INTRODUCCIÓN
La supresión de puestos en hospitales del Ministerio de Salud Pública del Ecuador durante el año 2020, constituye un hecho de trascendencia jurídica y social que requiere un análisis profundo desde la perspectiva del derecho administrativo y constitucional. En el marco de la emergencia sanitaria y la crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, el Estado ecuatoriano adoptó medidas de reducción de personal en el sector público, que impactaron directamente en la estabilidad laboral de servidores de hospitales. Estas acciones suscitaron debates sobre la legalidad de las decisiones administrativas, el respeto a los principios constitucionales y las consecuencias en los derechos de los trabajadores (Ayon Tovar, 2022).
El derecho administrativo ecuatoriano establece que la actuación de la administración pública se rige por los principios de legalidad, desconcentración, tutela efectiva y debido proceso (Alvarado y Gavilánez, 2022) tal como lo disponen la Constitución de la República del Ecuador (2008) y el Código Orgánico Administrativo (Asamblea Nacional, 2017). Estos principios constituyen la base sobre la cual deben adoptarse las decisiones estatales que afectan la situación jurídica de los ciudadanos, especialmente cuando se trata de medidas que generan desvinculación laboral (Haro Salas y Villacrés Salas, 2021).
La Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) (Asamblea Nacional, 2010) introdujo la figura de supresión de puestos como un mecanismo legal para la desvinculación de funcionarios, estableciendo que no puede volverse a crear un puesto suprimido en un plazo de dos años (art. 47, literal c). Aunque este instrumento busca racionalizar la estructura estatal, su aplicación sin informes técnicos ni respeto al procedimiento, puede derivar en vulneraciones de derechos fundamentales, particularmente el derecho al trabajo y a la estabilidad laboral (Castillo Bazán, 2022; Mariño, 2020). La doctrina también ha señalado que la supresión de partidas, aun cuando se fundamente en criterios técnicos o económicos, debe garantizar el respeto a la seguridad jurídica y a las garantías constitucionales.
En 2020, el Ministerio de Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial MDT-0124-2020 (Ministerio de Trabajo, 2020), que estableció el procedimiento formal para la supresión de puestos en el sector público. Sin embargo, antes de su aplicación, el Ministerio de Salud Pública dispuso de manera directa la eliminación de partidas en varios hospitales, lo que generó cuestionamientos por la falta de informes técnicos de funcionalidad y por la ausencia de una cadena jerárquica adecuada en la toma de decisiones (Ayon Tovar, 2022).
Estudios previos destacan que la pandemia y la crisis fiscal fueron utilizadas como justificación para la reducción de personal en distintas instituciones estatales, lo que derivó en un aumento del desempleo y subempleo en el país (Mariño, 2020; Cevallos Gorozabel y Castillo Cevallos, 2019). Además, diversos casos judiciales, como el resuelto por la Corte Provincial del Carchi en 2021, evidencian la tensión entre la potestad administrativa y la garantía de los derechos constitucionales, puesto que en varios procesos no se respetó el debido proceso ni se notificó oportunamente a los afectados (Corte Provincial del Carchi, 2021).
El presente estudio tiene como objetivo analizar los fundamentos jurídicos que respaldaron la decisión del Ministerio de Salud Pública del Ecuador en 2020 de suprimir directamente puestos de servidores públicos en hospitales, evaluando si dichas medidas respetaron los principios constitucionales y administrativos.
La investigación busca demostrar que, al vulnerarse los derechos fundamentales de los trabajadores y el principio de desconcentración administrativa, se configuraron actos arbitrarios que ponen en riesgo la seguridad jurídica y la transparencia institucional. Asimismo, se pretende aportar a la discusión académica y práctica sobre la necesidad de observar con rigor los principios de legalidad y debido proceso en la gestión pública, para fortalecer el Estado de derecho y la protección de los servidores públicos (Quispe Castillo, 2021; Torres Manzano, 2021).
MÉTODO
La investigación tuvo un enfoque cualitativo, ya que se centró en el análisis documental de normas, acuerdos ministeriales, expedientes administrativos y sentencias judiciales relacionadas con la supresión de puestos en hospitales del Ministerio de Salud Pública del Ecuador durante el año 2020. Este enfoque permitió interpretar los hechos a la luz del derecho administrativo y constitucional, evidenciando las posibles vulneraciones de derechos fundamentales de los servidores públicos (Isea Argüelles, 2025).
El estudio se desarrolló bajo un diseño de investigación acción, pues buscó analizar la problemática jurídica existente y plantear conclusiones aplicables a la gestión pública. Su alcance es exploratorio y descriptivo, al examinar los antecedentes normativos y las consecuencias administrativas de la supresión de puestos. Este tipo de investigación resulta pertinente al tratarse de un fenómeno jurídico con escasa sistematización en la literatura ecuatoriana (Castillo Bazán, 2022; Quispe Castillo, 2021).
La investigación no se limitó a describir los hechos, sino que buscó comprender la coherencia entre las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud y los principios constitucionales vigentes. Al revisar informes técnicos, resoluciones ministeriales y normativa aplicable, se procuró determinar si los procedimientos cumplían con los estándares de legalidad, desconcentración y debido proceso. De esta manera, se brindan insumos relevantes tanto para la doctrina jurídica como para la práctica administrativa en el sector público.
Se emplearon tres métodos principales: análisis y síntesis, que permitió descomponer los documentos en sus elementos jurídicos esenciales; dogmático-jurídico, que abordó el estudio de la norma dentro del ordenamiento jurídico; y teórico-práctico, que combinó el análisis doctrinario con la valoración de casos concretos en hospitales.
Se aplicó el análisis documental como herramienta principal. Este método permitió examinar disposiciones legales, informes técnicos y resoluciones administrativas. Asimismo, se consultaron sentencias judiciales relacionadas con procesos de supresión de puestos para contrastar la aplicación real de la normativa con los principios constitucionales.
La investigación se sustentó en la revisión de fuentes primarias y secundarias: leyes, reglamentos, acuerdos ministeriales, expedientes administrativos y bibliografía académica especializada. Se emplearon fichas de análisis para sistematizar la información y matrices comparativas para contrastar la normativa con los casos revisados. Esta triangulación de fuentes facilitó la obtención de resultados válidos y confiables.
RESULTADOS
Análisis documental de la normativa aplicable
El análisis normativo permitió identificar las principales disposiciones que regulan la supresión de puestos en el sector público, particularmente en hospitales del Ministerio de Salud. La Constitución del Ecuador (2008) establece en sus artículos 76 y 227 la obligación de garantizar el debido proceso, la tutela efectiva y la aplicación del principio de desconcentración administrativa como elementos esenciales para preservar la seguridad jurídica (Quispe Castillo, 2021).
Por su parte, el Código Orgánico Administrativo (Asamblea Nacional, 2017) precisa que toda actuación estatal debe estar fundamentada en la legalidad, y que las autoridades tienen la obligación de motivar sus actos (arts. 7, 33 y 84). Este marco obliga a que las decisiones de supresión estén acompañadas de diagnósticos técnicos, estudios de funcionalidad e informes económicos que justifiquen la medida (Haro Salas y Villacrés Salas, 2021).
La LOSEP en sus artículos 47 y 60 establece la supresión de puestos como mecanismo de desvinculación, siempre que medien razones técnicas, funcionales o económicas debidamente sustentadas. El Acuerdo Ministerial MDT-0124-2020, reguló de forma expresa el procedimiento que las instituciones debían seguir para implementar la supresión. Sin embargo, en los casos investigados se constató que el Ministerio de Salud no cumplió con dichos lineamientos.
Tabla 1. Matriz de revisión de normativa aplicable.
| Documento | Disposición | Principios relevantes | Observaciones |
|---|---|---|---|
| Constitución del Ecuador (2008) | Arts. 76 y 227 | Legalidad, debido proceso, desconcentración | Establece garantías constitucionales obligatorias para todo acto administrativo |
| Código Orgánico Administrativo (2017) | Arts. 7, 33, 84 | Legalidad administrativa, motivación, desconcentración | Obliga a que las resoluciones estén debidamente fundamentadas |
| LOSEP (2010) y Reglamento | Arts. 47 y 60 | Supresión de puestos, indemnización, estabilidad | La supresión debe responder a criterios técnicos y no puede ser arbitraria |
| Acuerdo MDT-0124-2020 | Art. 98 COA | Procedimiento administrativo | Define pasos específicos para realizar la supresión |
Elaboración: Los autores.
Análisis de los expedientes administrativos
El estudio de expedientes de varios hospitales evidenció irregularidades sustanciales. En ninguno de los casos revisados se encontraron informes técnicos de funcionalidad ni diagnósticos de desempeño de las unidades, a pesar de que la LOSEP exige tales documentos como requisito para suprimir un puesto.
En su lugar, se constató que las órdenes de supresión fueron comunicadas desde el nivel central directamente a los gerentes y directores hospitalarios, sin participación de las Coordinaciones Zonales ni de las unidades de talento humano. Esta práctica vulneró el principio de desconcentración, pues omitió la estructura administrativa que debía garantizar un proceso escalonado y colegiado.
Tabla 2. Ejemplos de expedientes revisados en hospitales.
| Hospital | Documento revisado | Hallazgo | Principios vulnerados |
|---|---|---|---|
| Hospital General Ambato | Resolución de supresión | No existe informe técnico de funcionalidad | Debido proceso, motivación |
| Hospital de Loja | Memorando de desvinculación | Orden directa del Ministerio sin informe previo | Desconcentración, legalidad |
| Hospital Quito Sur | Acta administrativa | Falta de justificación económica | Legalidad, tutela efectiva |
| Hospital Machala | Resolución interna | Omisión de notificación al servidor | Debido proceso, derecho de defensa |
Elaboración: Los autores.
Comparación con casos judiciales
Los hallazgos fueron contrastados con jurisprudencia nacional. En el caso N.° 04333-2020-00575, la Corte Provincial del Carchi resolvió sobre la supresión de puestos en la Policía Nacional, concluyendo que el proceso fue válido debido a la existencia de informes técnicos y económicos que justificaban la medida. En contraste, en el sector salud se detectó que tales documentos no existieron, lo que genera un doble estándar en la aplicación normativa (Corte Provincial del Carchi, 2021).
Este contraste evidencia que la supresión de puestos puede ser legítima si se cumplen los requisitos de ley, pero resulta inconstitucional y arbitraria cuando se prescinde de motivación suficiente.
Síntesis de hallazgos
La investigación permite identificar un patrón común en los procesos de supresión en hospitales:
Carencia de informes técnicos de funcionalidad que sustenten la medida.
Órdenes directas del nivel central sin respeto al principio de desconcentración administrativa.
Ausencia de motivación económica que justifique la desvinculación.
Falta de notificación adecuada a los servidores afectados.
Vulneración de derechos laborales y constitucionales, en especial el debido proceso y la seguridad jurídica.
DISCUSIÓN
Los hallazgos revelan que la supresión de puestos en hospitales del Ministerio de Salud Pública durante 2020 no se ajustó a los principios de legalidad, desconcentración y debido proceso. En teoría, la LOSEP y el Acuerdo MDT-0124-2020 establecen que toda supresión debe sustentarse en informes técnicos y económicos; sin embargo, en la práctica, estas disposiciones fueron omitidas. Tal situación concuerda con los planteamientos de Castillo Bazán (2022), quien advierte que la supresión de partidas presupuestarias, sin motivación adecuada, constituye una vulneración al derecho al trabajo y genera inestabilidad laboral.
Asimismo, estudios previos insisten en que la Administración Pública debe actuar bajo el principio de legalidad, limitando la discrecionalidad. El incumplimiento de este principio, evidenciado en los expedientes revisados, confirma que la actuación ministerial transgredió los estándares jurídicos vigentes (Haro Salas y Villacrés Salas, 2021; Mayorga Gavilanes, 2019).
La comparación con la jurisprudencia en materia de Policía Nacional (Corte Provincial del Carchi, 2021) muestra un contraste evidente: mientras en dicho sector se presentaron informes técnicos que legitimaron la supresión, en el ámbito hospitalario se procedió sin justificación formal. Este doble estándar evidencia un problema de aplicación desigual del derecho administrativo. Ayon Tovar (2022) y Quispe Castillo (2021) coinciden en que, en varios casos de supresión de puestos en el sector público, las decisiones se ejecutaron sin apego a los procedimientos reglados, lo que dio lugar a demandas de acción de protección. Estos precedentes refuerzan la conclusión de que el Ministerio de Salud Pública no garantizó las condiciones mínimas de legalidad y transparencia en 2020.
La discusión permite advertir que la supresión irregular de puestos no solo afecta a los servidores desvinculados, sino que también debilita la institucionalidad y la confianza ciudadana en el sistema público de salud. En un contexto de emergencia sanitaria, la reducción arbitraria de personal hospitalario compromete la prestación del servicio, amplificando los efectos negativos en la población (Mariño, 2020).
Además, la vulneración del principio de desconcentración, refleja un retroceso en los esfuerzos de modernización administrativa, al concentrar decisiones en el nivel central y marginar a las instancias zonales y hospitalarias. Como señala Oyarte (2022), el respeto al debido proceso y la tutela judicial efectiva es indispensable para salvaguardar el Estado constitucional de derechos.
Finalmente, este estudio aporta evidencia para el debate académico y práctico sobre la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y rendición de cuentas en la administración pública. De esta manera se asegura que las decisiones de supresión de puestos se fundamenten en criterios técnicos y respeten la dignidad laboral.
CONCLUSIONES
El proceso de supresión de puestos en hospitales del Ministerio de Salud Pública durante el año 2020 se ejecutó sin respetar los principios de legalidad, desconcentración, tutela efectiva y debido proceso. Esta omisión debilitó la seguridad jurídica y evidenció una actuación arbitraria por parte de la autoridad ministerial.
La revisión documental de expedientes demostró que las supresiones carecieron de informes técnicos de funcionalidad y justificaciones económicas, requisitos exigidos por la LOSEP y el Acuerdo MDT-0124-2020. La falta de motivación compromete la validez jurídica de los actos administrativos emitidos. Mientras en otros sectores, como la Policía Nacional, se evidenció el cumplimiento parcial de los procedimientos de supresión, en el ámbito hospitalario se ignoraron los mismos, lo que genera desigualdad en la aplicación de la normativa y pone en riesgo la coherencia del derecho administrativo.
La supresión arbitraria de puestos en el contexto de la pandemia de COVID-19 no solo afectó los derechos laborales de los servidores desvinculados, sino que también comprometió la capacidad de respuesta de los hospitales, con consecuencias directas en la prestación de servicios de salud a la población.
El estudio evidencia la urgencia de garantizar que toda medida de supresión de puestos se fundamente en diagnósticos técnicos, sea tramitada dentro de la estructura jerárquica prevista y respete los principios constitucionales. Solo así se asegura transparencia, legitimidad y protección de los derechos de los servidores públicos.














