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Noesis

On-line version ISSN 2739-0365

Noesis vol.7 no.esp2 Santa Ana de Coro Dec. 2025  Epub Dec 31, 2025

https://doi.org/10.35381/noesisin.v7i2.480 

De Investigación

Efectos jurídicos de la posesión efectiva de bienes hereditarios en la normativa ecuatoriana

Legal effects of effective possession of inherited property under Ecuadorian law

Lorena Dalila Guanoquiza-Arellano1 
http://orcid.org/0009-0005-2770-4985

Iruma Alfonso-González2 
http://orcid.org/0000-0001-6866-4944

Fernando de Jesús Castro-Sánchez3 
http://orcid.org/0000-0003-3937-8142

1 Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador, email: lorenaga81@uniandes.edu.ec

2 Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador, email: ua.irumaalfonso@uniandes.edu.ec

3 Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador, email: fernandodcs.ainv@uniandes.edu.ec


RESUMEN

El presente estudio analiza los efectos jurídicos de la posesión efectiva de los bienes hereditarios en la normativa ecuatoriana. El objetivo fue determinar las implicaciones legales de este procedimiento en sede notarial y registral, considerando su aplicación en la práctica sucesoria. Se empleó un enfoque cualitativo, de carácter filosófico-jurídico y dogmático-jurídico, sustentado en el análisis de normas, jurisprudencia y doctrina especializada. Los resultados mostraron que la posesión efectiva constituyó un trámite de jurisdicción voluntaria que permitió a los herederos acceder a la administración, conservación y usufructo de los bienes, sin otorgar título de propiedad. Se evidenció además que el procedimiento debía inscribirse en el Registro de la Propiedad o Mercantil para surtir efectos legales. Se concluyó que la posesión efectiva fue un mecanismo indispensable en el derecho sucesorio ecuatoriano, aunque no constituyó justo título para la adquisición del dominio.

Descriptores: Derecho civil; derecho de sucesiones; notariado; registro de propiedad.

ABSTRACT

This study analyzes the legal effects of effective possession of inherited property under Ecuadorian law. The objective was to determine the legal implications of this procedure in notarial and registry proceedings, considering its application in inheritance practice. A qualitative approach was used, of a philosophical-legal and dogmatic-legal nature, based on the analysis of regulations, case law, and specialized doctrine. The results showed that effective possession constituted a voluntary jurisdiction procedure that allowed the heirs to access the administration, conservation, and usufruct of the assets, without granting title to the property. It was also evident that the procedure had to be registered in the Property or Commercial Registry in order to have legal effect. It was concluded that effective possession was an indispensable mechanism in Ecuadorian inheritance law, although it did not constitute just title for the acquisition of ownership.

Descriptors: Civil law; inheritance law; notary services; property registry.

INTRODUCCIÓN

El estudio de la posesión efectiva en el derecho sucesorio ecuatoriano se ha convertido en un eje relevante para la comprensión de la transmisión patrimonial y la seguridad jurídica. La posesión efectiva es una institución que permite a los herederos administrar, conservar y usufructuar los bienes de una persona fallecida, sin que ello constituya por sí mismo un título de propiedad. Este mecanismo, regulado principalmente en el Código Civil (Ecuador, 2005) y en la Ley Notarial (Ecuador, 2016), busca garantizar que los bienes hereditarios no queden en estado de incertidumbre jurídica y que se mantenga la estabilidad de las relaciones patrimoniales entre los herederos y terceros.

La sucesión mortis causa, regulada en el Código Civil ecuatoriano, distingue entre sucesión testada e intestada. En el primer caso, los bienes se transmiten conforme a la voluntad del causante expresada en testamento; en el segundo, la ley establece el orden sucesoral que favorece en primer término a los descendientes. El notariado, como órgano auxiliar de la Función Judicial (Ecuador, 2008, art. 178) desempeña un papel esencial en este proceso, pues se encuentra investido de fe pública para autorizar el acta de posesión efectiva, requisito indispensable para la inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Registro Mercantil.

Desde una perspectiva doctrinal, autores como Cabanellas (2008) han definido el justo título como el fundamento que permite legitimar la adquisición de un derecho. Sin embargo, la posesión efectiva no constituye un justo título, ya que su finalidad es distinta: legitimar a los herederos para administrar la masa hereditaria sin transferir automáticamente la propiedad. La posesión efectiva debe considerarse entonces como un trámite de naturaleza declarativa, que prepara el camino para la adjudicación de los bienes, pero que no la sustituye (Corte Nacional de Justicia, 2014).

La evolución histórica de la posesión efectiva en el Ecuador refleja la influencia del derecho civil de tradición romano-germánica, que concibe la sucesión como una institución destinada a asegurar la continuidad del patrimonio familiar y la protección de los acreedores del causante. Desde los primeros códigos republicanos hasta las reformas contemporáneas, se ha buscado dotar a este procedimiento de mayor celeridad y seguridad. La inclusión del notario como autoridad competente para otorgar la posesión efectiva en casos de sucesión intestada respondió a la necesidad de descongestionar la carga judicial y brindar un trámite ágil a los herederos (Ecuador, 2009).

En este sentido, el Registro de la Propiedad y el Registro Mercantil cumplen un papel decisivo, pues otorgan publicidad a los actos jurídicos y permiten que terceros conozcan la situación patrimonial de los bienes heredados. Sin la inscripción correspondiente, la posesión efectiva carece de eficacia frente a terceros, lo que puede dar lugar a controversias en la enajenación de inmuebles y en el acceso a créditos o trámites tributarios. Así, la inscripción se convierte en un requisito indispensable para que el acto adquiera plena validez en el tráfico jurídico (Ecuador, 2016).

Diversos estudios en América Latina han abordado la problemática de la posesión efectiva y su impacto en el derecho registral y notarial. En Ecuador, la escasa utilización de testamentos ha incrementado la importancia de este procedimiento, convirtiéndolo en la vía más común para que los herederos accedan a la administración de los bienes del causante.

La presente investigación se propuso el objetivo de determinar los efectos jurídicos contemplados en la normativa ecuatoriana respecto de la posesión efectiva en sede notarial y registral, evaluando su alcance en la práctica sucesoria.

MÉTODO

El presente estudio adoptó un enfoque cualitativo de carácter filosófico-jurídico y dogmático-jurídico. Dicho enfoque se fundamentó en la revisión crítica de normas, jurisprudencia y doctrina, con el fin de comprender los efectos jurídicos de la posesión efectiva de bienes hereditarios en la normativa ecuatoriana. La metodología cualitativa permitió explorar la naturaleza jurídica del procedimiento sucesorio desde una perspectiva interpretativa y descriptiva.

La investigación fue de tipo descriptivo, al centrarse en el análisis de disposiciones legales, jurisprudencia y doctrina especializada. Asimismo, tuvo un carácter aplicado, que buscó proporcionar insumos para la comprensión y uso del procedimiento notarial y registral en materia de sucesiones. El alcance se limitó a examinar los efectos jurídicos de la posesión efectiva en el Ecuador, sin incluir estudios comparativos con otras legislaciones.

Las fuentes empleadas incluyeron normativa vigente, como el Código Civil ecuatoriano y la Ley Notarial, además de jurisprudencia nacional relacionada con procesos sucesorios. También se revisaron doctrinas jurídicas, artículos académicos y tesis doctorales publicadas en los últimos cinco años, considerando además obras clásicas que resultan imprescindibles para la comprensión de la institución jurídica de la posesión efectiva.

Se aplicaron técnicas de análisis documental, orientadas a la identificación y síntesis de disposiciones legales y criterios jurisprudenciales. Asimismo, se empleó el método de análisis-síntesis y la inducción-deducción, que facilitaron la construcción del marco interpretativo. Estos procedimientos se complementaron con un enfoque sistemático que permitió articular los elementos normativos, doctrinales y jurisprudenciales en torno al objeto de estudio.

Se incluyeron documentos normativos y doctrinales con una antigüedad no mayor a cinco años, salvo aquellos considerados clásicos en el ámbito del derecho civil, notarial y registral. Se excluyeron trabajos de titulación de pregrado y publicaciones sin respaldo académico, a fin de garantizar la validez y confiabilidad de la información analizada.

RESULTADOS

Naturaleza jurídica del notario en el Ecuador

El análisis de la Constitución de la República del Ecuador (Ecuador, 2008) y del Código Orgánico de la Función Judicial (Ecuador, 2009) permitió establecer que el notario es un funcionario auxiliar de la Función Judicial, investido de fe pública. Su papel es garantizar autenticidad, seguridad jurídica y legalidad en los actos y contratos celebrados ante su autoridad. Asimismo, se determinó que la función notarial constituye un servicio público con el objetivo de satisfacer necesidades sociales y brindar certeza a los actos jurídicos.

Análisis doctrinal de la posesión efectiva

El estudio doctrinal evidenció que la posesión efectiva es un acto de jurisdicción voluntaria que permite a los herederos administrar la masa hereditaria. La Constitución y la Ley Notarial facultan al notario para otorgarla en casos de sucesión intestada. Se identificaron cuatro órdenes de sucesión previstos en el Código Civil, los cuales determinan el orden de llamamiento a heredar. El análisis mostró que el cónyuge sobreviviente posee derechos diferenciados según concurran descendientes o ascendientes, lo que genera particularidades en la distribución de la herencia.

Procedimiento notarial de la posesión efectiva

Se constató que la posesión efectiva se solicita mediante petición escrita suscrita por los herederos y un abogado, acompañada de los documentos que acrediten el vínculo filial y la defunción del causante. El notario instruye a los peticionarios sobre la obligación de declarar la verdad, concediendo la posesión efectiva mediante acta notarial. El procedimiento incluye la inscripción del acta en el Registro de la Propiedad o Mercantil, paso indispensable para que surta efectos legales. Asimismo, se observó que la normativa tributaria exige a los herederos declarar el impuesto a la renta sobre los bienes heredados, lo que vincula este trámite con obligaciones fiscales. La tabla 1 muestra la aplicación del Código Civil en materia de sucesiones intestadas, lo que refleja el ordenamiento jurídico aplicable en Ecuador.

Tabla 1. Ordenamiento jurídico aplicable en Ecuador para sucesiones intestadas. 

Orden Sucesoral Herederos Porcentaje de herencia
Primer orden Hijos y nietos 100% en partes iguales
Segundo orden Padres y cónyuge 50% cada uno
Tercer orden Hermanos Partes proporcionales
Cuarto orden Sobrinos o Estado Herencia total en ausencia de anteriores

Elaboración: Los autores.

Efectos jurídicos de la posesión efectiva

Los resultados confirmaron que la posesión efectiva no constituye un título de propiedad, sino un acto de administración que habilita a los herederos para disponer de la herencia. De conformidad con el Código Civil, el dominio de los bienes hereditarios se adquiere únicamente con un justo título debidamente inscrito. Se determinó que la posesión efectiva es requisito previo para la enajenación de bienes hereditarios y para su inscripción registral. Además, se concluyó que aceptar la herencia sin inventario solemne puede implicar riesgos patrimoniales para los herederos, en caso de que los pasivos superen a los activos del causante.

DISCUSIÓN

El análisis de los resultados permitió reflexionar sobre el papel de la posesión efectiva en el derecho sucesorio ecuatoriano, destacando tanto sus fortalezas como sus limitaciones. En primer lugar, se constató que este procedimiento constituye una herramienta esencial para garantizar la continuidad patrimonial y la seguridad jurídica de los herederos. No obstante, su carácter declarativo, más que constitutivo, ha generado debates en la doctrina, pues no otorga por sí mismo la propiedad de los bienes, sino que habilita a los herederos para su administración (Segovia Barreiro y García Segarra, 2024).

Desde una perspectiva normativa, se evidenció que el Código Civil y la Ley Notarial han establecido un marco jurídico que facilita la tramitación de la posesión efectiva, pero que también presenta vacíos legales (Coronel Sacoto, 2024). Uno de ellos se refiere a la ausencia de mecanismos de control para garantizar la participación de todos los herederos, lo que en la práctica puede ocasionar conflictos sucesorios y litigios posteriores (Guerrero Ruiz, 2024).

En comparación con otras legislaciones latinoamericanas, como la chilena, se observa que la posesión efectiva se concibe como un requisito indispensable para formalizar la transmisión de la herencia, reforzando la publicidad registral y la seguridad en el tráfico jurídico (Vidal Domínguez, 2002). En el caso ecuatoriano, si bien la inscripción en el Registro de la Propiedad o Mercantil es obligatoria (Ecuador, 2014), la práctica muestra deficiencias en su cumplimiento oportuno, lo que reduce la eficacia del procedimiento. Por ejemplo, en el caso de inscripción mercantil la información sobre plazos, documentación exigida y carga administrativa varía significativamente entre cantones, como se observa en los requerimientos del DINARP para posesión efectiva mercantil (Dirección Nacional de Registros Públicos, 2024).

La aceptación de la herencia sin un inventario solemne plantea un escenario de especial riesgo para los herederos, pues estos asumen no solo los activos sino también los pasivos del causante. Esta situación adquiere relevancia en el contexto ecuatoriano, donde la cultura jurídica en torno al beneficio de inventario es limitada, lo que incrementa la vulnerabilidad de los herederos frente a eventuales deudas hereditarias. Como señala Arévalo-Moscoso (2024), el marco normativo actual coloca al heredero en una posición de responsabilidad directa frente a las obligaciones, lo que puede derivar en la afectación de su propio patrimonio personal en ausencia de un inventario exhaustivo que delimite el alcance de dichas cargas.

En este sentido, se debe reflexionar sobre los mecanismos de protección patrimonial que deberían reforzarse en la legislación ecuatoriana. La experiencia comparada en otros países latinoamericanos muestra que la obligatoriedad del inventario o su promoción como práctica jurídica habitual ofrece mayor seguridad en la transmisión hereditaria (Goenaga Bernal et al., 2024). De allí que la normativa nacional debería evolucionar hacia un sistema en el cual la posesión efectiva se complemente con instrumentos preventivos, que garanticen la transparencia y eviten que la aceptación de la herencia se convierta en un factor de endeudamiento o litigiosidad para los beneficiarios (Chango-Cartagena et al., 2024).

Resumiendo, la posesión efectiva es un instrumento jurídico indispensable para garantizar la seguridad patrimonial y la continuidad sucesoria en Ecuador. Sin embargo, se requieren ajustes normativos y mejoras en la práctica notarial y registral que permitan reforzar la transparencia, la participación equitativa de los herederos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la herencia. Estos elementos son esenciales para que la posesión efectiva cumpla plenamente con su finalidad en el marco del derecho civil, notarial y registral.

CONCLUSIONES

El desarrollo de la investigación permitió establecer que la posesión efectiva constituye un procedimiento de naturaleza declarativa dentro del derecho sucesorio ecuatoriano. Su importancia radica en que habilita a los herederos para administrar, conservar y usufructuar los bienes del causante, pero no configura un título de propiedad. Esta característica genera que su eficacia se encuentre supeditada a la inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Registro Mercantil.

Asimismo, se concluyó que la posesión efectiva cumple un rol esencial en la seguridad jurídica, pues evita que los bienes hereditarios permanezcan en estado de incertidumbre y asegura la continuidad patrimonial. No obstante, el procedimiento presenta limitaciones derivadas de vacíos normativos y de la falta de mecanismos que garanticen la participación de todos los herederos. Dichas limitaciones pueden generar conflictos posteriores y disminuir la confianza en el sistema.

La investigación también evidenció la necesidad de fomentar la utilización del inventario solemne como mecanismo de protección patrimonial frente a posibles pasivos del causante. Además, se resaltó la importancia de promover una cultura jurídica que impulse el uso oportuno de los instrumentos notariales y registrales vinculados a la sucesión.

Se concluye que la posesión efectiva constituye un pilar en el derecho civil ecuatoriano, pero requiere reformas y mejoras en su aplicación práctica para garantizar plenamente los derechos de los herederos y fortalecer la seguridad jurídica en materia sucesoria.

AGRADECIMIENTO

A todos los agentes sociales involucrados en el proceso investigativo.

Referencias consultadas

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FINANCIAMIENTO

Autofinanciado.

Recibido: 15 de Abril de 2025; Revisado: 15 de Mayo de 2025; Aprobado: 15 de Julio de 2025; Publicado: 01 de Agosto de 2025

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