INTRODUCCIÓN
En la realidad laboral a escala mundial se emplean diversas formas de contrato, y en la cotidianeidad se presentan y desarrollan contratos atípicos, lo que lleva a una desnaturalización de los mismos, como ocurre con los contratos civiles. Esta transformación se ha acrecentado en los últimos tiempos y es común encontrarla tanto en países desarrollados o industrializados como en aquellos subdesarrollados. Sin embargo, es importante señalar que esto sucede debido a la falta de adecuados procedimientos de fiscalización, lo que ha llevado a que se utilicen ampliamente en todas las áreas económicas y ocupaciones (OIT, 2016).
En el ámbito internacional, debido a los distintos escenarios laborales, es común que las empresas involucren estrechamente a sus colaboradores en las directrices de un contrato civil, lo que conlleva a menudo a omitir una cadena de responsabilidades con respecto a los trabajadores y a violar las normas laborales del país. Esta situación se repite también en las empresas e instituciones estatales, donde los titulares, buscando pagar favores políticos, suelen llevar a cabo actos de corrupción o enriquecerse indirectamente a través de contrataciones verbales o contratos de connotación civil, como el de locación de servicios. En algunos países latinos, se emplean diferentes arreglos laborales con el objetivo de eludir las características fundamentales del vínculo laboral estándar, aunque al mismo tiempo se evidencie una relación de subordinación laboral entre trabajador y empleador. Bajo ciertas circunstancias, trabajar bajo un contrato civil puede ser percibido como algo positivo por los trabajadores, a pesar de reconocer que este tipo de contrato genera inseguridad en términos laborales.
Estas prácticas plantean desafíos tanto para las empresas como para las instituciones públicas, ya que impactan la calificación general de los mercados laborales actuales y afectan la naturaleza temporal de los contratos, lo que a su vez conduce a la desnaturalización de los mismos. Es importante aclarar que, en algunos de estos países, la normativa laboral misma fomenta el uso de contratos civiles o de locación de servicios en los sectores públicos y privados. Mientras que, en otros casos, la falta de claridad en la normativa laboral o la existencia de vacíos legales han sido factores que han propiciado estas prácticas.
En este orden de ideas, en el Perú se presentan dos sistemas laborales muy marcados que se centran en el ambiente público y privado. Los empleados del sector público están sujetos al régimen de carrera administrativa, el cual se rige por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa - D. Leg. N° 276 y los artículos 39 a 42 de la Constitución Política del Perú; al contrario, el régimen de la actividad privada establecido por el Decreto Legislativo N° 728 prevé la regulación del sector privado, y excepcionalmente, tenemos al Contrato Administrativo de Servicios - CAS (Palomino, 2016).
Por otro lado, la explotación laboral ha sido un factor determinante en el surgimiento de los sindicatos, organizaciones que buscan defender los derechos de los trabajadores y mejorar sus condiciones laborales. Inicialmente, el Estado mostró resistencia en reconocer a estas organizaciones como representativas de los trabajadores, considerándolas protestas ilícitas. Sin embargo, gracias a la perseverancia y a la presencia de líderes notables con ideas innovadoras basadas en teorías y paradigmas filosóficos, la actitud de los gobernantes cambió, y comenzaron a defender los derechos laborales con políticas de protección para la clase trabajadora, buscando una distribución equitativa de la riqueza. A pesar de estos avances, algunas de las disposiciones implementadas quedaron en el papel y no se aplicaron adecuadamente. Esto generó corrientes como el socialismo, que cuestionan el aprovechamiento entre los hombres y las políticas de Estado orientadas a fortalecer un sistema capitalista de explotación de la clase trabajadora. Aunque ha habido avances, en la actualidad la relación laboral entre las empresas modernas y sus trabajadores aún presenta desafíos, y la lucha sindical persiste para seguir defendiendo los derechos de los trabajadores y mejorando sus condiciones laborales.
En este sentido, se plantea como objetivo general de la investigación el análisis jurídico sobre la desnaturalización del contrato de locación de servicios en la vulneración de derechos laborales, Perú.
MÉTODO
La presente investigación desarrolla el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). La utilización de estos métodos hizo posible que se analice doctrina, documentos jurídicos y bibliografía, la cual luego del análisis pertinente, permitió que se generen criterios y aportes para un mejor desarrollo del derecho constitucional. (Naula et al., 2020). La población estuvo compuesta por 30 trabajadores contratados bajo el contrato de locación de servicios de la Municipalidad Provincial de Chepén, 20 empleados permanentes, 30 obreros permanentes, 15 funcionarios de confianza y 10 abogados, haciendo un total de población de 105 personas entre trabajadores y profesionales. La muestra para el presente estudio fue de 83 la misma que se obtuvo mediante la fórmula para población finita.
RESULTADOS
Luego del desarrollo del método planteado por los investigadores se presentan a continuación los resultados obtenidos.
Tabla 1 Influencia de la desnaturalización del contrato de locación de servicios en la vulneración de derechos laborales en una municipalidad provincial, Perú 2023.
Variable Dependiente | ||
---|---|---|
Vulneración de derechos laborales | ||
Variable Independiente | Rs | Magnitud |
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | ,610 | Moderada |
Elaboración: Los autores.
En la Tabla 1, se demuestra que existe una correlación significativa positiva de magnitud moderada con un valor de rs= ,610 (,4 ≤ rs < ,69) entre la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios y la variable vulneración de derechos laborales.
Tabla 2 Diagnóstico de los valores obtenidos de los niveles de las dimensiones de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios.
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|
Subordinación | Permanencia | Retribución económica | ||||
Nivel | F | % | F | % | F | % |
Alto | 20 | 24.1 | 31 | 37.3 | 50 | 60.2 |
Medio | 51 | 61.4 | 43 | 51.8 | 32 | 38.6 |
Bajo | 12 | 14.5 | 9 | 10.8 | 1 | 1.2 |
Total | 83 | 100 | 83 | 100 | 83 | 100 |
Elaboración: Los autores.
En la tabla 2, se aprecia que en las 3 dimensiones de la desnaturalización del contrato de locación de servicios predomina el nivel medio; describiéndose en el siguiente orden: la dimensión subordinación con 61,4% en nivel medio, seguido con 24,1% en nivel alto y el 14,5% en nivel bajo; de forma similar en la dimensión permanencia con 51,8% en nivel medio, seguido con 37,3% en nivel alto y el 10,8% en nivel bajo; y finalmente la dimensión retribución económica con 60.2% en nivel alto, seguido de un 38,6% en nivel medio y un 1,2% en nivel bajo.
Tabla 3 Diagnóstico de los valores obtenidos de los niveles de las dimensiones de la variable vulneración de los derechos laborales.
Vulneración de derechos laborales | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|
Seguridad y salud en el trabajo | Beneficios laborales | Estabilidad laboral | ||||
Nivel | F | % | F | % | F | % |
Alto | 7 | 8.4 | 56 | 67.5 | 49 | 59 |
Medio | 64 | 77.1 | 26 | 31.3 | 29 | 34.9 |
Bajo | 12 | 14.5 | 1 | 1.2 | 5 | 6 |
Total | 83 | 100 | 83 | 100 | 83 | 100 |
Elaboración: Los autores.
En la tabla 3, se aprecia que en las 3 dimensiones de la variable vulneración de los derechos laborales predomina el nivel alto; describiéndose en el siguiente orden: en la dimensión seguridad y salud en el trabajo con 77,1% en nivel medio, seguido con 14,5% en nivel bajo y 8,4% en nivel alto; en la dimensión beneficios laborales con 67,5% en nivel alto, seguido con 31,3% en nivel medio y el 1,2% en nivel bajo; y finalmente la dimensión estabilidad laboral con 59% en nivel alto, seguido de un 34,9% en nivel medio y un 6% en nivel bajo.
Tabla 4 Influencia de la dimensión subordinación de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios en la vulneración de los derechos laborales.
Variable Dependiente | |||
---|---|---|---|
Vulneración de derechos laborales | |||
Variable Independiente | Dimensión | Rs | Magnitud |
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | Subordinación | ,670 | Moderada |
Elaboración: Los autores.
En la tabla 4, se demuestra que existe una correlación significativa positiva de magnitud moderada con un valor de rs = ,670 (,4 ≤ rs < ,69) entre la dimensión subordinación de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios y la variable vulneración de los derechos laborales.
Tabla 5 Influencia de la dimensión permanencia de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios en la vulneración de los derechos laborales.
Variable Dependiente | |||
---|---|---|---|
Vulneración de derechos laborales | |||
Variable Independiente | Dimensión | Rs | Magnitud |
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | Permanencia | ,620 | Moderada |
Elaboración: Los autores.
En la tabla 5, se denota que existe una correlación significativa de magnitud moderada con un valor de rs = ,620 (,4 ≤ rs < ,69) entre la dimensión permanencia de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios en la variable vulneración de los derechos laborales.
Tabla 6 Influencia de la dimensión retribución económica de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios en la vulneración de los derechos laborales.
Variable Dependiente | |||
---|---|---|---|
Vulneración de derechos laborales | |||
Variable Independiente | Dimensión | Rs | Magnitud |
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | Retribución económica | ,810 | Alta |
Elaboración: Los autores.
En la tabla 6, se demuestra que existe una correlación significativa de magnitud alta con un valor de rs = ,810 ( ,7 ≤ rs < ,89) entre la dimensión retribución económica de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios en la vulneración de los derechos laborales.
Tabla 7 Incidencia de la desnaturalización del contrato de locación de servicios en la dimensión seguridad y salud en el trabajo de la variable vulneración de derechos laborales.
Variable Dependiente | |||
---|---|---|---|
Vulneración de derechos laborales | |||
Variable Independiente | Dimensión | Rs | Magnitud |
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | Seguridad y salud en el trabajo | ,310 | Baja |
Elaboración: Los autores.
En la Tabla 7, se denota que existe una correlación significativa de magnitud baja con un valor de rs= ,310 (,02 ≤ rs < ,39) entre la desnaturalización del contrato de locación de servicios y la dimensión seguridad y salud en el trabajo de la vulneración de derechos laborales.
Tabla 8 Incidencia de la desnaturalización del contrato de locación de servicios en la dimensión beneficios sociales de la variable vulneración de derechos laborales.
Variable Dependiente | |||
---|---|---|---|
Vulneración de derechos laborales | |||
Variable Independiente | Dimensión | Rs | Magnitud |
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | Beneficios laborales | ,540 | Moderada |
Elaboración: Los autores.
En la Tabla 8, se evidencia que existe una correlación significativa de magnitud moderada con un valor de rs = ,540 (,04 ≤ rs < ,69) entre la desnaturalización del contrato de locación de servicios y la dimensión beneficios laborales en el trabajo de la vulneración de derechos laborales.
Tabla 9 Incidencia de la desnaturalización del contrato de locación de servicios en la dimensión estabilidad laboral de la variable vulneración de derechos laborales.
Variable Dependiente | |||
---|---|---|---|
Vulneración de derechos laborales | |||
Variable Independiente | Dimensión | Rs | Magnitud |
Desnaturalización del contrato de locación de servicios | Estabilidad laboral | ,510 | Moderada |
Elaboración: Los autores.
En la Tabla 9, se evidencia que existe una correlación significativa de magnitud moderada con un valor de rs = ,510 (,04 ≤ rs < ,69) entre la desnaturalización del contrato de locación de servicios y la dimensión estabilidad laboral en el trabajo de la vulneración de derechos laborales.
DISCUSIÓN
Referente al análisis de la tabla 1, se demuestra que existe una correlación significativa positiva de magnitud moderada con un valor de rs = ,610 ( ,4 ≤ rs < ,69) entre la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios y la variable vulneración de derechos laborales; lo que significa que al cumplirse ciertos parámetros legales y jurisdiccionales ya establecidos dentro del contrato de locación de servicios, éste se desnaturaliza llegando afectar los derechos laborales constitucionalmente establecidos. Dicho resultado se refuerza con el estudio realizado por Chocaca y Saboya (2021), quienes estudiaron a la desnaturalización de los contratos municipales para la ubicación de los servicios de los trabajadores, sugirió examinar qué obstáculos están presentes en las tareas en curso que los trabajadores han o no han completado. Mediante el uso de una técnica de investigación cuantitativa, los investigadores pudieron concluir que el proceso de contratación de esta manera viola los derechos de los ciudadanos al afectar su derecho a disfrutar de los beneficios inherentes al principio de supremacía de la realidad.
Respecto a los resultados de la tabla 2, se denota que en las 3 dimensiones de la desnaturalización del contrato de locación de servicios prevalece el nivel medio; manifestándose de la siguiente manera: la dimensión subordinación con 61.4% en nivel medio, seguido con 24.1% en nivel alto y el 14.5% en nivel bajo; de forma similar en la dimensión permanencia con 51.8% en nivel medio, seguido con 37.3% en nivel alto y el 10.8% en nivel bajo; y finalmente la dimensión retribución económica con 60.2% en nivel alto, seguido de un 38.6% en nivel medio y un 1.2% en nivel bajo. Lo que significa que el contrato de locación de servicios se desnaturaliza principalmente desde la retribución económica, la misma que no es igual o se equipara a una remuneración percibida por la misma función realizada, pese a la diferencia contractual; asimismo, se manifiesta desnaturalización desde la característica de la subordinación que existe, a todas luces, entre el empleado y el empleador; misma situación que se evidencia con el aspecto de permanencia laboral, la misma que se ve perjudicada al manifestarse y cumplirse un horario laboral, el uso de elementos o instrumentos y la propia utilización de espacios físicos como oficinas y salones de trabajo. Dicho resultado se respalda con el estudio de Gálvez (2021), quien en su trabajo, respecto a la desnaturalización del contrato de locación de servicios señala que están presentes ciertas condiciones o rasgos en la relación laboral como son la subordinación, remuneración y ampliación de plazo del contrato, teniendo en cuenta el principio de primacía de realidad y destacando que estos factores priman casi siempre en este tipo de contratación, haciendo que la desnaturalización sea dada de forma inmediata, en tal sentido el principio de primacía de realidad no hace más que proteger los derechos laborales de los trabajadores ante la presencia e indicios de hechos que conlleven a la desnaturalización y/o vulneración de derechos laborales. De igual forma, Campos (2018), en su estudio analizó el principio de prelación como elemento para poder aplicar la desnaturalización de los contratos de servicios, señalando a la provincia de Chiclayo. El estudio concluyó que el principio de superioridad material es aplicable cuando existe una relación laboral, y muchos sujetos no contemplan la legalidad antes de observar las leyes laborales, porque violan los derechos laborales de los empleados al celebrar contratos que difieren de los contratos previamente celebrados. El derecho también está directamente relacionado con el principio, ya que se encarga de la protección esencial de los derechos laborales de los trabajadores, lo que brinda mayor seguridad jurídica para garantizar la protección de estos derechos.
Referente a las resultas de la tabla 3, se aprecia que en las 3 dimensiones de la variable vulneración de los derechos laborales predomina el nivel alto; describiéndose en el siguiente orden: en la dimensión seguridad y salud en el trabajo con 77.1% en nivel medio, seguido con 14.5% en nivel bajo y 8.4% en nivel alto; en la dimensión beneficios laborales con 67.5% en nivel alto, seguido con 31.3% en nivel medio y el 1.2% en nivel bajo; y finalmente la dimensión estabilidad laboral con 59% en nivel alto, seguido de un 34.9% en nivel medio y un 6% en nivel bajo. Lo que significa que generalmente la desnaturalización del contrato de locación de servicios afecta, mayoritariamente, al derecho de la seguridad y salud en el trabajo, la misma que no se cumple debido a que las empresas o instituciones al realizar contratos civiles evaden la responsabilidad de proteger a sus empleados o trabajadores indistintamente si las funciones que realizan es de riesgo latente o no; asimismo, sucede con los beneficios sociales no pagadas y que muchas veces deben ser exigidas de forma judicial por el propio trabajador tras decretarse la desnaturalización del contrato de trabajo; situación que se repite con el aspecto o derecho a la estabilidad laboral, la misma que se adquiere bajos ciertos parámetros jurídicos o judiciales previamente establecimiento. Dichos resultados, se respaldan con el estudio realizado por Ruiz Pacheco (2018), quien en su informe de investigación tuvo como objetivo demostrar la variación en los contratos de ubicación entre los trabajadores que realizan labores bajo la ley peruana al examinar los cambios en los acuerdos de ubicación de servicios y la duración del contrato de trabajo. El principio de realidad sugiere que podría establecerse un contrato laboral formal para indicar la relación laboral real entre el cliente y el arrendador. Este método es cualitativo y analítico, no experimental. Las conclusiones defienden la noción de que la realidad prevalece sobre la mera especulación, que el incumplimiento de un deber no debe ser visto como una violación de los derechos humanos y otros principios legales, como la buena fe y el autogobierno. Se concluye que el principio de realidad busca establecer una relación laboral genuina, salvaguardar los derechos laborales de los trabajadores y desalentar la celebración de contratos de arrendamiento de servicios. De igual forma, con el estudio de Flores Cervantes (2018), en su interpretación, ambos autores consideran la variabilidad del contrato de prestación del servicio desde una perspectiva práctica y pragmática, teniendo en cuenta el principio de realidad a través del municipio. Con base en el principio de prioridad de la realidad, se han desarrollado servicios de ubicación funcional como vacaciones y feriados, aumentos de salario, aguinaldos y fiestas navideñas debido a que muchos trabajadores no tienen derecho a beneficios laborales bajo contratos de locación.
En relación a los resultados de la tabla 4, se demuestra que existe una correlación significativa positiva de magnitud moderada con un valor de rs = ,670 (,4 ≤ rs < ,69) entre la dimensión subordinación de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios y la variable vulneración de los derechos laborales. Lo que significa que el poder jurídico o característica laboral de la subordinación se ve manifestada ampliamente dentro del desarrollo o ejecución de los contratos de locación de servicios llegando de esta manera a vulnerar ciertos derechos laborales. Datos que se amparan en el estudio realizado por Flores Cervantes (2018), en su interpretación, ambos autores consideran la variabilidad del contrato de prestación del servicio desde una perspectiva práctica y pragmática, teniendo en cuenta el principio de realidad a través del municipio. Con base en el principio de prioridad de la realidad, se han desarrollado servicios de ubicación funcional como vacaciones y feriados, aumentos de salario, aguinaldos y fiestas navideñas debido a que muchos trabajadores no tienen derecho a beneficios laborales bajo contratos de locación. Por otro lado, el acto de subordinar a un prestador de servicios de conformidad con lo estipulado en el contrato de servicios establece que el beneficio del cliente está determinado por el arrendador y sus propiedades y prácticas, así como la obligación de obtener el consentimiento del cliente (Germany y López, 2020). La subordinación en el trabajo es una actividad que implica estar subordinado al dominio del empleador e incluye la dirección del trabajo, la supervisión de las tareas y la sanción de los trabajadores por ineficiencia e ineptitud (Llatser, 2014).
En cuanto a los resultados de la tabla 5, se evidencia que existe una correlación significativa de magnitud moderada con un valor de rs = ,620 (,4 ≤ rs < ,69) entre la dimensión permanencia de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios en la variable vulneración de los derechos laborales. Lo que significa que, dentro de la primacía de la realidad, uno de los aspectos más marcados para la desnaturalización es precisamente la permanencia en el centro de labores cumplimiento con un horario común entre todos, lo cual evidencia una total desnaturalización del contrato y por consiguiente una violación a los derechos laborales conexos. Dicho resultado, se refuerza con el estudio realizado por Rodríguez y Salazar (2015) el cual tuvo como objetivo analizar la problemática de los horarios de trabajo diarios en violación del artículo 25 de la Constitución política del Estado peruano; que tuvo como objetivo analizar la violación de las ocho horas en el trabajo y las causas que presenta, además de posteriores consecuencias en los derechos laborales de los trabajadores, concluyó que el uso de contratos irregulares por parte de particulares y empresas distorsiona el horario de trabajo diario, perjudicando la salud y bienestar, porque no se aplican correctamente las siguientes normas de la constitución política del Perú, se dispone el texto uniforme de la ley de jornada laboral.
En cuanto a la tabla 6, se evidencia que existe una correlación significativa de magnitud alta con un valor de rs = ,810 (,7 ≤ rs < ,89) entre la dimensión retribución económica de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios en la vulneración de los derechos laborales. Lo que significa que la retribución económica es uno de los aspectos laborales que más afecta a la desnaturalización del contrato de locación de servicios, en razón a que estos generalmente suelen ser distintos a comparación de los ingresos del personal nombrado o estable y que generalmente se manifiesta en la misma labor realizada, pero con diferencias remunerativas o salariales distintas, afectado de esa forma a los derechos laborales preexistentes. Los resultados obtenidos se refuerzan con el estudio realizado por Cavallotti (2018) en su investigación, titulada La localización de los servicios como fraude laboral, tuvo como objetivo evaluar el fraude en el ámbito administrativo público y aplicarlo a la Ley del Trabajo (LCT).
En cuanto a los resultados de la tabla 7, se denota que existe una correlación significativa de magnitud baja con un valor de rs = ,310 (,02 ≤ rs < ,39) entre la desnaturalización del contrato de locación de servicios y la dimensión seguridad y salud en el trabajo de la vulneración de derechos laborales. Lo que significa que los contratos de locación de servicios al transgredirse sus preceptos jurídicos en la realidad, vulneran mínimamente el derecho a la seguridad y salud en el trabajo, esto debido, tal vez, a la falta de equipamiento o elementos de seguridad o en definitiva en la inclusión o participación de los locatarios en las capacitaciones o preparación.
Estudiando los resultados de la tabla 8, se evidencia que existe una correlación significativa de magnitud moderada con un valor de rs = ,540 (,04 ≤ rs < ,69) entre la desnaturalización del contrato de locación de servicios y la dimensión beneficios laborales en el trabajo de la vulneración de derechos laborales. Lo que significa que generalmente la realización de contratos de locación de servicios no sólo se realiza con el único fin de no tener vínculo laboral sino también de tratar de evadir el pago de ciertos beneficios sociales, al costo de mano de obra barata o sutilmente necesaria para producir más gastando menos. Dicho resultado se asemeja al estudio realizado por Chocaca y Saboya (2021), quien, en su estudio de la desnaturalización de los contratos municipales para la ubicación de los servicios de los trabajadores, sugirió examinar qué obstáculos están presentes en las tareas en curso que los trabajadores han o no han completado. Mediante el uso de una técnica de investigación cuantitativa, los investigadores pudieron concluir que el proceso de contratación de esta manera viola los derechos de los ciudadanos al afectar su derecho a disfrutar de los beneficios inherentes al principio de supremacía de la realidad.
En cuanto a los resultados de la tabla 9, se denota que existe una correlación significativa de magnitud moderada con un valor de rs = ,510 (,04 ≤ rs < ,69) entre la desnaturalización del contrato de locación de servicios y la dimensión estabilidad laboral en el trabajo de la vulneración de derechos laborales. Lo que significa que el contrato de locación de servicios, fue creado con el afán de huir de ciertas formalidades laborales a fin de producir más a menos gasto, trayendo consigo no sólo la explotación y abuso laboral, sino también, debilitando o desapareciendo la estabilidad laboral de cada persona. Dicho resultado descansa en el estudio de Patlán Pérez (2018), quien propuso un trabajo de investigación titulado Derechos laborales: un examen de la calidad del derecho al trabajo para una revista mexicana indexada sobre derechos laborales. En el planteamiento investigativo se afirma que el derecho a conservar y permanecer en el trabajo por el tiempo determinado es un requisito para evitar ser despedido por causas injustificadas o arbitrarias. Para asegurar el crecimiento laboral, social, familiar y personal del trabajador, es indispensable un trabajo permanente o indefinido. Lo más importante es que la estabilidad laboral produce autoestima a largo plazo. Presenta conceptos nuevos sobre la permanencia laboral las cuales son incorporadas al estudio.
CONCLUSIONES
En las dimensiones de la variable desnaturalización del contrato de locación de servicios predomina el nivel medio en el orden descendente: subordinación con 61,4%; retribución económica con 60,2%, y permanencia con 51,8%. En las dimensiones de la variable vulneración de derechos laborales predomino el nivel alto que se describe de la siguiente manera: seguridad y salud en el trabajo con un 77,1%; beneficios sociales con 67,5%, y estabilidad laboral con 59%.