, obteniéndose mediante la suma de todo el conjunto de valores, dividida entre el número total de valores. Se empleó el Kolmogórov-Smirnov.
RESULTADOS
Luego del desarrollo del método indicado por los investigadores, se presentan a continuación los resultados obtenidos.
Tabla 1. Niveles de la efectividad del programa educativo indemnidad sobre la protección en derechos de los menores en los padres de familia.
| Niveles | Pre Test | Post Test | Diferencia | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| fi | % | fi | % | fi | % | |
| Bajo | 18 | 22.8% | 0 | 0.0% | 18 | 22.8% |
| Regular | 52 | 65.8% | 1 | 1.3% | 51 | 64.6% |
| Alto | 9 | 11.4% | 78 | 98.7% | 69 | 87.3% |
| Total | 79 | 100.0% | 79 | 100.0% | ||
Elaboración: Los autores.
Tras un análisis de la efectividad que el programa educativo indemnidad sobre la protección en derechos de los menores en los padres de familia de la I.E en Nuevo Chimbote, se han obtenido los resultados siguientes:
Respecto al nivel bajo se ha evidenciado que el en pre test se ha reflejado un valor del 22.8%, mientras que en el post test no se han presentado valores, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 22.8%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
En cuanto al nivel regular se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 65.8%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 1.3%, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 64.6%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Por último, se menciona al alto se ha evidenciado que el en pre test se ha reflejado un valor del 11.4%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 98.7%, ello ha permitido afirmar que se ha incrementado en 87.3%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Tabla 2. Niveles de la efectividad del programa educativo sobre la indemnidad de los derechos del menor en los padres de familia.
| Niveles | Pre Test | Post Test | Diferencia | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| fi | % | fi | % | fi | % | |
| Bajo | 28 | 35.4% | 0 | 0.0% | 28 | 35.4% |
| Regular | 40 | 50.6% | 2 | 2.5% | 38 | 48.1% |
| Alto | 11 | 13.9% | 77 | 97.5% | 66 | 83.5% |
| Total | 79 | 100.0% | 79 | 100.0% | ||
Elaboración: Los autores.
Tras un análisis de la efectividad que ha presentado el programa educativo sobre la indemnidad en derechos de los menores, en los padres de familia, de la I.E en Nuevo Chimbote, se han obtenido los siguientes resultados:
Respecto al nivel bajo se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 35.4%, mientras que en el post test no se han presentado valores, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 35.4%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
En cuanto al nivel regular se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 50.6%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 2.5%, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 48.1%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Por último, se menciona al alto, se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 13.9%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 97.5%, ello ha permitido afirmar que se ha incrementado en 83.5%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Tabla 3 Niveles de la efectividad del programa educativo sobre la protección de los derechos del menor en los padres de familia.
| Niveles | Pre Test | Post Test | Diferencia | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| fi | % | fi | % | fi | % | |
| Bajo | 18 | 22.8% | 0 | 0.0% | 18 | 22.8% |
| Regular | 50 | 63.3% | 3 | 3.8% | 47 | 59.5% |
| Alto | 11 | 13.9% | 76 | 96.2% | 65 | 82.3% |
| Total | 79 | 100.0% | 79 | 100.0% | ||
Elaboración: Los autores.
Tras un análisis de la efectividad que ha presentado el programa educativo sobre la protección en derechos de los menores en los padres de familia de la I.E en Nuevo Chimbote, se han obtenido los siguientes resultados:
Respecto al nivel bajo se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 22.8%, mientras que en el post test no se han presentado valores, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 22.8%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
En cuanto al nivel regular se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 63.3%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 3.8%, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 59.5%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Por último, se menciona al alto, se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 13.9%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 96.2%, ello ha permitido afirmar que se ha incrementado en 82.3%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Tabla 4. Niveles de la efectividad del programa educativo sobre el derecho a la atención integral del menor en los padres de familia de la I.E.
| Niveles | Pre Test | Post Test | Diferencia | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| fi | % | fi | % | fi | % | |
| Bajo | 14 | 17.7% | 0 | 0.0% | 14 | 17.7% |
| Regular | 51 | 64.6% | 2 | 2.5% | 49 | 62.0% |
| Alto | 14 | 17.7% | 77 | 97.5% | 63 | 79.7% |
| Total | 79 | 100.0% | 79 | 100.0% | ||
Elaboración: Los autores.
Tras un análisis de la efectividad que ha presentado el programa educativo sobre el derecho a la atención integral del menor, en los padres de familia de la I.E, se han obtenido los siguientes resultados:
Respecto al nivel bajo se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 17.7%, mientras que en el post test no se han presentado valores, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 17.7%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
En cuanto al nivel regular se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 64.6%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 2.5%, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 62.0%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Por último, se menciona al alto, se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 17.7%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 97.5%, ello ha permitido afirmar que se ha incrementado en 79.7%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Tabla 5. Niveles de la efectividad del programa educativo sobre el derecho a la educación del menor en los padres de familia de la I.E.
| Niveles | Pre Test | Post Test | Diferencia | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| fi | % | fi | % | fi | % | |
| Bajo | 19 | 24.1% | 0 | 0.0% | 19 | 24.1% |
| Regular | 46 | 58.2% | 2 | 2.5% | 44 | 55.7% |
| Alto | 14 | 17.7% | 77 | 97.5% | 63 | 79.7% |
| Total | 79 | 100.0% | 79 | 100.0% | ||
Elaboración: Los autores.
Tras un análisis de la efectividad que ha presentado programa educativo sobre el derecho a la educación del menor en los padres de familia de la I.E, se han obtenido los siguientes resultados:
Respecto al nivel bajo se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 24.1%, mientras que en el post test no se han presentado valores, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 24.1%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
En cuanto al nivel regular se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 58.2%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 2.5%, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 55.7%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Por último, se menciona al alto, se ha evidenciado que en el pre test se ha reflejado un valor del 17.7%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 97.5%, ello ha permitido afirmar que se ha incrementado en 79.7%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test.
Normalidad de datos
En la Tabla 6 se observa que la prueba de Kolmogorov-Smirnov para muestras mayores a 50 (n > 50) se detalla que los niveles de significancia para la variable derechos del menor y sus dimensiones, para lo cual se puede analizar que en todos los casos presentados se ubican por debajo del 0.05, por lo tanto, la distribución se considera no normal y el método seleccionado para probar la hipótesis es el método no paramétrico de W de Wilcoxon. (Arias y Covinos,2021).
Tabla 6. Normalidad de datos.
| Kolmogorov-Smirnov | |||
|---|---|---|---|
| Estadístico | gl | Sig. | |
| Indemnidad | ,142 | 79 | ,000 |
| Protección | ,146 | 79 | , 000 |
| Integridad | ,118 | 79 | , 009 |
| Educación | ,171 | 79 | , 000 |
| Derechos del menor | ,157 | 79 | , 000 |
Elaboración: Los autores
DISCUSIÓN
Estos resultados concuerdan con la investigación realizada por Jiménez (2022) a la aplicación de un programa educativo a los docentes en Ecuador con respecto al abuso sexual, se consiguieron instrumentales para la identificación del abusador sexual y el reconocimientos de menores víctimas; concuerda también con Walsh, Zwi, Woolfenden & Shlonsky(2016) quienes encontraron en su investigación que los programas educativos que fueron aplicados a 5800 alumnos de primaria y secundaria en 7 países son eficazmente preventivos para la lucha contra el abuso sexual, en China, Estados Unidos, Alemania, Canadá, España, Turquía y Taiwán sobre los programas educativos a nivel escolar para prevenir el abuso sexual infantil, aumentan el nivel cognoscitivo y protector de los participantes, finalmente los resultados también coinciden con la Investigación realizada con Javier(2021) quien refirió que el programa “Aprendiendo a Cuidar Mi Cuerpo”, mostro efectividad, por que incrementó el nivel de conocimiento sobre las dimensiones de la investigación y habilidades sociales que el programa es eficaz en la prevención del abuso sexual infantil en alumnos del nivel primaria de la I.E. Intercultural Bilingüe "Comunidad Shipiba” investigaciones en la cuales de manera uniforme y coincidente concluyen que han logrado los objetivos planteados con respecto a la efectividad de los programas educativos en la lucha contra los derechos y protección de los menores, en diversos delitos uno de ellos contra la libertad e indemnidad sexual.
Por otro lado, coincide con Tobar citado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2019) cuando argumenta que la indemnidad sexual es considerar la parte biológica, social y jurídica, se entiende biológicamente que es el derecho del adolescente y el niño, a ejercer su sexualidad de modo nativo sin intrusión ni prácticas que por sus características tengan el poder de pervertirlos o desquebrajar su libre desarrollo.
Con respecto a la dimensión protección, los resultados han sido significativos habiéndose hallado los siguientes resultado respecto al nivel bajo el en pre test obtuvo valor del 22.8%, el post test no obtuvo valores, permitiendo afirmar que se ha reducido en 22.8%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test; en el nivel regular evidencio en el pre test un valor del 63.3%, en el pos test se arrojó valor del 3.8%, ello afirma que se ha reducido en 59.5%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test, al Nivel alto el pre test refleja un valor del 13.9%, el post test dio a conocer un valor del 96.2%, lo que nos afirma que se ha incrementado en 82.3%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test, habiéndose incrementado el conocimiento con respecto la protección de los derechos del menor lo que con cuerda con el marco normativo postulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y Adolescente(1989) aprobada con rango de tratado internacional sobre derechos humanos, el cual precisó, que los infantes son considerados personas que por su edad se encuentran en pleno desarrollo social, mental y físico es de aplicación obligatoria para los Estados partes el cual sirvió para promover medidas de protección y respeto a los niños en su derechos; lo cual también concuerda con la normativa nacional Ley Nº 27337(2000).
Así también con respecto a la dimensión integridad, se han encontrado valores del 17.7%, mientras que en el post test no se han presentado valores, ello nos afirma que se ha reducido en 17.7%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test; en el nivel regular se ha evidenciado un valor inicial del 64.6%, mientras que al término de la capacitación se obtiene un valor del 2.5%, ello nos demuestra que se ha reducido en 62.0%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test; para el nivel alto, al inicio nos indica un valor del 17.7%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 97.5%, ello ha permitido afirmar que se ha incrementado en 79.7%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test, que nos demuestran que el programa es efectivo y significativo en la protección a la integridad del menor, lo cual concuerda con Gil (2017) que indicó que la gravedad de violencia sexual contra los infantes de hasta 18 años está en la clandestinidad, no denunciaron por miedo, las autoridades no emitieron confianza, no se tuvo conocimiento de la gravedad de los daños y consecuencias negativas físicas y psicológicas para el menor, como muerte, traumas psíquicos, enfermedades psiquiátricas, embarazos, males venéreos, discriminación, deserción, fracaso escolar, prostitución, explotación sexual, pornografía que dañan la integridad física y psíquica del menor agraviado, ello también es concordante con lo expuesto por Quinteros Solis (2020) Los acontecimientos sexuales u hostigamiento en las escuelas pueden generar afectaciones a la salud física y psicológica de las víctimas.
Por último, sobre la dimensión Educación se encontraron niveles diferenciales de un 24.1%, mientras que al término del programa se ha reducido en 24.1%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test; para el nivel regular en el pre test se recibe un valor del 58.2%, al post test un valor del 2.5%, ello ha permitido afirmar que se ha reducido en 55.7%, luego de obtener la diferencia presentada del post test y el pre test; en el nivel alto al inicio se obtiene un valor del 17.7%, mientras que en el post test se ha dado a conocer un valor del 97.5%, lo cual afirma el incremento en 79.7%. que indica que el programa ha sido efectivo en la protección de la educación del menor.
CONCLUSIONES
De la aplicación del pre test y el post test, se obtuvieron los valores del 64.6% y 87.3% respectivamente, lo que permitió establecer una diferencia del 22.8% como ganancia, en la que el programa indemnidad ha influido significativamente en el aprendizaje en los padres de familia de la I.E N°89548 en Nuevo Chimbote. Al obtener los valores del pre test y el post test del 48.1% y 83.5%, lo que arrojó una la diferencia del 35.4% como ganancia, con respecto a la dimensión indemnidad como mecanismo preventivo; el programa indemnidad influyó significativamente en la obtención de conocimiento de los padres de familia en el tema indemnidad.
Así mismo, al obtener los valores del pre test y el post test del 59.5%, y 82.3%, lo que arrojó una la diferencia del 22.8%, como ganancia, con respecto a la dimensión protección de los derechos del menor, lo que afirma que el programa indemnidad influyó significativamente en la obtención de conocimiento de los padres de familia con respecto a la protección. Los valores del pre test y el post test del 62.0%, 79.7%, una la diferencia del 17.7%, como ganancia, con respecto a la dimensión atención integral; debido a ello se concluyó que, el programa indemnidad influyó significativamente en la obtención de conocimiento de los padres de familia, sobre la atención integral del menor.














